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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO PODER CIUDADANO Elaborado por:

Poder ciudadano

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Page 1: Poder ciudadano

UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICERRECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO

PODER CIUDADANO

Elaborado por:

Katherine Plaza

Constitucional

Barquisimeto, Septiembre 2015

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El Consejo Moral Republicano

Es ese órgano rector que integra el Poder Ciudadano, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.

Entre sus funciones se encuentran

Prevenir, investiga y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa

velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público y por el cumplimiento de los principios constitucionales del debido proceso y de la legalidad.

Efectuar la segunda preselección de los candidatos a magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, la cual luego será presentada a la Asamblea Nacional.

El Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General de la República. Los órganos que ejercen el Poder Ciudadano son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República. Se encargan en conjunto de, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

El consejo Moral Republicano elegirá cada año de su propio seno uno o una de cuyos titularas será presidente o (a) por periodo de un (1) año. Art. 273 de la C.R.B.V .

Ministerio publico

Es un ente gubernamental encargado de ejercer la acción penal en nombre del Estado, es único e indivisible y está bajo la dirección y responsabilidad del Fiscal o la Fiscal General de la República trabaja conjuntamente con la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República; como parte integrante de dicho Poder no podrá ser impedido ni coartado en el ejercicio de sus funciones por ninguna autoridad. .

La o el titular del Ministerio Público ejerce sus atribuciones directamente o a través de los funcionarios o funcionarias debidamente facultados o facultadas mediante delegación o cuando así lo determine la Ley.

El Ministerio Público en Venezuela tiene como atribuciones de acuerdo con la Constitución:

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Contribuir al establecimiento de los criterios de la política criminal o persecución penal dentro del Estado, a la luz de los principios orientadores del derecho penal moderno.

Ejercer en nombre del Estado la acción penal.

Garantizar el respeto de los derechos y garantías constitucionales en los procesos judiciales

Garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso.

Garantizar los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República en materia penal.

Llevar a cabo las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad en que hubieren incurrido los funcionarios públicos.

Ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles.

Proteger a las víctimas y testigos de hechos punibles.

Representar los intereses de la sociedad mediante el ejercicio de las facultades de dirección de la investigación de los hechos que revisten los caracteres de delito

Defensoria del pueblo

Por otro lado la defensoria del pueblo trabaja en conjunto con el ministerio publico, donde es una institución pública vala la redundancia , su función principal es velar por el cumplimiento y la aplicación de los derechos fundamentales de la persona y vigilar la legalidad de los actos de la administración pública y de las instituciones de carácter privado o mixto que prestan servicios públicos.

En principio las funciones del defensor del pueblo son:

Diseñar y adoptar con el Procurador General de la Nación las políticas de promoción y divulgación de los Derechos Humanos en el país, en orden a tutelarlos y defenderlos.

Dirigir y coordinar las labores de las diferentes dependencias que conforman la Defensoría del Pueblo.

Hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violación a los Derechos Humanos y

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para velar por su promoción y ejercicio. El Defensor podrá hacer públicas tales recomendaciones e informar al Congreso sobre la respuesta recibida.

Realizar diagnósticos de alcance general sobre situaciones económicas, sociales, culturales, jurídicas y políticas, en las cuales se puedan encontrar las personas frente al Estado.

Fiscal general

El o la Fiscal General de la República es elegido por la Asamblea Nacional para un período de 7 años, el Ministerio Público estará bajo la dirección del o de la Fiscal General de la República. 

Corresponde a la Fiscalía General de la Nación, investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes. Se exceptúan los delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio.

Para tal efecto la Fiscalía General de la Nación deberá:

Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores de la ley penal, adoptando las medidas de aseguramiento. Además, y si fuere del caso, tomar las medidas necesarias para hacer efectivos el restablecimiento del derecho y la indemnización de los perjuicios ocasionados por el delito.

Calificar y declarar precluidas las investigaciones realizadas. Dirigir y coordinar las funciones de policía judicial que en forma permanente

cumplen la Policía Nacional y los demás organismos que señale la ley. Velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el

proceso. Cumplir las demás funciones que establezca la ley.

Contraloria General

La contraloría general de la República, Se encarga de velar por la transparente administración del patrimonio público del Estado existente en varios países de América. Es un órgano equivalente a un Tribunal de Cuentas.

En venezuela la Contraloría General de la República es un órgano que tiene autonomía funcional, administrativa y organizativa y pertenece al Poder Ciudadano. Está bajo la responsabilidad del Contralor General de la República, elegido . El cargo de Contralor General de la República lo ejerce actualmente Manuel Enrique Galindo Ballesteros,período 2015-2022.

En el año 1938 se creó la Contraloría General de la Nación por la ley Orgánica de la Hacienda Nacional. Con la reforma constitucional de 1947 adquirió rango

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constitucional, y con la Constitución de 1961, pasó a denominarse Contraloría General de la República.

Contraloria General de las Fuerzas Armadas

La Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es una entidad fiscalizadora superior integrante del Sistema Nacional de Control Fiscal de la República Bolivariana de Venezuela, encargada de la vigilancia, control y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos afectos al Sector Defensa, sin menoscabo del alcance y competencia de la Contraloría General de la República.

Tiene como misión la vigilancia, control en todas sus fases y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos afectos al sector defensa, sus órganos, entes y demás dependencias adscritas, fomentando un ambiente de honestidad y transparencia en el ejercicio de la función pública, contribuyendo al desarrollo integral del país.

Poder Ciudadano. Documeto en linea. Disponible en:

http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema3d.html

RENa

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Conclusion

El Poder Ciudadano conjuga tres órdenes que le son fundamentales la primera, lo constituye como guardián de la ética pública, la segunda, como guardián de la legalidad y la tercera, como medio educador, los Poderes Públicos se expresan mediante instituciones, el ministerio publico, la defensoria del pueblo y la contraloria general son instituciones trabajan en conjunto en funcion de cuidar y velar por la buena y transparente administracion funcional y financiera y organizacion del bien ciudadano, por su proteccion y respeto a las leyes que que se han hecho para el bienestar del mismo y sus bienes.

Katherine Plaza.