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ASOCIACIONISMO ASOCIACIONISMO IMPORTANCIA SOCIAL ACTUAL IMPORTANCIA SOCIAL ACTUAL

VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

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VIII. Módulo impartido por D. José Francisco Pérez Cabrera. -Técnico Superior del Voluntariado (IASS).

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Page 1: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

ASOCIACIONISMOASOCIACIONISMO

IMPORTANCIA SOCIAL ACTUALIMPORTANCIA SOCIAL ACTUAL

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DEREHO FUNDAMENTAL DEREHO FUNDAMENTAL DE ASOCIACIÓNDE ASOCIACIÓN

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978.CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978.

DERECHOS Y LIBERTADES DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES.FUNDAMENTALES.

LIBERTADES COLECTIVAS.LIBERTADES COLECTIVAS.

DERECHO O LIBERTAD DE ASOCIACIÓN = DERECHO O LIBERTAD DE ASOCIACIÓN = DERECHO FUNDAMENTAL ART. 22 CEDERECHO FUNDAMENTAL ART. 22 CE

Page 3: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLACONSTITUCIÓN ESPAÑOLA27 DE DICIEMBRE DE 197827 DE DICIEMBRE DE 1978

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978NORMA FUNDAMENTAL DEL ORDENAMIENTO

LEYES ORGÁNICASLEYES ORDINARIASDECRETOS LEYES

DECRETOS LEGISLATIVOS

REGLAMENTOS Y OTRAS NORMAS DE RANGO INFERIOR

Page 4: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

LIBERTADES Y DERECHOS LIBERTADES Y DERECHOS FUNDAMENTALESFUNDAMENTALES

DERECHOS FUNDAMENTALES

Libertades Individua-les de la Persona

Física

Libertades de contenido intelectual

Libertadescolectivas

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Libertades Colectivas: Libertades Colectivas: Derecho Fundamental de Derecho Fundamental de

Asociación art. 22 CEAsociación art. 22 CE Art. 22.1 CE: “Art. 22.1 CE: “Se reconoce el derecho de Se reconoce el derecho de

asociaciónasociación”.”. Art. 22. 2 CE: “Art. 22. 2 CE: “Las asociaciones que persigan Las asociaciones que persigan

fines o utilicen medios tipificados como delitos fines o utilicen medios tipificados como delitos son ilegalesson ilegales”.”.

Art. 22.3 CE: “ Art. 22.3 CE: “ Las asociaciones constituidas al Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de su en un registro a los solos efectos de su publicidadpublicidad”.”.

Art. 22.4 CE: “Art. 22.4 CE: “Las Asociaciones sólo podrán Las Asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en su actividades ser disueltas o suspendidas en su actividades en virtud de resolución judicial motivadaen virtud de resolución judicial motivada”.”.

Art. 22.5 CE: “ Art. 22.5 CE: “ Se prohíben las asociaciones Se prohíben las asociaciones

secretas y las de carácter paramilitarsecretas y las de carácter paramilitar”.”.

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Límites del Derecho de Límites del Derecho de AsociaciónAsociación

Los límites vienen establecidos en el Los límites vienen establecidos en el artículo 22 CE, no pueden tener objetos artículo 22 CE, no pueden tener objetos (fines) o utilizar medios tipificados como (fines) o utilizar medios tipificados como delitos. Tampoco son viables las de delitos. Tampoco son viables las de carácter paramilitar y las secretas que carácter paramilitar y las secretas que serán consideradas ilegales.serán consideradas ilegales.

Fuera de esos límites está permitido el Fuera de esos límites está permitido el desarrollo del Derecho de Asociación.desarrollo del Derecho de Asociación.

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EXTRANJERÍA Y DERECHO EXTRANJERÍA Y DERECHO DE ASOCIACIÓNDE ASOCIACIÓN

Artículo 8 de la L.O. 4/2000 Libertad de Artículo 8 de la L.O. 4/2000 Libertad de asociación, modificada por la L.O. 8/2000, asociación, modificada por la L.O. 8/2000, de 22 de diciembre sobre libertad de los de 22 de diciembre sobre libertad de los Extranjeros en España y su integración Extranjeros en España y su integración social modificadas a su vez por la L.O. social modificadas a su vez por la L.O. 14/2003 de 20 de noviembre.14/2003 de 20 de noviembre.

““Todos los extranjeros tendrán el Todos los extranjeros tendrán el derecho de asociación, conforme a las derecho de asociación, conforme a las leyes que lo regulan para los españoles y leyes que lo regulan para los españoles y que podrán ejercer cuando obtengan que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en autorización de estancia o residencia en España”.España”.

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OBJETO DE LA LEY OBJETO DE LA LEY ORGÁNICA 1/2002ORGÁNICA 1/2002

OBJETOOBJETO: Desarrollar el Derecho de Asociación del : Desarrollar el Derecho de Asociación del art. 22 C.E.art. 22 C.E.

Establecer las normas de régimen jurídico de las Establecer las normas de régimen jurídico de las asociaciones que le corresponda dictar al Estado.asociaciones que le corresponda dictar al Estado.

Es de aplicación a las entidades sin fines Es de aplicación a las entidades sin fines lucrativos y que no se rijan por un régimen lucrativos y que no se rijan por un régimen específico.específico.

Quedan excluidos de esta ley, los partidos Quedan excluidos de esta ley, los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales, la iglesia, confesiones y empresariales, la iglesia, confesiones y comunidades religiosas, las federaciones comunidades religiosas, las federaciones deportivas, las asociaciones de consumidores y deportivas, las asociaciones de consumidores y usuarios, así como otras reguladas en leyes usuarios, así como otras reguladas en leyes especiales.especiales.

Quedan fuera de esta ley las Comunidades de Quedan fuera de esta ley las Comunidades de Bienes, las de Propietarios, las Sociedades Bienes, las de Propietarios, las Sociedades mercantiles, las cooperativas, mutualidades y mercantiles, las cooperativas, mutualidades y UTES y cualquier agrupación de interés UTES y cualquier agrupación de interés económico. económico.

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CONTENIDO Y PRINCIPIOS CONTENIDO Y PRINCIPIOS DEL DERECHO DE DEL DERECHO DE

ASOCIACIÓNASOCIACIÓN Asociarse libremente para la consecución de fines lícitos.Asociarse libremente para la consecución de fines lícitos. El derecho consiste en Asociarse o crear asociaciones sin El derecho consiste en Asociarse o crear asociaciones sin

necesidad de autorización previa.necesidad de autorización previa. Nadie puede ser obligado a constituir asociaciones, a Nadie puede ser obligado a constituir asociaciones, a

integrarlas, a permanecer en ellas, ni a declarar que integrarlas, a permanecer en ellas, ni a declarar que pertenece a la misma.pertenece a la misma.

La constitución de asociaciones obedece siempre al La constitución de asociaciones obedece siempre al ejercicio del art. 22 de la CE y está por lo tanto sujeta a la ejercicio del art. 22 de la CE y está por lo tanto sujeta a la CE y al resto del Ordenamiento Jurídico.CE y al resto del Ordenamiento Jurídico.

El funcionamiento de las asociaciones debe obedecer a El funcionamiento de las asociaciones debe obedecer a principios democráticos y pleno respeto al pluralismo.principios democráticos y pleno respeto al pluralismo.

La Ley estatal permite la asociación entre La Ley estatal permite la asociación entre Administraciones públicas y con particulares, con la Administraciones públicas y con particulares, con la finalidad del fomento y apoyo siempre en el mismo nivel finalidad del fomento y apoyo siempre en el mismo nivel que los particulares.que los particulares.

Las asociaciones con fines tipificados como delito son Las asociaciones con fines tipificados como delito son ilegales.ilegales.

Están prohibidas las asociaciones secretas y Están prohibidas las asociaciones secretas y paramilitares.paramilitares.

Ser miembro de una asociación no puede suponer un Ser miembro de una asociación no puede suponer un trato de favor, ventaja o discriminación a ninguna trato de favor, ventaja o discriminación a ninguna persona por parte de los poderes públicos. persona por parte de los poderes públicos.

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LEGISLACIÓN CANARIA DE LEGISLACIÓN CANARIA DE ASOCIACIONESASOCIACIONES

La Ley 4/2003 de 28 de febrero de La Ley 4/2003 de 28 de febrero de Asociaciones de Canarias.Asociaciones de Canarias.

Decreto 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias..

Orden 29 de diciembre de 1995 por la Orden 29 de diciembre de 1995 por la que se regula el Registro de Asociaciones que se regula el Registro de Asociaciones de Canarias.de Canarias.

Page 11: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

¿Qué es Asociación para la ¿Qué es Asociación para la Ley Canaria?Ley Canaria?

1. Tiene la consideración de asociación la unión estable, voluntaria, libre y solidaria, de tres o más personas físicas o jurídicas para lograr, sin ánimo de lucro, una finalidad común de interés general, mutuo o sectorial, comprometiéndose para ello a compartir sus conocimientos, actividades o recursos económicos.

2. Se considera que una asociación carece deánimo de lucro, aunque desarrolle una actividad económica, si el fruto de tal actividad se destina exclusivamente al cumplimiento de las finalidades comunes de interés general, mutuo o sectorial establecidas en sus estatutos.

Page 12: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

ASOCIACIONES COMO ASOCIACIONES COMO ENTES SOCIALES.ENTES SOCIALES.

Dinamizadoras del entorno Dinamizadoras del entorno inmediato.inmediato.

Page 13: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

CONCEPTO DE CONCEPTO DE ASOCIACIONISMOASOCIACIONISMO

Es un medio de sumar esfuerzos y Es un medio de sumar esfuerzos y compartir ideales a través de las compartir ideales a través de las respuestas colectivas. respuestas colectivas.

Es un instrumento de participación Es un instrumento de participación ciudadana con continuidad y proyección ciudadana con continuidad y proyección en la sociedad.en la sociedad.

Page 14: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

REPERCUSIÓN DE LAS REPERCUSIÓN DE LAS ASOCIACIONES EN LA ASOCIACIONES EN LA

SOCIEDADSOCIEDAD

Concepto de ONG surge de la Carta de Concepto de ONG surge de la Carta de Naciones Unidas en 1950 donde se definió a Naciones Unidas en 1950 donde se definió a “toda organización internacional cuya “toda organización internacional cuya constitución no sea consecuencia de un constitución no sea consecuencia de un tratado intergubernamental”.tratado intergubernamental”.

Concepto actual de ONG “cualquier Concepto actual de ONG “cualquier agrupación, asociación o movimiento agrupación, asociación o movimiento constituido de manera permanente para constituido de manera permanente para llevar a cabo una actividad colectiva estable llevar a cabo una actividad colectiva estable sin ánimo de lucro”.sin ánimo de lucro”.

Se convierte en característica fundamental Se convierte en característica fundamental es su independencia ante el Estado o es su independencia ante el Estado o cualquier relación de poder público.cualquier relación de poder público.

Page 15: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

REPERCUSIÓN DE LAS REPERCUSIÓN DE LAS ASOCIACIONES EN LA ASOCIACIONES EN LA

SOCIEDADSOCIEDAD

Actores que permiten cambios Actores que permiten cambios económicos y políticos.económicos y políticos.

Buscan la consecución de fines de interés Buscan la consecución de fines de interés general.general.

Intentan continuamente conseguir Intentan continuamente conseguir niveles de vida a través de un progreso niveles de vida a través de un progreso social solidario, o lo que es lo mismo, social solidario, o lo que es lo mismo, buscan una mejora de la calidad de vida.buscan una mejora de la calidad de vida.

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CREACIÓN Y GESTIÓN CREACIÓN Y GESTIÓN DE ASOCIACIONESDE ASOCIACIONES

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Constitución de la Constitución de la AsociaciónAsociación

1. Pueden constituir asociaciones y ser miembros de las mismas:

a) Los mayores de edad y los menores emancipados, con capacidad de obrar suficiente.

b) Las personas jurídicas públicas y privadas cuando lo contemplen los estatutos de la asociación.

c) Los menores de edad no comprendidos en el apartado a) podrán promover por sí mismos asociaciones infantiles, juveniles y de alumnos/as.

2. Los menores de edad no emancipados tendrán los derechos que se reconocen en esta Ley a los socios mayores de edad, salvo en los casos en que por aplicación de la legislación civil se exija representación legal.

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ACTA FUNDACIONALACTA FUNDACIONALACTA FUNDACIONAL DE LA ASOCIACIONACTA FUNDACIONAL DE LA ASOCIACION

En la localidad de _______________________________, siendo las ______ horas del día _____ de En la localidad de _______________________________, siendo las ______ horas del día _____ de ______________ de 200__.______________ de 200__.D. ______________________________D. ______________________________Mayor de edadMayor de edadD.N.I. ___________________D.N.I. ___________________Domicilio _______________________________Domicilio _______________________________Municipio _________________________Municipio _________________________Nacionalidad ______________________Nacionalidad ______________________

FIRMAFIRMAD. ______________________________D. ______________________________Mayor de edadMayor de edadD.N.I. ___________________D.N.I. ___________________Domicilio _______________________________Domicilio _______________________________Municipio _________________________Municipio _________________________Nacionalidad ______________________Nacionalidad ______________________

FIRMAFIRMAD. ______________________________D. ______________________________Mayor de edadMayor de edadD.N.I. ___________________D.N.I. ___________________Domicilio _______________________________Domicilio _______________________________Municipio _________________________Municipio _________________________Nacionalidad ______________________Nacionalidad ______________________

FIRMAFIRMASe reúnen los señores relacionados con el objeto de proceder a la constitución de una Asociación de Se reúnen los señores relacionados con el objeto de proceder a la constitución de una Asociación de carácter ____________________.carácter ____________________.Se procede a dar lectura al proyecto de Estatutos por el que ha de regirse la Entidad y luego de un Se procede a dar lectura al proyecto de Estatutos por el que ha de regirse la Entidad y luego de un cambio de impresiones entre los presentes, se adoptan los siguientescambio de impresiones entre los presentes, se adoptan los siguientes

A C U E R D O SA C U E R D O S

1º.- 1º.- Constituir, al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y de la normativa reguladora de Constituir, al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y de la normativa reguladora de asociaciones, una Asociación, sin ánimo de lucro, que se denominará asociaciones, una Asociación, sin ánimo de lucro, que se denominará Asociación Asociación _________________________________________._________________________________________.2º.- 2º.- Aprobar los Estatutos por los que se habrá de regir, cuyo tenor literal es:Aprobar los Estatutos por los que se habrá de regir, cuyo tenor literal es:

3º.- 3º.- Nombrar al Nombrar al órgano de representación inicialórgano de representación inicial, designando como miembros del mismo a:, designando como miembros del mismo a: Presidente:Presidente: D. ________________________________D. ________________________________ Secretario:Secretario: D. ________________________________D. ________________________________ Vocal: D. ___________________________________Vocal: D. ___________________________________ Haciéndose cargo dicho órgano de las gestiones pertinentes de forma provisional hasta tanto sea Haciéndose cargo dicho órgano de las gestiones pertinentes de forma provisional hasta tanto sea

inscrita la Asociación y se proceda a designar nueva Junta Directiva, facultándose a todos y cada uno inscrita la Asociación y se proceda a designar nueva Junta Directiva, facultándose a todos y cada uno de ello/as para que realicen los trámites necesarios ante la Administración encaminados a la de ello/as para que realicen los trámites necesarios ante la Administración encaminados a la inscripción de la Asociación.inscripción de la Asociación.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las ________ horas, en el lugar y fecha antes Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las ________ horas, en el lugar y fecha antes señalados, firmando todos los reunidos en prueba de conformidad.señalados, firmando todos los reunidos en prueba de conformidad.

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ESTATUTOSESTATUTOS

Estatutos. 1. Los estatutos constituyen el sistema de reglas por el

que se rige la organización interna y el funcionamiento de la asociación, no pudiendo ser contrarios al ordenamiento jurídico.

2. En los estatutos de la asociación se hará constar: a. La denominación. b. El domicilio social. c. El plazo de duración, si no se constituye por tiempo

indefinido. d. El objeto o finalidad. e. El ámbito territorial en el que desarrollará sus

actividades. f. Los requisitos o presupuestos que han de cumplir las

personas naturales o jurídicas y el procedimiento a seguir para adquirir la condición de socios así como las causas y el procedimiento para la pérdida de tal condición.

g. En su caso, las distintas clases de socios y las particularidades de cada una de ellas.

h. Los derechos y las obligaciones de los socios. i. El régimen disciplinario.

Page 20: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

ESTATUTOSESTATUTOS j. La participación de voluntarios, indicando los

mecanismos que garanticen sus derechos y deberes en los términos de su legislación específica.

k. La estructura y competencias del órgano de representación, las condiciones de nombramiento y destitución de sus miembros y la duración de los cargos.

l. La forma y requisitos para la convocatoria de la asamblea general y del órgano de representación y las reglas sobre deliberación y toma de decisiones.

m. El procedimiento de modificación de los estatutos. n. El régimen económico de administración,

contabilidad y documentación, así como la fecha de cierre del ejercicio asociativo.

ñ. Patrimonio inicial y los recursos económicos de los que se podrá hacer uso.

o. Las causas de disolución y la aplicación de los bienes de la asociación en su liquidación.

p. Los criterios que garanticen el funcionamiento democrático de la asociación.

3. Los estatutos de la asociación podrán ser modificados cuando resulte conveniente a los intereses de la misma por acuerdo de la asamblea general en los supuestos y con el procedimiento que se establezca en los mismos.

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ALTA DE LA ASOCIACIÓNALTA DE LA ASOCIACIÓN

Una vez presentada la solicitud de Una vez presentada la solicitud de inscripción de nuestra Sociedad en el inscripción de nuestra Sociedad en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Registro de Asociaciones del Gobierno de Canarias, podemos solicitar el C.I.F Canarias, podemos solicitar el C.I.F provisional o esperar hasta que esté provisional o esperar hasta que esté inscrita la Asociación. En ambos casos se inscrita la Asociación. En ambos casos se requiere rellenar y presentar el modelo requiere rellenar y presentar el modelo de Alta Censal 036 de la AEATde Alta Censal 036 de la AEAT

El modelo se presentará o bien a través El modelo se presentará o bien a través de portal Web de portal Web www.aeat.es si se posee si se posee certificado digital o bien en las certificado digital o bien en las delegaciones de la AEAT.delegaciones de la AEAT.

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MODELO 036 DIGITALMODELO 036 DIGITAL

Page 23: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

ASAMBLEA GENERALASAMBLEA GENERALCompetenciasCompetencias..

1. Sin perjuicio de las que figuren en los estatutos, la 1. Sin perjuicio de las que figuren en los estatutos, la asamblea general tiene las siguientes competencias:asamblea general tiene las siguientes competencias:Modificar los estatutosModificar los estatutos..Elegir y separar a los miembros del órgano de Elegir y separar a los miembros del órgano de representación.representación.Controlar la actividad del órgano de representación Controlar la actividad del órgano de representación y aprobar su gestión.y aprobar su gestión.Aprobar el presupuesto anual y la liquidación anual Aprobar el presupuesto anual y la liquidación anual de cuentas.de cuentas.Acordar la disolución de la asociación.Acordar la disolución de la asociación.Acordar la unión en federaciones o confederaciones Acordar la unión en federaciones o confederaciones así como la separación de las mismas.así como la separación de las mismas.Aprobar el reglamento de régimen interno.Aprobar el reglamento de régimen interno.Ratificar las altas acordadas por el órgano de Ratificar las altas acordadas por el órgano de representación y acordar con carácter definitivo las representación y acordar con carácter definitivo las bajas de los asociados.bajas de los asociados.Solicitar la declaración de utilidad pública o interés Solicitar la declaración de utilidad pública o interés público.público.Cualquier otra cuestión que no esté directamente Cualquier otra cuestión que no esté directamente atribuida a ningún otro órgano de la asociación.atribuida a ningún otro órgano de la asociación.2. La asamblea general deberá reunirse al menos una vez 2. La asamblea general deberá reunirse al menos una vez al año.al año.

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CONVOCATORIACONVOCATORIAD./Dña. _____________________D./Dña. _____________________, presidente/a de la Asociación de, le , presidente/a de la Asociación de, le convoca para la convoca para la Asamblea General OrdinariaAsamblea General Ordinaria a celebrar el día a celebrar el día 04 04 de agosto de 2.007de agosto de 2.007, en la sede de la Asociación, a las 17,00 horas , en la sede de la Asociación, a las 17,00 horas en primera convocatoria y 17,30 horas en segunda, según el en primera convocatoria y 17,30 horas en segunda, según el siguiente:siguiente:

ORDEN DEL DIAORDEN DEL DIAPunto primero: Punto primero: Presentación de las cuentas anuales y su Presentación de las cuentas anuales y su aprobación si procede.aprobación si procede.Punto segundo:Punto segundo: Nombramiento de la Junta Directiva. Nombramiento de la Junta Directiva.Punto tercero:Punto tercero: Inscripción de la Asociación en el Registro Regional Inscripción de la Asociación en el Registro Regional de Asociaciones.de Asociaciones.Punto cuarto:Punto cuarto: Manifestaciones de los señores socios. Manifestaciones de los señores socios.En S/C de Tenerife, a 22 de julio de 2.007En S/C de Tenerife, a 22 de julio de 2.007

Vº Bº LA PRESIDENTE/AVº Bº LA PRESIDENTE/A Fdo. EL SECRETARIO/AFdo. EL SECRETARIO/A

..................................................................................................................................................................................................................Sra. Presidenta de la AsociaciónSra. Presidenta de la AsociaciónMuy Sra. Mía:Muy Sra. Mía:D/Dª______________________________ __________con D.N.I./N.I.F. número D/Dª______________________________ __________con D.N.I./N.I.F. número _________, ante la imposibilidad de asistir a la junta convocada para el _________, ante la imposibilidad de asistir a la junta convocada para el próximo día________________, le comunico que he otorgado mi próximo día________________, le comunico que he otorgado mi representación para tal acto y a todos los efectos, a representación para tal acto y a todos los efectos, a D/Dª__________________________________, con DNI nº_______________.D/Dª__________________________________, con DNI nº_______________.

Atentamente.Atentamente.

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ADOPCIÓN DE ACUERDOSADOPCIÓN DE ACUERDOS

1. Los acuerdos serán adoptados por 1. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos.mayoría de votos.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, los estatutos podrán exigir anterior, los estatutos podrán exigir mayorías cualificadas para determinadas mayorías cualificadas para determinadas cuestiones.cuestiones.

3. De las reuniones y acuerdos de la 3. De las reuniones y acuerdos de la asamblea general se extenderá acta en la asamblea general se extenderá acta en la que deben constar los asistentes, los que deben constar los asistentes, los asuntos tratados, tanto los incluidos en el asuntos tratados, tanto los incluidos en el orden del día como los que no lo estuvieran, orden del día como los que no lo estuvieran, las circunstancias de lugar y tiempo, las las circunstancias de lugar y tiempo, las principales deliberaciones y los acuerdos principales deliberaciones y los acuerdos adoptados.adoptados.

4. Cualquier miembro tendrá derecho a 4. Cualquier miembro tendrá derecho a solicitar la incorporación de su intervención solicitar la incorporación de su intervención o propuesta en el acta en la forma prevista o propuesta en el acta en la forma prevista en los estatutos.en los estatutos.

Page 26: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

IMPUGNACIÓN DE IMPUGNACIÓN DE ACUERDOSACUERDOS

1. Los acuerdos de la asamblea general son 1. Los acuerdos de la asamblea general son impugnables en la forma prevista en las leyes.impugnables en la forma prevista en las leyes.

2. A solicitud de los interesados, las 2. A solicitud de los interesados, las impugnaciones que tengan por objeto actos impugnaciones que tengan por objeto actos inscribibles en el Registro de Asociaciones inscribibles en el Registro de Asociaciones serán anotadas en éste, así como su resolución serán anotadas en éste, así como su resolución definitiva y la adopción de medidas cautelares definitiva y la adopción de medidas cautelares acordadas por órgano judicial o autoridad acordadas por órgano judicial o autoridad competente cuando afecten a la eficacia de los competente cuando afecten a la eficacia de los acuerdos adoptados.acuerdos adoptados.

3. Las controversias derivadas de los acuerdos 3. Las controversias derivadas de los acuerdos adoptados pueden someterse a arbitraje en los adoptados pueden someterse a arbitraje en los términos de la legislación vigente, si no hay términos de la legislación vigente, si no hay disposición en contra en los estatutos.disposición en contra en los estatutos.

Page 27: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

FISCALIDAD DE LAS FISCALIDAD DE LAS ASOCIACIONESASOCIACIONES

Page 28: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

FISCALIDAD BÁSICAFISCALIDAD BÁSICA

En primer lugar el alta en Hacienda En primer lugar el alta en Hacienda Estatal a partir del modelo 036 de alta Estatal a partir del modelo 036 de alta censal no supone obligación de pagar censal no supone obligación de pagar impuestos.impuestos.

Si en el momento de dar de alta la Si en el momento de dar de alta la Asociación o en un momento posterior se Asociación o en un momento posterior se da de alta en el IAE alguna actividad da de alta en el IAE alguna actividad empresarial, no habrá obligación de empresarial, no habrá obligación de pagar el Impuesto sobre Sociedades si se pagar el Impuesto sobre Sociedades si se revierte el beneficio obtenido en la propia revierte el beneficio obtenido en la propia Asociación.Asociación.

Se devengarían únicamente impuestos Se devengarían únicamente impuestos

y/o tasas municipales como Tasa de y/o tasas municipales como Tasa de recogida de residuos sólidos o el I.B.I.recogida de residuos sólidos o el I.B.I.

Page 29: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

FISCALIDADFISCALIDAD

En cuanto a la obtención de beneficios En cuanto a la obtención de beneficios que no se reviertan en la acción de la que no se reviertan en la acción de la Entidad (objeto) en el caso de la Entidad (objeto) en el caso de la Asociaciones estarán sujetas al de Asociaciones estarán sujetas al de Sociedades de Reducida Dimensión Sociedades de Reducida Dimensión según reforma del 2006 siendo su tipo según reforma del 2006 siendo su tipo impositivo el 18%.impositivo el 18%.

Es complejo que las Asociaciones lleguen Es complejo que las Asociaciones lleguen a volúmenes tan importantes en una a volúmenes tan importantes en una actividad económica.actividad económica.

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CONTABILIDADCONTABILIDAD

En cuanto a la contabilidad, el Decreto En cuanto a la contabilidad, el Decreto 12/2007, de 5 de febrero de 2007, por el 12/2007, de 5 de febrero de 2007, por el que se aprueba el Reglamento de que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias establece en su Asociaciones de Canarias establece en su artículo 15 “De los libros contables”, el artículo 15 “De los libros contables”, el cual establece “… cual establece “… Cuando su presupuesto Cuando su presupuesto sea inferior a ciento cincuenta mil euros, sea inferior a ciento cincuenta mil euros, la contabilidad podrá ser simplificada la contabilidad podrá ser simplificada limitándose a la llevanza de un libro diario limitándose a la llevanza de un libro diario de operaciones que refleje el movimiento de operaciones que refleje el movimiento contable de la mismacontable de la misma”.”.

Si el volumen de cada ejercicio es Si el volumen de cada ejercicio es superior a los 150.000 € se procederá a superior a los 150.000 € se procederá a aplicar el Plan General Contable aprobado aplicar el Plan General Contable aprobado en el año 2008.en el año 2008.

Page 31: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

FISCALIZACIÓNFISCALIZACIÓN

Las Asociaciones pueden someterse Las Asociaciones pueden someterse a diversas medidas de control, a a diversas medidas de control, a través de implantar voluntariamente través de implantar voluntariamente procesos de calidad dentro de las procesos de calidad dentro de las Entidades.Entidades.

Someterse voluntariamente a la Someterse voluntariamente a la auditoria propuestas por otras auditoria propuestas por otras entidades sin ánimo de lucro (Ej. entidades sin ánimo de lucro (Ej. CONGDE) o de Asesorías o CONGDE) o de Asesorías o auditorías particulares.auditorías particulares.

Auditorías no voluntarias por parte Auditorías no voluntarias por parte de los organismos públicos.de los organismos públicos.

Page 32: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

PROGRAMA TENERIFE PROGRAMA TENERIFE SOLIDARIO DE LA SOLIDARIO DE LA UNIDAD ORGÁNICA DE UNIDAD ORGÁNICA DE INTERVENCIÓN SOCIAL INTERVENCIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO DE DEL INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA IASS SOCIOSANITARIA IASS DEL CABILDO DE DEL CABILDO DE TENERIFETENERIFE

Page 33: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

PROGRAMA TENERIFE PROGRAMA TENERIFE SOLIDARIOSOLIDARIO

EL CENTRO INSULAR DE

ENTIDADES DE VOLUNTARIADO

OFICINA DE VOLUNTARIADO

ACTUALMENTE 301 ENTIDADES INSCRITAS

1903 VOLUNTARIOS

Page 34: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

PROGRAMA TENERIFE PROGRAMA TENERIFE SOLIDARIOSOLIDARIO

SERVICIOS QUE SE PRESTANSERVICIOS QUE SE PRESTAN::

1.- INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO.1.- INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO.

2.-PROMOCIÓN.2.-PROMOCIÓN.

3.- FORMACIÓN.3.- FORMACIÓN.

4.-DOTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA.4.-DOTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA.

Page 35: VIII. Trámites Administrativos y recursos financieros para la creación de ONLs

FIN DE LA PRESENTACIÓNFIN DE LA PRESENTACIÓN

GRACIAS POR SU GRACIAS POR SU ATENCIÓNATENCIÓN

SI DESEA CONTACTAR LO PUEDE HACER POR MEDIO DE LA OFICINA DE VOLUNTARIADO DEL CABILDO

DE TENERIFE. www.tenerifesolidario.org

www.iass.es

[email protected]