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REGLAMENTO DE ELECCIONES INTERNAS DE LA ASOCIACÓN DE LOS ESTUDIANTES DE MEDICINA Artículo 1.- Las elecciones internas de la AEM se realizaran todos los años en el periodo establecido por la Federación para las mismas. a) Las elecciones para elegir los delegados al Consejo Federal serán anuales tal como lo establece el estatuto de la FEUU b) Las elecciones para elegir delegados a la Convención de la FEUU serán bianuales tal como lo establece el estatuto de la FEUU. Artículo 2.- (Electores).- Para las elecciones internas serán electores todos los estudiantes de la Carrera Doctor en Medicina. Artículo 3.- (Elegibles).- Para las elecciones internas serán elegibles todos los estudiantes de las Carrera Dr. en Medicina activos. a) Los Estudiantes Activos serán aquellos que hayan rendido un acto académico en los últimos doce meses al momento de la presentación de la candidatura o pertenezcan a la última generación que ingresara a facultad. b) Por Acto Académico se entenderá el haber aprobado un curso, sea este curricular u optativo-electivo, o un examen. Comprobado a través de escolaridad, certificado de la SAE, impresión de la actividad del estudiante en SGB (sujeto a control). Artículo 4.- (Comisión Electoral de la AEM).- Se conformará una Comisión Electoral de la AEM con 5 miembros designados por el plenario. La designación será por mayoría simple siendo electo miembro de la comisión electoral los 5 candidatos con más votos.

Reglamento elecciones internas 2015

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REGLAMENTO DE ELECCIONES INTERNAS DE

LA ASOCIACÓN DE LOS ESTUDIANTES DE

MEDICINA Artículo 1.- Las elecciones internas de la AEM se realizaran todos los años en el periodo establecido por la Federación para las mismas. a) Las elecciones para elegir los delegados al Consejo Federal serán anuales tal como lo establece el estatuto de la FEUU b) Las elecciones para elegir delegados a la Convención de la FEUU serán bianuales tal como lo establece el estatuto de la FEUU. Artículo 2.- (Electores).- Para las elecciones internas serán electores todos los estudiantes de la Carrera Doctor en Medicina. Artículo 3.- (Elegibles).- Para las elecciones internas serán elegibles todos los estudiantes de las Carrera Dr. en Medicina activos. a) Los Estudiantes Activos serán aquellos que hayan rendido un acto académico en los últimos doce meses al momento de la presentación de la candidatura o pertenezcan a la última generación que ingresara a facultad. b) Por Acto Académico se entenderá el haber aprobado un curso, sea este curricular u optativo-electivo, o un examen. Comprobado a través de escolaridad, certificado de la SAE, impresión de la actividad del estudiante en SGB (sujeto a control). Artículo 4.- (Comisión Electoral de la AEM).- Se conformará una Comisión Electoral de la AEM con 5 miembros designados por el plenario. La designación será por mayoría simple siendo electo miembro de la comisión electoral los 5 candidatos con más votos.

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a) La Comisión Electoral de la AEM será la encargada de recibir las listas y lemas y de corroborar que se cumpla con el presente reglamento.

b) La comisión electoral de la AEM será la encargada de

resolver en torno a situaciones no contempladas en el presente reglamento o discrepancias en la interpretación del mismo. c) Será el nexo de la AEM con la comisión Electoral de la FEUU d) Se comunicará con los representantes de los distintos lemas a efectos de hacer cumplir este reglamento. e) Las denuncias de incumplimiento del presente reglamento o frente a alguna irregularidad serán presentadas a la Comisión Electoral de la AEM, siendo esta la encargada de elevar un informe en mayoría y/o minoría al Plenario de la AEM y a la Comisión Electoral de la FEUU, siendo estos los órganos competentes para tomar las medidas pertinentes. Artículo 5.- (Solicitud de registro).- Cada lema que se

presente a una elección interna solicitará, hasta 72hrs

antes del último día de comienzo del las elecciones

internas de la FEUU, registro y otorgamiento de número de

lista a la Comisión Electoral de la AEM. Los lemas no

podrán utilizar el nombre AEM o Asociación de los

Estudiantes de Medicina, de no ser el mismo precedido o

antecedido por el nombre una agrupación o lista.

Artículo 6.- (Presentación de listas).- Los lemas que cumplan con los requisitos de los artículos anteriores, deberán presentar ante la comisión electoral por lo menos 72hrs antes de los plazos establecidos por la FEUU

a) Las listas que presentaran en las elecciones b) las firmas de cada uno de los intervinientes en la lista

a modo de consentimiento y sus respectivos comprobantes de actividad.

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c) La firma de al menos diez avales por escrito de estudiantes activos de la carrera que no estén en la lista.

d) La firma y consentimiento de uno o dos estudiante/s activo/s que actuará/n como responsable/s del lema.

Artículo 7.- (Formalidad de las listas).- Existirá por cada lema una lista para cada órgano de la FEUU. En cada hoja de votación se detallarán los candidatos, titulares y suplentes a los distintos órganos elegibles. Las listas deberán contener obligatoriamente 1. Lema 2. Nómina de candidatos titulares y suplentes a cada órgano, siendo el sistema de suplencia el de preferencial.

3. Encabezando cada una de las nóminas de candidatos a la FEUU la expresión: “Lista de candidatos a (órgano que corresponda) para el período (período que corresponda).

4. Fecha de votación. 5. Logos: No podrá utilizarse el logo de AEM de no ser precedido o antecedido por el logo de agrupación o lista. Artículo 8.-(Transcurso de elecciones internas).-

a) Se resolverá en el plenario a propuesta de la comisión electoral la duración, fecha y mesas de votación de las elecciones internas

b) Durante el transcurso de la elección únicamente los estudiantes de la carrera Doctor en Medicina podrán ingresar a la institución donde se desarrolle con el fin de repartir el material concerniente a la elección.

c) Como lo establece el reglamento de elecciones de la FEUU las horas realizadas de elecciones deberán ser devueltas por los centros y asociaciones. Las horas de fiscalización que deberá devolver la AEM será

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cubierto de manera equitativa por los lemas, siendo esto definido por la comisión electoral de la AEM.

d) Cada mesa de votación está integrada por un fiscal de la FEUU y un integrante de la Asociación. Dichas mesas serán cubiertas de manera equitativa por los lemas presentados.

Artículo 9.-(Escrutinio).- El escrutinio se realizará inmediatamente cerrados los circuitos, en un solo lugar, será abierto y contará obligatoriamente con la presencia del fiscal designado por la FEUU, al menos 3 miembros de la Comisión Electoral de la AEM, un delegado de cada lema. El resto de los presentes no podrá intervenir en el escrutinio. a) Una vez terminado el mismo, el acta será firmada por todos los presentes. b) La acumulación de votos sólo se realizará por el lema y para cada lista de órganos en particular. c) Los votos serán validados según los criterios establecidos por la Corte Electoral d) De no cumplirse con las horas de fiscalizaciones y mesa por algún lema, no serán proclamados los convencionales que le correspondieran según el resultado de la elección. e) El fiscal llamará al orden y podrá desalojar la sala si lo estima necesario. Artículo 10.- La titularidad de las listas de la AEM al Consejo Federal de la FEUU y a la Convención de la FEUU se formará por representación proporcional integral de la votación interna. Artículo 11.-En todos los casos entiéndase por representación proporcional integral según el siguiente criterio utilizado por la Corte Electoral y la FEUU: a) Se determinará para cada órgano el cociente electoral dividiendo el total de votos válidos por el número de puestos electivos que correspondan a ella.

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b) Se agruparán y contarán todos los votos válidos que tengan el mismo lema y se le adjudicará a cada lema tantos delegados al órgano como veces esté contenido el cociente electoral en el número de votos obtenidos por el lema. c) Para la distribución de los puestos restantes se dividirá el número de votos de cada lema por el de puestos que ya se le haya adjudicado más uno y se asignará un puesto más al lema que dé un cociente mayor en esta última operación. Si varios cocientes iguales fueran los mayores, se asignará un puesto más a cada lema correspondiente, siempre que alcanzare el número de puestos a distribuir. Si ese número no alcanzare, la asignación se hará a los lemas por el orden decreciente del número total de votos válidos que cada lema haya obtenido. d) Se repetirá la operación precedente tantas veces cuantas sean necesarias hasta adjudicar uno por uno todos los puestos restantes.