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FACILITADORA Lcda. Marilú Salazar Méndez

Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

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Page 1: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

FACILITADORA

Lcda. Marilú Salazar Méndez

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LAS NORMAS GENERALES DE

CONTROL INTERNO Dictadas por la

Contraloría General de la República,

mediante Resolución N° 01-00-000619 de fecha

16 de diciembre de 2015, publicada en la

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA

BOLIVARIANA DE VENEZUELA,

Número 40.851,

de fecha 18 de febrero de 2016

Page 3: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

HORARIO

Miércoles 30 de Marzo 2016

APERTURA: 8:30 Am

REFRIGERIO Am: 10:00 AM

ALMUERZO: 12.30 PM

INICIO DE LA TARDE: 1.30 Pm

REFRIGERIO Pm: 3:30 Pm

CIERRE: 5.30 Pm

Jueves 31 de Marzo 2016

APERTURA: 8:30 Am

REFRIGERIO Am: 10:30 AM

Facilitadora: Esp. Marilú Salazar Méndez

Licenciada en Contaduría Pública

Universidad de los Andes ULA-Mérida

Especialista en Moneda e Instituciones Financieras. Universidad Central de Venezuela

UCV-Caracas

Especialista en Auditoría Forense Universidad Santa María

USM-Caracas

Facilitadora de Postgrado en la Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública

ENAHP-Caracas

Profesora de Pregrado en las modalidades Presencial, Semi Presencial y 100% on line en

la Universidad José María Varagas UJMV-Caracas

Directora de Control de la Administración Descentralizada de la Contraloría

Metropolitana de Caracas

Dieciocho (18) años de experiencia en el área de Auditoría de Estado

Page 4: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

Las Normas Profesionales de la Organización Internacional de

Entidades Fiscalizadoras Superiores

International Organization of Supreme Audit Institutions (INTOSAI)

Directrices para la Buena Gobernanza

Guidance for Good Governance (INTOSAI-GOV’s)

Guías para las Normas de Control Interno del Sector Público

Guidelines for Internal Control Standards for the Public Sector

Page 5: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. OBJETO DE LAS NORMAS

Cada entidad del sector público elaborará, en el

marco de las normas básicas dictadas por la

CGR, las normas, manuales de procedimientos,

indicadores de gestión, índices de rendimiento y

demás instrumentos o métodos específicos para el

funcionamiento del sistema de control interno.

Artículo 37

LOCGRYSNCF

Las presentes normas

tienen por objeto establecer

los estándares mínimos que

deben ser observados por

los órganos y entes de la

administración pública, a los

fines de organizar,

establecer, mantener y

evaluar el sistema de control

interno.

• Presidenta (e) de la República.

• Vicepresidenta (e) Ejecutiva (o)

• Vicepresidentas (es) Sectoriales.

• Ministras o ministros.

• Viceministras o viceministros.

• Jefas o jefes de Gobierno.

• Autoridades regionales.

• Oficinas nacionales.

• Órganos desconcentrados.

• Institutos públicos autónomos.

• Empresas del Estado.

• Fundaciones del Estado.

Page 6: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 2. ÁMBITO SUBJETIVO

1. La Contraloría General de la República.

2. Las Contralorías de los Estados, Distritos, Distritos Metropolitanos,

Municipios, Territorios y Dependencias Federales.

3. La Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

4. Las unidades de auditoría interna de los órganos y entes a los que

se refiere el artículo 9, numerales 1 al 11 de la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de

Control Fiscal.

5. La Superintendencia Nacional de Auditoría Interna.

Page 7: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 2. ÁMBITO SUBJETIVO

6. Las máximas autoridades y niveles directivos y gerenciales de los

órganos y entes a los que se refiere el artículo 9, numerales 1 al 11

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal.

7. Las comunas, los consejos comunales, las asociaciones

socioproductivas, así como cualquier otra forma de organización de

base del Poder Popular. (Destacado del facilitador).

NGAE. Artículo 3

Integración de la

comunidad en la auditoría

Page 8: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 4 . DEFINICIONES

Tecnología de información y comunicación: tecnologías destinadas a

la aplicación, análisis, estudio y procedimiento en forma automática de

información. Incluye procesos de obtención, creación, cómputo,

almacenamiento, modificación, manejo, movimiento, transmisión,

recepción, distribución, intercambio, visualización, control y

administración, en formato electrónico, magnético, óptico o cualquier otro

medio similar o equivalente que se desarrollen en el futuro, que

involucren el uso de dispositivos físico y lógico.

Manual Máxima Autoridad

Políticas

Procedimientos

Riesgo

Page 9: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 5 . CONTROL INTERNO

EL CONTROL INTERNO

ES UN SISTEMA

Plan de Organización

Políticas Normas

Métodos y Procedimientos

Adoptados para la autorización, procesamiento, clasificación, registro,

verificación, evaluación, seguimiento y seguridad de las operaciones y

actividades; protección de los recursos y bienes públicos, incorporados en los

procesos administrativos-operativos para alcanzar los objetivos generales

Page 10: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 5 . CONTROL INTERNO

• Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración

Financiera del Sector Público. G.O.R.B.V. N° 6.210 EXTRAORDINARIO del

30-12-2015. Título V Del Sistema de Contabilidad Pública Oficina Nacional de

Contabilidad Pública. Artículos 137 y 138.

• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal. G.O.R..B.V. Nº 6.013 Extraordinario del

23-12-2010. Artículo 35.

• Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

y del Sistema Nacional de Control Fiscal. G.O.R..B.V. Nº 39.240 del 12-08-

2009. Artículos 11 y 12.

• Reglamento sobre la Organización del Control Interno en la Administración

Pública Nacional. G.O.R.B.V. N° 37.783 del 25-09-2003.

Page 11: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 6. OBJETO DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El sistema de control interno de cada órgano o ente tiene por objeto

asegurar el acatamiento de las normas, salvaguardar los recursos y

bienes que integran el patrimonio público; preservar la exactitud y

veracidad de la información financiera, contable y administrativa, a

fin de hacerla útil, confiable y oportuna para la toma de decisiones;

promover la eficiencia, eficacia y legalidad de las operaciones,

garantizar el acatamiento de las decisiones adoptadas y lograr el

cumplimiento de los planes, programas y presupuestos, en

concordancia con las políticas prescritas y con los objetivos y metas

propuestos; así como garantizar racionalmente la rendición de

cuentas Principios que rigen el sistema de control Interno.

Artículo 12

Objeto del Sistema

RLOCGRYSNCF

GORBV Nº 39.240

del 12-08-09.

Page 12: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 7.

PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El sistema de control interno estará regido por los

principios de justicia social, legalidad, economía,

honestidad, participación, eficiencia, solidaridad, solvencia,

transparencia, celeridad, eficacia, rendición de cuentas y

responsabilidad en el ejercicio de la función pública.

Artículos 141 y 299

CRBV

GORBV Nº 5.908 E

del 19-02-09.

Artículos 2, 137

DRVFLOAFSP N° 2.174

GORBV N° 6.210 E

del 30-12-2015

Artículo 10

DRVFLOAP

GORBV N° 6.147

del 17-11-2014

Page 13: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 8

CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Abarcará aspectos:

Presupuestarios

Económicos

Financieros

Patrimoniales

Normativos y de gestión

La evaluación de

programas y proyectos

Aplicable

Razonable

Integral

Integrado y Congruente

… y estará fundado en

criterios de economía,

eficiencia y eficacia.

Page 14: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 9

RESPONSABILIDAD DE LAS MÁXIMAS AUTORIDADES

JERÁRQUICAS Y DEMÁS RESPONSABLES DE CONTROL INTERNO

Organizar

Establecer

Mantener

Evaluar MÁXIMA

AUTORIDAD

JERÁRQUICA

ADECUADO A LA

NATURALEZA,

ESTRUCTURA Y

FINES DE LA

INSTITUCIÓN

Page 15: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 9

RESPONSABILIDAD DE LAS MÁXIMAS AUTORIDADES

JERÁRQUICAS Y DEMÁS RESPONSABLES DE CONTROL INTERNO

Área Operativa

Unidad Organizativa

Programa Proyecto

Actividad y Operación

GARANTIZAR EL

EFICAZ

FUNCIONAMIENTO

DEL SISTEMA DE

CONTROL INTERNO

Page 16: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 10

RESPONSABILIDAD DE LAS MÁXIMAS AUTORIDADES

JERÁRQUICAS Y DEMÁS RESPONSABLES DE CONTROL INTERNO

Los planes de

organización, políticas,

normas, reglamentos,

manuales y demás

instrumentos de control

interno, deben ser

aprobados por las

máximas autoridades

jerárquicas de los

órganos o entes sujetos

a las presentes normas.

PUBLICADOS

EN LA GACETA OFICIAL

Modelo Genérico (CGR) de

Reglamento Interno de

Unidades de Auditoría Interna

Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela.

Nº 39.827 del 23-12-2011

Ley Orgánica de Procedimientos

Administrativos

Gaceta Oficial Nº 2.818

Extraordinario de 1-07-1981

Page 17: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 10

RESPONSABILIDAD DE LAS MÁXIMAS AUTORIDADES

JERÁRQUICAS Y DEMÁS RESPONSABLES DE CONTROL INTERNO

Artículo 2. Los instrumentos normativos

a que se refiere el artículo anterior serán

elaborados de conformidad con lo

previsto en los Lineamientos para la

Organización y Funcionamiento de las

Unidades de Auditoría Interna.

Modelo Genérico de Reglamento Interno de

Las Unidades de Auditoría Interna.

GORBV Nº 39.827 del 23-12-2011

Artículo 1. Dictar el

Modelo Genérico de

Reglamento Interno de

Unidades de Auditoría

Interna.

Page 18: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 10

RESPONSABILIDAD DE LAS MÁXIMAS AUTORIDADES

JERÁRQUICAS Y DEMÁS RESPONSABLES DE CONTROL INTERNO

Artículo 2. Los instrumentos normativos a que se refiere el artículo anterior

serán elaborados de conformidad con lo previsto en los Lineamientos para la

Organización y Funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna, (omissis);

aprobados formalmente por la máxima autoridad jerárquica del respectivo

órgano o entidad y publicados en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela o del respectivo estado, distrito o municipio; o en el

medio de publicación oficial del respectivo ente u organismo.

Artículo 1. Dictar el Modelo Genérico de Reglamento Interno de Unidades de

Auditoría Interna, como referencia para elaborar reglamentos, resoluciones

organizativas o cualquier instrumento normativo para regular la organización y

funcionamiento de los OCF.

Page 19: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 10

RESPONSABILIDAD DE LAS MÁXIMAS AUTORIDADES

JERÁRQUICAS Y DEMÁS RESPONSABLES DE CONTROL INTERNO

Artículo 33. Todas las entidades públicas sometidas a la presente Ley,

prepararán y publicarán en la GACETA OFICIAL correspondiente,

reglamentos e instrucciones referentes a las estructuras,

funciones, comunicaciones y jerarquías de sus dependencias.

Asimismo en todas las pendencias al servicio del publico, se informará a

éste por los medios adecuados, sobre los fines, competencias y

funcionamiento de sus distintos órganos y servicios.

Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos

Gaceta Oficial Nº 2.818 Extraordinario de 1-07-1981

Page 20: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 11

NORMATIVA APLICABLE PARA LA IMPLANTACIÓN DEL

SISTEMA DE CONTROL INTERNO

REGLAMENTO SOBRE LA

ORGANIZACIÓN DEL CONTROL

INTERNO EN LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL

Decreto Presidencial N° 2.621 de

fecha 23-09-2003, publicado en la

Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela 37.783 de

fecha 25-09-2003. Artículo 5

A los fines de la implementación del sistema

de control interno de los sujetos señalados

en el artículo 9 de la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal, serán

de obligatoria consideración y aplicación,

los reglamentos, resoluciones, normas,

manuales o instrucciones dictadas por la

Contraloría General de la República, en su

carácter de órgano rector del Sistema

Nacional de Control Fiscal.

Page 21: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 12

CONCEPCIÓN INTEGRAL DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Financieros

Presupuestarios

Contables

Administrativos y Operativos

EL SISTEMA DE

CONTROL

INTERNO ES

PARTE DE LOS

SISTEMAS

Y

NO

UN ÁREA

INDEPENDIENTE

INDIVIDUAL O

ESPECIALIZADA

Page 22: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 13

COSTO-BENEFICIO DEL CONTROL INTERNO

Son beneficios esperados del control interno, en general, los que

incrementen la protección del patrimonio público, minimicen los riesgos

de daños contra el mismo e incrementen su eficiente utilización y

aseguren el cumplimiento del marco normativo aplicable.

COSTO DEL

CONTROL

INTERNO

SUMA DE LOS

BENEFICIOS

ESPERADOS

E Q U I L I B R I O

Artículo 17

Costo del control interno

RLOCGRYSNCF

Page 23: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 14

ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Ambiente de Control

Valoración del Riesgo

Actividades de Control

Sistema de Información y Comunicación

Monitoreo Componentes

del Sistema

de Control

Interno

International Organization of

Supreme Audit Institutions

Page 24: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 15

COORDINACIÓN DEL CONTROL INTERNO Y EXTERNO

El sistema de control

interno funcionará

coordinadamente con el

control externo de acuerdo

con las normas e

instrucciones que al efecto

dicte la Contraloría

General de la República,

en su carácter de órgano

rector del Sistema

Nacional de Control

Fiscal.

Normas Generales para el Funcionamiento

Coordinado de los Sistemas de Control Externo

e Interno (NGPFCSCI)

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela Nº 36.229 del 17-06-97.

ARTICULO 1. Las presentes normas tienen por

objeto regular el funcionamiento coordinado de las

actividades de control, vigilancia y fiscalización de

los ingresos, gastos y bienes públicos, así como de

las operaciones relativas a los mismos, por parte de

los órganos que integran los sistemas de control

externo e interno del sector público, a fin de evitar

la dispersión de esfuerzos y lograr la mayor

economía, eficacia, eficiencia y sujeción al

ordenamiento jurídico, en el ejercicio de las

funciones de control.

Page 25: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 15

COORDINACIÓN DEL CONTROL INTERNO Y EXTERNO

CONTRALORÍA

GENERAL DE

LA REPÚBLICA

SISTEMA DE

CONTROL

INTERNO

SISTEMA DE

CONTROL

EXTERNO

(NGPFCSCI) ARTÍCULO 9.

Corresponde a la Contraloría

General de la República:

1.Establecer los lineamientos,

dictar las instrucciones y

formular las recomendaciones

que considere necesarias para

el funcionamiento coordinado

de los órganos que integran los

sistemas de control interno y

externo, y la complementación

entre ambos.

Page 26: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL ARTÍCULO 16

El ambiente de control es el conjunto

de factores del entorno organizacional

que estimulan e incentivan a los

servidores públicos sobre el control, los

cuales deben establecer y mantener las

máximas autoridades jerárquicas,

gerentes, jefes y autoridades

administrativas de cada órgano o ente.

Page 27: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL ARTÍCULO 16

LA INTEGRIDAD Y

LOS VALORES ÉTICOS

LAS

POLÍTICAS

LA

PLANIFICACIÓN

LA

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

ASIGNACIÓN DE

AUTORIDAD Y RESPONASABILIDAD

POLÍTICAS DE

ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

Page 28: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

(1) La integridad personal y profesional y los valores éticos de la

gerencia y el resto del personal, incluyendo una actitud de apoyo

hacia el control interno todo el tiempo a través de la organización.

(2) Competencia.

(3) El “tono de los superiores” (es decir la filosofía de la dirección y el

estilo gerencial).

(4) Estructura organizacional.

(5) Políticas y prácticas de recursos humanos.

Fuente: Guía para las normas de control interno del sector público.

http://es.issai.org/directrices-de-la-intosai-para-la-buena-gobernanza/

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

Page 29: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

LA INTEGRIDAD Y LOS VALORES ÉTICOS

Artículo 17. La ética de los servidores públicos

Las autoridades del órgano o ente, así como los servidores públicos bajo

su supervisión, deben demostrar capacidad técnica e idoneidad en el

cumplimiento de los deberes asignados, con arreglo a los principios éticos.

Artículo 11. Ética del auditor

El auditor deberá desarrollar

sus actividades con apego a

los principios y valores

previstos en las presentes

Normas, así como en la

normativa que regule el

ejercicio de su profesión y la

conducta de los servidores

públicos.

NORMAS GENERALES DE

AUDITORÍA DE ESTADO

G.O.R.B.V. N° 40.172 del 22-05-2013

CONSEJO MORAL REPUBLICANO

CÓDIGO DE ÉTICA DE LAS SERVIDORAS

Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

G.OR.B.V. N°40.314 del 12-12-2013

Page 30: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

LA INTEGRIDAD Y LOS VALORES ÉTICOS

Artículo 18. Deberes de los gerentes, jefes o autoridades

administrativas

1. Vigilar permanentemente la actividad administrativa del área

operativa, unidad organizativa, programa, proyecto, actividad u

operación que tienen a su cargo.

2. Ser diligentes en la adopción de las medidas necesarias ante

cualquier evidencia de desviación de los objetivos y metas

programadas, detección de irregularidades o actuaciones

contrarias a los principios de legalidad, economía, eficiencia y

eficacia.

Page 31: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

LA INTEGRIDAD Y LOS VALORES ÉTICOS

Artículo 18. Deberes de los gerentes, jefes o autoridades administrativas

3. Asegurarse que los controles internos contribuyan al logro de los

resultados esperados de la gestión.

4. Evaluar las observaciones y recomendaciones formuladas por los órganos

encargados del control externo e interno, y promover la aplicación de las

respectivas medidas correctivas.

REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y

DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL

G.O.R.B.V. Nº 39.240 del 12-08-09.

Artículo 18. Deberes de los gerentes, jefes o

autoridades administrativas

Page 32: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

LA INTEGRIDAD Y LOS VALORES ÉTICOS

RLOCGRYSNCF

Artículo 18. Deberes de los gerentes, jefes o autoridades

administrativas

Los gerentes, jefes o autoridades administrativas de cada departamento,

sección o cuadro organizativo específico, deben:

1) Vigilar permanentemente la actividad administrativa de las unidades,

programas, proyectos u operaciones que tienen a su cargo.

2) Adoptar oportunamente las medidas necesarias ante cualquier

evidencia de desviación de los objetivos y metas programadas,

detección de irregularidades o actuaciones contrarias a los principios

de legalidad, economía, eficiencia y/o eficacia.

Page 33: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

LA INTEGRIDAD Y LOS VALORES ÉTICOS

RLOCGRYSNCF

Artículo 18. Deberes de los gerentes, jefes o autoridades

administrativas

3) Asegurarse que los controles internos contribuyan al logro de los

resultados esperados de la gestión.

4) Evaluar las observaciones y recomendaciones formuladas por los

órganos y dependencias encargados del control fiscal interno y

externo, y promover la aplicación de las respectivas medidas

correctivas.

Page 34: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA DE ESTADO

Capítulo II. Normas Relativas al Auditor

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

N° 40.172 del 22-05-2013.

Artículo 11. Ética del auditor.

Artículo 12. Capacidad profesional.

Artículo 13. Reserva de la información.

Artículo 14. Conducta del auditor.

Artículo 15. Cuidado y diligencia profesional.

Artículo 16. Juicio del auditor.

Artículo 17. Abstención de aceptar atenciones, obsequios o gratificaciones.

Artículo 18. Independencia.

Artículo 19. Ejercicio profesional del auditor.

Artículo 20. Impedimentos para el ejercicio profesional del auditor.

EL AUDITOR

DEBERÁ…

Integridad personal y

profesional, y valores éticos de

la gerencia y del personal

Page 35: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

Cada persona involucrada con la organización – entre los gerentes y

los empleados – tiene que mantener y demostrar integridad personal y

profesional y valores éticos, y tiene que cumplir todo el tiempo con los

códigos de conducta aplicables. Esto podría incluir la declaración de

intereses financieros personales, cargos externos o regalos (por

ejemplo ser electos como oficiales o servidores públicos de mayor

rango), y reportar conflictos de intereses.

INTEGRIDAD PERSONAL Y PROFESIONAL, Y VALORES

ÉTICOS DE LA GERENCIA Y DEL PERSONAL

Fuente: Guía para las normas de control interno del sector público.

http://es.issai.org/directrices-de-la-intosai-para-la-buena-gobernanza/

Page 36: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

Además, las entidades públicas tienen que mantener y demostrar

integridad y valores éticos y tienen que hacerlos visibles al público en

su misión y valores centrales. Además, sus operaciones tienen que ser

éticas, ordenadas, económicas, eficientes y efectivas. Tienen que ser

consistentes con la misión.

Fuente: Guía para las normas de control interno del sector público.

http://es.issai.org/directrices-de-la-intosai-para-la-buena-gobernanza/

INTEGRIDAD PERSONAL Y PROFESIONAL, Y VALORES

ÉTICOS DE LA GERENCIA Y DEL PERSONAL

Page 37: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

ARTÍCULO 3

Decreto con Rango Valor y Fuerza de

Ley Orgánica de la Administración

Pública

G.O.R.B.V. N° 6.147 del 17-11-2014

Objetivo de la Administración Pública

La Administración Pública tendrá como

objetivo de su organización y

funcionamiento hacer efectivos los

principios, valores y normas

consagrados en la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela y en

especial, garantizar a todas las

personas, el goce y ejercicio de los

derechos humanos.

INTEGRIDAD

PERSONAL Y

PROFESIONAL, Y

VALORES ÉTICOS

DE LA GERENCIA Y

DEL PERSONAL

Page 38: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

COMPETENCIA

Artículo 12. Capacidad profesional

El auditor deberá poseer competencia

profesional, conocimientos, experiencia,

aptitudes y destrezas técnicas proporcionales

con el tipo y complejidad de las labores a

realizar. Asimismo deberá mantenerse

actualizado, a fin de mejorar su desempeño.

Incluye el nivel de conocimiento y habilidades necesarias para

ayudar a asegurar una actuación ordenada, ética, económica,

eficaz y eficiente, al igual que un buen entendimiento de las

responsabilidades individuales relacionadas con el control interno.

Fuente: Guía para las normas de control interno del sector público.

http://es.issai.org/directrices-de-la-intosai-para-la-buena-gobernanza/

Page 39: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

COMPETENCIA

Artículo 9. Criterios de Calidad

Los auditores y autoridades competentes que intervienen en el proceso

de auditoría deberán garantizar que los trabajos realizados cumplan con

criterios de calidad de general aceptación, los cuales estarán referidos,

fundamentalmente, a lo siguiente:

1) La ejecución de los trabajos deberán asignarse a profesionales con

conocimientos, experiencias, aptitudes y destrezas técnicas

proporcionales con el tipo y complejidad de las labores a realizar.

(omissis).

Page 40: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

EL TONO DE LOS SUPERIORES

• Una actitud de apoyo permanente hacia el control interno, la

independencia, la competencia y de liderazgo con el ejemplo.

• Un código de conducta establecido por la gerencia y evaluación del

asesoramiento y del desempeño que apoyen los objetivos de control

interno y, en particular, de las operaciones de signo ético.

La entrega, el involucramiento y el apoyo de los directores establecen “el

tono de los superiores” que debe generar una actitud positiva y son

cruciales para mantener una actitud de apoyo positiva hacia el control

interno de una organización.

Fuente: Guía para las normas de control interno del sector público.

http://es.issai.org/directrices-de-la-intosai-para-la-buena-gobernanza/

Page 41: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

EL TONO DE LOS SUPERIORES

LOCGRYSNCF

Artículo 36. Corresponde a las máximas autoridades

jerárquicas de cada ente la responsabilidad de

organizar, establecer, mantener y evaluar el sistema de

control interno, el cual debe ser adecuado a la

naturaleza, estructura y fines del ente.

RLOCGRYSNCF

Artículo 14. Responsabilidad de las máximas

autoridades jerárquicas respecto al control Interno .

RSOCIAPN

Artículo 27. Obligación de dotación de recursos

presupuestarios.

Page 42: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LAS POLÍTICAS

Artículo 19. Las políticas que dicten los órganos y entes deben

definirse por escrito, a objeto de favorecer la coordinación y la

uniformidad en el funcionamiento de la institución, de conformidad

con el ordenamiento jurídico vigente.

A tal fin, deben adoptarse decisiones dirigidas a procurar la debida

concordancia y adecuación de la institución con sus planes y

programas; establecer mecanismos para ejercer el control de las

actividades de acuerdo con lo programado y motivar al personal en la

consecución de los objetivos y metas establecidas.

Page 43: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

Artículo 20. El órgano o ente debe contar con una planificación en la

que se formulen los planes, programas y proyectos, así como las

acciones a seguir para alcanzar las metas y objetivos establecidos;

considerando el tiempo y los recursos necesarios.

La planificación debe ser una función institucional oportuna,

permanente, flexible, sujeta a evaluación periódica, con la estimación

de los lapsos que garanticen el cumplimiento del objeto considerando

las etapas estratégica y operativa.

Page 44: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

LEY ORGÁNICA DE

PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y

POPULAR

G.O.R.B.V. Nº 6.011 del 21-12-2010

Cuyo objeto es desarrollar y

fortalecer el Poder Popular mediante

el establecimiento de los principios y

normas que sobre la planificación

rigen a las ramas del Poder Público

y las instancias del Poder Popular.

DECRETO CON RANGO, VALOR Y

FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

G.O.R.B.V. Nº 6.147 del 17-11-2014

Cuyo objeto es establecer los principios,

bases y lineamientos que rigen la

organización y el funcionamiento de la

Administración Pública; así como regular

los compromisos de gestión; crear

mecanismos para promover la

participación popular y el control,

seguimiento y evaluación de las políticas,

planes y proyectos públicos; y establecer

las normas básicas sobre los archivos y

registros de la Administración Pública.

Page 45: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

Artículo 91. Sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, y de lo

que dispongan otras leyes, constituyen supuestos generadores de

responsabilidad administrativa los actos, hechos u omisiones que se

mencionan a continuación:

(…)

10. La falta de planificación, así como el incumplimiento

injustificado de las metas señaladas en los correspondientes

programas o proyectos.

Page 46: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS

Artículo 21. Los planes, programas y proyectos de cada órgano o ente deben

estar en concordancia con los planes nacionales, estadales, distritales y

municipales, de acuerdo al ámbito de su competencias y formularse con base

a estudios y diagnósticos y actualizados y teniendo en cuenta la misión de la

institución, sus competencias legales o estatutarias, el régimen jurídico

aplicable y los recursos humanos, materiales y financieros que permitan el

normal desarrollo de las actividades programadas.

Los responsables de la ejecución de los planes, programas y proyectos,

deben informar a los niveles superiores correspondientes acerca de la

situación de los mismos, con indicación de las desviaciones ocurridas, sus

causas, efectos, justificación y medidas adoptadas.

Page 47: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS

LEY ORGÁNICA DE

PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y

POPULAR (ARTÍCULO 8)

G.O.R.B.V. Nº 6.011 del 21-12-2010

LEY DE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO

ECONÓMICO FINANCIERO 2016

G.O.R.B.V. Nº 6.204 EXTRAORDINARIO del 01-12-2015

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY

ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL

SECTOR PÚBLICO (ARTÍCULO 9)

G.O.R.B.V. N° 6.210 EXTRAORDINARIO del 30-12-2015

ARTÍCULO

21

Page 48: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

ARTÍCULO 22. PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA

Misión Visión Valores

LA PLANIFICACIÓN

ESTRATÉGICA DEL

ÓRGANO O ENTE

CONSIDERA …

SERÁ

FORMULADA

EN ATENCIÓN A

OBJETIVOS

Y METAS

INSTITUCIONALES

Page 49: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

ARTÍCULO 23. PLANIFICACIÓN OPERATIVA

POA

Proyectos

Objetivos

Metas

Acciones

Actividades

Recursos

Criterios de Economía

Objetividad Oportunidad

Relevancia Material

Finalidad…

Concretar los

resultados previstos

en su correspondiente

Plan Estratégico

Las

funciones

de los

órganos y

entes serán

ejecutadas

con base en

un …

Page 50: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

DE LA PLANIFICACIÓN

LEY ORGÁNICA DE

PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y

POPULAR

G.O.R.B.V. Nº 6.011 del 21-12-2010

CAPÍTULO II

DE LOS PLANES ESTRATÉGICOS

CAPÍTULO III

DE LOS PLANES OPERATIVOS

NIVELES DEL POA

Page 51: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Artículo 24. La máxima

autoridad jerárquica del

órgano o ente determinará

mediante normas e

instrucciones escritas la

organización, estructura y

funcionamiento de las

unidades orgánicas de la

institución, su nivel de

autoridad, responsabilidad y

sus relaciones jerárquicas.

AUDITOR INTERNO

DIRECCIÓN DE CONTROL POSTERIOR

DIRECCIÓN DE DETERMINACIÓN DE

RESPONSABILIDADES

MODELO GENÉRICO DE REGLAMENTO INTERNO

DE UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA

G.O.R.B.V. Nº 39.827 DEL 23-12-2011

DECRETO SOBRE ORGANIZACIÓN GENERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

G.O.R.B.V. Nº 40.865 DEL 09-03-2016

Page 52: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La estructura organizacional de una entidad provee:

• Asignación de autoridad y respondabilidad.

• Delegación de autoridad y respondabilidad.

• Líneas apropiadas de rendición de cuentas.

La estructura organizacional puede incluir una unidad

de control interno que debe ser independiente de la

gerencia y que informará directamente a la autoridad

de máximo nivel dentro de la organización.

Fuente: Guía para las normas de control interno

del sector público. http://es.issai.org/directrices-de-la-

intosai-para-la-buena-gobernanza/

Page 53: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

POLÍTICAS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL ARTÍCULO 25. POLÍTICAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

LAS POLÍTICAS Y

PRÁCTICAS DE

LOS RECURSOS

HUMANOS DEL

ÓRGANO O ENTE

INCLUIRÁN

Bienestar Social

Registro y Control

Promoción

Capacitación

Orientación Evaluación

Remuneración

Contratación

Clasificación

Selección Reclutamiento

Page 54: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE RECURSOS HUMANOS

Las políticas y prácticas de los recursos humanos

incluyen contratación, orientación, capacitación

(formal y en el sitio de trabajo), así como educación,

asesoramiento y evaluación, consultoría, promoción,

compensación y acciones correctivas. Por lo tanto,

los métodos a través de los cuales se contrata a la

gente, se hacen las evaluaciones, la capacitación, la

promoción y la remuneración son una parte

importante del entorno de control.

Fuente: Guía para las normas de control interno

del sector público. http://es.issai.org/directrices-de-la-

intosai-para-la-buena-gobernanza/

LEY ORGÁNICA

DEL TRABAJO,

LAS

TRABAJADORAS

Y LOS

TRABAJADORES

LEY DEL

ESTATUTO DE

LA FUNCIÓN

PÚBLICA

Page 55: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL ENTORNO DE CONTROL

POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE RECURSOS HUMANOS

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LAS

TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES

G.O. Extraordinaria N° 6.076 del 07-05-2012.

Título V. De la formación colectiva, integral, continua y

permanente de los trabajadores y trabajadoras en el

proceso social del trabajo.

LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

G.O. N° 37.522 del 06-09-2002.

Capítulo V. Capacitación y Desarrollo del personal.

Page 56: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO I I

DEL AMBIENTE DE CONTROL

ELEMENTOS DEL AMBIENTE DE CONTROL

• Integridad y los Valores Éticos.

• Las Políticas.

• La Planificación.

• La Estructura Organizativa.

• La Asignación de Autoridad y Responsabilidad.

• Las Políticas para la Administración de

Personal.

¿LA NORMATIVA LEGA Y SUB LEGAL EN VENEZUELA

APOYA LOS ELEMENTOS DEL AMBIENTE DE CONTROL

Page 57: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Valoración de Riesgo

Actividades de Control

Sistema de Información y Comunicación

Monitoreo

Ambiente de Control

ESTRUCTURA

DEL

SISTEMA

DE

CONTROL

INTERNO

Page 58: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Evaluación del riesgo

Artículo 26. La evaluación de riesgos es responsabilidad de todos

los niveles gerenciales; consiste en la identificación y análisis de los

riesgos relevantes que podrían afectar el cumplimiento de la misión y

el logro de los objetivos institucionales de una organización.

PUEDE DAR SÓLO UNA

SEGURIDAD RAZONABLE

DE QUE LOS OBJETIVOS

DE UNA ORGANIZACIÓN

SEAN CUMPLIDOS

Page 59: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Identificación del Riesgo

Valoración del Riesgo

Evaluación de la Tolerancia

al Riesgo de la Organización

Respuesta al Riesgo

Fuente: Guía para las

normas de control interno

del sector público.

Page 60: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Identificación del riesgo

Artículo 27. Los gerentes, jefes o autoridades administrativas deberán

determinar la importancia del riesgo y la probabilidad de ocurrencia que

pueda afectar el logro de los objetivos institucionales del órgano o ente,

con el objetivo de dirigir los esfuerzos de valoración y asignar el

responsable para el manejo de dicho riesgo.

Relacionados con Objetivos de la Entidad.

Comprensión Factores

Externos e Internos

RIESGOS

CLAVE

IDENTIFICAR

ÁREAS

IMPORTANTES Y

ASIGNAR

RESPONSABILIDAD

VARIABLES

ENDÓGENAS

Y EXÓGENAS

Proceso permanente ….

Page 61: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Valoración del riesgo

Artículo 28. Los gerentes, jefes o autoridades administrativas deberán

establecer criterios de evaluación para analizar el efecto posible de los

riesgos identificados, determinar su importancia y valorar la

probabilidad e impacto de ocurrencia para su administración.

¿El riesgo es cuantificable?

Prestigio o Financiero

Subjetiva Objetiva

Sí se utilizan criterios de evaluación

de riesgos de forma sistemática

disminuirá la subjetividad del

proceso y permitirá hacer juicios de

manera coherente

• Establecer prioridades.

• Facilitar la toma de decisiones

en cuanto a los riesgos que

necesitan mayor atención

(mayor potencial de impacto y

probabilidad de ocurrir),

Page 62: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Fuente: http://www.flap152.com/2014/05/introduccion-la-

gestion-de-riesgos-para.html

Page 63: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Respuesta al riesgo

Artículo 29. Valorando el riesgo, los gerentes, jefes o autoridades

administrativas tomarán decisiones coherentes y oportunas a objeto de

mantenerlo a un nivel aceptable; para ello se establecerán las

actividades de control necesarias a fin de que puedan dar una

seguridad razonable del cumplimiento de los objetivos institucionales.

EL RIESGO

Transferir

Tolerar Eliminar

Administrar

Respuesta al

Riesgo

Page 64: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Constantes cambios en las

condiciones gubernamentales,

económicas, industriales,

regulatorias y operativas

Cambian el entorno de

control de las organización

Cambian la prioridades de los objetivos

Los perfiles de riesgo

y controles ameritan

ser revisados y

adaptados

constantemente para

que el mapa de riesgo

conserve validez y las

respuestas sigan

siendo las apropiadas

para mitigar los

cambios constantes

de riesgos en los

órganos o entes

Fuente: Guía para las normas de control interno del

sector público. http://es.issai.org/directrices-de-

la-intosai-para-la-buena-gobernanza/

Page 65: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

EVALUACIÓN DE LA TOLERANCIA AL

RIESGO DE LA ORGANIZACIÓN

Cantidad de riesgos

a la que una

entidad está

preparada a

exponerse antes de

juzgar que una

acción deba ser

tomada

El riesgo inherente es el riesgo en

una entidad en que la ausencia de

acciones por parte de la dirección

pueda conducir a alterar la posibilidad

de riesgo o su impacto.

El riesgo residual es el que

permanece una vez que la la

gerencia responde al riesgo.

Fuente: Guía para las normas de control interno del sector público.

http://es.issai.org/directrices-de-la-intosai-para-la-buena-gobernanza/

Page 66: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO III

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

Valoración

de Riesgo

Actividades de Control

Sistema de Información y Comunicación

Monitoreo

Ambiente de Control

ESTRUCTURA

DEL

SISTEMA

DE

CONTROL

INTERNO

Page 67: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Actividades de Control

Artículo 30. Las actividades de control comprenden los métodos,

políticas y procedimientos establecidos y ejecutados para el

manejo y minimización de los riesgos, así como para lograr los

objetivos institucionales. Deben ser apropiadas y constantes, con

un plan a largo plazo; tener un costo adecuado no mayor a los

beneficios, ser razonables y estar integradas a la naturaleza y

objetivos de la institución.

Page 68: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

ELEMENTOS DE

LAS ACTIVIDADES

DE CONTROL

• Segregación de Funciones.

• Controles sobre Acceso a los Recursos.

• Información y Archivos.

• Verificaciones.

• Aprobaciones.

• Autorizaciones.

• Conciliaciones.

• Revisión de Operaciones, Procesos y Actividades.

• Supervisión.

Page 69: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Respaldo de las transacciones y operaciones

Artículo 31. Todas las transacciones y operaciones financieras,

presupuestarias, contables y administrativas deben estar respaldadas

con suficiente documentación justificativa.

1. Los documentos deben contener la información, completa y exacta,

archivarse siguiendo un orden cronológico u otros sistemas de

archivo que facilite su oportuna localización y conservarse durante

el tiempo estipulado legalmente.

2. Las autoridades competentes del órgano o ente adoptarán las

medidas necesarias para salvaguardar y proteger los documentos

contra incendios, sustracción o cualquier otro riesgo, e igualmente,

para evitar su reproducción no autorizada.

Page 70: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

• Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración

Pública. G.O.R.B.V. N° 6.147 del 17-11-2014. Título VII de los Archivos y

Registros de la Administración Pública.

• Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración

Financiera del Sector Público. G.O.R.B.V. N° 6.210 EXTRAORDINARIO del

30-12-2015. Capítulo II Oficina Nacional de Contabilidad Pública.

• Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

G.O.R.B.V. N° 6.154 Extraordinario del 19-11-2014. Capítulo V Expediente de

la Contratación.

• Normas Generales de Auditoría de Estado. G.O.R.B.V. N° 40.172 del 22-05-

2013.

Page 71: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Acceso a los Registros y Recursos Materiales y Financieros

Artículo 32. El acceso a los registros y recursos materiales y

financieros debe limitarse a los servidores públicos autorizados para

ello, quienes estarán obligados a rendir cuenta de su custodia o

utilización. La restricción del acceso a los mismos dependerá de:

• Grado de vulnerabilidad.

• Riesgo potencial de pérdidas.

• Necesidad de reducir la posibilidad de utilización no autorizada.

• Contribuir al cumplimiento de las directrices de la institución.

Page 72: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

• Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración

Pública. G.O.R.B.V. N° 6.147 del 17-11-2014. Título II Principios y Bases del

Funcionamiento y Organización de la Administración Pública.

• Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción.

G.O.R.B.V. N° 6.155 Extraordinario del 19-11-2014. Artículos 8 y 9 carácter

público de la información.

• Normas para Fomentar la Participación Ciudadana. G.O.R.B.V. Nº 38.750

del 20-08-2007. Artículo 8 Deber de Suministrar Información.

• Ley Orgánica del Poder Público Municipal. G.O.R.B.V Extraordinario N°

6.015 del 28-12-2010. Título VI De la Participación Protagónica de la Gestión

Local.

• Normas Generales de Auditoría de Estado. G.O.R.B.V. N° 40.172 del

22-05-2013.

Page 73: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Artículo 9. A fin de dar cumplimiento a lo

dispuesto en el artículo anterior, las

personas a que se refieren los artículos 4

y 5 de la Ley deberán informar a los

ciudadanos sobre la utilización de los

bienes y el gasto de los recursos que

integran el patrimonio público cuya

administración les corresponde.

Artículo 8. Toda la información sobre la administración del patrimonio

público tendrá carácter público, salvo las excepciones que por razones

de seguridad y defensa de la Nación expresamente establezca la ley.

Informe sobre el

patrimonio que

administran, con la

descripción y

justificación de su

utilización y gasto

I TRIMESTRE

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY CONTRA LA

CORRUPCIÓN

Page 74: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

Artículos 47.

Propiedad de los

Papeles de Trabajo

Órgano de Control Fiscal que practique la

Auditoría, o al órgano o ente contratante

en el caso de los auditores y firmas de

auditores contratados.

• Declaración jurada de no divulgar

datos, e información de los

órganos/entes del sector público.

• Utilizarlos exclusivamente, para

fines relacionados con la emisión

del correspondiente informe,

dictamen o estudio técnico.

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Normas Generales de Auditoría de Estado

Fundamentar opiniones,

dictámenes u observaciones

Page 75: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Formas pre-impresas

Artículo 33. Las formas pre-impresas tales como recibos de caja,

órdenes de compra, servicio, pago, facturas, cheques y demás

documentos que se utilicen para la sustentación de operaciones, deberán

estar numerados correlativamente, fechados, firmados, sellados y su uso

será controlado.

Artículo 12. Normas para la Formación, Participación, Rendición y

Examen y Calificación de las Cuentas de los Órganos del Poder

Público Nacional, Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes

Descentralizados. G.O.R.B.V. N° 40.492 del 08-09-2014.

Page 76: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Normas Generales de Auditoría de Estado

Artículos 46.

Características

de los Papeles

de Trabajo

A-1-1

Responsable de la elaboración:

Encargado de la supervisión de la auditoría:

Deberán ser:

• Legibles.

• Pertinentes.

• Completos.

• Comprensibles y detallados.

• Organizados en orden lógico.

• Debidamente referenciados.

A-1 Órgano de Control Fiscal

Auditoría Operativa XXX

Ejercicio Económico Financiero 20XX

Responsable de la elaboración:

Encargado de la supervisión de la auditoría:

Page 77: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

De los manuales

Artículo 34. La máxima autoridad jerárquica, los gerentes, jefes o

autoridades administrativas de cada órgano o ente son responsables de

que existan manuales, su divulgación y capacitación al personal, para su

adecuada implementación y aplicación. Dichos manuales, deben incluir

los diferentes pasos y condiciones de las operaciones a ser autorizadas,

aprobadas, revisada y registradas, así como lo relativo al archivo de la

documentación justificativa que le sirva de soporte; y ser aprobadas por la

máxima autoridad jerárquica del órgano o ente.

Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

G.O.R..B.V. Nº 6.013 Extraordinario del 23-12-2010.

Artículo 37. Reglamento de la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal. G.O.R.B.V. Nº 39.240 del

12-08-09. Artículos 14 y 15.

Page 78: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

INSTRUMENTOS NORMATIVOS

Manual de Normas y

Procedimientos

Manual de Organización

Manual de Descripción de Cargos

Operatividad

Procedimientos administrativos

Normas del funcionamiento básico

Marco jurídico,

organización,

funciones y

atribuciones relaciones

entre los subsistemas Funciones, complejidad,

requisitos y líneas de

autoridad, responsabilidades

Page 79: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Pruebas de cumplimiento y exactitud

Artículo 35. El sistema de control interno debe estar sometido a pruebas

selectivas y continuas de cumplimiento y exactitud.

Las pruebas de cumplimiento están dirigidas a determinar si dicho

sistema permite detectar con prontitud cualquier desviación en el logro de

las metas y objetivos programados, y en la adecuación de las acciones

administrativas, presupuestarias y financieras a los procedimientos y

normas establecidas.

Las pruebas de exactitud están referidas a la verificación de la

congruencia y consistencia numérica que debe existir en los registros

contables, presupuestarios y financieros entre sí y en los estadísticos, y a

la comprobación de la ejecución física de tareas y trabajos.

Page 80: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Artículo 35. Pruebas de cumplimiento y exactitud

Pruebas de Cumplimiento

• Detectar desviaciones para el logro de metas y objetivos programados.

• Adecuación de acciones (administrativas, presupuestarias y financieras) a los procedimientos y normas establecidas.

Pruebas de Exactitud

• Verificación de la congruencia y consistencia numérica que debe existir en los registros contables, presupuestarios y financieros entre sí y en los estadísticos.

• Comprobación de la ejecución física de tareas y trabajos.

PRUEBAS SELECTIVAS Y CONTINUAS

Page 81: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Sistemas contables

Artículo 36. Se establecerá un sistema adecuado de contabilidad para el

registro oportuno y funcional de las operaciones financieras realizadas

por el órgano o ente, el cual deberá sujetarse a las Normas de

Contabilidad aplicables a su naturaleza, estructura y fines. Dicho sistema,

debe proveer la información necesaria para elaborar, en el tiempo

previsto, el balance de comprobación y los estados financieros del

órgano o entes.

PUBLICACIÓN 20 Y 21

Resolución por la cual se aprueban las

Instrucciones y Modelos para la

Contabilidad Fiscal de los Estados y

Municipios de la República.

G.O. N° 2.624 y 2.681 Extraordinario del

30-06-1980 y 31-10-1980, respectivamente

Page 82: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

ARTÍCULO 36

SISTEMAS CONTABLES

PUBLICACIÓN 20 Y 21

G.O. N° 2.624 y 2.681

Extraordinario del 30-06-

1980 y 31-10-1980,

respectivamente

Decreto con Rango, Valor y

Fuerza de Ley Orgánica de la

Administración Financiera del

Sector Público.

Sistema de Contabilidad Pública Normas Técnicas de

Contabilidad (NTC)

Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal

Instrucciones y Modelos para la

Contabilidad Fiscal de los Estados

y Municipios de la República

Page 83: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL • Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración

Financiera del Sector Público. G.O.R.B.V. N° 6.210 EXTRAORDINARIO del

30-12-2015. Título V Del Sistema de Contabilidad Pública Oficina Nacional de

Contabilidad Pública. Artículos 124-136.

• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal. G.O.R..B.V. Nº 6.013 Extraordinario del

23-12-2010. Artículos 72 y 73.

• Normas Generales de Contabilidad. G.O.R..B.V. Nº 36.100 del 04-12-1996.

Artículo 37.

• Providencias Administrativas N° 11- 001; N° 11- 002 y N° 11- 003, mediante

las cuales la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP) dicta las

Normas Técnicas de Contabilidad. G.O.R.B.V. Nº 39.599 del 21-01-2011.

• Publicación 20 y 21. G.O. N° 2.624 y 2.681 Extraordinario del 30-06-1980 y

31-10-1980, respectivamente.

• Ley Orgánica del Poder Público Municipal. G.O.R.B.V. Extraordinario

N° 6.015 del 28-12-2010.

Page 84: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Fuente. http://www.oncop.gob.ve/vista/

Page 85: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la

Administración Financiera del Sector Público

Disposición Transitoria Tercera

A los fines de garantizar el adecuado registro contable de todas las

operaciones del sector público, dentro de los seis (6) meses siguientes

a la promulgación de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley,

las máximas autoridades de los entes que se señalan en el artículo 5,

establecerán una unidad administrativa que asuma la función de

contabilidad para cumplir con las disposiciones aquí previstas.

VIGENCIA 01 DE ENERO DE 2016

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Ley Orgánica del Poder Público Municipal

Artículo 243

Los municipios o distritos están obligados a regirse por las normas

generales de contabilidad, así como por las normas e instrucciones

sobre los sistemas y procedimientos de contabilidad dictados por la

Oficina Nacional de Contabilidad Pública, con el propósito de lograr

una estructura contable uniforme, sin perjuicio de las variaciones

necesarias que permitan el registro de sus operaciones, así como la

regularización y coordinación de los procedimientos contables de cada

Municipio.

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Registro de operaciones financieras

Artículo 37. Todas las transacciones que ejecute un órgano o

ente y que produzcan variaciones en sus activos, pasivos,

patrimonio, ingresos, gastos y, en general en cualquiera de las

cuentas que conforman el sistema, deberán ser objeto de registro

contable en los libros principales y auxiliares correspondientes,

para facilitar de este modo la adecuada clasificación y explicación

de los respectivos rubros.

Decreto con Rango Valor y Fuerza

de Ley Orgánica de la

Administración Pública.

G.O.R.B.V. N° 6.147 del 17-11-2014.

Page 88: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Ley Orgánica de la Administración Pública

Artículo 15. (omissis).

Se entiende como órganos, las unidades administrativas de la

República, de los estados, de los distritos metropolitanos y de los

municipios a los que se les atribuyan funciones que tengan efectos

jurídicos, o cuya actuación tenga carácter regulatorio.

Tendrá el carácter de ente toda organización administrativa

descentralizada funcionalmente con personalidad jurídica propia; sujeta

al control, evaluación y seguimiento de sus actuaciones por parte de sus

órganos rectores, de adscripción y de las directrices emanadas del

órgano al cual compete la planificación central.

Page 89: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Registro de Operaciones Financieras

A pesar de que la Norma aluda que los Órganos

pueden tener “…activos, pasivos, patrimonio,…” debe

entenderse que sólo los Entes pueden tenerlo, dado

que son los que tienen personalidad jurídica propia

(República, Estados y Municipios y sus entes

descentralizados), los demás actúan por Órgano de

ellos y los bienes no les pertenecen, los tienen

adscritos.

Fuente: Normas Generales de Control Interno Venezuela 2016. Coso-Intosai.

Abog. Edgar José Mariño Díaz

. http://es.slideshare.net/5527686/normas-generales-de-control-interno-cgr-

venezuela-iecsam-edgar-mario

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Tecnología de información

Artículo 38. La máxima autoridad jerárquica, los gerentes, jefes o

autoridades administrativas de cada órgano o ente, deberán

propiciar el aprovechamiento de tecnologías de información y

comunicación que apoye la gestión institucional mediante el manejo

apropiado de la información y la implementación de soluciones ágiles

con eficacia, eficiencia, seguridad, confiabilidad, calidad y de amplio

alcance. Para ello deberán observar la normativa que rige el uso de

las tecnologías de información.

Page 91: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

• Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la

Administración Pública. Artículo 11 Mecanismos Tecnológicos.

G.O.R.B.V. N° 6.147 del 17-11-2014

• Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones

Públicas. Artículo 104 Garantías de los Medios Electrónicos. G.O.R.B.V.

N° 6.154 del 19-11-2014.

• Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación. G.O.R.B.V. N°

39.575 del 16-12-2010.

• Ley de Infogobierno. G.O.R.B.V. N° 40.274 del 17-10-2013.

• Ley sobre Acceso e Intercambio Electrónico de Datos, Información y

Documentación entre los Órganos y Entes del Estado. . G.O.R.B.V. N°

39.945 del 15-06-2012.

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Responsabilidad de las máximas autoridades Jerárquicas

respecto a las tecnologías de información

Artículo 39. Respecto a las tecnologías de información, la máxima

autoridad jerárquica de cada órgano o ente y demás niveles

organizativos competentes, deberán:

1. Establecer políticas de planificación y organización, adquisición e

implementación, entrega y soporte así como de monitoreo y

evaluación de la tecnología de información.

2. Establecer políticas de seguridad de las tecnologías de información,

asignando responsabilidades y realizando el seguimiento de la

correcta operación de los controles relacionados con equipos

informáticos.

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Responsabilidad de las Máximas Autoridades

Jerárquicas respecto a las Tecnologías de Información

3. Adoptar las medidas que permitan, sólo al personal autorizado, el

acceso y la modificación de los datos y de la información contenidos en

los sistemas, procurando así la confidencialidad, efectividad, eficiencia,

disponibilidad, cumplimiento, integridad y autenticidad de la

información.

4. Asegurar que las tecnologías de información tengan controles

manuales y/o automáticos de validación de los datos a ser ingresados

para su procesamiento.

5. Establecer controles para los sistemas administrativos, financieros y

técnicos, a los fines de asegurar que los datos procesados y la

información producida sea consistente, completa y referida al período

del cual se trate.

Page 94: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Responsabilidad de las Máximas Autoridades

Jerárquicas respecto a las Tecnologías de Información

6. Implantar los procedimientos para asegurar el uso eficiente,

efectivo y económico de las tecnologías de información.

7. Implantar el uso de certificados y firmas electrónicas, los cuales

tendrán la misma validez jurídica y eficacia probatoria que los

documentos que consten en físico.

8. Establecer políticas y procedimientos para prevenir que algún

individuo controle aspectos claves de las operaciones del

computador y de esa manera evitar acciones o acceso no

autorizado a los bienes o archivos.

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Responsabilidad de las Máximas Autoridades

Jerárquicas respecto a las Tecnologías de Información

9. Disponer de mecanismos que sirvan para asegurar que cuando

ocurran eventos inesperados, las operaciones continúen sin

interrupción o sean retomadas rápidamente, con la finalidad de que

la información crítica o sensible sea protegida.

10. Garantizar la existencia y funcionamiento de un portal de internet, el

cual contará con información actualizada, veraz y útil.

11. Establecer procedimientos relativos a:

a) La suspensión automática y oportuna del registro de

operaciones que no cumplan con los resultados establecidos

para su ingreso en el computador.

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Responsabilidad de las Máximas Autoridades

Jerárquicas respecto a las Tecnologías de Información

b) El funcionamiento y operación de las tecnologías de información al

nivel de usuarios.

c) La implementación de nuevos programas a ser incorporados en las

tecnologías de información que se generen a partir de los

requerimientos formalmente tramitados.

d) Las modificaciones a los programas cuando ellas no impliquen el

desarrollo de nuevos sistemas.

e) La protección y salvaguarda contra pérdidas y sustracción de los

equipos, programas e información procesada.

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL Responsabilidad de las Máximas Autoridades

Jerárquicas respecto a las Tecnologías de Información

f) La existencia de planes de prevención, detección y corrección de

software maliciosos para proteger a los sistemas de información,

que incluya la autorización de acceso y controlen los flujos de

información desde y hacia las redes.

g) La implementación de controles programados, tales como

emisiones automáticas y seguimiento manual de las salidas,

generadas por el computador, tales como revisiones de reportes

que identifiquen ítems rechazados o inusuales.

h) El mantenimiento oportuno de equipos y programas, a los fines de

reducir la frecuencia y el impacto de las fallas.

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CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Supervisión de las actividades

Artículo 40. El supervisor responsable de unidades, programas,

proyectos u operaciones, debe comunicar claramente las funciones y

responsabilidades atribuidas a cada supervisado, examinar

sistemáticamente su trabajo y asegurarse que se ejecute conforme a

las instituciones dictadas al efecto.

Page 99: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

De la información

Artículo 41. La máxima autoridad jerárquica, los gerentes, jefes o

autoridades administrativas deberán garantizar la existencia de sistemas

o mecanismos con información acerca del desempeño de la institución,

para controlar y evaluar la gestión y se tomara en consideración que:

1. La información sea pertinente, accesible, confiable y relevante;

obtenida y comunicada en la forma y periodo que permita al órgano

o ente llevar a cabo su control interno.

2. El órgano o ente cuente con un archivo; con una correcta

clasificación y actualización oportuna de toda la documentación.

3. La información con la que se preparan reportes, planes de trabajo y

estados financieros, se encuentre organizada y estandarizada.

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Page 100: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

Artículo 41. De la información

Información pertinente, accesible, confiable y relevante;

obtenida y comunicada en la forma y periodo que

permita al órgano o ente llevar a cabo su control interno.

El órgano o ente debe tener un archivo; clasificado y

actualizado de toda la documentación.

Organizaciónón y estandarización de la información

fuente de reportes, planes de trabajo y estados

financieros.

Las máxima autoridad jerárquica deberán garantizar la

existencia de sistemas de información acerca del desempeño

de la institución, para controlar y evaluar la gestión.

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE CONTROL

Page 101: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO V

SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Valoración

de Riesgo

Actividades de Control

Sistema de Información y Comunicación

Monitoreo

Ambiente de Control

ESTRUCTURA

DEL

SISTEMA

DE

CONTROL

INTERNO

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CAPÍTULO V

SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

De la comunicación

Artículo 42. Deben establecerse canales de comunicación efectivos,

que permitan que la información se transmita de manera confiable,

oportuna y actualizada a las partes interesadas, tanto internas como

externas a la institución.

Page 103: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO V

SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Sistemas de información y comunicación

Artículo 43. La máxima autoridad jerárquica, los gerentes, jefes o

autoridades administrativas deberán disponer los elementos y

condiciones necesarias para que de manera organizada, uniforme,

consistente y oportuna se ejecuten actividades relativas a obtener,

procesar, generar y comunicar, en forma eficaz, eficiente y económica,

la información de la gestión institucional y cualquier otra que sea de

interés para la consecución de los objetivos institucionales.

Asimismo, deben poseer controles que permiten garantizar la

confiabilidad, seguridad, confidencialidad y clara administración de los

niveles de acceso a la información.

Page 104: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO V

SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Del control de gestión

Artículo 44. Los gerentes, jefes o

autoridades administrativas del

órgano o ente, deberán verificar el

cumplimiento o desempeño de las

actividades, tareas y acciones

ejecutadas de manera que permita

medir e informar oportunamente, a

los responsables de la toma de

decisiones sobre la eficiencia,

eficacia, economía, calidad e impacto

de su gestión, con el acatamiento de

las normas que regulan su

desempeño.

Planificar

Presupuestar

Controlar la Gestión

Page 105: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VI

EL MONITOREO

Valoración

de Riesgo

Actividades de Control

Sistema de Información y Comunicación

Monitoreo

Ambiente de Control

ESTRUCTURA

DEL

SISTEMA

DE

CONTROL

INTERNO

Page 106: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VI

EL MONITOREO

Monitoreo

Artículo 45. El sistema de control interno debe ser objeto de

monitoreo o seguimiento para valorar la calidad del funcionamiento

de los elementos de dicho sistema en el tiempo, a través de

actividades rutinarias, evaluaciones puntuales o la combinación de

ambas. Las deficiencias encontradas deben ser comunicadas a la

autoridad que tenga la competencia para tomar las decisiones de

modo efectivo.

Artículo 46

Seguimiento Continuo

Artículo 47

Evaluaciones

Puntuales

Page 107: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VI

EL MONITOREO

Seguimiento Continuo

Artículo 46. El seguimiento continuo es inherente a las operaciones

normales y recurrentes del órgano o ente, lo cual incluye la

administración y actividades de supervisión, entre otras que deba

ejecutar el personal al cumplir sus obligaciones.

Evaluaciones puntuales

Artículo 47. Las evaluaciones puntuales dependerán de la valoración de

riesgos y de la efectividad de las actividades del seguimiento continuo,

cuya frecuencia es a criterio de los niveles gerenciales de la

organización. Pueden tomar la forma de autoevaluación a ser ejecutadas

por los órganos de control fiscal.

Page 108: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VII

ROLES Y RESPONSABILIDADES

Artículo 48. Rol de la CGR

• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal.

• Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

• Normas Generales de Contabilidad.

• Publicación 20 y 21.

• Normas Generales de Auditoría de Estado.

• Normas para la Formación, Participación, Rendición y Examen y

Calificación de las Cuentas de los Órganos del Poder Público Nacional,

Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes Descentralizados.

• Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de las UAI.

Page 109: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VII

ROLES Y RESPONSABILIDADES

Rol de la CGR

Artículo 48. A los efectos de estas Normas Generales, a la Contraloría

General de la República le corresponde:

1. Dictar las políticas, reglamentos, normas, manuales e

instrucciones para el ejercicio del control y para la coordinación del

control fiscal externo con el interno.

2. Evaluar el ejercicio y los resultados del control interno.

3. Evaluar la normativa de los sistemas de control interno que dicten

las máximas autoridades de los órganos y entes sujetos a su

control, a fin de determinar si se ajustan a las normas básicas

dictadas por la Contraloría General de la República.

Page 110: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VII

ROLES Y RESPONSABILIDADES

Artículo 48. Rol de la CGR 4. Evaluar los sistemas de control interno, a los fines de verificar la

eficacia, eficiencia y economía con que operan.

5. Asesorar técnicamente a los órganos y entes sujetos a su control en

la implantación de los sistemas de control interno.

• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal.

• Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

• Normas Generales de Contabilidad.

• Publicación 20 y 21

• Normas Generales de Auditoría de Estado.

• Normas para la Formación, Participación, Rendición y Examen y

Calificación de las Cuentas de los Órganos del Poder Público

Nacional, Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes

Descentralizados.

• Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de las UAI.

Page 111: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VII

ROLES Y RESPONSABILIDADES

Rol de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna

Artículo 49. La Superintendencia Nacional de Auditoría Interna

ejercerá la coordinación, supervisión y orientación del control interno

en los distintos órganos y entes de la Administración Pública, sin que

ello implique el ejercicio de funciones propias de los órganos de

control fiscal, y está sujeta a las directrices, lineamientos e

instrucciones que dicte la Contraloría General de la República como

órgano rector del Sistema Nacional de Control Fiscal.

Page 112: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VII

ROLES Y RESPONSABILIDADES

Responsabilidad de los Órganos de Control Fiscal

Artículo 50. Corresponde a los órganos de control fiscal, en el ámbito

de sus competencias, evaluar el sistema de control interno de los

órganos o entes, incluyendo el grado de operatividad y eficacia de los

sistemas de administración y de información gerencial, a los fines de

contribuir con su efectividad, a través de sus evaluaciones y

recomendaciones.

Page 113: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VII

ROLES Y RESPONSABILIDADES

De los gerentes, jefes o autoridades administrativas

Artículo 51. Los gerentes, jefes o autoridades administrativas son los

responsables directos por todas las actividades del órgano o ente,

incluyendo el diseño, implantación supervisión del correcto

funcionamiento, mantenimiento y documentación del sistema de

control interno. Sus responsabilidades varían de acuerdo a su función

en el órgano o ente y las características del mismo.

Del personal

Artículo 52. El personal adscrito al órgano o ente es responsable del

buen funcionamiento del control interno, por ser éste parte implícita y

explícita de las funciones de cada uno.

Page 114: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VII

ROLES Y RESPONSABILIDADES

De los auditores, consultores, profesionales independientes y

firmas de auditores

Artículo 53. Los auditores, consultores, profesionales independientes

y firmas de auditores, que presten sus servicios profesionales en

materia de control, podrán contribuir a la consecución de los objetivos

de los órganos y entes, generando información útil para el diseño,

implantación o administración de los sistemas de control interno, a

través de informes, dictámenes y estudios técnicos.

Normas para la Ejecución de los Trabajos y Presentación de Resultados

por Auditores, Consultores, Profesionales Independientes y Firmas de

Auditores que presten Servicios en Materia de Control. G.O.R.B.V. Nº

39.827 del 23-12-2011.

Page 115: Nuevas Normas Generales de Control Interno Marilú Salazar&Edgar Mariño Díaz

CAPÍTULO VIII

DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

MODELO GENÉRICO

DE REGLAMENTO

INTERNO DE

UNIDADES DE

AUDITORÍA INTERNA

G.O.R.B.V. Nº 39.827

DEL 23-12-2011

LINEAMIENTOS PARA

LA ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE

LAS UNIDADES DE

AUDITORÍA INTERNA

G.O.R.B.V. Nº 39.408

DEL 22-04-2010

Artículo 54. Definición

Artículo 55. Adscripción

Artículo 56. Dotación de Recursos

Artículo 57. Recurso Humano

Artículo 58. Designación del Auditor Interno

Artículo 59. Del Servicio de Auditoría Interna

Artículo 60. Funciones y Responsabilidades

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