Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional

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  1. 1. Universidad Fermn Toro Escuela de Ingeniera Aspectos Legales que rigen la materia de HigieneAspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacionaly Seguridad Ocupacional Jean Carlos DavilaJean Carlos Davila C.I 15.869.820C.I 15.869.820 Araure- PortuguesaAraure- Portuguesa
  2. 2. La higiene y seguridadLa higiene y seguridad La higiene Ocupacional es una clave para garantizar la salud, la seguridad y la vida en el desempeo de las funciones inherentes a la actividad laboral. Para garantizar el cumplimento de las mismas existen normas y leyes que ayudan a prever accidente,1905 que se comienza a dar los primeros pasos en Venezuela cuando se crea un artculo especial sobre los riesgos profesionales. De aqu parti la creacin de unaDe aqu parti la creacin de una ley determino las primerasdetermino las primeras normas queque garantizaban el bienestar de las personas que laboraban para el ao 1917.garantizaban el bienestar de las personas que laboraban para el ao 1917.
  3. 3. Objetivos por el cual fueron creadas lasObjetivos por el cual fueron creadas las normas y reglamentosnormas y reglamentos Desde el momento que el empleado comienza a realiza sus actividadesDesde el momento que el empleado comienza a realiza sus actividades diarias, se ve expuesto a accidentes o enfermedades (laborales), Ladiarias, se ve expuesto a accidentes o enfermedades (laborales), La organizacin est en la obligacin y el deber de prevenir la ocurrencia deorganizacin est en la obligacin y el deber de prevenir la ocurrencia de estos accidentes, dndole a los trabajadores todo lo necesario desdeestos accidentes, dndole a los trabajadores todo lo necesario desde instrumento y adiestramiento para el cumplimiento de las norma. Dando comoinstrumento y adiestramiento para el cumplimiento de las norma. Dando como resultado:resultado: Aumento de la productividad.Aumento de la productividad. Eliminar las causas de las actividades profesionales mantener la salud de los trabajadores entre otras.
  4. 4. Importancia del Reglamento-Parcial-LOTTT-Importancia del Reglamento-Parcial-LOTTT- Es importante porque rige las situaciones y relaciones jurdicas derivadas del trabajo como hechoEs importante porque rige las situaciones y relaciones jurdicas derivadas del trabajo como hecho social. Dirigir y elogiara el trabajo, defender la dignidad delas persona, y dictara normas para elsocial. Dirigir y elogiara el trabajo, defender la dignidad delas persona, y dictara normas para el mejor cumplimiento de su funcin bajo la inspiracin de la justicia social y de la equidad.mejor cumplimiento de su funcin bajo la inspiracin de la justicia social y de la equidad. Por ella los trabajadores tienen todo los beneficios que le adeuda el patrono sin excepcinPor ella los trabajadores tienen todo los beneficios que le adeuda el patrono sin excepcin alguna. As como de tener un salario justo.alguna. As como de tener un salario justo. Reglamento-Parcial-LOTTT-Reglamento-Parcial-LOTTT- ProtegeProtege Los derechos del empleado en su lugar de trabajo contra la discriminacin debida a suLos derechos del empleado en su lugar de trabajo contra la discriminacin debida a su religin, raza, color, origen, edad, sexo, embarazos entre otros.religin, raza, color, origen, edad, sexo, embarazos entre otros. Asegura que las personas incapacitadas tengan la oportunidad de trabajo a pesar de suAsegura que las personas incapacitadas tengan la oportunidad de trabajo a pesar de su incapacidad.incapacidad. Reglamento-Parcial-LOTTT-Reglamento-Parcial-LOTTT- GarantizaGarantiza Que los trabajadores puedan tomar tiempo libre de su trabajo para atender dificultadesQue los trabajadores puedan tomar tiempo libre de su trabajo para atender dificultades personales ( judiciales, medicas entre otras)personales ( judiciales, medicas entre otras) Que en los lugares de trabajo sean seguros y saludables para los trabajadores.Que en los lugares de trabajo sean seguros y saludables para los trabajadores.
  5. 5. LOPCYMATLOPCYMAT Es la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo cuya funcin es establecer las normas y lineamientos a las empresas a fin de garantizar a los trabajadores en general, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado para el ejercicio pleno de sus facultades fsicas y mentales. Esta Ley, promueve un trabajo seguro y saludable, la prevencin de los accidentes y enfermedades ocupacionales, la reparacin integral del dao causado o producido, la promocin e incentivos al desarrollo de programas para la recreacin, utilizacin del tiempo libre, descansos y turismo social. Tambin reglamenta los deberes y derechos tanto de los trabajadores como de los patronos en relacin con la seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.
  6. 6. Funciones asignadas por la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de TrabajoFunciones asignadas por la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo LOPCYMATLOPCYMAT Ejecutar la Poltica Nacional en materia de Prevencin, Seguridad y Salud en el Trabajo. Asesorar a trabajadores y empleadores en el rea de la salud ocupacional. Dictar las Normas Tcnicas que regulan la materia Aplicar las sanciones a los que violen la Ley en esta materia Gestionar el nuevo rgimen de Seguridad y Salud en el Trabajo
  7. 7. ARTICULOS IMPORTANTESARTICULOS IMPORTANTES Artculo 53. Los trabajadores y las trabajadoras tendrn derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades fsicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas. Artculo 60. El empleador o empleadora deber adecuar los mtodos de trabajo as como las mquinas, herramientas y tiles utilizados en el proceso de trabajo a las caractersticas psicolgicas, cognitivas, culturales y antropomtricas de los trabajadores y trabajadoras. En tal sentido, deber realizar los estudios pertinentes e implantar los cambios requeridos tanto en los puestos de trabajo existentes como al momento de introducir nuevas maquinarias, tecnologas o mtodos de organizacin del trabajo a fin de lograr que la concepcin del puesto de trabajo permita el desarrollo de una relacin armoniosa entre el trabajador o la trabajadora y su entorno laboral. Artculo 62. El empleador o empleadora, en cumplimiento del deber general de prevencin, debe establecer polticas y ejecutar acciones que permitan: La identificacin y documentacin de las condiciones de trabajo existentes en el ambiente laboral que pudieran afectar la seguridad y salud en el trabajo. La evaluacin de los niveles de inseguridad de las condiciones de trabajo y el mantenimiento de un registro actualizado de los mismos, de acuerdo a lo establecido en las normas tcnicas que regulan la materia. El control de las condiciones inseguras de trabajo estableciendo como prioridad el control en la fuente u origen. En caso de no ser posible, se debern utilizar las estrategias de control en el medio y controles administrativos, dejando como ltima instancia, cuando no sea posible la utilizacin de las anteriores estrategias, o como complemento de las mismas, la utilizacin de equipos de proteccin personal. El empleador o empleadora, al momento del diseo del proyecto de empresa, establecimiento o explotacin, deber considerar los aspectos de seguridad y salud en el trabajo que permitan controlar las condiciones inseguras de trabajo y prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Otros importantes son: Derechos de los Trabajadores(as) (Art. 53) Derecho de los Empleadores(as) (Art. 55) Deberes de los Trabajadores(as) (Art. 54) Deberes de los Empleadores(as) (Art. 55) Artculo 53. Los trabajadores y las trabajadoras tendrn derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades fsicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas. Artculo 60. El empleador o empleadora deber adecuar los mtodos de trabajo as como las mquinas, herramientas y tiles utilizados en el proceso de trabajo a las caractersticas psicolgicas, cognitivas, culturales y antropomtricas de los trabajadores y trabajadoras. En tal sentido, deber realizar los estudios pertinentes e implantar los cambios requeridos tanto en los puestos de trabajo existentes como al momento de introducir nuevas maquinarias, tecnologas o mtodos de organizacin del trabajo a fin de lograr que la concepcin del puesto de trabajo permita el desarrollo de una relacin armoniosa entre el trabajador o la trabajadora y su entorno laboral. Artculo 62. El empleador o empleadora, en cumplimiento del deber general de prevencin, debe establecer polticas y ejecutar acciones que permitan: La identificacin y documentacin de las condiciones de trabajo existentes en el ambiente laboral que pudieran afectar la seguridad y salud en el trabajo. La evaluacin de los niveles de inseguridad de las condiciones de trabajo y el mantenimiento de un registro actualizado de los mismos, de acuerdo a lo establecido en las normas tcnicas que regulan la materia. El control de las condiciones inseguras de trabajo estableciendo como prioridad el control en la fuente u origen. En caso de no ser posible, se debern utilizar las estrategias de control en el medio y controles administrativos, dejando como ltima instancia, cuando no sea posible la utilizacin de las anteriores estrategias, o como complemento de las mismas, la utilizacin de equipos de proteccin personal. El empleador o empleadora, al momento del diseo del proyecto de empresa, establecimiento o explotacin, deber considerar los aspectos de seguridad y salud en el trabajo que permitan controlar las condiciones inseguras de trabajo y prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Otros importantes son: Derechos de los Trabajadores(as) (Art. 53) Derecho de los Empleadores(as) (Art. 55) Deberes de los Trabajadores(as) (Art. 54) Deberes de los Empleadores(as) (Art. 55)
  8. 8. INPSASELINPSASEL El Instituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales, es un organismo autnomoEl Instituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales, es un organismo autnomo adscrito al Ministerio del Trabajo, creado segn lo establecido en el artculo 12 de la Ley Orgnicaadscrito al Ministerio del Trabajo, creado segn lo establecido en el artculo 12 de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en el ao 1986, cuya misinde Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en el ao 1986, cuya misin es la de ser una Institucin comprometida con el diseo y la ejecucin de la poltica nacional enes la de ser una Institucin comprometida con el diseo y la ejecucin de la poltica nacional en materia de promocin, prevencin y atencin de la salud y la seguridad laboral, garantizando elmateria de promocin, prevencin y atencin de la salud y la seguridad laboral, garantizando el cumplimiento de la normativa legal en el rea, as como, ptimas condiciones de trabajo a todos loscumplimiento de la normativa legal en el rea, as como, ptimas condiciones de trabajo a todos los trabajadores y trabajadoras.trabajadores y trabajadoras.
  9. 9. Funciones Generales.Funciones Generales. Vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas en materia de salud ocupacional. Brindar asistencia tcnica a los trabajadores y empleadores. Substanciar informes tcnicos sobre los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales y condiciones y medio ambiente de trabajo. Promover una cultura preventiva a travs de la educacin e investigacin en materia de salud ocupacional.
  10. 10. Funciones Generales.Funciones Generales. Vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas en materia de salud ocupacional. Brindar asistencia tcnica a los trabajadores y empleadores. Substanciar informes tcnicos sobre los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales y condiciones y medio ambiente de trabajo. Promover una cultura preventiva a travs de la educacin e investigacin en materia de salud ocupacional.