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Presentación 11 2 3

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Una reflexión inicial

i n d i s p e n s a b l e:

¿Que son los Derechos Humanos?

©® Todos los derechos reservados

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Perogruyo diría:

“Los Derechos Humanos son…

normas jurídicas”

Bilaterales,

Heterónomos,

Coercibles,

Abstractos…

Y, por lo tanto…

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Bilateralidad de las normas jurídicas:

“frente a todo obligado hay un

facultado”, ….y viceversa

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Los Derechos Humanos surgieron para limitar el poder y

los abusos de los Gobernantes sobre las personas de

los Gobernados

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Fuente: http://www.unidosporlosderechoshumanos.mx/what-are-human-rights/brief-history/magna-carta.html

Algo de historia sobre este punto…

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Por lo tanto, en los Derechos Humanos…

El obligado siempre es el gobernante, la autoridad…

…y, el facultado es, siempre: …el gobernado

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¿Hay un catálogo limitativo de

los Derechos Humanos en México?

No

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Lo que si hay es una tensión permanente entre

el Gobernante y los Gobernados…

El gobernante intentando:

desconocerlos, ignorarlos o reducirlos…

El gobernado intentando:

preservarlos, defenderlos o ampliarlos…;

en esto los Juristas y Universitarios tenemos

un gran compromiso con nuestro Pueblo…

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Ahora, al grano…

El Derecho Humano

a la Democracia

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Como ocurre con todos los temas inéditos al inicio:

mas preguntas que respuestas

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Para procurar las respuestas correctas,

es preciso recurrir, entre otros, a:

• La Constitución

• Los Conceptos Jurídicos Fundamentales

• La Lógica Jurídica

• La Doctrina Jurídica

• La Filosofía Jurídica

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Las preguntas,…

iniciales…

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1a. ¿Existe el

“Derecho Humano

a la Democracia”?

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2a. ¿En donde se encuentra reconocido el

“Derecho Humano

a la Democracia”?

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3a. ¿En que consiste el

“Derecho Humano

a la Democracia”?

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4a. ¿Que consecuencias jurídicas posee el

“Derecho Humano

a la Democracia”?

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5a. ¿como se puede hacer valer el

“Derecho Humano a la Democracia”

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Las respuestas,…

iniciales…

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1a. pregunta: ¿existe el

“Derecho Humano a la Democracia”?

1a. respuesta: si existe

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Vamos por partes…

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¿Que es la “Democracia”?, I

Nuestra Constitución Política establece lo siguiente:

1.- Gobierno del Pueblo, por el Pueblo y para el

Pueblo:

Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y

originariamente en el pueblo. Todo poder público

dimana del pueblo y se instituye para beneficio de

éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable

derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

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¿Que es la “Democracia”?, II

Nuestra Constitución Política establece lo siguiente:

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano

constituirse en una República representativa,

democrática, laica y federal, compuesta por

Estados libres y soberanos en todo lo concerniente

a su régimen interior, y por la Ciudad de México,

unidos en una federación establecida según los

principios de esta ley fundamental.

2.- República democrática:

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Reflexiones obligadas:

No puede haber “República” sin Democracia

No puede haber “representatividad” sin Democracia

No puede haber “representatividad” en contra de los intereses de los representados

No puede haber “representatividad en todo” de los representados

No puede haber “representatividad” que anule a los representados

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Artículo 3o. …

II. El criterio que orientará a esa educación se basará

en los resultados del progreso científico, luchará

contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres,

los fanatismos y los prejuicios. Además: a) Será

democrático, considerando a la democracia no

solamente como una estructura jurídica y un

régimen político, sino como un sistema de vida

fundado en el constante mejoramiento económico,

social y cultural del pueblo;

3.- Se entiende por “Democracia”:…

¿Que es la “Democracia”?, III

Nuestra Constitución Política establece lo siguiente:

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Efectivo significa:

Que tiene efecto; es real, verdadero, cierto

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2a. pregunta:

¿en donde se encuentra reconocido el

“Derecho Humano a la Democracia”

1a. respuesta: si existe2a. respuesta:

En la Constitución Politica de

los Estados Unidos Mexicanos

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Leamos:…

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Luego:…

Los derechos Humanos en México…

se “reconocen”

A.- Directamente en en Texto de la

Constitución

B.- Indirectamente, en el Texto de los

Tratados Internacionales en que sea

parte

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Continuemos leyendo:

En la Constitución…

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección

popular, teniendo las calidades que establezca la ley.

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano

constituirse en una República representativa,

democrática, laica y federal, compuesta por Estados

libres y soberanos…

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Sigamos leyendo:

En los tratados…

A.- DECLARACIÓN UNIVERSAL

DE DERECHOS HUMANOS

Artículo 21

3. La voluntad del pueblo es la base de laautoridad del poder público; esta voluntad seexpresará mediante elecciones auténticasque habrán de celebrarse periódicamente, porsufragio universal e igual y por voto secreto uotro procedimiento equivalente que garantice lalibertad del voto.

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Prosigamos:…

CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS SUSCRITA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (B-32)

Artículo 23. Derechos Políticos

1. Todos los ciudadanos deben gozar de los

siguientes derechos y oportunidades:

b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas

auténticas, realizadas por sufragio universal e

igual y por voto secreto que garantice la libre

expresión de la voluntad de los electores, y

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3a. pregunta: ¿En que consiste el

“Derecho Humano a la Democracia”

3a. respuesta:

En una Democracia Representativa,

consiste en…

votar para elegir “gobernantes”

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Luego:…

En una “Democracia Representativa”

este Derecho Humano consiste,

fundamente en votar

“Votar”, es entonces …El Derecho…

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Quedamos desde el inicio que

en los Derechos Humanos, el obligado es:…

El Gobernante

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“Pero”, si el Derecho Humano a la Democracia

es b i l a t e r a l :

¿En dónde quedan:

la obligación y el obligado?

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Y, ¿en qué consiste la

obligación Democrática esencial…

del gobernante?…

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La obligación del gobernante es muy simple:…

“Respetar el voto”

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¿Qué significa Sufragio efectivo, no reelección?:“Sufragio efectivo, no reelección” fue el lema de la campaña

de Francisco Ignacio Madero en el año de 1910, cuando se lanzó a competir por la presidencia de la República

Mexicana contra el dictador Porfirio Díaz, quien llevaba 35 años en el poder.

Fuente: https://www.significados.com/sufragio-efectivo-no-reeleccion/

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Todo lo demás es accesorio

o complementario:

• Preparar las elecciones

• Integrar los organismos electorales

• Los partidos políticos

• Juzgar los recursos e inconformidades

• El Cofipe

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“Respetar el voto”

Todo lo anterior carece de sentido

si se incumple la obligación esencial:

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Nuestra Constitución Política en su artículo 41 habla

del Derecho Humano a votar en elecciones auténticas

y periódicas, lo mismo que la Declaración Universal de

Derechos Humanos en su artículo 21, y la Convención

Americana de Derechos Humanos en su artículo 23.

Auténtico significa:

acreditado como cierto y verdadero

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Pero:…

El gobierno ignora en este Derecho Humano

su obligación de respetar el voto de las personas,

y las garantías de estas para exigir su cumplimiento

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• “Olvida” lo que disponen los artículos 3, 35, 39, 40, 103 y 107

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• “Ignora” lo que dispone el artículo 21 de la Declaración

Universal de Derechos Humanos

• “Desconoce” lo que se establece en el artículo 23 de la

Convención Americana sobre Derechos Humanos

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El truco para ignorar la obligación gubernamental

de respetar el voto es muy simple:

… se llama “Sinécdoque”

Sinécdoque: consiste en tomar la parte por el todo…

lo electoral, por la Democracia

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Porque la Democracia es una Forma de Gobierno

que implica:

Los Derechos Humanos y sus garantías

La República

Las elecciones y lo electoral

Los Partidos Políticos

Las leyes y autoridades electorales…

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Lo “electoral”, en cambio, es una parte

importante de la Democracia, pero es un

“concepto” menor, en relación con un

“Derecho Humano”

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Nuestra Constitución Política en su artículo 41,

fracción VI establece que para garantizar los

principios de constitucionalidad y legalidad de los

actos y resoluciones electorales, se establecerá

un sistema de medios de impugnación en los

términos que señalen esta Constitución y la ley.

Dicho sistema dará definitividad a las distintas

etapas de los procesos electorales y garantizará la

protección de los derechos políticos de los

ciudadanos de votar, ser votados y de

asociación, en los términos del artículo 99 de esta

Constitución.

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El Derecho a votar en elecciones

auténticas es un Derecho Humano,

y por lo tanto un Derecho Político.

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El Derecho Humano a la Democracia

implica el derecho:

a.- a votar,

b.- a que sus votos se cuenten bien, y

c.- a ejercer las garantías procesales

para defender este Derecho Político.

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La Ley General del Sistema de

Medios de Impugnación en Materia Electoral

restringe el Derecho Humano a la Democracia

y su garantía para hacerlo valer:

El Juicio de Amparo

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LIBRO TERCERO

Del juicio para la protección de los

derechos político–electorales del ciudadano

Artículo 79

1. El juicio para la protección de los derechos político-

electorales, sólo procederá cuando el ciudadano por sí

mismo y en forma individual o a través de sus

representantes legales, haga valer presuntas

violaciones a sus derechos de votar y ser votado

en las elecciones populares, de asociarse individual

y libremente para tomar parte en forma pacífica en los

asuntos políticos y de afiliarse libre e

individualmente a los partidos políticos.

Veamos…

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Pero excluye su Derecho Humano

de las personas a exigir

que su voto “se cuente bien”

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¿Que puede hacer un Ciudadano ante una violación de este porte a su

Derecho Humano a la Democracia?

Fuente: https://twitter.com/JohnMAckerman

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La respuesta es:

El Juicio de Amparo

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El Derecho Humano a la Democracia

es distinto a lo estrictamente electoral

y es jerárquicamente superior

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Sus fines son muy sencillos:

1.- Evitar que el gobernante (autoridad electoral)

vulnere o restrinja el

Derecho Humano a la Democracia

contando el voto de las personas en forma indebida

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2.- Evitar que mediante leyes secundarias

o conceptos accesorios,

se vulnere o restrinja la garantía procesal

por excelencia de los Derechos Humanos:

El Juicio de Amparo

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3.- Garantizar que las personas de los Ciudadanos,

puedan exigir que su voto en su propia casilla

se cuente efectivamente por la autoridad electoral

responsable de hacer el cómputo definitivo

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¿Que puede hacer un Ciudadano ante una violación de este porte a su

Derecho Humano a la Democracia?

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4.- Proteger el “Derecho Humano a la Democracia”

aun entre quienes no pueden, por razones

de edad o de otra índole, participar en los procesos electorales

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Queda mucho por hacer en este tema…

las tensiones entre gobernantes y gobernados aumentarán

es tarea de los Juristas perfeccionarlo y defenderlo.

En eso estamos…. en la UAM

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Muchas gracias por su atención

Preguntas en el siguiente blog:

http://edhd2017.blogspot.mx/