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PLIEGO DE RECLAMOS 2016 - 2017 I.- FUNDAMENTACIÓN Ingresamos a un proceso de fortalecimiento de la institucionalidad y legitimidad, máxime si tenemos acreditada legalmente nuestra posición de sindicato mayoritario y por tanto, interlocutor único y válido del magisterio nacional. Siendo así, en representación de los trabajadores de la educación nos corresponde impedir la afectación de derechos y proponer, plantear, pugnar por la defensa, extensión y ampliación de derechos de los trabajadores de la educación del país. Es necesario tener en cuenta que en la última década los distintos gobiernos de turno se han empeñado en crear, modificar y promulgar normatividad que lejos de sujetarse y respetar el ordenamiento jurídico han significado atentado y afectación de derechos y del estado de derecho. Es una certeza y convencimiento para el sindicato y el magisterio que la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, ha unificado, pero no ha dignificado al magisterio, resulta ser un instrumento orientado al ahorro fiscal y la desregulación laboral del magisterio. Por otro lado, la remuneración sigue siendo, comparativamente hablando, la más baja de Latinoamérica. Asimismo, los regímenes de pensiones son denigrantes y requieren de urgentes modificaciones en beneficio de los trabajadores y no de las grandes transnacionales y el gran capital. El SUTEP, nuestro sindicato viene haciendo uso de diversas formas de lucha. Una de ellas es el diálogo vía mesa de diálogo, negociación colectiva, pues somos convencidos de que los espacio de lucha sindical, ideológica y política no los podemos abandonar o descuidar. Sigue siendo entonces, una tarea central, persistir con firmeza en la lucha por mejores condiciones de vida y trabajo para el magisterio peruano. En atención a ello plantemos: II.- PLIEGO DE RECLAMOS a.- Derechos económicos. 1. Defender y garantizar la vigencia de la educación pública, gratuita, universal y de calidad para todos los peruanos con presupuesto del 10% del PBI. 2. Aumento de remuneraciones para el sector educación. Piso salarial del 60% de la UIT para los docentes de primera escala magisterial. Aumento inmediato, reconocimiento de asignaciones y nombramiento de auxiliares de educación. 3. Bonificación por familia, refrigerio y movilidad equivalente al 5% de la remuneración íntegra mensual total por cada concepto. 4. Subsidio por luto de dos (2) remuneraciones íntegras mensuales al fallecer el cónyuge, padres o hijos y tres (3) remuneraciones íntegras mensuales al fallecer el profesor. Asimismo, subsidio por gastos de sepelio equivalente a tres (3) remuneraciones íntegras. 5. Gratificación por navidad, fiestas patrias y escolaridad equivalente a una (1) remuneración integra mensual. 6. Bonificación por riesgo de salud equivalente al 20% de la remuneración íntegra mensual. 7. Licencias sindicales para dirigencias provinciales del magisterio en el país. 8. Reconocimiento del pago por preparación de clases equivalente al 30% de remuneración íntegra y pago inmediato de la deuda social en cumplimiento de sentencias judiciales y administrativas emitidas por las DRE del país y por SERVIR con los montos dispuesto por los órganos jurisdiccionales. 9. Pago de una remuneración íntegra como compensación por tiempo de servicios (CTS) por cada año de servicios cumplidos Hasta el momento de su cese. 10. Pago puntual y desde el primer día de labor a los docentes contratados. Pago de bonificación por escolaridad a docentes contratados conforme lo dispone la Ley 30493. Conservación de la equiparidad entre la remuneración íntegra de los docentes nombrados y contratados.

Pliego de reclamos 2016 2017

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PLIEGO DE RECLAMOS 2016 - 2017

I.- FUNDAMENTACIÓN Ingresamos a un proceso de fortalecimiento de la institucionalidad y legitimidad, máxime si

tenemos acreditada legalmente nuestra posición de sindicato mayoritario y por tanto, interlocutor único y válido del magisterio nacional. Siendo así, en representación de los trabajadores de la educación nos corresponde impedir la afectación de derechos y proponer, plantear, pugnar por la defensa, extensión

y ampliación de derechos de los trabajadores de la educación del país.

Es necesario tener en cuenta que en la última década los distintos gobiernos de turno

se han empeñado en crear, modificar y promulgar normatividad que lejos de sujetarse y respetar el ordenamiento jurídico han significado atentado y afectación de derechos y del estado de derecho. Es una certeza y convencimiento para el sindicato y el magisterio que la Ley de Reforma Magisterial Nº

29944, ha unificado, pero no ha dignificado al magisterio, resulta ser un instrumento orientado al ahorro fiscal y la desregulación laboral del magisterio . Por otro lado, la remuneración sigue siendo,

comparativamente hablando, la más baja de Latinoamérica. Asimismo, los regímenes de pensiones son denigrantes y requieren de urgentes modificaciones en beneficio de los trabajadores y no de las grandes transnacionales y el gran capital.

El SUTEP, nuestro sindicato viene haciendo uso de diversas formas de lucha. Una de

ellas es el diálogo vía mesa de diálogo, negociación colectiva, pues somos convencidos de que los

espacio de lucha sindical, ideológica y política no los podemos abandonar o descuidar. Sigue siendo entonces, una tarea central, persistir con firmeza en la lucha por mejores condiciones de vida y trabajo para el magisterio peruano. En atención a ello plantemos:

II.- PLIEGO DE RECLAMOS

a.- Derechos económicos.

1. Defender y garantizar la vigencia de la educación pública, gratuita, universal y de calidad para todos los peruanos con presupuesto del 10% del PBI.

2. Aumento de remuneraciones para el sector educación. Piso salarial del 60% de la UIT para los docentes de primera escala magisterial. Aumento inmediato, reconocimiento de asignaciones y nombramiento de auxiliares de educación.

3. Bonificación por familia, refrigerio y movilidad equivalente al 5% de la remuneración íntegra mensual total por cada concepto.

4. Subsidio por luto de dos (2) remuneraciones íntegras mensuales al fallecer el cónyuge, padres o hijos y tres (3) remuneraciones íntegras mensuales al fallecer el profesor. Asimismo, subsidio por gastos de sepelio equivalente a tres (3) remuneraciones íntegras.

5. Gratificación por navidad, fiestas patrias y escolaridad equivalente a una (1) remuneración integra mensual.

6. Bonificación por riesgo de salud equivalente al 20% de la remuneración íntegra mensual. 7. Licencias sindicales para dirigencias provinciales del magisterio en el país. 8. Reconocimiento del pago por preparación de clases equivalente al 30% de

remuneración íntegra y pago inmediato de la deuda social en cumplimiento de sentencias judiciales y administrativas emitidas por las DRE del país y por SERVIR con los montos dispuesto por los órganos jurisdiccionales.

9. Pago de una remuneración íntegra como compensación por tiempo de servicios (CTS) por cada año de servicios cumplidos Hasta el momento de su cese.

10. Pago puntual y desde el primer día de labor a los docentes contratados. Pago de bonificación por escolaridad a docentes contratados conforme lo dispone la Ley 30493. Conservación de la equiparidad entre la remuneración íntegra de los docentes nombrados y contratados.

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11. Emisión del D.S. que concrete la Jornada laboral de 30horas para los profesores de EBR y EBA asumiendo 24 horas de dictado en el aula y 06 horas fuera del aula.

12. No a la discriminación de docentes que provienen de la Ley del Profesorado. Nivelación de pagos entre especialistas, directivos y jerarquices que provienen de la Ley de Carrera Pública Magisterial N° 29062 y los docentes que provienen de la Ley del Profesorado N° 24029 y su modificatoria N° 25212.

13. Pago de maestrías a docentes conforme lo establece la ley y el reglamento de la Reforma Magisterial.

14. Respeto y vigencia del D.S. N° 571-94-ED 15. Coordinación con INE e instituciones pertinentes a efectos de forma objetiva la ampliación

de instituciones educativas a las que les corresponde la asignación de ruralifdad con el tipo correspondiente. Pago justo y sin discriminación por ruralidad al magisterio.

16. Consideración y pago de asignaciones por 25, 30, 35 y 40 años de servicios e incrementos de compensación por tiempo de servicios a los trabajadores de la educación.

17. Creación de plazas docentes, auxiliares y administrativas en las regiones que lo requieran. b.- Derecho de condiciones de trabajo.

1. Respeto a la estabilidad laboral 2. Inclusión en una nueva legislación magisterial de la propuesta del Proyecto de Nueva Ley

del Profesorado. 3. Nueva legislación de seguridad social en base a los principios originales de la ley N° 20530. 4. Derogatoria de la Ley N° 26504 que eleva a 65 años la edad de jubilación para varones y

mujeres respetando 60 años para los varones y 55 años para las mujeres. 5. Una reforma pensionaria que tome en cuenta incremento de la pensión N° 20530

modificatoria de base de cálculo de la Ley N° 19990, reforma del régimen privado de pensiones con participación directa de los dueños del fondo.

6. Libre desafiliación de las AFP al solo pedido de los maestros. 7. Respeto a la carga docente según las recomendaciones de la UNESCO: 25 alumnos por

aula. 8. Mejoramiento de las condiciones de trabajo, sales y alimentación para los docentes y

estudiantes que trabajan en lugares alejados de la sierra y selva y para los alumnos y docentes de la instituciones educativas de Jornada Escolar Completa.

9. Creación de un fondo especial para la construcción de viviendas y el transporte de los profesores que trabajan en lugares alejados de la sierra y selva.

10. Derogatoria del Decreto Legislativo N° 882 que autoriza la creación y funcionamiento de institutos pedagógicos privados, academias e instituciones educativas no escolarizadas, por atentar contra la calidad, gratuidad y universalidad de la educación pública.

c.- Derechos profesionales y de trabajo.

1. Nombramiento de maestros contratados (todas las plazas orgánicas existentes) y auxiliares de educación (10 000 plazas).

2. Implementación de servicios médicos, psicológicos y asistencia social en las instituciones educativas como complemento de la labor docente, conforme indica la normatividad.

3. Reconocimiento automático hasta por cinco (5) años de estudios como tiempo de servicios para los profesores cuyo currículo de formación profesional contemple dicho número de años en dicha formación y respeto de dicha acumulación automático en el cálculo del tiempo de servicios definitivos para sus pensiones.

4. Actualización y perfeccionamiento pedagógico masivo y gratuito a cargo del Ministerio de Educación y en convenio con universidades que tengan facultades de educación y gocen de reconocimiento y prestigio nacional.

5. Evaluación de desempeño en el aula conforme indica la Ley y a los compromisos firmados con el Presidente de la República el 30 de mayo del presente año. No a las pruebas estandarizadas.

6. Modificatoria de la R.M. N° 582 en lo correspondiente a desistimiento y obligatoria priorización del tiempo de servicios.

7. Modificatoria del D.S. N° 04-2013-ED en lo referido a permisos y licencias sin goce de remuneraciones y cuya autorización puede ser denegada por la autoridad.

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8. Creación de plazas y nombramiento de auxiliares de educación en el nivel de educación primaria.

d.- Derechos democráticos y sindicales.

1. Cumplimiento y respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores, asociación sindical, negociación colectiva y huelga en todos los escalones sindicales.

2. Respeto a la vigencia legal del SUTEP y su facultad para desinar a sus representantes a nivel nacional, regional y provincial ante las respectivas instancias del Ministerio de Educación: Trato Directo, Procesos administrativos, nombramientos, reasignaciones, administración del CAFAE y SUB CAFAE, etc.

3. Derogatoria de la ley N° 28988 que declara la educación servicio público esencial e impide el derecho a la huelga.

4. Respeto a la colegiatura profesional como requisito para ejercer la docencia y anulación de toda norma que busque liberalizar la carrera docente.

5. Resarcimiento de derechos de docentes interinos reiterados injusta e ilegalmente. 6. Rechazo al intervencionismo e interferencia al trabajo gremial vía RVM N° 091-2015-

MINEDU. Elección de delegados al CPPADD mediante proceso electoral promovido y dirigido por el gremio.

7. Habilitación de casillero para efectos de auto sostenimiento sindical. e.- Derechos reivindicativos para estudiantes y padres de familia.

1. Vigencia plena de la Escuela Pública y gratuidad de la enseñanza en todos los niveles y modalidades. Prohibición de cualquier cobro o aporte como requisito para la matricula; derogatoria de los dispositivos que atentan contra la gratuidad de la enseñanza.

2. Compromiso del Ministerio de Educación y Poder Ejecutivo de que las asociaciones Públicas Privadas – APP no significan ni representan privatización de la Educación.

3. Designación de no menos del 10% anual del PBI para el sector educación. 4. Atención médica para todos los alumnos (as); asignación de fondos para la implementación

de la alimentación escolar, también en las instituciones educativas de Jornada escolar Completa.

5. Universalización de la educación inicial. Alto a la comercialización de la educación como generadora de lucro desentendiéndose de la calidad de la educación.

f.- Derecho de participación en políticas educativas.

1.- Discusión con el MED sobre propuestas concretas del SUTEP: - Proyecto de Ley General de educación. - Nueva Ley del Profesorado. - Modelo Pedagógico Emancipador para la Transformación - Bases para un Currículo Alternativo Transformador

3.- Impulso de políticas de participación y respeto por la educación bilingüe.

4.- Defensa de la soberanía nacional, integridad territorial, recursos y patrimonio cultural.

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL SUTEP