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ORDEN de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Córdoba, 1 de diciembre de 2010
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Capítulo I Disposiciones generales
Capítulo II Convocatorias, renuncias y bajas
Capítulo III Desarrollo del proceso de evaluación
Capítulo IV Calificaciones
Capítulo V Reclamación sobre la evaluación
Capítulo VI Documentos oficiales de evaluación
Capítulo VII Convalidaciones de módulos profesionales
Capítulo VIII Titulación, certificación de enseñanzas y acreditación de unidades de competencia
Disposiciones adicionales (4)
Disposiciones transitorias (6)
Disposición derogatoria
34 A
RTÍ
CU
LOS
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Ordenación de la evaluación:• Es continua y se realiza por módulos profesionales.• Es realizada por el profesorado que imparte cada módulo. • Referente: resultados de aprendizaje (antiguos objetivos), criterios de evaluación, contenidos de cada módulo, competencias y objetivos generales del Ciclo.• En la FCT: debe haber colaboración con el tutor laboral.
Modalidad presencial• Asistencia a clase• Realización de las actividades
Modalidad a distancia• Entrega de trabajos obligatorios• Participación en el aula virtual• Realización de pruebas on-line• Superación de prueba presencial
Evaluación continua
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El departamento, a través del equipo educativo, elabora las programaciones didácticas
• Procedimientos y criterios de evaluación comunes• Procedimientos, instrumentos y criterios de calificación para evaluar al alumnado• Actividades de refuerzo para módulos pendientes de evaluación positiva• Actividades para las horas de libre configuración• Adecuación de actividades, criterios y procedimientos para alumnado con discapacidad
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Criterios de evaluación
•Deben hacerse públicos por el centro•Sirven para valorar el grado de adquisición de los resultados de aprendizaje
Participación
•Información sobre elementos del currículo a principios de curso•Información por escrito tres veces durante el curso sobre evolución del aprendizaje•Información por escrito al finalizar el curso sobre resultados. Posibilidad de reclamar
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CONVOCATORIAS •Cuatro convocatorias por módulo (independientemente de la modalidad cursada) El que cambie de modalidad no empieza a contar de nuevo.• FCT sólo con dos convocatorias. Proyecto cuatro.• Se dispone de una convocatoria por curso escolar
Convocatoria extraordinaria
• Cuando se agotan las cuatro convocatorias• Circunstancias concurrentes: enfermedad o accidente, incorporación a puesto de trabajo, cuidado de hijo/enfermedad grave/accidente de familiar • Solicitud en el centro. Resolución de la Dirección. Plazo. 1 – 15 julio.• Resolución favorable válida por dos cursos académicos• El alumno/a se matricula en el módulo antes del 31 de octubre
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Renuncia a convocatoria•Una sola vez por curso•Hasta el 50% de los módulos matriculados•No computa a efectos de convocatorias
Renuncia a matrícula•Una sola vez•Mismos efectos que el caso anterior•Pierde el derecho de reserva de plaza
•Mismas circunstancias concurrentes que en convocatoria extraordinaria•Plazo: 2 meses antes de la sesión de evaluación final•Resolución de la Dirección
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Baja de oficioObjetivo: cubrir los puestos escolares
• Se aplica al alumnado que no se incorpora o no asiste 10 días después del comienzo de la actividad académica.
• Si tras la comunicación no se incorpora, el director o directora dicta resolución de baja de oficio. Se pierde derecho a puesto escolar y a la convocatoria.
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SESIONES DE EVALUACIÓN:
• En el primer mes de curso : evaluación inicial (Anexo V)
• Si el módulo profesional tiene la misma duración que el curso escolar: tres sesiones de evaluación parcial, una al final de cada trimestre.
• Al final del curso: Sesión de evaluación final, coincidiendo con la finalización del régimen ordinario de clases, que no será anterior al 22 de junio.
•Si el periodo lectivo del módulo profesional es diferente al curso escolar el proyecto educativo del centro establece las sesiones de evaluación parciales y final, siempre en finales de trimestre.
• En la modalidad a distancia se realiza una sesión de evaluación parcial tras cada prueba presencial ( de momento hay dos una en febrero y otra a comienzos de junio). La evaluación final al final del régimen ordinario de clases. Desaparece septiembre.
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Sesión de evaluación final excepcional
• Para los alumnos que estén en condiciones de titular al final de cada uno de los trimestres. Dirigida a alumnos que cursen la FCT o proyecto en el primer o segundo trimestre.
Importante: Periodo entre última evaluación parcial y final
• Obligación del alumnado que no ha superado módulos de asistir a clase• Se elabora horario para este periodo• La dedicación horaria a las actividades de refuerzo debe ser al menos el 50% de horas semanales de cada módulo
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Evaluación finalFCT y para los de grado superior ProyectoActividades lectivas para los pendientes
2ª sesión evaluación parcial ( tras 110 jornadas)
1ª sesión evaluación parcial
Segundo curso (1040 horas)
Evaluación finalActividades lectivas para alumnos con módulos pendientes
3ª sesión evaluación parcial
2ª sesión evaluación parcial
1ª sesión evaluación parcial
Primer curso (960 horas )
Final del régimen ordinario de clases
3º Trimestre2º Trimestre1º Trimestre Oferta Completa
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Tiene todos los módulos de 1º superados
Promociona a 2ºSuperan los módulos pendientes el 50% de la carga horaria de primero
SI NO
SINORepite módulos
de 1 º
Repite módulos de 1 º
Dos opciones
Pasar a oferta parcial y completar hasta 1000 horas
PROMOCIÓN
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NEMódulo profesional no evaluado
PCOMódulo profesional pendiente de convalidación
SCAMódulo profesional superado en cursos anteriores
CVMódulo profesional convalidado
RCMódulo profesional con renuncia a convocatoria
NMMódulo profesional sin matrícula
AbreviaturaCalificaciones y situaciones
Se contempla la matricula de honor: 5% de los propuestos para titular.
Importante : cuando se trata de un módulo común a varios ciclos arrastra calificación
CALIFICACIONES• Son numéricas: 1 a 10, sin decimales• FCT: Apto o No apto• Calificación del Ciclo: Media aritmética de los módulos (no FCT)• Se pueden emitir calificaciones no numéricas (expresión literal)• Todos los módulos convalidados o exentos, nota del Ciclo: 5.00
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PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN: Igual que en bachillerato.
DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN: Se ajusta a lo establecido en el RD 1538/2006.
a) Expediente académico
b) Actas de evaluación
c) Informes de evaluación individualizados.
• El informe de evaluación y el certificado garantizan la movilidad
• Los documentos podrán ser sustituidos por sus equivalentes en soporte electrónico.
• Errores: Diligencia del Secretario/a + firma del profesor/a + Visado Dirección.
• Centros privados cumplimentan dos copias de Actas de evaluación final (una para el centro público al que esté adscrito)
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TITULACIÓN, CERTIFICACIÓN DE ENSEÑANZAS Y ACREDITACIÓN DE UNIDADES DE COMPETENCIATítulo: Se solicita en el centro donde se haya cursado el último módulo profesional. Tener en cuenta que se han podido acreditar unidades de competencia por tres vías. Requisitos
•Superar todos los módulos profesionales del Ciclo•Reunir los requisitos de acceso•Se solicita en el centro en el que se superó el último módulo•Se obtiene Título de Técnico o Técnico Superior
•Se puede solicitar también el suplemento europeo al título donde se recogen las competencias profesionales adquiridas y el nivel de titulación.
•Documento que favorece la movilidad del alumnado•Acompaña al Título de Técnico Superior•Incluye información relevante del titulado/a•Los centros deben expedirlo a petición del alumno/a•Se expide en dos lenguas, castellano y otra de la U. E
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•Se puede solicitar certificado de módulos profesionales superados y unidades de competencia Anexo VB de los Reales Decretos
• Si se imparten cursos de mayor especialización estos son certificables y deben acreditar las unidades de competencia.
• Se contempla la evaluación de bloques de formación: divisiones coherentes de los módulos profesionales que pueden llevar a la certificación del módulo si se superan todos los bloques en se divide. (Tendrá sentido cuando los IES sean centros colaboradores)
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EXTENSIÓN DE MATRÍCULA:
• El alumno se matriculará de 1º, o en oferta parcial de lo que estime conveniente (sin superar 1000 horas)
• Solicita convalidaciones y se las aplican, quedando con pocos módulos que cursar.
• Puede hacer una extensión de matrícula hasta completar las 1000 horas si existen puestos escolares libres y hay compatibilidad de horario.
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Transitoria primera: Si están cursando títulos LOE y tienen módulos pendientes de primero , sólo durante este curso 2010 2011 tendrán dos pruebas que deben organizar los departamentos , siempre respetando el límite de cuatro convocatorias .
De los módulos de 2º1º y 2º evaluación
Estoy en 2º LOE con módulos pendientes 1º
De los módulos de 1º hasta dos
pruebas antes FCT ¿Los tiene todos aprobados?
Si
Hace FCT y proyecto
No
Actividades de refuerzo
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Transitoria segunda: A los títulos LOGSE y LOCE se aplicará está Orden salvo los artículos referidos a promoción y los que hacen referencia a cualificaciones profesionales. (6.9,12.3,13.4,15, 26, 27, 28, 29, 31, 32, 33 y 34):
• Resolución favorable de prueba extraordinaria: NO CURSA
• No tienen que hacer 110 jornadas para FCT.
• No tienen horas de libre configuración
• Los LOGSE continúan el mismo régimen de convalidaciones.
• Nada de lo relacionado con suplemento europeo y certificados de unidades de competencia.
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Transitoria segunda:Ciclos de menos de 2000 horas:
• 2º Curso FCT y proyecto integrado .• Cuando los terminan la evaluación final del ciclo
- propuesta de título. - un nuevo periodo de FCT y proyecto (si se pueden realizar las horas programadas) Otra sesión evaluación final
Ciclos de 2000 horas • Al finalizar los módulos que se cursan en el centro docente
evaluación:- FCT y proyecto integrado- Si no van a FCT continúan las actividades hasta evaluación final.- Al final de junio evaluación final.
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Transitoria tercera: (Promoción de títulos LOGSE mientras no entre el LOE)
CRITERIO DE PROMOCIÓN CICLOS LOGSE MIENTRAS ESTEN VIGENTES : No tener pendiente más del 25 por ciento de la carga horaria de los módulos profesionales del primer curso.
• Si no promocionan repiten.
• Si promocionan con pendientes : dos pruebas, que deben realizarse antes del periodo de FCT y proyecto integrado. Las realiza el departamento y si no existe la Delegación determina cómo se realizan.
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Transitoria cuarta: (Cuando el titulo LOGSE empieza a sustituirse por LOE)
• Si el alumno de LOGSE no promocionó se matricula de primero LOE y se le aplican las convalidaciones.
• El que pasa a segundo termina LOGSE.
• Si a los que han continuado en segundo LOGSE le quedara algún módulo pendiente (tras haberse sustituido el título en su totalidad) en los dos años siguientes a la sustitución del título se le deben garantizar dos pruebas antes del periodo de FCT y proyecto integrado. (Ojo: El título se sustituye progresivamente y los dos años se cuentan desde que se sustituyen los módulos)
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Transitoria quinta. Convocatoria extraordinaria
Los que tienen agotadas las convocatorias en algún módulo profesional sólo durante el curso 2010-2011 solicitarán la convocatoria extraordinaria conforme al procedimiento de esta Orden (antes del 31de octubre) y se le hará una prueba antes de que finalice el primer trimestre. Si tras esta prueba al alumnado le queda la FCT y /o el proyecto las delegaciones deben autorizar la matriculación en estos módulos.
Si se sustituye el título LOGSE al alumno que tenga agotadas todas las convocatorias y pida la convocatoria extraordinaria, siendo la resolución favorable, se le organizarán pruebas para su superación en los dos cursos siguientes a la sustitución del título. ( es necesario ya que no pueden cursar estas enseñanzas al estar extinguidas). A los títulos LOGSE les mantenemos la convocatoria extraordinaria con prueba.
Sexta: Convalidaciones módulos LOGSE/LOCESe aplica la normativa de convalidaciones que haya establecido el Ministerio o la Consejería
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NORMAS DEROGADAS:• Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden.•Orden de 26 de julio de 1995, sobre evaluación en los ciclos formativos de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma Andaluza.•Orden de 26 de septiembre de 2002, por La que se regula el Libro de acreditación de Competencias Profesionales.•Artículos 16, 17 y 18 del capítulo VI de la Orden de 20 de julio de 2006, por la que se regula la implantación y organización de la Formación profesional Específica en la modalidad a distancia