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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE - RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO De Los Procedimientos Contenciosos Administrativos Agrario e Inquilinario Mapa Conceptual Participante: Zavier A. LUGO YEPEZ C. I. 17.379.779 Barquisimeto, Julio del 2015

ZAVIER LUGO YEPEZ.- Procedimiento agrario inquilinario

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Page 1: ZAVIER LUGO YEPEZ.- Procedimiento agrario inquilinario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD FERMÍN TORO

VICE - RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

PROCEDIMIENTO

CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO

De Los Procedimientos Contenciosos

Administrativos Agrario e Inquilinario

Mapa Conceptual

Participante:

Zavier A. LUGO YEPEZ C. I. 17.379.779

Barquisimeto, Julio del 2015

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Comienza con la interposición de un recurso de nulidad por parte del administrado agrario, el cual deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Determinación del acto cuya nulidad se pretende.

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO

En caso de que tal carácter provenga de la titularidad del derecho real, identificará al inmueble con indicación de sus linderos y copia certificada de los documentos o títulos

que acreditan la titularidad aludida.

Acompañar copia simple o certificada del acto, actuación o contrato cuya nulidad se pretende o señalamiento de la Oficina Pública u organismo en que se encuentran.

Indican de las disposiciones constitucionales o legales que se violan.

Acompañar instrumentos que demuestran el carácter con que se actúa.

Los documentos, instrumentos o cualquier otra prueba que se estime conveniente acompañar.

Se notifica al Fiscal General y al Procurador General de la República. NOTIFICACION

INICIO

La admisión se decidirá dentro de los tres (3) días siguientes a la solicitud. DE LA ADMISION

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Cuando lo disponga la Ley, por incompetencia, por caducidad, por falta de cualidad del accionante o falta de interés del recurrente, por acumulación de pretensiones que se

excluyan.

Por falta de documentación, cuando exista un recurso paralelo, por ininteligibilidad o contradicción del escrito, por falta de representación del actor.

Debe ser publicado en un diario de mayor circulación local en el área de la jurisdicción del Tribunal competente por el territorio para conocer del procedimiento contencioso

administrativo agrario.

Se admite la apelación cuando se declare inadmisible el proceso, por el contrario, no se admite la apelación por admisión del recurso o acción principal.

El auto que declare admisible el recurso, ordenará la notificación al Procurador o Procuradora General de la República y de los terceros que hayan sido notificados o

participados en vía administrativa.

El cartel de notificación a los terceros que hayan sido notificados o participados en vía administrativa, deberá ser consignado dentro de los diez (10) días hábiles a la fecha en

que se hubiere expedido

Se notificará al Procurador General de la República y se citará al ente estatal agrario demandado para que de contestación.

Se notifica al Fiscal General y al Procurador General de la República.

Al día siguiente del vencimiento de la oportunidad para la contestación de la demanda o de la oposición al recurso, la causa quedará abierta a pruebas sin necesidad del auto

expreso, fecha a partir de la cual se empezará a computar un lapso de tres (3) días hábiles para la promoción de pruebas.

INADMISION DE LAS ACCIONES O

RECURSOS

ADMISION DE LA APELACION

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

DEMANDAS PATRIMONIALES

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Vencido el lapso se agregarán las pruebas produciendo la parte a la admisión dentro del primer día de despacho siguiente.

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, el Tribunal se pronunciará

La apelación podrá interponerse en el Tribunal de la causa por ante de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dentro de los cinco (5) días hábiles

siguientes a la fecha de publicación de la sentencia,

La negativa a la admisión de pruebas sólo tendrá efecto devolutivo y podrá interponerse dentro de los tres (3) días siguientes.

Las partes evacuarán las pruebas admitidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.

Vencido el lapso probatorio, se fijará uno de los tres (3) días de despacho siguientes para el acto de informes el cual se llevará a cabo en audiencia oral.

ACTO DE INFORMES

PROMOCION DE PRUEBAS

Verificada o vencida la oportunidad fijada para el informe, la causa entrará en estado de sentencia, la cual deberá ser dictada por el Tribunal en un lapso de sesenta (60)

días continuos.

SENTENCIA

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DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO

MATERIA OBJETO DEL RECURSO Desalojo

Regulación de Alquileres Reintegro

TRIBUNALES COMPETENTES

Caracas: Tribunales Superiores

Estados: Jueces de Municipio

ADMISION.

Tribunal solicita Antecedentes

Administrativos.

CITACION AL SÍNDICO.

CONTESTACION Dentro de los diez días

siguientes.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO 30 Días continuos

para retirar y publicar el Cartel.

Luego de publicado se tiene tres días Hábiles

para que la publicación del cartel

conste en Autos.

SENTENCIA

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO INQUILINARIO

Recurso de Nulidad Contra Actos de

efectos particulares dentro de 60 días

calendario siguientes a la última

notificación.

NOTIFICACION AL ALCALDE

PROMOCION DE PRUEBAS

Cinco días Hábiles

EVACUACION DE PRUEBAS

Treinta días Hábiles. Prorrogable por

Treinta días.

ADMISION DE PRUEBAS

Tres días Hábiles

ACTO DE INFORMES

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