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1 TEMA 6 JOHN LOCKE NOMBRE APELLIDOS 123. Si en el estado de naturaleza el hombre es tan libre como hemos dicho; si es dueño absoluto de su propia persona y posesiones, igual que el más principal, y no es súbdito de nadie ¿por qué razón renuncia a su libertad? ¿Por qué entrega su imperio y se somete al dominio y control de otro poder? La respuesta obvia es que, aunque en el estado de naturaleza tiene ese derecho, aun así, su capacidad de disfrutarlo es muy incierta y se ve constantemente expuesta a la invasión de los otros. Pues, al ser todos tan reyes como él, todos por igual, y dado que la mayoría de ellos no son estrictos observadores de la equidad y la justicia, el disfrute de la propiedad de que dispone resulta ser bastante inseguro. Esto es lo que le hace desear abandonar esta condición, que, por muy libre que sea, está llena de temores y peligros continuos. Y no le falta razón cuando procura y anhela unirse en sociedad con otros que ya lo están o que tienen el propósito de estarlo, para la mutua preservación de sus vidas, libertades y haciendas, a todo lo cual me vengo refiriendo con el término general propiedad. 124. Por lo tanto, el fin supremo y principal de los hombres al unirse en repúblicas y someterse a un gobierno es la preservación de sus propiedades, algo que en el estado de naturaleza es muy difícil de conseguir. Primero, porque falta una ley establecida, firme y conocida, recibida y aceptada por un consenso común, que sea el modelo de lo justo y lo injusto, y la medida común que decida en todas las controversias que puedan surgir entre ellos. Pues, aunque la ley natural sea clara e inteligible para todas las criaturas racionales, con todo, al ser los hombres parciales en favor de sus propios intereses, además de ignorantes por falta de estudio de la misma, no son capaces de reconocerla como una norma obligatoria cuando ha de aplicarse a la resolución de sus casos particulares. 125. En segundo lugar, en el estado de naturaleza no existe un juez conocido e imparcial, con autoridad para dictaminar en los conflictos de acuerdo a la ley establecida. Pues, dado que, en ese estado, cada uno es juez y ejecutor de la ley natural y los hombres son parciales en su provecho, la pasión y la venganza pueden llevarlos demasiado lejos, al abordar sus casos con un excesivo ardor; y, por la misma razón, pueden llegar a tratar despreocupada y negligentemente los asuntos de los demás. 126. En tercer lugar, en el estado de naturaleza, lo normal es que no existía un poder ejecutor que respalde y apoye como es debido las sentencias justas. Por lo general, quienes cometen una injusticia, no dejarán de emplear la fuerza para llevar a cabo su propósito. Esta resistencia hace que el castigo sea, con frecuencia, peligroso, y no es raro que resulte fatal para aquellos que intentan que se cumpla. 127. De modo que los seres humanos, pese a todas las ventajas del estado de naturaleza, se encuentran en una pésima condición mientras se hallan en él, con lo cual, se ven rápidamente llevados a ingresar en sociedad. De ahí que sea muy difícil encontrar hombres que sean capaces de vivir juntos durante un tiempo en este estado. Los inconvenientes a los que se exponen, debido al ejercicio irregular e incierto del poder con que cuenta cada uno para castigar las transgresiones de los otros, los llevan a encontrar refugio bajo las leyes establecidas de los gobiernos y a procurar en ese ámbito la preservación de sus propiedades. Es lo que los vuelve tan dispuestos a renunciar a su poder de castigar en favor de aquel a quien ellos elijan, y ello de acuerdo con las reglas acordadas por la comunidad o quienes ésta determine. Tal es el derecho y el nacimiento originario del poder legislativo y del ejecutivo, así como de los gobiernos y sociedades mismos. 128. En el estado de naturaleza, aparte de la libertad de disfrutar ciertos placeres inocentes, un hombre tiene dos poderes. El primero le brinda la posibilidad de realizar cualquier cosa que considere conveniente para su propia conservación y la de los demás, dentro de los límites que permite la ley natural. Esta ley común a todos ellos determina que tanto él como el resto de la humanidad son una comunidad, forman una sociedad distinta de todas las otras criaturas. Si no fuese por la corrupción y el vicio de los hombres degenerados, no habría necesidad de nada más; no sería preciso que los hombres se separaran de esta gran comunidad natural y acordaran reorganizarse en otras asociaciones más pequeñas Y divididas. Además de esto, un hombre en el estado de naturaleza tiene el poder de castigar los crímenes cometidos contra esa ley. Tanto este poder como el anterior los entrega cuando se une a una sociedad política privada o particular, si podemos llamarla así, cuando se incorpora en una república, separándose del resto de la humanidad. LOCKE, Dos ensayos sobre el Gobierno Civil, segundo ensayo,capítulo IX, «De los fines de la sociedad política y el gobierno», parágrafos 123-129 (trad. F. Giménez Gracia, Madrid, Espasa-Calpe, 1991, pp. 293-295). 1. RESUMEN DEL TEXTO (3 PUNTOS) 1º) ¿Cuál es el tema del texto? _________________________________________. Señala las ideas más importantes: 1ª) __________________________________________________________________________ 2ª) __________________________________________________________________________ 3ª) __________________________________________________________________________

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TEMA 6 JOHN LOCKE NOMBRE APELLIDOS 123. Si en el estado de naturaleza el hombre es tan libre como hemos dicho; si es dueño absoluto de su propia persona y posesiones, igual que el más principal, y no es súbdito de nadie ¿por qué razón renuncia a su libertad? ¿Por qué entrega su imperio y se somete al dominio y control de otro poder? La respuesta obvia es que, aunque en el estado de naturaleza tiene ese derecho, aun así, su capacidad de disfrutarlo es muy incierta y se ve constantemente expuesta a la invasión de los otros. Pues, al ser todos tan reyes como él, todos por igual, y dado que la mayoría de ellos no son estrictos observadores de la equidad y la justicia, el disfrute de la propiedad de que dispone resulta ser bastante inseguro. Esto es lo que le hace desear abandonar esta condición, que, por muy libre que sea, está llena de temores y peligros continuos. Y no le falta razón cuando procura y anhela unirse en sociedad con otros que ya lo están o que tienen el propósito de estarlo, para la mutua preservación de sus vidas, libertades y haciendas, a todo lo cual me vengo refiriendo con el término general propiedad. 124. Por lo tanto, el fin supremo y principal de los hombres al unirse en repúblicas y someterse a un gobierno es la preservación de sus propiedades, algo que en el estado de naturaleza es muy difícil de conseguir. Primero, porque falta una ley establecida, firme y conocida, recibida y aceptada por un consenso común, que sea el modelo de lo justo y lo injusto, y la medida común que decida en todas las controversias que puedan surgir entre ellos. Pues, aunque la ley natural sea clara e inteligible para todas las criaturas racionales, con todo, al ser los hombres parciales en favor de sus propios intereses, además de ignorantes por falta de estudio de la misma, no son capaces de reconocerla como una norma obligatoria cuando ha de aplicarse a la resolución de sus casos particulares. 125. En segundo lugar, en el estado de naturaleza no existe un juez conocido e imparcial, con autoridad para dictaminar en los conflictos de acuerdo a la ley establecida. Pues, dado que, en ese estado, cada uno es juez y ejecutor de la ley natural y los hombres son parciales en su provecho, la pasión y la venganza pueden llevarlos demasiado lejos, al abordar sus casos con un excesivo ardor; y, por la misma razón, pueden llegar a tratar despreocupada y negligentemente los asuntos de los demás. 126. En tercer lugar, en el estado de naturaleza, lo normal es que no existía un poder ejecutor que respalde y apoye como es debido las sentencias justas. Por lo general, quienes cometen una injusticia, no dejarán de emplear la fuerza para llevar a cabo su propósito. Esta resistencia hace que el castigo sea, con frecuencia, peligroso, y no es raro que resulte fatal para aquellos que intentan que se cumpla. 127. De modo que los seres humanos, pese a todas las ventajas del estado de naturaleza, se encuentran en una pésima condición mientras se hallan en él, con lo cual, se ven rápidamente llevados a ingresar en sociedad. De ahí que sea muy difícil encontrar hombres que sean capaces de vivir juntos durante un tiempo en este estado. Los inconvenientes a los que se exponen, debido al ejercicio irregular e incierto del poder con que cuenta cada uno para castigar las transgresiones de los otros, los llevan a encontrar refugio bajo las leyes establecidas de los gobiernos y a procurar en ese ámbito la preservación de sus propiedades. Es lo que los vuelve tan dispuestos a renunciar a su poder de castigar en favor de aquel a quien ellos elijan, y ello de acuerdo con las reglas acordadas por la comunidad o quienes ésta determine. Tal es el derecho y el nacimiento originario del poder legislativo y del ejecutivo, así como de los gobiernos y sociedades mismos. 128. En el estado de naturaleza, aparte de la libertad de disfrutar ciertos placeres inocentes, un hombre tiene dos poderes. El primero le brinda la posibilidad de realizar cualquier cosa que considere conveniente para su propia conservación y la de los demás, dentro de los límites que permite la ley natural. Esta ley común a todos ellos determina que tanto él como el resto de la humanidad son una comunidad, forman una sociedad distinta de todas las otras criaturas. Si no fuese por la corrupción y el vicio de los hombres degenerados, no habría necesidad de nada más; no sería preciso que los hombres se separaran de esta gran comunidad natural y acordaran reorganizarse en otras asociaciones más pequeñas Y divididas. Además de esto, un hombre en el estado de naturaleza tiene el poder de castigar los crímenes cometidos contra esa ley. Tanto este poder como el anterior los entrega cuando se une a una sociedad política privada o particular, si podemos llamarla así, cuando se incorpora en una república, separándose del resto de la humanidad. LOCKE, Dos ensayos sobre el Gobierno Civil, segundo ensayo,capítulo IX, «De los fines de la sociedad política y el gobierno», parágrafos 123-129 (trad. F. Giménez Gracia, Madrid, Espasa-Calpe, 1991, pp. 293-295).

1. RESUMEN DEL TEXTO (3 PUNTOS) 1º) ¿Cuál es el tema del texto? _________________________________________. Señala las ideas más importantes: 1ª) __________________________________________________________________________ 2ª) __________________________________________________________________________ 3ª) __________________________________________________________________________

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4ª) __________________________________________________________________________ SUCESOS NARRADOS Y SÍMBOLOS O METÁFORAS QUE UTILIZA EL AUTOR 1ª) La propiedad es el primer derecho en el estado de naturaleza. El trabajo, por consiguiente es su sustento ¿Por qué el hombre renuncia a su libertad y se somete al poder y el dominio de otro?______________________________________ ________________________________. 2ª) El fin del principal del hombre es unirse en repúblicas. Recordad la definición aristotélica “el hombre es un animal político” y “sólo los dioses y las bestias quedan fuera de este orden”. Locke se apunta a esta tradición de pensamiento que encontramos también en Spinoza. Primero, lo hacen en ausencia de una ley común. Y, en segundo lugar, porque en el estado de naturaleza no hay un juez conocido e imparcial. En el estado de naturaleza todo hombre es el poder legislativo y ejecutivo. En tercer lugar, no hay un poder ejecutor.___________________________________________. 3ª) La salida del estado de naturaleza es la sociedad, dada la precaria situación en la que se encuentran. La sociedad permite la preservación de sus vidas y de sus propiedades. A esto se llama derecho y origen del poder legislativo (Cámara, Parlamento, Soberano) y ejecutivo: ____________________________________________________________ 4º) El hombre en sociedad renuncia a los dos poderes que disfrutaba en el estado de naturaleza: el poder legislativo y el ejecutivo, en favor del Estado.________________________________________________________________________.

2. EXPLICACIÓN DE DOS NOCIONES PRESENTES EN EL FRAGMENTO (2 PUNTOS) DERECHO NATURAL Y PACTO SOCIAL En su prefacio a los Treatises of Civil Gobernment, Locke expresa su esperanza de que lo que ha escrito sea suficiente para “asentar firmemente en el trono de nuestro gran restaurador, nuestro actual rey Guillermo y legitimar su título en el consentimiento del pueblo”. Se ha solido ver en los Dos ensayos sobre el Gobierno de Locke una defensa y justificación de la Revolución Gloriosa de 1688 en Inglaterra y el propio autor da pie en ello con esta cita. Pero la verdad es que la composición del libro es muy anterior a la Revolución Gloriosa. El prefacio, una parte al menos, sí fue escrito en 1689, hacia el mes de agosto. Pero las investigaciones de Laslett han puesto de manifiesto que la composición de los Dos ensayos sobre el Gobierno estaba terminada antes de 1683 por lo que el libro no puede considerarse como una justificación de lo ocurrido en 1688. En el Primer Tratado, Locke rebate la teoría del derecho divino de los reyes expuesta en El Patriarca (1680) por Sir Robert Filmer. Locke asegura que “la posición principal de Sir Robert Filmer es que los hombres no son libres por naturaleza. Éste es el fundamento sobre el que descansa la monarquía absoluta”. Esta teoría es rechazada por Locke quien sostiene en el Segundo Tratado que los hombres en el estado de naturaleza son libres e iguales. En el Segundo Tratado, rebate a Hobbes: “Todos los hombres están naturalmente en este estado y permanecen en él hasta que por su propia voluntad se convierten en miembros de una sociedad política”. Y continúa: “El estado de naturaleza se caracteriza porque los hombres viven juntos según la razón, sin que haya en la tierra un superior común para dirimir los conflictos entre ellos”. La fuerza, cuando se ejerce fuera de la esfera del derecho crea la guerra; pero éste no debe identificarse con el estado de naturaleza, puesto que constituye una violación de éste; es decir, de lo que el estado de naturaleza debe ser. En el Estado de naturaleza hay una ley moral natural que puede describirse por la razón. Al creer en una ley independientemente del Estado y de su legislación, Locke también creía en la existencia de derechos naturales. El derecho natural al que Locke dedica más atención es el derecho a la propiedad privada. ¿Cuál es el título primario de propiedad privada? El trabajo. El trabajo es la vía de acceso a la propiedad. “Mío es aquello que puedo apropiarme con mi trabajo”. De igual modo, Locke opina que la familia es una sociedad natural. Y sigue avanzando que en los orígenes de la sociedad política está el pacto social. “Aunque el estado de naturaleza configura un estado de cosas en el que los hombres no tienen por encima de ellos ninguna autoridad común, „Dios los colocó bajo el imperio de fuertes necesidades, conveniencias e inclinaciones para impulsarlos a la sociedad‟”. El principal fin del pacto es la conservación de la propiedad individual. Los hombres se agrupan en sociedad “para la mutua preservación de sus vidas, libertades y patrimonios, que llamamos de modo general, propiedad”. TEORÍA DEL PODER POLÍTICO Locke intenta mostrar que la sociedad política y el gobierno se basan en fundamentos racionales. Y el único modo de demostrarlo es sostener que se basan en el consentimiento. Ningún hombre puede ser sacado del estado de naturaleza sin su consentimiento. ¿A qué renuncian los hombres que dan su consentimiento? A su poder legislativo y ejecutivo en favor del gobierno de la mayoría. Los hombres no renuncian a su libertad para pasar a una condición de servidumbre. El pacto original implica el consentimiento de los individuos sometidos a la voluntad de la mayoría. Locke distingue entre contrato de sociedad y “contrato” de gobierno. Por el primero, el original contract se crea una comunidad, una sociedad que supera el estado de naturaleza. Al segundo, es decir, a la relación entre los gobernantes y los gobernados, Locke no lo llama “contrato”, sino que aplica el término de trust, es decir, la entiende como una relación basada en la confianza. Si esta relación fuera un contrato cada parte debería obtener recíprocamente algo de la otra. Los súbditos no están obligados contractualmente con el gobierno, y los gobernantes, por su parte, no obtienen nada específico de su función de gobernar; sólo se benefician de ella como miembros de un “cuerpo político”. El poder político es definido por Locke como un fiduciary Power o fiduciary Trust y los que lo desempeñan son simplemente trustees, es decir, fideicomisarios, personas del cuerpo político a las que se le encomienda, sobre la base de la confianza, la utilización de ese poder para el

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bien de los individuos y de la comunidad. Y esos fideicomisarios podrán ser destituidos si fallan en la confianza en ellos depositada. La monarquía absoluta es contraria al pacto social original. La 1ª y fundamental ley de una sociedad es la que establece el poder legislativo (gobierno, parlamento, soberano), que en Hobbes se corresponde con el monarca. El legislativo es el máximo poder de la comunidad, Locke destaca la deseabilidad de una división de poderes. No es deseable que las personas que hacen las leyes, las ejecuten. Por consiguiente, el ejecutivo habría de estar separado del legislativo. El poder legislativo no es absoluto y está sometido a la ley moral, tiene que responder a la confianza depositada en él. Por tanto, los poderes son en Locke: legislativo, ejecutivo y federativo (es el mismo poder ejecutivo en sus relaciones con otros Estados). No habla de judicial como un tercer poder como hará Montesquieu, pues el poder legislativo incluye la función de pronunciar sentencias. El gobierno puede disolverse desde fuera o desde dentro. Locke llama disolución por la fuerza “destrucción desde el exterior” (como la ejercida por un conquistador). Pero también puede haber una disolución desde dentro mediante la modificación del legislativo. Si el Príncipe sustituye las leyes por su arbitrariedad; o si cambia arbitrariamente el consentimiento del pueblo; si el que ostenta el poder ejecutivo abandona o descuida su cargo; o cuando el Príncipe o el legislativo obran de modo contrario al mandato recibido, entonces la rebelión está justificada: es el derecho a la sedición. Y si se pregunta quién ha de juzgar las circunstancias que hacen legítima la rebelión “contesto: el pueblo juzgará”. La doctrina de la resistencia la desarrolla, finalmente, junto con la doctrina del contrato social en la Carta sobre la tolerancia publicada en 1689 y en los Dos ensayos publicados en ese mismo año. En el caso de un tirano está claro ese derecho contra un gobernante que actúa abiertamente contra los fines del Estado que son la conservación de la vida, de la libertad y de la propiedad de los miembros de la comunidad. Finalmente, en el caso de que un gobierno se disuelva desde dentro, como indicábamos, de manera contraria al trust, el pueblo puede establecer un nuevo legislativo y ejecutivo. El pueblo, la comunidad es quien decide. El recurso de la revolución sigue subsistiendo como como comunidad aun cuando el gobierno se haya disuelto. 3. CONTEXTUALIZACIÓN (2 PUNTOS) El término empirismo, en su uso ordinario (del griego empeiria = experiencia) significa el empleo de métodos basados en la experiencia práctica como un cuerpo de teoría aceptado. Pero en filosofía, la palabra se usa solamente en un sentido distinto y técnico para referirse a la teoría filosófica de que todo conocimiento se deriva de la experiencia. “Empirismo radical” fue el nombre que William James dio a su versión de esta teoría. El empirismo ha sido desarrollado por una serie de filósofos ingleses, de los cuales los más importantes son: Locke, Berkeley, Hume y J. S. Mill. Aunque movimientos como el enciclopedismo (Diderot y D´Alembert) en Francia se han inspirado en las ideas empiristas, el empirismo nunca ha conseguido arraigar en el continente, mientras que en Inglaterra ha sido la tradición dominante de la filosofía desde el siglo XVIII. Además los empiristas continentales como el francés Condillac siempre han estado directa o indirectamente influidos por la filosofía inglesa. Los principios generales del empirismo se oponen a los del racionalismo y fue por reacción contra los sistemas de Descartes, Spinoza y Leibniz como se originaron los empiristas modernos. Una cuestión está en pugna entre empiristas y racionalistas. Se refiere a los conceptos a priori (o “ideas innatas” como fueron erróneamente llamadas en el siglo XVII), esto es, ideas que según se afirma no se derivan de la experiencia sensible sino que son producidas independientemente por la razón o intelecto. Los racionalistas admiten que algunos conceptos son empíricos (por ejemplo, que derivamos nuestra idea de rojo de nuestra experiencia de ver objetos rojos), pero mantienen que el conocimiento que tenemos del mundo implica conceptos a priori como los de causa y sustancia. Para el empirismo es fundamental negar la existencia de tales ideas. Los empiristas, por tanto, argumentan que o bien los pretendidos conceptos a priori pueden ser analizados o descompuestos en una combinación de conceptos más simples que se derivan de la experiencia, o bien, en ocasiones, de manera más radical, que no son conceptos genuinos (por ejemplo, que “sustancia” en cuanto que término metafísico, es simplemente una palabra a la que no se puede asignar ningún significado. Como resultado de su desacuerdo en estas cuestiones de principio, racionalistas y empiristas tienen actitudes distintas respecto a la ciencia natural y la metafísica. Los racionalistas se han inclinado a pensar que las creencias basadas en experiencia estaban infectadas por el error. Para ellos, no se puede obtener el entendimiento del mundo mediante la percepción sensible que es confusa, sino mediante la especulación metafísica. Pero precisamente porque la metafísica pretende proporcionar conocimiento de una realidad que trasciende la experiencia, la investigación metafísica depende que tengamos conceptos a priori. La tradición empirista ha sido antagonista de la metafísica y le ha dado a la ciencia un alto valor a la ciencia como medio de adquisición de conocimiento. No es ningún accidente que Hume describiera a Newton como “el genio más grande que surgiera nunca para ornamento e instrucción de la especie”.

4. SÍNTESIS TEÓRICA Y DOCTRINAL (1 PUNTO) La fama principal de Locke (1632-1704) se debe a sus Tratados sobre el gobierno civil (1690), publicados anónimamente y su Ensayo sobre el entendimiento humano (1690). En El Ensayo Locke manifiesta que “la mente es, como nosotros decirnos, un papel en blanco, vacío de caracteres, sin ideas. ¿Cómo se llena? ¿De dónde procede el vasto acopio que la ilimitada y activa imaginación del ser humano ha grabado en ella con una variedad casi infinita? A esto respondo yo con una sola palabra: la experiencia. En ella está basado todo nuestro conocimiento y de ella se deriva en último término”. Recordad aquella sentencia: “El empirismo es un hecho empírico”. Locke daba por sentado que nuestra experiencia quedaba confinada a las ideas, los contenidos de la mente. Las ideas eran, para él, entidades mentales experimentadas y

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advertidas por la persona cuya mente las contenía. Sobre las ideas de primer orden o ideas de sensación podían formarse las ideas de segundo orden o ideas de reflexión. No hay ideas innatas. “Es opinión establecida entre los seres humanos que en el entendimiento existen ciertos principios innatos, ciertas nociones primarias, como si estuvieran estampadas en la mente humana y que el alma los tiene desde su origen, trayéndolos al mundo con ella. Para convencer al lector carente de prejuicios de la falsedad de esta suposición, bastaría mostrar cómo los seres humanos, por el simple uso de sus facultades pueden obtener todo el conocimiento que poseen sin ayuda de ninguna impresión innata”. Al rechazar la teoría de las ideas innatas, negaba la existencia tanto de principios innatos de carácter especulativo como de orden moral o práctico. El ideal ético racionalista también es sostenido por Locke: “La moral es tan susceptible de demostración como las matemáticas”. Por consiguiente, si nos tomamos el trabajo de definir los términos morales de un modo claro y preciso “el conocimiento moral puede llevarse a un grado de claridad y certeza tan alto” como nuestro conocimiento matemático.

5. COMENTA UN FILÓSOFO RACIONALISTA: SPINOZA (1 PUNTO) En 1665, Spinoza interrumpe la Ética en la proposición 80 de la tercera parte (De la sociedad y del Estado), para entregarse a la redacción del Tratado teológico-político. El mismo Spinoza se encarga de indicar que se apoya en la Ética y en el Tratado político y las da por supuestas. El hombre está sometido a las pasiones. La pasión spinoziana es como la duda cartesiana y la define en forma de conatus “cada cosa se esfuerza, cuanto está a su alcance por perseverar en su ser”. “El hombre está siempre necesariamente sometido a las pasiones”. De modo que “para que los hombres puedan vivir en concordia y prestarse ayuda, es necesario que renuncien a su derecho natural y se den garantía mutua de que no harán nada que pueda redundar en el perjuicio del otro”. Dado que un afecto sólo puede ser vencido por otro más fuerte y contrario, el estado político sólo será efectivo si hace surgir, frente al egoísmo, la renuncia y frente a la ambición dominadora, el deseo de concordia. “De acuerdo con ese principio se podrá establecer una sociedad, con tal de que ésta reclame para sí el derecho que cada uno tiene de tomar venganza y de juzgar acerca del bien y del mal y que tengan la potestad de prescribir una norma común de vida y de dictar leyes y respaldarlas, no con la razón, que no puede reprimir los afectos sino con amenazas”. Esta sociedad es el Estado; y quienes son protegidos por él se llaman ciudadanos. No obstante, es significativo que no es la coacción y la amenaza su última palabra sobre la sociedad. “El hombre que se guía por la razón es más libre en la sociedad, donde vive conforme a una ley general, que en la sociedad donde se obedece a sí mismo”. De dos males, el hombre elige el menor, cualquier perjuicio es compensado por el bien que surge del estado político. Spinoza escribe: “Cuál sea la mejor constitución de un Estado cualquiera se deduce fácilmente del fin del estado político, que no es otro que la paz y la seguridad de la vida”. Ahora bien, ni la vida humana consiste en la circulación de la sangre sino en la razón, ni la paz es la ausencia de guerra, sino “una virtud que brota de la fortaleza del alma”. Por eso, el buen gobierno no sólo debe buscar un fin humano sino, además, por medios humanos y aceptados por la mayoría. Pues “una cosa es gobernar y administrar la cosa pública con derecho y otra cosa distinta, gobernar y administrar muy bien”. Más delicada es la cuestión de definir con exactitud qué tipo de poder constituye el derecho y qué tipo de pacto constituye la democracia, como esencia misma del Estado y no como simple forma de gobierno. Según Atilano Domínguez, en la Ética se limita a demostrar que la sociedad y su organización en forma de Estado, con poder legislativo coactivo, es necesaria para que el individuo consiga la libertad y la felicidad. Esa es, por así decirlo, la primera obra de la razón. En cambio, en El Tratado teológico-político se propone demostrar que la libertad individual no está en contradicción ni con la piedad y la religión ni con la seguridad del Estado. Por eso, partiendo de la misma idea del hombre como ser imaginativo y racional, se limita a demostrar que el Estado es producto de un pacto fundado sobre la ley suprema de la propia utilidad; y que, como ese pacto es obra de todos, el Estado es, al mismo tiempo, un Estado o poder absoluto y una democracia o poder colectivo. Finalmente, en el Tratado político mantiene la misma idea del hombre y del Estado pero pone el acento, simultáneamente, en la seguridad del Estado y en la libertad individual: en que el Estado es el poder de la multitud, es decir, un poder democrático resultado de la suma de poderes de todos los individuos; pero, al mismo tiempo, el poder de una multitud unida por el interés, por la razón y por la ley y, por tanto, un poder absoluto, es decir, un poder superior al de cualquier individuo. Aunque su metafísica deriva o intenta derivar todas las cosas naturales de los atributos divinos, su política no se inspira en la religión, sino que se funda en el pacto social y en la utilidad pública, es decir, en el voto popular.

6. ACTUALIDAD DEL PENSAMIENTO DEL AUTOR (1 PUNTO) Locke se anticipa a Montesquieu con la separación de poderes: legislativo, ejecutivo y federativo. Señala la necesidad de la separación de los poderes: ________________________________________________________________________. La novedad de Locke radica en señalar que la propiedad es un derecho natural. El hombre sale del estado de naturaleza renuncia a su poder legislativo y ejecutivo personal para fundar la sociedad y el Estado. El Estado debe garantizar la libertad de los ciudadanos, y sus propiedades. Si el poder legislativo o ejecutivofalta a la confianza del pueblo, Locke asegura que el derecho a la revolución está justificado. Asistimos, en la actualidad, a lo que se ha dado en llamar “Movimiento 15 M” que reclama más implicación de los políticos con el pueblo. De igual modo, la “primavera árabe”: Túnez, Egipto… ¿Qué opinas del derecho a la revolución? ¿Está plenamente justificado? ¿Pondrías alguna limitación? __________________________________________________________ ¿Te parece actual Locke? _______________.