5
UNIVERSIDAD YACAMBÚ INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL HECHO PUNIBLE RAFAEL DABOIN C.I.:V-6820139

Presentación hecho punible

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Presentación hecho punible

UNIVERSIDAD YACAMBÚINTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL

HECHO PUNIBLE

RAFAEL DABOINC.I.:V-6820139

Page 2: Presentación hecho punible

EL HECHO PUNIBLEEs la acción sancionada por el Derecho con una pena, también es denominado conducta

delictiva.

En Venezuela se acoge la visión bipartita según lo establecido en el articulo 1 del Código Penal que establece que los hechos punibles se clasifican en DELITOS Y FALTAS. 

- DELITOS

Es el acto típicamente antijurídico imputable a una persona culpable y sancionada con una pena.

-  FALTA

Es una conducta antijurídica que pone en peligro algún bien jurídico protegible, pero que es considerado de menor gravedad y que por lo tanto, no es tipificado como delito.

Page 3: Presentación hecho punible

PRINCIPIO O ELEMENTOS DE LA TEORÍA GENERAL DEL DELITO

1-Principio del acto. Consiste en hacer o actuar, llevar a cabo un hecho ilícito.

2-Principio de legalidad o tipicidad. Establece que las conductas se encuentren claramente descritas en la ley, y contengan: el sujeto activo, el verbo o acción, y la consecuencia punitiva a imponer.

3-Principio de antijurícidad. Supone que la conducta que se haya realizado este prohibida por el ordenamiento jurídico.

4-Principio de Culpabilidad. Es tener en claro que dicha conducta es antijurídica, es decir supone la reprochabilidad del hecho ya calificado como típico y antijurídico.

Page 4: Presentación hecho punible

CARACTERES DEL DELITOLa infracción criminal se compone de unos elementos esenciales que le hacen tal y

sin los cuales no puede existir. Esos elementos son:

- La acción - La culpabilidad - La antijuridicidad - La punibilidad- Tipicidad

 

En el delito, para su existencia, deben de incidir dos sujetos: el sujeto activo y el sujeto pasivo.

EL SUJETO ACTIVO del delito será toda persona que, en términos generales, infrinja la ley penal.

EL SUJETO PASIVO del delito, éste será toda persona que resienta el daño que ocasiona la comisión del delito, la consecuencia de la conducta delictiva, ya se trate de su persona, en sus derechos o en sus bienes.

SUJETO ACTIVO

SUJETO PASIVO

Page 5: Presentación hecho punible

CLASIFICACION SEGUN LA ESCUELA CLASICA

DELITOS NATURALES

Ofensas al sentimiento de la piedad:Todos aquellos actos que tiendan a producir un mal físico en las personas.Actos que producen a la vez un dolor físico y moral.Acciones que producen un dolor moral.

Ofensas al sentimiento de la probidad:Agresiones violentas contra la propiedad.Ataques a la propiedad sin violencia pero con abuso de confianza.Ataques directos a la propiedad y a los derechos civiles de las personas.

DELITOS LEGALES O DE CREACIÓN POLÍTICA

Las acciones que van contra el Estado.Las acciones que atacan al poder social sin un fin político.Las acciones que atacan a la tranquilidad pública, a los derechos políticos de los ciudadanos o el respeto debido al culto o al pudor público.Las transgresiones de la legislación particular de un país.