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Universidad Fermin Toro
Vice Rectorado Academico
Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas
Escuela de Derecho
Nucleo Portuguesa
Araure
Cuadro Explicativo
Profesor: Participante:
Emily Ramirez Vargas Luz Maria
C.I: 25124047
SAIA
El Pago
Es cuando se cancela la prestacion debidapor el sujeo pasivo. El ago
debe tener: Integridad, Identidad, Invisibilidad.
Formas de Efectuarel Pago
LUGAR: el señalado por la administracion Tributaria.
FECHA: el pago debe efectuarse en la fecha que debe presentarse
pagos a cuenta: establecidos por la Ley.
Conceptos Imputables al Pago
# Sanciones.# Intereses Moratorios.
# Tributo del Periodo Correspondiente.La Administración Tributaria podrá imputar cualquier pago a la deuda más antigua, contenida en un acto definitivamente firme, sobre la que se haya agotado el cobro extrajudicial previsto
Efectuado por los Sujetos Pasivos o un tercero.
Llevarse a cabo en un lugar
y forma que indique la Ley
Fecha Establecida
Otorgamiento
De Prorroga Las prórrogas para el pago de las
Obligaciones no vencidas podrán ser acordadas con carácter excepcional.
Presentar solicitud 15 Días antes de su vencimiento
Se otorga solo cuando la administración tributaria haya
evaluado la solicitud, la considere aprobatoria.
No causaran Intereses
La Administración Tributaria debe dar respuesta en un lapso de 10 días, de no hacerlo se considerara
que no fue aceptada la solicitud.
Facilidades de Pago:
El Ejecutivo Nacional podrá conceder, con carácter general, prórrogas y demás facilidades para el pago de obligaciones no vencidas, así como fraccionamientos y plazos para el pago de deudas atrasadas, cuando el normal cumplimiento de la
obligación tributaria se vea impedido por caso fortuito o
fuerza mayor, o en virtud de circunstancias excepcionales que afecten la economía del país.
Plazo de carácter particular
No pueden exceder de 36 meses.
Efectos del Pago
Es la extinción de la obligación y, por consiguiente, la
liberación del deudor, que tiene derecho a exigir del
acreedor (Estado) el reconocimiento de esta situación y el otorgamiento del recibo correspondiente.
Efectos del Incumplimiento de la Obligación Tributaria
Intereses Moratorios
Se cancelan por falta de pago de la Obligación tributaria; siendo el proceso de pago de intereses por mora desde el vencimiento del plazo establecido para la autoliquidación y pago del tributo hasta la extinción total de la deuda. Considerándose para ello (La Tasa activa Bancaria)
Son causados así se allá emitido un recurso que suspenda el acto administrativo.
sanción en el derecho tributario
Automaticidad de la Mora.Al día siguiente del vencimiento del plazo legal sino se a cumplido con el pago de la obligación tributaria se hará un recargo dentro de los cinco días continuos siguientes a partir de su notificación. De no cumplir con el pago de los intereses se procederá al embargue de los bienes y derechos del deudor.
Aplicable a todos los ilícitos tributarios
Con excepción a los aduaneros. Se aplicaran de forma superficial los principios de Derecho Penal. Las sanciones serán aplicadas por la Administración Tributaria salvo en los casos de restrictivas de libertad
Tipos de Sanciones aplicables¨ Multas¨ Comiso y destrucción de los efectos materiales Prisión