3

Click here to load reader

Elementos teóricos de la responsabilidad Disciplinaria y otras categorias

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Elementos teóricos de la responsabilidad Disciplinaria y otras categorias

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA

EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO

“SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÓN BARINAS

ELEMENTOS TEÓRICOS DE LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA

Y OTRAS CATEGORIAS

Autor: Mario Carmona

Docente de la asignatura: Prof. Virginia Chávez

Barinas, Febrero 2017

Page 2: Elementos teóricos de la responsabilidad Disciplinaria y otras categorias

La Responsabilidad es un valor que está en la conciencia de la persona que estudia la Ética en base a la moral.

RESP

ONSA

BILI

DAD

Responsabilidad Civil

Responsabilidad Penal

Responsabilidad Moral

Responsabilidad Funcional

Responsabilidad Jurídica

La que compone el conjunto de responsabilidad contractual y extracontractual derivadas de la culpa o la inejecución de obligaciones.

Aquella anexa a un acto u omisión penal por la ley y realizado por persona imputable, culpable y carente de excusa absolutoria. Se traduce en la aplicación de una pena sea privativa de libertad o restrictiva de derecho.

Aquella que afecta el fuero de la conciencia: y el que se manifiesta en el individuo con la reacción normal de arrepentimiento como sanción menor y el remordimiento como sanción máxima.

Aquella derivada del desempeño de una función publica. En lo abstracto es sinónimo de responsabilidad administrativa; y en lo individual o concreto de responsabilidad civil de los funcionarios públicos.

Es la obligación o deuda moral en que incurren los magistrados o jueces que infringen la ley o incumplen las leyes en el ejercicio de sus funciones especificas. Esta responsabilidad puede ser civil o penal, según sea la intención dolosa o el carácter de la falta cometida.

Page 3: Elementos teóricos de la responsabilidad Disciplinaria y otras categorias

CULPA

Culpa grave, negligencia grave, culpa

lata

Culpa leve, negligencia

leve, descuido ligero

Culpa o descuido levísimo

Es la que consiste en no manejar los negocios ajenos con aquel cuidado que aun las personas negligentes o de poca prudencia suelen emplear en sus negocios propios.

Es la falta de aquella diligencia y cuidado que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios propios.

Es la falta de aquella esmerada diligencia que un hombre juicioso emplea en la administración de sus negocios importantes.

DOLO

Según Hernando Grisanti el Dolo es la voluntad consciente, encaminada u orientada a la perpetración de un acto que la ley revé como delito.Según Francisco Carrara el dolo es la intención más o menos perfecta de hacer un acto que se sabe contrario a la ley.Manzini define al dolo como la voluntad consciente y no coaccionada de ejecutar u omitir un hecho lesivo o peligroso para un interés legitimo de otro, del cual no se tiene la facultad de disposición conociendo o no que tal hecho esta reprimido por la ley.