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DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO Plá Rodríguez nos define al Derecho Plá Rodríguez nos define al Derecho Colectivo de Trabajo como: Colectivo de Trabajo como: `` El núcleo de normas que regula el `` El núcleo de normas que regula el conjunto del personal de la empresa, conjunto del personal de la empresa, organizado o no; la formación y las organizado o no; la formación y las funciones de las asociaciones funciones de las asociaciones profesionales de trabajadores y profesionales de trabajadores y patronos, sus relaciones, su posición patronos, sus relaciones, su posición frente al Estado y los conflictos frente al Estado y los conflictos colectivos de trabajo``. colectivos de trabajo``.

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DERECHO COLECTIVO DE TRABAJODERECHO COLECTIVO DE TRABAJO

• Plá Rodríguez nos define al Derecho Plá Rodríguez nos define al Derecho Colectivo de Trabajo como:Colectivo de Trabajo como:

`` El núcleo de normas que regula el `` El núcleo de normas que regula el conjunto del personal de la empresa, conjunto del personal de la empresa, organizado o no; la formación y las organizado o no; la formación y las funciones de las asociaciones funciones de las asociaciones profesionales de trabajadores y profesionales de trabajadores y patronos, sus relaciones, su posición patronos, sus relaciones, su posición frente al Estado y los conflictos frente al Estado y los conflictos colectivos de trabajo``.colectivos de trabajo``.

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• KrotoschinKrotoschin alega que estamos ante la alega que estamos ante la presencia del derecho colectivo del trabajo presencia del derecho colectivo del trabajo cuando no se tiene en cuenta cuando no se tiene en cuenta directamente el trabajador individual, sino directamente el trabajador individual, sino la agrupación o la unión, organizada o no, la agrupación o la unión, organizada o no, sus convenios y sus conflictos.sus convenios y sus conflictos.

• Existen autores que no hablan de derecho Existen autores que no hablan de derecho colectivo de trabajo sino que ellos colectivo de trabajo sino que ellos prefieren denominarlo derecho de las prefieren denominarlo derecho de las relaciones colectivas de trabajo y otros relaciones colectivas de trabajo y otros hablan de Derecho Sindical.hablan de Derecho Sindical.

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A no olvidar !!!A no olvidar !!!• El derecho del trabajo surge como El derecho del trabajo surge como

consecuencia de una desigualdad: la consecuencia de una desigualdad: la inferioridad económica del trabajador, éste inferioridad económica del trabajador, éste es el origen de la cuestión social y el es el origen de la cuestión social y el derecho del trabajo.derecho del trabajo.

• Las desigualdades sólo se corrigen con Las desigualdades sólo se corrigen con desigualdades de tipo opuesto, durante un desigualdades de tipo opuesto, durante un tiempo la desigualdad compensatoria se tiempo la desigualdad compensatoria se logró porque el Estado puso a favor del logró porque el Estado puso a favor del trabajador el peso de la ley, surgió así la trabajador el peso de la ley, surgió así la legislación del trabajo.legislación del trabajo.

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• En todo el derecho del trabajo hay un punto de En todo el derecho del trabajo hay un punto de partida: la unión de los trabajadores y un punto partida: la unión de los trabajadores y un punto de llegada: el mejoramiento de las condiciones de llegada: el mejoramiento de las condiciones de los trabajadores, podemos decir a raíz de de los trabajadores, podemos decir a raíz de esto que los temas que integran el derecho esto que los temas que integran el derecho colectivo del trabajo son: 1- El derecho de colectivo del trabajo son: 1- El derecho de asociación, en el que se incluye el derecho de asociación, en el que se incluye el derecho de coalición.coalición.

• 2- Los convenios colectivos.2- Los convenios colectivos.• 3- Los conflictos colectivos.3- Los conflictos colectivos.• 4- Los medios para prevenir y solucionar 4- Los medios para prevenir y solucionar

conflictos colectivos.conflictos colectivos.• 5- La participación en la empresa y en otros 5- La participación en la empresa y en otros

ámbitos.ámbitos.

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- Relación con el derecho individual de - Relación con el derecho individual de trabajo.trabajo.

• Hay quienes separan netamente el derecho Hay quienes separan netamente el derecho individual del trabajo y el derecho colectivo de individual del trabajo y el derecho colectivo de trabajo que lo llaman derecho sindical.trabajo que lo llaman derecho sindical.

• Hay quienes unifican ambas ramas del derecho.Hay quienes unifican ambas ramas del derecho.• Por otro lado, hay quienes distinguen el derecho Por otro lado, hay quienes distinguen el derecho

individual del trabajo y el derecho colectivo del individual del trabajo y el derecho colectivo del trabajo como dos ramas diferentes pero trabajo como dos ramas diferentes pero vinculadas por fundamentos comunes.vinculadas por fundamentos comunes.

• Plá Rodríguez se inclina por ésta última porque Plá Rodríguez se inclina por ésta última porque si bien son dos ramas diferentes, ambas si bien son dos ramas diferentes, ambas integran el mismo conjunto.integran el mismo conjunto.

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Caracteres.Caracteres.• El derecho colectivo de trabajo atañe a grupos El derecho colectivo de trabajo atañe a grupos

socialessociales, parte de la idea que cada hombre no está solo , parte de la idea que cada hombre no está solo en la sociedad sino que forma grupos y sociedades en la sociedad sino que forma grupos y sociedades intermedias que son legítimas, supone la superación de intermedias que son legítimas, supone la superación de una concepción individualista del hombre y la sociedad.una concepción individualista del hombre y la sociedad.

• El DCT constituye un correctivo de la situación de El DCT constituye un correctivo de la situación de inferioridad del trabajador pero no por medios de inferioridad del trabajador pero no por medios de normas sino de instrumentos capaces de crear normas sino de instrumentos capaces de crear normas, normas, apunta a la potencialidad económica que apunta a la potencialidad económica que ayude al trabajador a superar esa situación de ayude al trabajador a superar esa situación de inferioridad.inferioridad.

• El DCT acepta la licitud del empleo de medios de El DCT acepta la licitud del empleo de medios de acción directaacción directa, no se refiere a la violencia pero sí a la , no se refiere a la violencia pero sí a la posibilidad de actitudes de presión que tomadas posibilidad de actitudes de presión que tomadas individualmente se presenta como formas de ejercicio de individualmente se presenta como formas de ejercicio de un derecho, se trata de un fenómeno peculiar, complejo.un derecho, se trata de un fenómeno peculiar, complejo.

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• Este derecho Este derecho procura la solución pacíficaprocura la solución pacífica, , mediante el entendimiento, no nos olvidemos mediante el entendimiento, no nos olvidemos que el derecho tiene como principal finalidad que el derecho tiene como principal finalidad permitir y facilitar la convivencia pacífica entre permitir y facilitar la convivencia pacífica entre los hombres.los hombres.

• Evaristo de Moraes Filho entiende que el Evaristo de Moraes Filho entiende que el Derecho colectivo de trabajo es un instrumento Derecho colectivo de trabajo es un instrumento de paz social.de paz social.

• Otra de las características es que Otra de las características es que el DCT el DCT reconoce la existencia de una nueva fuente reconoce la existencia de una nueva fuente deldel derecho,derecho, los convenios colectivos son una los convenios colectivos son una fuente de generación extraetática, de formación fuente de generación extraetática, de formación profesional y resultante del acuerdo de dos profesional y resultante del acuerdo de dos voluntades colectivas pero privadas.voluntades colectivas pero privadas.

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• Posee una enorme Posee una enorme trascendencia trascendencia económicaeconómica por su importante por su importante repercusión en la economía.repercusión en la economía.

• Otro de los caracteres es que Otro de los caracteres es que el DCT el DCT constituye una garantía de libertadconstituye una garantía de libertad, ,

De la Cueva señala que los hombres que De la Cueva señala que los hombres que carecen de poder económico pierden su carecen de poder económico pierden su libertad y que aislados no tienen fuerza libertad y que aislados no tienen fuerza frente al Estado, por ello estima que el frente al Estado, por ello estima que el derecho colectivo de trabajo es una derecho colectivo de trabajo es una garantía de libertad frente al Estado.garantía de libertad frente al Estado.

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• El DCT posee jerarquía constitucional y ha El DCT posee jerarquía constitucional y ha merecido protección internacional.merecido protección internacional.

• En cuanto a la jerarquía, casi todas las En cuanto a la jerarquía, casi todas las Constituciones reconocen el derecho de Constituciones reconocen el derecho de sindicación y el de asociación, además del de sindicación y el de asociación, además del de huelga.huelga.

• Además de existir numerosos documentos que Además de existir numerosos documentos que confirman una especie de respaldo confirman una especie de respaldo supranacional válido en todos los países, supranacional válido en todos los países, podemos citar algunos de los principales, la podemos citar algunos de los principales, la Organización Internacional del Trabajo descansa Organización Internacional del Trabajo descansa en el supuesto de la organización sindical en el supuesto de la organización sindical auténtica e independiente.auténtica e independiente.

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• Por otra parte, uno de los organismos de Por otra parte, uno de los organismos de más notoria repercusión e influencia es el más notoria repercusión e influencia es el Comité de Libertad Sindical que procura Comité de Libertad Sindical que procura hacer efectivos los derechos reconocidos hacer efectivos los derechos reconocidos por aquellos Convenios.por aquellos Convenios.

• La Declaración Universal de los Derechos La Declaración Universal de los Derechos Humanos recoge tanto el derecho a la Humanos recoge tanto el derecho a la libertad de asociación como el derecho de libertad de asociación como el derecho de sindicalización la cual es complementada sindicalización la cual es complementada en el Pacto Internacional de Derechos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.Económicos, Sociales y Culturales.