2

Click here to load reader

Taller3 Polo Daniel

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Taller3 Polo Daniel

Taller 3 9 de noviembre

Integrantes:

Polo Paredes

Daniel Caiza

Tema:

“Configuración general de las leyes, reglamentos, acuerdos y otras normas legales. -

Deontología”

1. Principales aplicaciones

1. Leyes.- es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto

establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en

consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.

a. Leyes orgánicas

b. Leyes especiales

c. Leyes ordinarias

d. Decretos de leyes

2. Derechos.- es un conjunto o sistema de normas que regulan la convivencia social y

permiten resolver los conflictos jurídicos.

a. Derecho interno

b. Derecho externo

3. Reglamentos.- es un documento que especifica normas para regular todas las

actividades de los miembros de una comunidad.

a. Reglamentos autónomos

b. Reglamentos de ejecución

c. Reglamentos de integración

4. Acuerdos.- la decisión tomada en común por dos o más personas, o por una junta,

asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto, tratado, convenio,

convención o resolución tomada en el seno de una institución

a. Acuerdo de enlace parcial

b. Acuerdo de asociación estratégica

c. Acuerdos complementarios

5. Otras ramas legales.- ordenanzas y sentencias.

Responder el siguiente cuestionario:

1. Deontología:

a. Definición.- Se refiere a un conjunto ordenado de deberes y obligaciones

morales que tienen los profesionales de una determinada materia.

b. Podemos apreciar a la Deontología de normas y códigos son mínimos y

aprobados por los profesionales de un determinado colectivo profesional,

c. Se encuentra en todas las ramas de las ciencias.

d. La conciencia profesional es intransferible e individual, nadie es responsable

por ninguna otra persona.

Page 2: Taller3 Polo Daniel

e. Nivel de los deberes específicos, aprendidos, asumidos y personalizados por

socialización ética. Cada persona tiene que haberse socializado en el código

deontológico de su profesión.

f. Nivel de madurez y equilibrio psíquico. Para que la conciencia profesional

pueda funcionar hay que gozar de un grado de madurez mínimo.

g. Aptitud profesional para el ejercicio digno de una profesión.