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Definición Se produce fusión de sociedades cuando una empresa adquiere bienes y derechos y contrae obligaciones de otra u otras sociedades mercantiles. Este tipo de transacciones motiva un doble efecto: la entidad que adquiere los bienes y derechos y asume los pasivos u obligaciones de las demás sociedades que van a fusionarse, mantiene su identidad o personalidad jurídica, mientras que en las otras sociedades que se fusionan o las absorbe la primera o desaparecen. Aspectos Legales La fusión es la combinación de negocios a través de comprender y emprender una nueva actividad industrial o comercial a gran escala, con el objeto evidente de obtener economías, producir a precios bajos, ofrecer un producto mejor y lograr más altos rendimientos. Esta mezcla de incentivos y ventajas es casi imposible de logar en forma aislada por las sociedades mercantiles, salvo que la empresa tenga suficientes recursos económicos para ensanchar su mercado. La adición de nuevos capitales es un medio principal de las operaciones empresariales y es necesaria su planificación previa. La fusión de sociedades mercantiles se encuentra regulada en el Código de Comercio, artículos 256 y 259. La fusión puede llevarse a cabo en cualquiera de las siguientes formas: 1. Por la creación de una nueva sociedad y la disolución de todas las anteriores que se integran a la nueva. 2. Por la absorción de una o varias sociedades por otra, lo que produce la disolución de aquéllas. El artículo 259 del Código de Comercio determina que los acuerdos de fusión de las sociedades deben inscribirse en el Registro Mercantil, siendo título suficiente para ello las actas notariales en las que se

Teoría fusión de sociedades

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En el presente artículo se trata el tema de la Fusión de sociedades mercantiles, se realiza una breve definición, se señalan los aspectos legales y los aspectos contables a realizarse en dicho tema.

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Page 1: Teoría fusión de sociedades

Definición

Se produce fusión de sociedades cuando una empresa adquiere bienes y

derechos y contrae obligaciones de otra u otras sociedades mercantiles.

Este tipo de transacciones motiva un doble efecto: la entidad que

adquiere los bienes y derechos y asume los pasivos u obligaciones de las

demás sociedades que van a fusionarse, mantiene su identidad o

personalidad jurídica, mientras que en las otras sociedades que se

fusionan o las absorbe la primera o desaparecen.

Aspectos Legales

La fusión es la combinación de negocios a través de comprender y

emprender una nueva actividad industrial o comercial a gran escala, con

el objeto evidente de obtener economías, producir a precios bajos,

ofrecer un producto mejor y lograr más altos rendimientos. Esta mezcla

de incentivos y ventajas es casi imposible de logar en forma aislada por

las sociedades mercantiles, salvo que la empresa tenga suficientes

recursos económicos para ensanchar su mercado. La adición de nuevos

capitales es un medio principal de las operaciones empresariales y es

necesaria su planificación previa.

La fusión de sociedades mercantiles se encuentra regulada en el Código

de Comercio, artículos 256 y 259. La fusión puede llevarse a cabo en

cualquiera de las siguientes formas:

1. Por la creación de una nueva sociedad y la disolución de todas las

anteriores que se integran a la nueva.

2. Por la absorción de una o varias sociedades por otra, lo que

produce la disolución de aquéllas.

El artículo 259 del Código de Comercio determina que los acuerdos de

fusión de las sociedades deben inscribirse en el Registro Mercantil,

siendo título suficiente para ello las actas notariales en las que se

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transcriba lo acordado por cada sociedad. Hecho el registro, deberá

publicarse conjuntamente los acuerdos de fusión y el último Balance

General de las sociedades en el Diario Oficial y en otro de mayor

circulación en el país, tres veces en un término de quince días, además

pagar Q250.00 por concepto de impuesto de timbre por el testimonio.

Aspectos contables

Pasos de la fusión

1. Aprobación por los órganos correspondientes de las sociedades

que se fusionan conforme lo establecido en la escritura social.

2. Correr los ajustes que se hayan convenido, de acuerdo con las

transacciones efectuadas.

3. Preparación de Estados Financieros y determinación de Capital

Líquido que se traspasará a la empresa adquiriente.

4. Partidas de Cierre de cada una de las empresas que se fusionarán,

ajustes a los capitales respectivos.

5. Apertura de la nueva sociedad ya fusionada.

Fuente: Lic. Perdomo