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Proyecto de Proyecto de Agustín de VediaAgustín de Vedia
Biografía • Nacido en Montevideo en 1843 • Periodista uruguayo cuya poderosa influencia se sintió en Argentina y Uruguay• Luchador por la educación del pueblo• En 1870 participó en el movimiento revolucionario contra el presidente uruguayo• En 1872, trasladó su residencia a Argentina, donde, además de colaborar como
redactor en el prestigioso diario La Nación, trabajó como abogado. Además ese mismo año fue elegido diputado.
• Fue una fuente inspiradora en la reforma de Varela • Escribió diversos libros entre los que destacan Los privilegios del Banco de la
provincia ante la hipoteca convencional; La Nación y las provincias; Intervención; La Constitución Argentina y su obra póstuma, publicada un año después de su muerte, La bandera y el escudo.
• Tuvo una vida muy corta debido a sus agresivas campañas contra la política de Mitre, la Guerra de la Triple Alianza y al encarcelamiento de sus redactores.
Proyecto de Agustín de VediaComo integrante de las «cámaras principistas » presentó a la Cámara de Representantes , en 1873 un proyecto de reorganización de la enseñanza con 77 artículos en los que no incluye la obligatoriedad de la misma .
En este proyecto aparecen previstas dos escuelas normales gratuitas:
•La de niñas, a las que podían ingresar con 15 años.•La de varones, cuya edad mínima se fijo entre 18 años.
Cada una tendría una escuela de Aplicación, donde debían participar y adquirir ``el arte de enseñar y las aptitudes necesarias para ejercerlas´´
Este proyecto prevé una examen de admisión y uno final, así como `` la colocación en la enseñanza elemental´´ para todos los egresados y un régimen de preferencia en los concursos de oposición para proveer sucesivos cargos educacionales
Un grupo de 70 jóvenes provenientes del departamento del interior, 35 varones, y 35 mujeres serían becados, eligiéndoseles de acuerdo con las calificaciones obtenidas
Una vez recibidos, los becarios están obligados a ejercer la docencia publica por un mínimo de 6 años; en caso contrario deberían devolver el monto percibido (art.44). Becarios y no becarios recibirán además los libros y útiles necesarios para su estudio.Se agrega que podrían jubilarse a los 20 años de trabajo, con todo el sueldo, y en caso de fallecimiento, se generaría una pensión para sus familiasEn 10 años, todo maestro/a debería ser egresado de una de las escuelas normales (art.37).Se le exige al futuro maestro, entre otros requisitos, ``vocación para la carrera´´.
Este proyecto fracasó, por haber incluido un articulo que expresaba lo siguiente: ``no se dará ni tolerara instrucción religiosa en ninguna de las escuelas o colegios creadas por este Ley´´.