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Ing. Wilson A. Velastegui. Ojeda. MSc.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

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Page 1: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Ing. Wilson A. Velastegui. Ojeda. MSc.

Page 2: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

El principio precisa que la Contabilidad

Gubernamental registrará todos los hechos

económicos que puedan modificar los

recursos u obligaciones del sector público,

empleando como unidad de medida la

moneda de curso legal en el país,

independientemente de la interpretación que

los usuarios puedan darle a la información

contable

Page 3: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Contabilidad Gubernamental reconocerá la

igualdad entre los recursos disponibles y las

fuentes de financiamiento de los mismos. El

principio reconoce como método de registro en la

Contabilidad Gubernamental la partida doble, y

consecuentemente, la ecuación del inventario se

representa como:

RECURSOS = OBLIGACIONES, O BIEN, ACTIVO = PASIVO +

PATRIMONIO

Page 4: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Toda institución o fondo creado por ley o decreto

que administre recursos y obligaciones del sector

público, constituirá un ente contable con derechos,

atribuciones, y deberes propios, los que en

conjunto conformarán el ente contable

gubernamental.

Este principio determina que el sector público

llevará contabilidad de los recursos y obligaciones

que administra, tanto a nivel global como de cada

una de las instituciones o fondos legalmente

creados, según lo determinen las leyes o las

autoridades competentes

Page 5: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Contabilidad Gubernamental registrará los recursos

y obligaciones en el momento que se generen,

independientemente de la percepción o pago de

dinero, y siempre que sea posible cuantificarlos

objetivamente

El principio establece que los hechos económicos que

modifiquen la composición de los recursos y

obligaciones del sector público, serán reconocidos en

el momento que sea posible conocer y cuantificar los

efectos, independientemente que produzca o no

cambios en los recursos de fácil poder liberatorio.

Page 6: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Contabilidad Gubernamental reconocerá los

resultados de variaciones patrimoniales cuando los

hechos económicos que los originen cumplan con

los requisitos jurídicos y/o inherentes a las

transacciones.

El principio determina que los resultados

económicos para medir la relación costos y gastos

con los ingresos que se generan, serán registrados

en la medida que se haya cumplido con la norma

jurídica vigente y/o la práctica de general

aceptación en el campo comercial, como asimismo

teniendo en consideración los posibles efectos

futuros de los hechos económicos.

Page 7: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Contabilidad Gubernamental registrará los hechos

económicos, sobre la base del valor de intercambio de los

recursos y obligaciones económicas, salvo que

determinadas circunstancias justifiquen la aplicación de un

criterio diferente de evaluación.

El principio precisa que toda transacción se contabiliza al

precio acordado al momento de formalizar el hecho

económico entre las partes involucradas, excluyendo toda

posible incorporación de un valor diferente al pactado,

situación que no significa desconocer la existencia y

procedencia de otros criterios en casos de excepción.

Page 8: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Contabilidad Gubernamental reconocerá la

incorporación de métodos que permitan expresar

los recursos y obligaciones lo más cercano al valor

de conversión, a una fecha determinada.

El principio reconoce como mecanismo contable

plenamente válido registrar ajustes periódicos que

permitan depurar y actualizar los valores que

muestran los recursos y obligaciones, a fin de

lograr una adecuada razonabilidad en la

presentación de la información contable.

Page 9: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Contabilidad Gubernamental definirá intervalos de tiempo para

dar a conocer el resultado de la gestión presupuestaria y situación

económica-financiera, que permitan efectuar comparaciones válidas.

El principio establece como requisito para medir la información

financiera fijar lapsos de tiempo de igual duración, lo cual no impide

la preparación de salidas de información en la oportunidad que se

requiera como medio de apoyo al proceso de toma de decisión o

elemento de control

Page 10: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Los estados financieros que se generen de la Contabilidad

Gubernamental, incluirán información necesaria para una

adecuada interpretación de las situaciones presupuestaria y

económica-financiera, reflejando razonable y equitativamente

los legítimos derechos de los distintos sectores interesados.

En notas explicativas se revelará toda transacción, hecho o

situación, cuantificable o no, que pueda influir en análisis

comparativos o decisiones de los usuarios de la información.

El principio obliga a quienes preparan estados contables a

suministrar en éstos toda información esencial y adicional que

permite a quienes la reciban una adecuada interpretación de

la gestión económico-financiera y presupuestaria.

Page 11: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Todo ente contable responsable de llevar Contabilidad

Gubernamental, se considera de existencia

permanente y continua a menos que disposiciones

legales establezcan lo contrario.

El principio precisa que toda entidad obligada a llevar

contabilidad tiene continuidad en el tiempo, excepto

que una disposición legal establezca existencia

temporal o disolución de la misma.

Page 12: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

“ LO MARAVILLOSO DE APRENDER ALGO, ES QUE NADIE

PUEDE ARREBATÁRLO.“

(B. B. KING)