Upload
agustin-ciudad-universidad-de-castilla-la-mancha-ies-hernan-perez-del-pulgar
View
5.752
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Alfonso XII
La viuda de Alfonso XII, María Cristina, jura la Regencia a la
muerte del rey en 1885
DON ALFONSO XII, por la gracia de Dios, Rey constitucional de España; a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que en unión y de acuerdo con las Cortes del Reino actualmente, hemos venido en decretar y sancionar la siguiente
CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA
“(…) Art. 11. La religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en territorio español por sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.
(…) Art. 13. Todo español tiene derecho: De emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante, sin sujeción a la censura previa. De reunirse pacíficamente. De asociarse para los fines de la vida humana. De dirigir peticiones individual o colectivamente al Rey, a las Cortes y a las autoridades. El derecho de petición no podrá ejercerse por ninguna clase de fuerza armada. Tampoco podrán ejercerlo individualmente los que formen parte de una fuerza armada, sino con arreglo a las leyes de su instituto, en cuanto tenga relación con éste.
(…) Art. 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 19. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.
Art. 20. El Senado se compone: 1°.- De senadores por derecho propio. 2°.- De senadores vitalicios nombrados por la Corona. 3°.- De senadores elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes en la forma que determine la ley. El número de los senadores por derecho propio y vitalicios no podrá exceder de ciento ochenta. Este número será el de los senadores electivos.
(…) Art. 27. El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas electorales, en la forma que determine la ley. Se nombrará un Diputado a lo menos por cada cincuenta mil almas de población.
Art. 28. Los diputados elegirán y podrán ser reelegidos indefinidamente por el método que determine la ley.
Art. 50. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes.
(…) Art. 75. Unos mismo Códigos regirán en toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones que por particulares circunstancias determinen las leyes. En ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.
Art. 82. En cada provincia habrá una Diputación provincial, elegida en la forma que determine la ley y compuesta del número de individuos que ésta señale.
Art. 83. Habrá en los pueblos alcaldes y Ayuntamientos. Los Ayuntamientos serán nombrados por los vecinos a quienes la ley confiera este derecho. (…) . ”
CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA 1876
38
GRÁFICO DEL “TURNO PACÍFICO” (1875-1902) Gobiernos y n° de representantes en el Congreso de Diputados
Antonio Cánovas del Castillo Práxedes Mateo Sagasta
FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA FUNCIONAMIENTO OFICIAL
FUNCIONAMIENTO REAL
Cánovas monta un sistema
aparentemente y oficialmente
democrático.
Existen elecciones por sufragio
universal que se impone con los
liberales a partir de 1890. Los
electores eligen entre uno de
los dos partidos, el rey encarga
el gobierno al partido
mayoritario.
El rey elige gobierno, previo
pacto de los dos líderes por
crisis, agotamiento o intento de
salirse del sistema.
Adulteramiento de las
elecciones, a través del
“pucherazo” y del “encasillado”.
El caciquismo se convierte en la
pieza clave de todo el sistema.
Lázaro, levántate y vota
Denuncia del liberal Gasset en la discusión de un acta electoral de las elecciones de 1919
Denuncia del liberal Gasset en la discusión de un acta electoral de las elecciones de 1919
el movimiento obrero
Período histórico
División política
IzquierdaProgresistas
Revolucionarios
Derecha ConservadoresReaccionarios
Revoluciones liberales o burguesas
LiberalesBurguesía
AbsolutistasNobleza y clero
Desarrollo del movimiento obrero
( ½ del XIX hasta ½ del XX)
SocialistasProletarios (obreros)
LiberalesBurguesía
Marxismo Anarquismo
Principios fundamentales
La historia de la humanidad es una lucha de clases que acabará con el triunfo del proletariado: Igualdad humana.
Defensa de la igualdad y libertad individual. Negación de toda autoridad.
Objetivo finalSociedad comunista (sin clases sociales) con los medios de producción colectivizados y sin Estado.
Sociedad organizada en comunas autónomas federadas voluntariamente y con los medios de producción colectivizados.
Estrategia
Conquista del poder político (revolución) por parte de la clase obrera (representada por el Partido Comunista) y desmantelamiento del sistema capitalista y el Estado liberal burgués.
Huelga general revolucionaria como medio para alcanzar la emancipación de la clase obrera y el campesinado.
¿Qué hacer con el Estado?
1º: Conquista del poder político. Dictadura del proletariado.2º: su desaparición con la sociedad comunista.
Destrucción del Estado y de todas las instituciones que lo forman. Sustitución por federación de comunas. También “acción directa” (violencia).
Participación en política
Formación de partidos políticos obreros para conquistar el poder. Colaboración con sindicatos obreros
Rechazo a formar partidos políticos y de la actividad política parlamentaria. Preferencia por sindicatos obreros.
Propiedad
Abolición de la propiedad privada de los medios de producción. Durante la dictadura del proletariado la propiedad pasa a manos del Estado, controlado por el Partido Comunista.
Abolición de la propiedad privada de los medios de producción. Autogestión por los trabajadores.
anarquistas
socialistas
Movimiento obrero
Pablo Iglesias, fundador del PSOE, 1879
Ramón Casas: Corpus Christi , Barcelona 1896
Ramón Casas: Garrote vil en MonjuitchRamón Casas: Garrote vil en Monjuitch
La familia del anarquista el día de su ejecución
Julio Romero de Torres
1897. Asesinato de Cánovas por el anarquista Angiolillo 1897. Asesinato de Cánovas por el anarquista Angiolillo
Obreros vascos y "maketo" según un diario
nacionalista
Las naciones son un invento…Euskadi también
PERLAS SABINIANAS La fisonomía del bizkaino es inteligente y noble; la del español, inexpresiva y adusta.
El bizkaino es de andar apuesto y varonil; el español, o no sabe andar (ejemplo, los quintos) o si es apuesto es tipo
femenil (ejemplo, el torero).
El bizkaino es nervudo y ágil; el español es flojo y torpe.
El bizkaino es inteligente y hábil para toda clase de trabajos; el español es corto de inteligencia y carece de maña para
los trabajos más sencillos. Preguntádselo a cualquier contratista de obras y sabréis que un bizkaino hace en igual tiempo
tanto como tres maketos juntos.
El bizkaino es laborioso (ved labradas sus montañas hasta la cumbre); el español, perezoso y vago (contemplad sus
inmensas llanuras desprovistas en absoluto de vegetación).
El bizkaino es emprendedor (leed la historia y miradlo hoy ocupando elevados y considerados puestos en todas partes...
menos en su patria); el español nada emprende, a nada se atreve, para nada vale (examinad el estado de las colonias).
El bizkaino no vale para servir, ha nacido para ser señor ("etxejaun"); el español no ha nacido más que para ser vasallo
y siervo (pulsad la empleomanía dentro de España, y si vais fuera de ella le veréis ejerciendo los oficios más humildes).
El bizkaino degenera en carácter si roza con el extraño; el español necesita de cuando en cuando una invasión
extranjera que le civilice.
PERLAS CATALANISTAS
-Valenti Almirall: “Existe una raza catalana, de origen ario-gótico, superior al resto de pueblos peninsulares, de
raíces semíticas”
-Joaquim Casas-Carbó: “Estudis d´etnografia catalana utilizará argumentos filológicos para demostrar el
irrefutable origen ario de los catalanes”
-Joan Bardina: una España «africana» agrícola, burocrática y semita, frente a una Cataluña «europea»
-Domingo Martí i Juliá: resulta una cuestión «de higiene social» impedir la entrada de «elementos personales,
intelectuales, morales y políticos degenerados y producto de razas inferiores y además decadentes».
-Revistas del siglo XIX como Tralla, Cut-cut, La Esquella de la Torratxa, La Nació Catalana: *«Moros mal
qu´els pesi». *«Sí, hi ha rasses» * «Contra´ls els semites» *«Un que li repugnen els castellans»
*«Los castellanos son calificados de «bereberes de la Península».
-Enric Prat de la Riba: *los catalanes no son una «raça antropológica», sino una «raça histórica»
*La «castellanización» de Cataluña sólo es «una costra sobrepuesta, una costra que se cuartea y salta, dejando
salir intacta, inmaculada, la piedra indestructible de la raza».
*en 1918 por Francesc Pujols, en Concepte General de la Ciència Catalana, dice: “Llegará un día en que los
catalanes, por el simple hecho de serlo, iremos por el mundo y lo tendremos todo pagado”
Fin del imperio colonial
Campaña antiespañola en Estados Unidos
Soldado de la guerra de Cuba
Campaña belicista, dirigida por Hearst, magnate de la prensa. Se cuenta que un corresponsal de Hearst en La Habana le puso en el mes de marzo el siguiente telegrama: "Aquí todo está en calma stop No hay agitación stop Quisiera regresar porque no habrá guerra, firmado Remington”. La respuesta fue la siguiente: "Quédese ahí stop De que haya guerra me encargo yo, firmado Hearst."
hundimiento del Maine, 1898
“los últimos” de Filipinas
“más se perdió en Cuba”
Art. 1°. España renuncia a todo derecho de soberanía y propiedad sobre Cuba. En atención a que dicha isla, cuando sea evacuada por España, va a ser ocupada por los Estados Unidos, éstos, mientras dure su ocupación, tomarán sobre sí y cumplirán las obligaciones que, por el hecho de ocuparla, les impuso el derecho internacional (...)
Art 2°. España cede a los Estados Unidos la isla de Puerto Rico y las demás que están ahora bajo su soberanía en las Indias Occidentales, y la isla de Guam en el archipiélago de las Marianas o Ladrones.
Art. 3°. España cede a los Estados Unidos el archipiélago conocido por las islas Filipinas (…).
Art 5°. Los Estados Unidos, al ser firmado el presente tratado, transportarán a España, a su costa, a los soldados españoles que hicieron prisioneros de guerra las fuerzas americanas al ser capturada Manila.
TRATADO DE PARÍS ENTRE ESPAÑA Y ESTADOS UNIDOS (1898)
América para los americanos… vamos, para los estadounidensesAmérica para los americanos…
vamos, para los estadounidenses
Viva Cuba LibreViva Cuba Libre
Escolta, Espanya, la veu d’un fillque et parla en llengua no
castellana:parlo en la llengua que m’ha donat
la terra aspra:en’questa llengua pocs t’han parlat;
en l’altra, massa.T’han parlat massa dels saguntins
i dels que per la pàtria moren:les teves glòries i els teus records,records i glòries només de morts:
has viscut trista.Jo vull parlar-te molt altrament.
Per què vessar la sang inútil?Dins de les venes vida és la sang,vida pels d’ara i pels que vindran:
vessada és morta.[…]
Adéu, Espanya!
Escucha, España, la voz de un hijoque te habla en lengua no castellana;hablo en la lengua que me ha legado
la tierra áspera;en esta lengua pocos te hablaron;
en la otra, demasiado.Demasiado de los saguntinos
y de los que mueren por la patria;y por tus glorias y tus recuerdos,
recuerdo y gloria de cosas muertas,triste has vivido.
De distinta manera quiero hablarte.¿Por qué derramar la sangre inútil?
La sangre es vida, si está en las venas,vida hoy, vida para los que vengan;
vertida, es muerte.[…]
¡Adiós, España!
Oda a Espanya / Oda a EspañaJoan Maragall, 1898