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INTEGRANTES: CASTILLO ALTAMIRANO, GIANCARLO HUARIPATA CONDOR, KATHERINE LINARES ESCOBEDO, MARIA FERNANDA NEIRA AGUILAR, MARIA RODRIGUEZ AGUILAR, MILAGROS YARLAQUE RODRIGUEZ, ANGY DOCENTE: HENRY SAAVEDRA ALCOSER TRUJILLO-LA LIBERTAD 04 DE JUNIO DEL 2014

Los sistemas de recaudación del igv

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Los Sistemas de Recaudación del IGV

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Page 1: Los sistemas de recaudación del igv

INTEGRANTES:

• CASTILLO ALTAMIRANO, GIANCARLO

• HUARIPATA CONDOR, KATHERINE

• LINARES ESCOBEDO, MARIA FERNANDA

• NEIRA AGUILAR, MARIA

• RODRIGUEZ AGUILAR, MILAGROS

• YARLAQUE RODRIGUEZ, ANGY

DOCENTE:

HENRY SAAVEDRA ALCOSER

TRUJILLO-LA LIBERTAD

04 DE JUNIO DEL 2014

Page 2: Los sistemas de recaudación del igv

Son 3:

R.RETENCIONES R.PERCEPCIONES R.DETRACCIONES

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REGIMEN DE RETENCIONES

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REGIMEN DE RETENCIONES:

Es un sistema por el cual, los sujetos

designados por la SUNAT como Agentes

de Retención, deberán retener parte del

IGV que le es trasladado por algunos de

sus proveedores, para su posterior

entrega al Fisco, según la fecha de

vencimiento de sus obligaciones

tributarias que les corresponda.

Los proveedores podrán deducir los montos que se les hubieranretenido, contra su IGV que le corresponda pagar.

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SU OBJETIVO ES :

Intentar que el Proveedor “pague” de maneraadelantada (a través de la retención que le efectúan), elIGV que le corresponderá abonar posteriormente, para locual el mecanismo permite que pueda deducir losmontos que le hubieran retenido, contra su IGV que lecorresponda pagar.

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OPERATIVIDAD DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES

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ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL RÉGIMEN

El ámbito de aplicación del “Régimen de Retenciones del IGV aplicable a los Proveedores” está circunscrito a las siguientes operaciones gravadas con el IGV:

• La venta de bienes,

• La primera venta de bienes inmuebles,

• La prestación de servicios y

• Los contratos de construcción.

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OPERACIONES EXCLUIDAS DE LA RETENCIÓN

Realizadas con Buenos Contribuyentes

Realizadas con otros Agentes de Retención

Cuando se entreguen Documentos Autorizados

Se emitan Comprobantes sin efecto tributario

Operaciones en que no se emitan Comprobantes de Pago

Operaciones sujetas al SPOT

Realizadas por Unidades Ejecutoras del Sector Público

Realizadas con Agentes de Percepción

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EXCEPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE RETENER

• Se exceptúa de la obligación de retener cuando el pago efectuado es igual o inferior a setecientos y 00/100 nuevos soles (S/.700) y la suma del importe de la operación de los comprobantes involucrados, ajustados por las notas de contabilidad que correspondan, no supera dicho importe.

(a) Para efecto del cuadro, se entiende que se ha dado más de una operación con estas características y cuya suma supera los S/. 700 (Setecientos Nuevos Soles).

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CASO PRÁCTICO

S/. FECHA

001-011 1050 350 03-02-11 21

300 15-02-11 18

400 28-02-11 24

Total 1050 1050 63

SI

6%FACTURA IMPORTE S/.

PAGO PROCEDE RETENCION

Comentario:

Si bien cada pago parcial es inferior a S/. 700.00 nuevos soles, el monto de la factura supera el límite, por lo que correspondiendo efectuar la retención por cada pago.

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APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV

Tasa de la Retención

• El monto de laretención será el 6%del importe de laoperación.

Oportunidad de la

Retención

• La retención seefectuara en elmomento que serealice el pago, conprescindencia de lafecha en que seefectuó la operacióngravada con el IGV.

Operaciones en Moneda Extranjera

• Para las operaciones en moneda extranjera se aplicara el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la SBS en la fecha de pago.

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COMROBANTE DE RETENCIÓN

Destino del original y copias

En el original : "Cliente".

En la primera copia : "Emisor- Agente de Percepción".

En la segunda copia : "SUNAT".

La segunda copia permanecerá en poder del agente de retención, el cual deberá

mantenerla en un archivo clasificado por Cliente y ordenado cronológicamente.

El agente de retención efectuará la retención y entregará el comprobante de retención en el momento en que se realice el pago, con prescindencia de la fecha de la operación del IGV.

Page 13: Los sistemas de recaudación del igv

DECLARACIÓN Y PAGO DE LAS RETENCIONES

Declaración a cargo del Agente

PDT N° 626 – Agentes de Retención: Declarar y pagar las retenciones efectuadas a sus proveedores dentro del vencimiento según cronograma.

El Agente no podrá compensar el SFE contra el pago de las retenciones.

Se deberá presentar el PDT 626 aún cuando no se hayan efectuado retenciones.

Art. 9 de R.S. 037-2002/SUNAT

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El proveedor podrá deducir del IGV a pagar el importe de las retenciones que le han efectuado pero... Si en 3 periodos consecutivos no se agota el exceso de retenciones, se puede solicitar su devolución.

DECLARACIÓN Y PAGO DE LAS RETENCIONES

Declaración a cargo del proveedor

PDT N° 621 – IGV Renta mensual: Declarar y pagar las retenciones efectuadas a sus proveedores dentro del vencimiento según cronograma.

Si el monto de las retenciones es menor que el IGV, deberá pagar la diferencia.

Si el monto de las retenciones es mayor que el IGV por pagar, el exceso se arrastra para los meses siguientes hasta agotarlo.

El exceso no puede se compensado con otra deuda tributaria.

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DEVOLUCIÓN DE RETENCIONES

Los proveedores podrán solicitar

devolución por el saldo de retención no

aplicado (Retención del periodo +

retenciones de meses anteriores –

impuesto a pagar.)

1.Haber presentado todas las declaraciones

(PDT621) por el periodo por el que solicita la

devolución en su condición de proveedor.

2.Si el contribuyente sólo tiene la condición

de proveedor, deberá tener un saldo de retenciones no aplicadas por un plazo no

menor de 3 meses en forma consecutiva.

3.Si el contribuyente tiene la condición de proveedor

señalado en el punto anterior,y cliente a la vez, es decir si se le ha retenido el IGV por sus ventas y percibido por

sus compras

4.Solicitar la devolución del saldo acumulado no aplicado

que conste en la última declaración mediante el form. N° 4949, siempre que se haya

cumplido con los plazos señalados en los puntos

anteriores

El plazo máximo para atender la solicitud de devolución es

de 45 días hábiles de acuerdo al art. 32° del D.S.

126-94-EF

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El Agente de Retención abrirá en sucontabilidad una cuentadenominada "IGV - Retenciones porPagar". En dicha cuenta secontrolará mensualmente lasretenciones efectuadas a losProveedores y se contabilizarán lospagos efectuados a la SUNAT.

Asimismo, el Agente de Retencióndeberá llevar un "Registro delRégimen de Retenciones" en el cualcontrolará los débitos y créditos conrespecto a la cuenta por pagar porcada Proveedor.

El Proveedor abrirá una subcuentadenominada "IGV Retenido" dentrode la cuenta "Impuesto General a lasVentas". En dicha subcuenta secontrolará las retenciones que lehubieren efectuado los Agentes deRetención, así como las aplicacionesde dichas retenciones al IGV porpagar.

a) El Agente de Retención b) El proveedor

CUENTAS Y REGISTRO DE CONTROL

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COMPROBANTES DE PAGO DE OPERACIONES

COMPRENDIDAS EN EL RÉGIMEN DE RETENCIONES

Los comprobantes de pago quese emitan por operacionesgravadas con el IGV que seencuentran comprendidas enel Régimen de Retenciones nopodrán incluir operaciones nogravadas con el impuesto.

Page 18: Los sistemas de recaudación del igv

El Agente

PODRÁ Abrir una columna en el Registro de Compras, para el

control de la retenciones efectuadas así como de lasNdD y NdC.

DEBERÁ

Abrir una cuenta denominada “IGV – Retenciones porpagar” de control mensual reflejando totales.

Llevar un “Registro del Régimen de Retenciones” para elcontrol de las cuentas de cada proveedor, el cual nopodrá tener más de 10 días de atraso.

Emitir los comprobantes de retención al momento delpago.

Solicitar a la SUNAT la autorización de comprobantes deretención.

El Proveedor DEBERÁ

Abrir una subcuenta denominada “IGV – Retenido”dentro de la cuenta IGV para control de las retencionesefectuadas y la aplicación de dichos montos mes a mes.

FORMALIDADES PARA EL REGISTRO Y

CONTROL DE LAS RETENCIONES

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• Agente de Percepción: vendedor de bienes,designado por la SUNAT.

• Cliente: sujeto que adquiera bienes de un agentede percepción.

• Precio de Venta: suma que incluye el valor deventa y los tributos que graven la operación.

DEFINICIONES:

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¿QUÉ ES EL RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IGV?

• Es el régimen aplicable a lasoperaciones de venta de bienes

gravadas con IGV y a lasimportaciones, por el cual el agentede percepción, designado porSUNAT percibirá del cliente unmonto adicional por concepto

de IGV. No es aplicable a lasoperaciones de venta de bienesinafectos y/o exonerados.

Page 22: Los sistemas de recaudación del igv

¿QUIÉNES SON LOS AGENTES DE PERCEPCIÓN?

Son aquellos sujetos designados por

SUNAT mediante Resolución de

Superintendencia

Efectuaran la percepción por los pagos

que hagan a sus clientes a partir de la

fecha en que deban operar como tales.

Page 23: Los sistemas de recaudación del igv

PROCEDIMIENTO GENERAL

PDT 621

Factura por la venta

PDT 697

Agente de

percepción:Vende un bien

gravado con IGV y

cobra al cliente un

importe adicional.Pago de la operación

Comprobante de Percepción

Cliente: cuando

paga, se le percibe el

IGV que debería pagar

por la venta futura del

bien adquirido.

Cruces informáticos: Percepciones

informadas (Agente) vs. Percepciones

declaradas (Cliente)

SUNAT

Page 24: Los sistemas de recaudación del igv

¿CUÁNDO SE REALIZA LA PERCEPCIÓN?

• El Agente de Percepción realiza el cobro totalo parcial de la venta efectuada. Tratándose depagos parciales, el porcentaje de percepciónque corresponda se aplicará sobre el importede cada pago.

Page 25: Los sistemas de recaudación del igv

¿CUÁLES SON LOS BIENES QUE ESTAN

SUJETOS A PERCEPCIÓN?

Page 26: Los sistemas de recaudación del igv

REGÍMENES DE PERCEPCIÓN

Art. 5° Res. Sup. 058-2006/SUNAT 0.5%;2%

Art. 4° Res. Sup. 128-2002/SUNAT 1%

Art. 4° Res. Sup. 203-2003/SUNAT 10%;5%;3.5%

Page 27: Los sistemas de recaudación del igv

Las operaciones que se emita un comprobante de pago que otorgue derecho acrédito fiscal.

Las ventas realizadas con clientes que tengan la condición de consumidoresfinales.

Las ventas de combustible líquido derivado del petróleo y/o gas licuado depetróleo, despachado, en grifos.

En el retiro de bienes considerado como venta.

Las operaciones de venta efectuadas a través de la Bolsa de Productos de Lima.

En las ventas en las cuales opere el Sistema de Pago de Obligaciones Tributariascon el Gobierno Central (Sistema de Detracciones).

¿Cuáles son las exclusiones del régimen de percepción?

Page 28: Los sistemas de recaudación del igv

SISTEMA DE DETRACCIONES

Page 29: Los sistemas de recaudación del igv

¿ EN QUE CONSISTE?

En que el adquiriente de los bienes o

servicios sujetos al sistema, debe detraer

un porcentaje del precio de venta y

depositarlo en una cuenta especial,

habilitada por el Banco de la Nación, a

nombre del proveedor o quien le preste el

servicio.

Page 30: Los sistemas de recaudación del igv

FINALIDAD:

Tributos o multas

Anticipos y pagos en

cuenta

Intereses

Aportaciones:

essalud y ONP

Generar fondos para

el pago de deudas

tributarias:

Page 31: Los sistemas de recaudación del igv

COSTOS Y GASTOS ( ART.115°, INCISO)

DEL CÓDIGO TRIBUTARIO:

PROCEDIMIENTOS DE COBRANZACOACTIVA

APLICACIÓN DE SANCIONES NOPECUNIARIAS

MEDIDAS CAUTELARES PREVIAS.

Page 32: Los sistemas de recaudación del igv

OPERACIONES SUJETAS AL SISTEMA

Venta de bienes y

presentación e

servicios

gravados con IGV.

Retiro gravados

con el IGV.

El traslado de bienes

fuera del centro de

producción, así como

desde cualquier zona

geográfica con beneficio

tributario hacia el resto

del país, cuando no se

origine en operaciones

de venta.

Page 33: Los sistemas de recaudación del igv

Anexo 1: Bienestarcontrolados en el traslado

Anexo 2: Bienes a sercontrolados por el uso delcrédito fiscal

Anexo 3: Servicioscontrolados por el uso delcrédito fiscal

1. Venta gravada con IGV.2. Retiro considerado

venta3. Traslado no originado

en una operación de venta.

4. Venta gravada con IGV.5. Retiro considerando la venta

6. Servicio gravamen con IGV

Page 34: Los sistemas de recaudación del igv

SUJETOS OBLIGADOS A PAGAR LA DETRACCIÓN:

ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3

1. VENTA: El adquiriente. El proveedor.

2. RETIRO: el sujeto del IGV.

3. TRASLADO: el propietario de los bienes que realice el traslado.

1. VENTA: El adquiriente. El proveedor.

2. RETIRO: el sujeto del IGV.

En al prestación de servicios:

El usuario El prestador del servicio cuando reciba el íntegro del importe de la operación.

Page 35: Los sistemas de recaudación del igv

NO ESTÁN SUJETOS AL

SISTEMA LOS TRASLADOS:

Dentro de

zonas

geográficas

que gozan de

beneficios

tributarios.

Entre centro

de producción

en una

provincia.

Desde zona

primaria

hacia el

centro de

producción.

Dentro de la

zona primaria

Page 36: Los sistemas de recaudación del igv

Operaciones exceptuadas del

sistema:

ANEXO 1: ANEXO 2: ANEXO 3:

1) Importes menores oiguales a ½ UIT porunidad de transporte.

2) Operaciones de ventasgravadas con el IGV:

a. Liquidación decompra de acuerdo alregistro decomprobante de pago.

1) El importe de laoperación sea igual omenor a S/. 700.00.

2) Se emita comprobantede pago que no sepermita sustentarcrédito fiscal.

3) Emita los documentosdel artículo 4° delregistro decomprobantes depago.

4) Se emite liquidaciónde compra.

1) Operaciones sujetas al sistema por importes menores o iguales a S/. 700.00 .

2) Se emite un CP que no permita sustentar crédito fiscal.

3) El usuario del servicio tenga la condición de no domiciliado.

Page 37: Los sistemas de recaudación del igv

OBLIGADO A EFECTUAR LA MEDIDA

Sujeto de la medida

Adquirente.

Excepcionalmente el proveedor

Proveedor

Page 38: Los sistemas de recaudación del igv

OPORTUNIDAD:

Antes del traslado de los bienes, co

el pago de la compra o en el plazo

después de la anotación del CDP

en el registro.

Page 39: Los sistemas de recaudación del igv

Comprobante sustentatorio

Constancia de Depósito en

el Banco de la Nación.