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proteccion juridica

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Page 2: proteccion juridica
Page 3: proteccion juridica

EL DERECHO

INFORMÁTICO

TIENE POR

OBJETO RESOLVER LOS PROBLEMAS

JURÍDICOS QUE PLANTEA

INFORMÁTICA APLICANDO CONJUNTAMENTE

AL MÉTODO JURÍDICO EL INFOQUE DE

SISTEMAS

QUE PLANTEA LA

MÉTODO SISTEMICO PERMITE EL

TRATAMIENTO DE TEMAS JURIDICOS

INFORMÁTICOS

TAL ES ASÍ QUE EL

FORMA INTEGRAL

EN

Page 4: proteccion juridica

SOFTWARE

UN COMPONENTE INTANGIBLE DE UNA

COMPUTADORA

SON LOS PROGRAMAS QUE UNO EJECUTA

EN LA COMPUTADORA Y LA INFORMACIÓN

QUE ELLOS MANEJAN COMO:

PROCE

SADOR

DE

TEXTOS

AQUELLO QUE SI NO FUNCIONA

SOLAMENTE NOS PERMITE

MALDECIR

UN PROGRAMA

DE ESCUCHAR

MÚSICA UNA

PAGINA

DE INTER

NET

Page 5: proteccion juridica

DEPURADORES

UTILIDADES DEL SOFTWARE

INTERPRETES COMPILADORES EDITORES DE TEXTO

ENLAZADORES

Page 6: proteccion juridica

• Escrito por programadores

• Contiene instrucciones de la computadora.

CÓDIGO FUENTE

• Es la traducción del Código Fuente.

• Representación intermedia del Código Fuente.

CÓDIGO OBJETO

• Resultado de enlazar uno o varios fragmentos de código objeto.

CÓDIGO EJECUTABLE

FORMAS DEL SOFTWARE

Page 7: proteccion juridica

ANÁLISIS

PASO

PRUEBAS

CONSTRUCCIÓN

DESARROLLO

PRODUCCIÓN

Page 8: proteccion juridica

ELEMENTOS DEL SOFWARE

ARCHIVO:

ºDe salida

ºDe entrada

ºTemporales

CAMPO CARACTERES

REGISTRO

º Registro lógico

º Registro físico

º Tamaño

DATO

º Crear

º Modificar

º Borrar

º Añadir

º Clasificar

Page 9: proteccion juridica
Page 10: proteccion juridica

El derecho de autor protege la forma de

expresión literal o gráfica del software, no

su contenido o idea ni su aplicación

industrial. Tal como lo establece la ley de

derecho de autor peruana Decreto

Legislativo 822 “ tiene por objeto la

protección de los autores de las obras

literarias y artísticas, cualquiera sea su

nacionalidad o el domicilio del autor o

titular del respectivo derecho o el lugar de

la publicación o divulgación.

Page 11: proteccion juridica
Page 12: proteccion juridica

LA DOCTRINA SEÑALA MULTIPLES

MEDIOS DE PROTECCIÓN Y

EFICACIA

SE HA PLANTEADO LA NECESIDAD DE

ESTABLECER UNA PROTECCIÓN

ESPECÍFICA, SUI GENERIS, PERO EN TODO

CASO LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL

DERECHO CIVIL Y DEL DERECHO PENAL SERÁN

SIEMPRE APLICABLES.

Page 13: proteccion juridica

EL PLAZO DE LA PROTECCIÓN POR DERECHO DE

AUTOR

V

V

CARACTERÍSTICA DE LA

INSTITUCIONES DEL COPYRIGHT

ES

DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES

RECONOCIDOS POR EL DERECHO DE

AUTOR

LA CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE LOS

DERECHOS DE AUTOR RECONOCE PARA LAS

OBRAS DE ARTE APLICADAS UN PLAZO MÍNIMO DE

10 AÑOS.

Page 14: proteccion juridica
Page 15: proteccion juridica
Page 16: proteccion juridica

, cuando se utilice o

ingrese indebidamente alguna parte de una

computadora sea o no material, la pena

privativa de libertad no excede a los dos

años.

Esta pena es alternativa con la prestación

de servicios comunitarios de cincuenta y

dos a ciento cuatro jornadas. Y en caso de

que el agente actúe para obtener un

beneficio económico el aumento es mínimo.

Page 17: proteccion juridica

la pena privativa de

libertad oscila entre tres y cinco años además de

setenta a noventa días-multa, pero se requiere

tener la finalidad de alterar, dañar o destruir la

base de datos, el sistema, la red, el programa o

cualquier parte de la computadora.

Finalmente las situaciones agravantes

son sancionadas hasta con una pena privativa de

libertad hasta de siete años si es que el agente

se vale de información privilegiada obtenida en

función de su cargo o si pone en peligro la

seguridad nacional

Page 18: proteccion juridica

La protección por el derecho de autor, que

impide la reproducción de las obras, pero no su

uso, se torna también en insuficiente. Luis Olavo

Baptista sostiene que como el derecho de autor no fue

concebido para proteger programas de

computación, sus efectos para este fin están

desajustados y producen fallas en lo que concierne a

la forma de protección.

No basta al titular poder impedir reproducciones

de su trabajo, sino también que otros lo usen sin

autorización.3

Page 19: proteccion juridica

La piratería peruana de software aún es elevada, en los últimos años ha disminuido Gustavo León considera que esto se debería a que en la actualidad el Perú ya cuenta con una legislación acorde con los tratados internacionales y con las exigencias mínimas que se requieren en el extranjero para proteger cualquier propiedad intelectual.

Gustavo León explica además que las empresas infractoras no venden el software, sino que son las usuarias finales del programa de computación; que lo utilizan en un número mayor a lo autorizado: compran un original y a partir de éste los reproducen en las demás máquinas.

Page 20: proteccion juridica

No reproducen el software para beneficiar

sus ventas, pero sí para utilizarlo en las operaciones

comerciales de la empresa.

Termina diciendo que este tipo de piratería

“corporativa” –cuyo fin es lucrar- es muy común en el

mercado, y afecta, en forma significativa, a las

empresas que actúan en el marco de la ley y asumen

el costo de la legalidad

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