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Plan Funcion Disciplinaria-CESP

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Page 1: Plan Funcion Disciplinaria-CESP

PLAN FUNCION DISCIPLINARIA

INTRODUCCIÓN

Cuando queremos dar lo mejor de nuestro trabajo, se hace necesario elaborar un plan, en donde debemos

tomar en cuenta tres principios fundamentales: hacer siempre y en todo lo mejor, estar útilmente ocupado y

adelante siempre adelante, pues, Dios lo quiere así, procurar siempre vivir la agenda de San José; Jugar,

orar, servir y orar.

La función Disciplinaria, estará entregado en competencias, formando proyectos de vida para el

crecimiento productivo, educativo, laboral y moral, luchando por lograr una integridad de los factores

asociados para ser agentes de cambio en nuestra sociedad.

Nuestro Centro Escolar es una institución educativa llena de proyecciones, tomando en cuenta la

competitividad, para formar jóvenes con conocimientos, valores cívicos morales y espirituales, habilidades y

destrezas, a través de una enseñanza basada en metodología innovadoras, atendiendo la diversidad de la

población estudiantil.

DIAGNÓSTICO

Nuestro Centro Escolar, esta formada desde parvularia cinco (5) hasta noveno grado en ambos turnos,

tiene una población estudiantil de _________ (masculino y femenino), esta ubicado en el seno de la Villa.

Sus estudiantes, oscilan entre los cuatro a los dieciocho años, unos residen en las colonia y barrios de

esta ciudad y otros en los Caseríos y Cantones aledaños a la misma, en donde, su mayoría tienen a sus

padres en el extranjero y residen con familiares cercanos.

Así mismo he observado que los jóvenes de la ciudad (en su mayoría), no muestran respeto para sí

mismo, vestuario, cortes y peinados de cabello, pintura de uñas y hasta usan maquillajes, mucho menos para

su prójimo, (docentes y compañeros/as)

La madre o padre de familia, muestran gran desinterés por sus representados, ya que el maestro les hace

llamados y nunca atienden, y el que llega, pues, siempre llega a la defensiva, de modo que el docente

siempre sale como mentiroso y el malo, lo que viene a formar un desgaste moral y espiritual en el docente.

CENTRO ESCOLAR DR. SIXTO PADILLA

Jujutla, Ahuachapán

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JUSTIFICACIÓN

Como función Disciplinaria, se PROPONE, formar en valores jóvenes íntegros, ciudadanos útiles,

cristianos convencidos, siendo solidarios, honestos, justos, leales y apóstoles auténticos, inculcarles los

principios de una integración a la comunidad humana y de la paz entre los hombres, que den un testimonio

de sus vidas, como en nuestra doctrina.

Por tanto esta función en víspera de lograr disminuir la problemática imperante de nuestro Centro

Escolar ACUERDA:

a) Elaborar el presente Reglamento Interno Disciplinario.

b) Que sea analizado por todos los sectores, Consejo Directivo Escolar, Consejo de maestros, Consejos

de Alumnos, y Asamblea de padres de familia.

c) Que sea aprobado por todos los implicados.

d) Sea aplicado a partir de su aprobación.

CAPITULO I

DEBERES DE LOS EDUCADORES

El artículo 84 de la Ley General de Educación define EDUCADOR, es el profesional que tiene a su

carga la orientación del aprendizaje y la formación del educando.

- El educador debe proyectar una personalidad moral, honesta, solidaria y digna.

- Deberá coadyuvar al cumplimiento de los fines y objetivos generales de la educación.

- Usar un vestuario que esté acorde a su lugar de trabajo.

- Asistir puntualmente al desempeño de sus labores, según lineamientos del MINED, firmando y

plasmando la hora exacta de su entrada y salida en libro de asistencia.

- Obedecer las instrucciones que reciba de sus superiores en lo relativo al desempeño de sus labores.

- Respetar el horario de clases, y no abandonar a sus alumnos/as durante su hora de trabajo, sin

autorización alguna.

- Mantener la disciplina de sus educandos dentro y fuera del aula.

- Exigir al alumno/a, ha mantener el lugar asignado.

- Efectuar evaluaciones justas

- Respetar el orden jerárquico en las actividades que involucren la vida institucional,.

- Colaborar en las actividades que lleven con el cumplimiento de este reglamento.

- Observar buena conducta en los centros educativos, lugares de trabajo y fuera de éstos.

- Guardar consideración y respeto a sus superiores, alumnos, padres de familia y demás educadores.

- Guardar discreción sobre asuntos sensibles de que tengan conocimiento por razón del cargo que

ocupa.

- Portar armas de cualquier clase durante el desempeño de su labores o dentro de los centros

educativos, o durante actividades extra escolares,

- Aplicar a los alumnos cualquier forma de maltrato físico o psíquico que atente contra su dignidad, su

integridad personal o el desarrollo de su personalidad.

- Influir en las decisiones políticas de alumnos, o personal subalterno, así como tomar represalias o

imponerles sanciones por su filiación en actividades políticas, gremiales o religiosas.

- Influir en las decisiones políticas de alumnos, o personal subalterno, así como tomar represalias o

imponerles sanciones por su filiación en actividades políticas, gremiales o religiosas.

- Cuidar su zona asignada, e informar de anomalías que se den en la misma.

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DERECHOS DE LOS EDUCADORES

- Gozar de autonomía dentro del salón de clases.

- Gozar de estabilidad en el cargo; en consecuencia no podrá inhabilitárseles, despedírseles o

suspendérseles sino en los casos y de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley de

la Carrera Docente.

- Asociarse libremente en organizaciones gremiales para defender sus intereses económicos y sociales,

así como difundir su pensamiento, siempre y cuando no atenten contra la dignidad y moral de un

tercero.

- Tener participación consultiva, directa, en la elaboración de los planes de estudio y en los distintos

aspectos de importancia para la educación.

- Gozar de vacaciones, licencias, asuetos y aguinaldos en la forma y cuantía que señalan las leyes

respectivas y el reglamento de la Ley de la Carrera docente, en lo referente a la finalización del año

escolar.

- Reconocérseles sus méritos profesionales.

- Ser tratado con amabilidad y decoro e igualdad por parte de dirección, subdirección, compañeros/as,

maestros/as, padres de familia y alumnos.

- Recibir material didáctico en igualdad de condiciones.

- Participar en capacitaciones, convivios y otros, promovidos por el MINED.

- Tomar en cuenta sus sugerencias, necesidades, quejas y reclamos, siempre y cuando, lo haga con

profesionalismo.

CAPITULO II

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

En los artículos 92, 93 y 94 de La Ley General de Educación, al padre de familia le dá derechos y

obligaciones, en donde les exhorta a tomar su responsabilidades e involucrarse activamente en la formación

de sus hijos y en el reforzamiento de la labor de la escuela, con el propósito de propiciar el desarrollo de los

buenos hábitos, la disciplina, la auto estima, los valores, el sentido de pertenencia y solidaridad y la

personalidad en general.

Por lo que el padre de familia o encargado, al matricular su representado en este Centro Escolar se

comprometen a ser miembros activos de la comunidad educativa, por tanto deberán cumplir con las

siguientes obligaciones:

- Responder a las convocatorias de grado y del Centro y así cumplir con todos los compromisos

adquiridos, sean estos de cualquier índole (escuelas de padre, Asambleas de padre, culturales,

religiosos y económicos).

- Ser puntual a todas las convocatorias

- Informarse sobre el trabajo y conducta de su hijo/a, mediante entrevistas con el maestro/a, revisión

de tarjetas de notas (las visitas, no deberán interrumpir la función docente).

- Aceptar que el centro escolar es solo una ayuda para el desarrollo integral de su representado.

- Respetar las normativas y acuerdos que se tomen en reuniones de grado y del centro escolar.

- Velar por que su representado cumpla con la sanción que se le imponga a violentar éste reglamento.

- Evitar ante su hijo/a, juicios negativos contra miembros de la comunidad educativa.

- Responder por los daños que su hijo cause tanto a sus compañeros como a la institución.

- Justificar personalmente las inasistencias de sus hijos.

- Ver al maestro/a como un amigo/a.

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DERECHOS DEL PADRE DE FAMILIA

El padre de familia o encargado al matricular a su representado en este Centro Escolar, podrá gozar de

los siguientes derechos.

- Optar a cargos en el Consejo Directivo Escolar y en los Comités de Desarrollo Educativo

- Participar en la elección de sus representantes ante el Consejo.

- Solicitar informes de las actividades realizadas por sus representantes ante el

Consejo.

- Exigir oportunamente información de su representado (conducta, rendimiento, etc.)

- A que no se le discrimine a su representado.

- Recibir convocatorias con tres días de anticipación, excepto cuando se le requiera de emergencia.

- Ser estimulado por sus colaboraciones desinteresadas al centro educativo.

- Ser escuchado en sus sugerencias y quejas.

- Velar por el adecuado uso de los fondos que ingresen al centro educativo por aportaciones de los

padres o por otros medios, tales como actividades, donaciones y transferencias.

CAPITULO III DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

En La Ley General de Educación, en el artículo 88, nos define como alumno o educando: Al niño, niña,

joven o adulto, que aparezca inscrito en alguna institución educativa autorizada, así mismo en el artículo 89,

le somete a sus obligaciones, siendo las más principales:

- Cumplir la reglamentación interna de su grado, de la institución, así como otras disposiciones

legítimas que emanen de sus autoridades.

- Respetar y aceptar la organización de este centro escolar, y reconocer al docente como la máxima

autoridad dentro y fuera del salón de clases.

- Aceptar el retiro temporal, cuando haya reunión de consejo de maestros u otras carácter emergente.

- Portar el uniforme correctamente dentro y fuera de la institución.

- Presentarse con debida puntualidad, 10 minutos antes del toque de entrada.

- Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa, (maestros/as, ordenanzas, secretaria,

personal del chalet, u otros).

- Actuar con dignidad y decoro cuando represente al centro escolar.

- Estar presente en las formaciones generales, excepto cuando se compruebe estar mal de salud.

- Mantener el lugar asignado dentro del salón de clases por su maestro/a, y respetar la decisión de

cualquier docente, dirección o subdirección para utilizar el tiempo libre.

- No salir o entrar del grado, sin la autorización del educador, o de la institución sin la autorización

previa de Dirección o Subdirección.

- Respetar y cuidar los bienes del centro escolar y cooperar en las actividades de mantenimiento

preventivo y mejoramientos de los mismos.

Usar un peinado y corte de cabello adecuado al sexo.

- Evitar el maquillaje en cualquier dimensión, y el tinte en el cabello (femeninas).

- Evitar la practica del noviazgo dentro y fuera de la institución (cuando venga o haga su retorno de

este centro escolar).

- Aceptar con humildad y sencillez la sanción que le sea impuestas, al comprobarse su grado de

culpabilidad dentro de lo señalado.

- Mantener vivo el sentimiento de amor a la patria, al patrimonio moral, cívico, natural y cultural de la

institución y la nación.

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DERECHOS DE LOS EDUCANDOS.

En el artículo 90 de la Ley General de Educación, le establece derechos al educando, entre estos tenemos:

- Formarse en el respeto y defensa de los principios de libertad, verdad científica, moralidad y

justicia.

- Inscribirse en cualquier centro escolar de conformidad a lo establecido en la Constitución de la

República y demás disposiciones legales.

- Ser tratado con justicia y respeto y no ser objeto de castigos corporales, humillaciones, abusos

físicos o mentales, descuidos o tratos negligentes, malos tratos o explotaciones incluido el abuso

sexual.

- Ser evaluado con objetividad y solicitar revisión (con humildad) cuando se considere afectado.

- Participar en conformaciones y actividades del consejo de alumnos y ser electo democráticamente

como miembro del Consejo Directivo Escolar.

- Ser atendido adecuadamente por el educador, en el momento que lo requiera, (quejas, sugerencias,

explicación de la clase, de una actividad, etc.).

- Ser informado con anticipación la fecha de examen.

- Buscar y recibir ayuda de los maestros en la resolución de problemas.

- Recibir sus clases normalmente, según horario, tener una evaluación justa y oportuna,

informándosele sus resultados en un tiempo máximo de dos días laborales.

- Reclamar la tutela de sus derechos ante la Dirección del Centro Escolar, el Consejo Directivo

Escolar, las juntas y tribunales de la Carrera Docente, el Procurador de los Derechos del Niño y la

Sala de Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

- Todos los demás que le sea reconocidos en la Constitución de la República, las normativas

internacionales vigentes en El Salvador y cualquier otra legislación afín.

TUTELA, derecho que la ley confiere para gobernar la persona y bienes del menor de edad, de no estar

sujeto a la patria potestad, y para representarlo en todos los actos de la vida civil.

CAPITULO IV DE LAS PROHIBICIONES

- Usar tabaco, drogas, así mismo ingerir bebidas embriagantes dentro y fuera de la

Institución.

- Portar o traer armas de cualquier naturaleza.

- Proferir palabras indecorosas y soeceses.

- Ingresar al aula prendas y objetos de mucho valor económico como joyas, radios, ipod, collares, etc.,

El centro y los maestros no se responsabilizan de la pérdida de éstos.

- Faltar el respeto a sus compañeros/as, o a cualquier persona de la comunidad educativa fuera cual

fuere su función.

- Retirarse de la institución antes de la hora indicada, sin el permiso previo de las autoridades

competentes, así como evitar castigos.

- Traer revistas, folletos, carteles y libros que perturben la mente de sus compañeros/as, tales como

pornografía, artículos a favor del aborto, incitadores a la violencia, satanismos, subir contenidos

pornográficos a una página web, de compañeras/os, u otra persona ajena a la institución.

- Esconder o apropiarse de lo ajeno.

- Peleas, bromas bruscas, y poner sobre nombres a sus compañeros/as.

- Uso de cadenas en los cinchos, pulseras y collares artesanales, que son alusivos a las pandillas.

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- Cualquier tipo de juego electrónico. O celulares encendidos que interrumpan la clase.

- Comercialización de cualquier producto en el interior del Centro o del aula.

- Usar tatuajes permanentes o temporales.

- Noviazgo entre compañeros y compañeras, dentro y fuera de la institución, así como personas ajenas.

(siempre que porten el uniforme, vengan hacia el centro o de su regreso).

CAPITULO VI CLASIFICACION DE LAS FALTAS

Las faltas se clasificarán en leves, las que tratará y solventará el maestro en su grado, dejando

constancia de la resolución dada, graves, serán vistas por maestro de grado, o el involucrado, Director y

encargado de la función disciplinaria (subdirector) y muy graves, se verán en Consejo de Maestros, sin

olvidar los derechos de defensa del involucrado.

a) Se tipifican como faltas leves:

- Permanecer fuera de la institución, antes del toque de entrada a clases.

- Entrar al Centro escolar, dejar sus útiles en su grado y salirse de la institución, sin ninguna

autorización.

- Presentarse tarde al Centro Escolar y a su grado.

- Permanecer fuera de clase sin la debida autorización.

- La inasistencia no justificada.

- Incumplimiento a deberes y trabajos ex aula.

- Presentarse al Centro Escolar, sin la debida higiene, o sin el uniforme completo.

- Presentarse con peinados y cortes de cabello alienantes, cabellera larga, en varones y las señoritas

con maquillajes en cualquiera de sus dimensiones, así como con el pelo pintado.

- Escribir en paredes, pupitres, servicios sanitarios, etc., cualquier tipo de frase.

- Presentarse a la escuela con ropa no adecuada, en ambos sexos.

- Abrir y cerrar el portón principal sin la debida autorización.

- No respetar el lugar asignado por su maestro/a.

- Comer en horas de clases, o masticar chicle.

- No colaborar en el aseo del grado y la institución

- Efectuar desordenes dentro del aula, en ausencia del maestro.

b) Faltas Graves

- Acumular tres faltas leves.

- Sustraer pruebas de evaluación, notas o cualquier otro documento o sobornar a cualquier persona

para ese fin.

- Registrar, (escritorios, maletines) y sustraer cualquier objeto con o sin valor económico, a

maestros/as y compañeros/as alumnas/os, no quedando exento del pago del daño causado, si

existiere.

- Pelear, escupir, maltratos verbales y físicos, robar, esconder (con o sin intención de adueñarse),

bolsones, útiles escolares o cualquier otro objeto de valor económico.

- Abuzo de confianza o relaciones de tipo sentimental, (noviazgo), dentro o fuera de la institución,

agravándose si porta el uniforme.

- Irrespetar al maestro/a, compañero/a y personal de servicio, así como a los símbolos patrios.

- Incumplir la sanción impuesta de una falta cometida.

- Retirarse del centro por cualquier sector, (después del toque de entrada), sin ninguna autorización de

los encargados de hacerlo.

- El marcado desinterés por el estudio.

- La destrucción de bienes u otros del centro escolar, cancelando los daños.

- llegar tarde al centro escolar o al aula.

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c) Faltas Muy Graves.

- La reincidencia de tres faltas graves.

- Atentar contra la vida, la integridad física y moral, de cualquier miembro de la comunidad educativa.

- Faltar el respeto de palabra o de hecho a cualquier persona de la comunidad educativa.

- Lesionar a otros/as, con cualquier tipo de arma, dentro y fuera de la institución.

- Portar, proporcionar o consumir drogas, tabaco, o bebidas embriagantes dentro y fuera del plantel

educativo.

- Romper, deteriorar, utilizar, ocultar, o sustraer los materiales de trabajo del docente, compañeros/as

alumnas, así como también en otros Centros, de la propiedad pública y privada.

- Asistir al Centro bajo los efectos de cualquier bebida embriagantes, drogas, etc..

- Perturbar con palabras, gritos, silbidos y burlas al orden de cualquier actividad programada.

- Formar pandillas o pertenecer a ellas dentro y fuera de la institución.

- Practicar el hurto y robo dentro o fuera del centro escolar.

CAPITULO VII DE LAS SANCIONES

Al comprobarse la imputación de una falta, se sancionará al infractor, con una acción de ayuda, no con el

propósito de causarle daño a la dignidad, moral, física y psicológica del educando, sino, para generarle

cambios y fortalecerlo en la práctica de valores morales, espirituales, cívicos y culturales, ya que al finalizar

su estadía en nuestro centro escolar tendrá que incorporarse a una nueva sociedad, la que le tratará de

conformidad a su conducta.

a) Por faltas leves se sancionará:

- Primera vez, amonestación verbal.

- Segunda vez amonestación escrita.

- Tercera vez es una falta leve.

- Lectura de una lección (que deje una enseñanza moral) y entregue un análisis.

- Notificarle al padre, madre o en su defecto al encargado, por escrito.

- Resarcir el daño causado.

Las faltas leves serán reportadas al orientador, por el docente que las haya observado, así mismo llevará

un registro.

b) Por faltas graves se sancionará:

- Hacerlo del conocimiento inmediatamente a la Función Disciplinaria y Dirección.

- Llamar de inmediato al padre o encargado del educando, y notificarle por escrito

- Inscribirlo en el libro de control disciplinario.

- Tres jornadas (matutina o vespertina) de trabajo comunitario a favor del centro escolar.

- Tres días de suspensión de clases, con trabajo académico.

- Resarcir el daño ocasionado.

c) Por faltas Muy Graves, se sancionará:

- Hacerlo del conocimiento inmediato a la Función Disciplinaria, dirección y Consejo de Maestros.

- Llamar de inmediato al padre o encargado y notificarle.

- Llevarlo ante el Consejo de Maestro.

- Cinco días de suspensión de clases, con trabajo académico.

- Ocho días de suspensión de clases con trabajo académico.

- La sanción no podrá ser menor a cuatro días clases.

- Dependiendo su gravedad se expulsará definitivamente, en cualquier época del año.

- Se inscribirá en el libro de registro disciplinario.

- Perderá o se le condicionará su matricula para el siguiente año lectivo.