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Evaluación al proceso de adquisición de bienes
inmuebles solicitados por parte de la Secretaría de
Infraestructura Física de la Alcaldía de Medellín
Diciembre 2013
AUDITORÍA INTERNA
Alcance
Examen de las solicitudes de adquisición de bienes
inmuebles identificados con los números de matrícula
inmobiliaria 001-145363, 001-385887, 001-335090, 001-
1041956, 001-196197, 001-620205 y 001-979403,
efectuadas en el año 2013 por las Secretarías de
Infraestructura Física y de Medio Ambiente, a través
de la Secretaría de Servicios Administrativos, la
Secretaría de Hacienda y de la Empresa de Desarrollo
Urbano – EDU -.
Observaciones
1. Predios vereda San José de Manzanillo del
Corregimiento Altavista.
1.1. Inconsistencias en los avalúos efectuados a estos cuatro
predios por parte de la empresa VALOR BIENES S.A.S.
MATRICULA Áreas Lote Avalúo 01 Avalúo 02Variación
01/02Avalúo 03*
Variación
02/03Diferencia
001-1041956 89.141,57 2.654.732.704,29 1.575.550.154,83 -41% 400.451.991,00 -75% 1.175.098.163,83
001-196197 2.249,34 66.798.649,98 39.188.991,19 -41% 19.135.135,00 -51% 20.053.856,19
001-620205 105.165,54 3.123.101.041,38 1.832.240.310,72 -41% 443.693.413,00 -76% 1.388.546.897,72
001-979403 124.329,23 3.700.081.143,31 2.189.746.549,92 -41% 567.573.283,00 -74% 1.622.173.266,92
9.544.713.538,96 5.636.726.006,66 -41% 1.430.853.822,00 -75% 4.205.872.184,66
* No incluye valoración o avalúo de especies arbóreas, recursos hídricos, ni obras de arte o civiles existentes como vías internas.
Este avalúo no fue validado en auditoría interna y no hace parte de informe de auditoría.
1.2. La causa de la compra y la destinación que se le pretende dar aestos predios no está enmarcada en los objetos de los convenios através de los cuales se está llevando a cabo el proceso de adquisición,ya que no se encuentra una relación directa entre los proyectosCinturón Verde y la Planta de Reciclaje de Asfaltos, con losobjetos de los contratos interadministrativos con la EDU, mediantelos cuales se requirió su compra.
No puede asimilarse el objetivo de adquirir inmuebles para larealización de obras viales nuevas, con la necesidad de adquirir uninmueble que sirva como espacio para un planta de reciclaje deasfalto.
Se evidencia que se entregan los predios a la Secretaría de MedioAmbiente, cuando el objeto de los convenios no implica sucumplimiento en favor de algún proyecto de esa dependencia.
1.3. Inconsistencias por parte de la Subdirección de Planeación Territorial yEstratégica de Ciudad de Planeación Municipal con relación a los usos delsuelo de estos cuatro predios. Inicialmente se señaló que no existíanproyectos de vías nuevas y luego, cuatro meses después, se relacionó laproyección de una vía rural secundaria.
La destinación para la cual se aprobó la adquisición de estos predios era decarácter ambiental y no para emprender proyectos viales nuevos, por lo queno procedía que tal adquisición se llevara a cabo a través de los dosconvenios referenciados.
Se valida la adquisición de los inmuebles con la solicitud del Secretaría deInfraestructura, basado en un programa de la Secretaría de Medio Ambiente,sin que se conozca autorización o aprobación de la Secretaría de Hacienda,ordenadora del gasto y/o del Supervisor de los convenios.
Predio barrio San Lucas de la Comuna El Poblado
No obstante haberse emitido un concepto por parte de PlaneaciónMunicipal indicando que este predio no cumplía las condiciones parazonas verdes recreacionales y equipamiento, y que no podía serconstruido con cualquier clase de equipamiento, la Secretaría deInfraestructura Física continuó adelantando trámites para suadquisición para la posterior construcción allí de un parque.
No se evidenció que se hubiesen llevado a cabo análisis, valoracionesy exámenes de otras alternativas de lotes diferentes a éste, ni que sehubiesen evaluado aspectos tales como la relación costo-beneficio ycaracterísticas técnicas particulares que representaran realesbeneficios para la Alcaldía con la adquisición de este lote frente otrasalternativas.
Para la compensación por aprovechamiento de árboles de laConstrucción del Puente de la 4Sur, 1886 árboles podrían serplantados en otras zonas verdes de la ciudad, preferiblementeen sitios cercanos al proyecto. El proyecto cuenta con áreas deinfluencia en El Poblado (Comuna 14) y Guayabal (Comuna 15)para efectos de la siembra de los 2829 árboles exigidos por elÁrea Metropolitana del Valle de Aburrá en la Resolución No.S.A. 954 del 4 de junio de 2010
Si bien era posible adquirir predios en El Poblado, pudiendo serel sector de San Lucas, esto no era indispensables.
3.1. Existe contradicción entre las versiones entregadas en la
respectivas entrevistas con el equipo de auditoría por parte del Líder de
Programa de la Unidad de Adquisición de Bienes Inmuebles y el ex
Secretario de Infraestructura Física con relación a quién de ellos
recomendó inicialmente la adquisición de estos predios para la Alcaldía
de Medellín para ser utilizados en compensaciones arbóreas.
3.2. El 21 de noviembre de 2013 el proceso de adquisición de estos
predios se detuvo definitivamente, dado que la Unidad de Adquisición
de Bienes Inmuebles lo archivó por cuanto la Secretaría de Medio
Ambiente conceptuó que según el análisis técnico realizado, esos
predios no se consideraban de interés para dicha Secretaría.
Predios vereda Aguas Frías del Corregimiento Altavista.
• 3.3 No se indica con exactitud a cuáles bienesinmuebles se está haciendo referencia en la situaciónde urgencia con el objeto de adquirir inmueblesdestinados como zona de conservación ambientalubicados entre los corregimientos de Altavista delmunicipio de Medellín.
Conclusiones
En la actualidad no opera en la Alcaldía de Medellín un comité municipal de
adquisición y compra de predios, que actúe como control, validador y garante del
cumplimiento de los procedimientos y requisitos establecidos al interior de la entidad,
que verifique que se surtan los trámites pertinentes ante las dependencias y entidades
respectivas y que alerte acerca de los posibles riesgos que pudieran sobrevenir como
consecuencia de incumplimientos, desviaciones y errores en la ejecución de procesos
de adquisición de predios, función que puede asumir el Comité de Orientación de la
Contratación.
El proceso de adquisición de bienes inmuebles en la Alcaldía de Medellín se lleva a
cabo sin contar con un plan estratégico que permita a mediano y largo plazo
determinar una priorización de bienes a adquirir para ejecutar los programas y
proyectos enmarcados en el plan de desarrollo.
No se evidenció una adecuada supervisión por parte de la Alcaldía de Medellín, a
través de la Secretaría de Hacienda, dependencia encargada en su momento de
suscribir y ejecutar los contratos interadministrativos 4600040593 de 2012 y
4600043336 de 2012, para la adquisición, entre otros, de los predios ubicados en la
vereda San José de Manzanillo.
Los informes de supervisión cargados en SAP no dan cuenta de aspectos
relevantes que se presentaron durante la ejecución del contrato, tales como las
inconsistencias encontradas en los valores de los avalúos de los predios
referenciados y las autorizaciones por parte de esta supervisión a la Empresa de
Desarrollo Urbano – EDU- para la adquisición de los mismos.
En la entrevista con el entonces supervisor éste manifestó desconocer
transacciones tan cuantiosas como las efectuadas por la EDU para la
adquisición de tres predios en la vereda San Jose de Manzanillo (operaciones
que alcanzaron un monto de $5.636.726.006).
El procedimiento existente en la Alcaldía de Medellín para la adquisición de bienes
inmuebles no tiene establecidos controles para impedir que se concreten riesgos de
influencia y presiones indebidas ejercidas para adquirir determinados bienes
inmuebles que, eventualmente, no obedecen a las necesidades reales de la entidad,
no cumplen con los requerimientos normativos o no satisfacen el interés general.
Algunas actividades llevadas a cabo dentro del proceso de solicitud de adquisición de
predios para las Secretarías de Infraestructura Física y de Medio Ambiente, a través
de la Unidad de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Secretaría de Servicios
Administrativos y la Subdirección de Catastro del Departamento Administrativo de
Planeación, se llevaron a cabo sin seguir los debidos formalismos, particularmente en
lo referente a solicitudes y suministro de información asociada a asuntos catastrales
de bienes inmuebles y con carencia de estudios técnicos previos que evidencien la
imperiosa necesidad de su adquisición para el desarrollo de proyectos urgentes de la
Administración.
Los controles establecidos en la Alcaldía en materia de adquisición de bienes
inmuebles están asociados a las actividades y tareas operativas llevadas a cabo por
técnicos, profesionales y líderes, sin embargo, no se tienen diseñados controles para
disminuir los riesgos asociados al exceso de discrecionalidad en la toma de
decisiones por parte de servidores del nivel directivo, en particular de los
ordenadores del gasto.
No existen mecanismos de control que eviten que se soliciten o adquieran bienes
inmuebles para la Alcaldía de Medellín con recursos asignados a una dependencia
con el propósito de emplear dichos bienes en el cumplimiento de los objetivos e
indicadores de otra, tal como sucedió en el caso de las Secretarías de Infraestructura
Física y de Medio Ambiente.
Recomendaciones
Conformar un comité técnico especializado de carácter municipal para todo lo
referente a adquisición de predios en la Alcaldía de Medellín, que establezca las
condiciones que se deben cumplir durante este proceso de adquisición, y que opere
como instancia de verificación, control y aprobación del mismo, de tal forma que se
garantice que los predios objeto de compra realmente obedezcan a necesidades
reales de la entidad, que con su compra se busca satisfacer el interés general, que
estén asociados a programas y proyectos enmarcados en el plan de desarrollo y que
se adquieren atendiendo los principio de transparencia, economía y planeación. Se
recomienda que este comité cuente con la participación de la Secretaría General a
través de la Subsecretaría de Prevención del Daño Antijurídico..
Diseñar un modelo de priorización y control que integre obras e intervenciones de
infraestructura que requieran predios, incluidos los necesarios para compensaciones
ambientales, y la identificación de tales predios y sus propietarios, con control de
cambios y autorizaciones.
Formular en todas las dependencias de la Alcaldía de Medellín un plan
estratégico que permita a mediano y largo plazo determinar una
priorización de bienes a adquirir para ejecutar los programas y
proyectos enmarcados en el plan de desarrollo.
Solicitar una auditoría interna al desempeño de los contratos
4600040593 de 2012 y 4600043336 de 2012, suscritos entre la Alcaldía
de Medellín y la EDU, a realizar por la oficina de control interno de esta
última entidad o por una firma de auditoría reconocida.