8
DELITOS CONTRA LA CONFIDENCIALIDAD, LA INTEGRIDAD Y LA DISPONIBILIDAD DE LOS DATOS Y SISTEMAS INFORMÁTICOS

Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

DELITOS CONTRA LA CONFIDENCIALIDAD, LA

INTEGRIDAD Y LA DISPONIBILIDAD DE LOS

DATOS Y SISTEMAS INFORMÁTICOS

Page 2: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

Artículo 2 - Acceso ilícito “Cada Parte adoptara las medidas legislativas y de otro tipo que resulten necesarias para tipificar como delito en su derecho interno el acceso deliberado e ilegítimo a la totalidad o a una parte de un sistema informático. Cualquier parte podrá exigir que el delito se cometa infringiendo medidas de seguridad, con la intención de obtener datos informáticos o con otra intención delictiva, o en relación con un sistema informático que esté conectado a otro sistema informático.”

El artículo 2 de este convenio, consigna que los Estados elaboren la normatividad necesaria para evitar que se logre tener acceso a datos informáticos privados, de lo que se desprende que el Estado deberá proteger ésta información como un bien jurídico.

Page 3: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

3. INTERCEPTACIÓN ILÍCITA

Artículo 3 - Interceptación ilícita“Cada Parte adoptará las medidas legislativas y de otro tipo que resulten necesarias para tipificar como delito en su derecho interno la interceptación deliberada e ilegítima, por medios técnicos, de datos informáticos comunicados en transmisiones no públicas efectuadas a un sistema informático, desde un sistema informático o dentro del mismo, incluidas las emisiones electromagnéticas procedentes de un sistema informático que contenga dichos datos informáticos. Cualquier Parte podrá exigir que el delito se haya cometido con intención delictiva o en relación con un sistema informático conectado a otro sistema informático”.

Page 4: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

Artículo 4 - Interferencia en los datos1. Cada Parte adoptará las medidas legislativas y de otro tipo que resulten necesarias para tipificar como delito en su derecho interno la comisión deliberada e ilegítima de actos que dañen, borren, deterioren, alteren o supriman datos informáticos.2. Cualquier Parte podrá reservarse el derecho a exigir que los actos definidos en el apartado 1 provoquen daños gravesSe debe entender que primeramente el significado de las siguientes palabras:Dañar: Maltratar o echar a perder algo.Borrar: Hacer desaparecer por cualquier medio lo representado.Deteriorar: Hacer que algo o alguien pase a un peor estado o condición.Alteren: Cambiar la esencia o forma de algo,Supriman: Hacer cesar, hacer desaparecer.

Page 5: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

INTERFERENCIA EN EL SISTEMA

Artículo 5 - Interferencia en el sistemaCada Parte adoptara las medidas legislativas y de otro tipo que resulten necesarias para tipificar como delito en su derecho interno Ia obstaculización grave, deliberada e ilegítima del funcionamiento de un sistema informática mediante la introducción, transmisión, provocación de daños, borrado, deterioro, alteración o supresión de datos informáticos.

Page 6: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

Articulo 6. Abuso de los Dispositivos1. Cada parte adoptara las medidas legislativas y de otro tipo que resulten necesarias para tipificar como delito en su derecho interno la comisión deliberada e ilegítima de los siguientes actos:a) La producción, venta obtención para su utilización importación, difusión u otra forma de puesta a disposición de:i) Un dispositivo, incluido un programa informático, diseñado o adaptado principalmente para la comisión de cualquiera de los delitos previstos de conformidad con los anteriores artículos 2 a 5.j) Una contraseña, un código de acceso o datos informáticos similares que permitan tener acceso a la totalidad o a una parte de un sistema informático,Con el fin de que sean utilizados para la comisión de cualquiera de los delitos contemplados en los artículos 2 a 5; yb) La posición de alguno de los elementos contemplados en los anteriores apartados a. i) o ii) con el fin de que sean utilizados para cometer cualquier de los delitos previstos en los artículos 2 a Cualquier parte podrá exigir en su derecho interno que se poseas un número determinado de dichos elementos para que se considere que existe responsabilidad penal.

Page 7: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

DELITOS INFORMÁTICOS:• Falsificación informática mediante la introducción, borrada o supresión de datos informáticos.• Fraude informático mediante la introducción alteración o borrador de datos informáticos, o la interferencia en sistemas informáticos.• El borrador fraudulento de datos o la corrupción de ficheros algunos ejemplos de delitos de este tipo.

Page 8: Diapositivas delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos

CONCLUSIONES• PRIMERA:El convenio de la ciberdelincuencia ha establecidos medidas que deben ser adoptadas en el derecho interno de cada Estado como medida de prevención contra el robo de información privada del Estado, pues la globalización y la tecnología han dado mucha más facilidad a los llamados hackers a poder acceder e interceptar dichos datos.

• SEGUNDA:Los delitos informáticos representan un nuevo reto para la legislación internacional, la aparición de la tecnología y la modernidad ha producido la creación de nuevas modalidades de crímenes sin precedentes, ocasionando la vulneración de la privacidad e intereses ajenos, por ello depende del esfuerzo conjunto de los Estados para la elaboración de políticas que se adecuen a las necesidades y protejan los derechos del hombre moderno.