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El capítulo I, del título primero de laCPEUM llevaba la denominación “De lasgarantías individuales” y fue modificado el10 de junio del 2011 a “Derechos Humanos ysus garantías”, porque los 29 artículos de estecapítulo no plasman garantías sino derechosfundamentales.
Garantía es, para Ferrajoli, una expresiónjurídica con la que se designa cualquiertécnica normativa de tutela de un derechosubjetivo.
Los derechos fundamentales limitan el ejercicio del poder a través dela Constitución, puesto que obligan a los órganos del Estado a queprotejan y garanticen que no se invada la esfera jurídica delgobernado, y en caso de hacerlo, están obligados a resarcir el dañocausado con sus actos violatorios del derecho.
El sistema jurídico establece la seguridad y eficacia del Estado dederecho. Además, garantiza el cumplimiento de la ley por parte delpoder público en aras de salvaguardar los derechos del hombre.
Organismos
CNDH (protección no jurisdiccional)
Tribunales del Poder Judicial de la Federación (protección
jurisdiccional)
Mecanismos
Quejas administrativas
Juicio de amparo
México forma parte de la ONU y a nivel regional de la OEA, por lo quese encuentra adherido a instrumentos internacionales de protecciónde los derechos humanos, cuyo cumplimiento es vigilado por diversosorganismos.
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
Órganos que supervisan la aplicación de tratados internacionales de DH: CCPR, CESCR, CERD, CEDAW, CAT, CRC, CMW, CRPD y CED
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos
En materia de DH se ha venidointernacionalizando el DerechoConstitucional, México no es laexcepción, de tal forma que deconformidad con el art. 133 de nuestraCarta Magna, los tratadosinternacionales y por ende, losorganismos y jurisdicción derivada deellos, se consideran “ley suprema de laUnión” y contribuyen con losinstrumentos de aplicación interna ala garantía de los derechosfundamentales.
La reserva que un Estado formula a un tratadointernacional multilateral es una declaraciónunilateral, hecha en el momento de firmar,ratificar, aceptar, aprobar o adherir al mismo,por la cual entiende excluirse o darle algunainterpretación determinada a una o variasdisposiciones.
La individualidad de los derechos humanos esindudable y se basa en que estos derechos soninherentes a la naturaleza humana y sin loscuales no podemos vivir con la dignidadpropia de seres humanos.
La Convención de Viena sobre el Derecho delos Tratados se aplica a las reservas que losEstados Partes formulan, pero no se puedenconsiderar de igual manera a los tratados dederechos humanos, ya que, si bien sonposibles, son mucho más limitadas que en lostratados generales.