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Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

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medio ambiente

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Para la prevención y control de la contaminación del

suelo, se considerarán los siguientes criterios:

I. Corresponde al estado y la sociedad prevenir la

contaminación del suelo;

II. Deben ser controlados los residuos en tanto que

constituyen la principal fuente de contaminación.

III.- Es necesario prevenir y reducir la generación de

residuos sólidos, municipales e industriales; incorporar

técnicas y procedimientos para su reusó y reciclaje.

Page 4: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

IV.- La utilización de plaguicidas, fertilizantes y sustancias

tóxicas, debe ser compatible con el equilibrio de los ecosistemas

y considerar sus efectos sobre la salud humana a fin de prevenir

los daños.

V.- En los suelos contaminados por la presencia de materiales o

residuos peligrosos, deberán llevarse a cabo las acciones

necesarias para recuperar o restablecer sus condiciones de tal

manera que puedan ser utilizados en cualquier tipo de actividad.

Page 5: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

Los criterios para prevenir y controlar la

contaminación del suelo se consideran, en los

siguientes casos:

I. La ordenación y regulación del desarrollo

urbano.

II. La operación de los sistemas de limpia y de

disposición final de residuos municipales en

rellenos sanitarios.

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III.- La generación, manejo y disposición final de residuos

sólidos, industriales y peligrosos, así como en las

autorizaciones y permisos que al efecto se otorguen.

IV. El otorgamiento de todo tipo de autorizaciones para la

fabricación, importación, utilización y en general la realización

de actividades relacionadas con plaguicidas, fertilizantes y

sustancias tóxicas.

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Los residuos que se acumulen o puedan acumularse y se

depositen o infiltren en los suelos deberán reunir las

condiciones necesarias para prevenir o evitar:

I. La contaminación del suelo.

II. Las alteraciones nocivas en el proceso biológico de los

suelos.

III.- Las alteraciones en el suelo que perjudiquen su

aprovechamiento, uso o explotación.

IV. Riesgos y problemas de salud.

Page 8: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

Queda sujeto a la autorización de los Municipios o del Distrito

Federal, conforme a sus leyes locales en la materia y a las

normas oficiales mexicanas que resulten aplicables, el

funcionamiento de los sistemas de recolección, almacenamiento,

transporte, alojamiento, reusó, tratamiento y disposición final de

residuos sólidos municipales.

La Secretaría expedirá las normas a que deberán sujetarse los

sitios, el diseño, la construcción y la operación de las

instalaciones destinadas a la disposición final de residuos.

Page 9: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

La Secretaría promoverá la celebración de acuerdos de

coordinación y asesoría con los gobiernos estatales y

municipales para:

I. La implantación y mejoramiento de sistemas de

recolección, tratamiento y disposición final de residuos

sólidos municipales.

II. La identificación de alternativas de reutilización y

disposición final de residuos sólidos municipales.

Page 10: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

Toda descarga, depósito o infiltración de sustancias o materiales

contaminantes en los suelos se sujetará a lo que disponga esta

Ley, la Ley de Aguas Nacionales, sus disposiciones reglamentarias

y las normas oficiales mexicanas que para tal efecto expida la

Secretaría.

Page 11: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

La generación, manejo y disposición final de los

residuos de lenta degradación deberá sujetarse a lo

que se establezca en las normas oficiales

mexicanas que al respecto expida la Secretaría, en

coordinación con la Secretaría de Economía.

Page 12: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

La Secretaría, en coordinación con las Secretarías de

Economía y de Salud, expedirá normas oficiales mexicanas

para la fabricación y utilización de empaques y envases

para todo tipo de productos.

Page 13: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

En ningún caso podrá autorizarse la importación de

residuos para su derrame, depósito, confinamiento,

almacenamiento, incineración o cualquier tratamiento

para su destrucción o disposición final en el territorio

nacional o en las zonas en las que la nación ejerce su

soberanía y jurisdicción.

sólo podrán otorgarse cuando exista previo

consentimiento de ésta.

Page 14: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

Los plaguicidas, fertilizantes y demás materiales peligrosos,

quedarán sujetos a las normas oficiales mexicanas como

la Secretaría y las Secretarías de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Salud y de Economía.

El Reglamento de esta Ley establecerá la regulación, que

dentro del mismo marco de coordinación deba observarse en

actividades relacionadas con dichos materiales, incluyendo la

disposición final de sus residuos, empaques y envases vacíos.

Page 15: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

Atendiendo a lo dispuesto por la presente Ley, la Ley Federal

de Sanidad Vegetal y las demás disposiciones legales y

reglamentarías aplicables, la Secretaría coordinadamente

con la Secretarías de Salud, de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Economía,

participará en la determinación de restricciones arancelarias

y no arancelarias relativas a la importación y exportación de

materiales peligrosos.

No podrán otorgarse autorizaciones para la importación de

plaguicidas, fertilizantes y demás materiales peligrosos,

cuando no esté permitido en el país en el que se hayan

elaborado o fabricado.

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La Secretaría promoverá que en la determinación de los usos del

suelo se especifiquen las zonas en las que se permita el

establecimiento de industrias, comercios o servicios considerados

riesgosos por la gravedad de los efectos que puedan generar en los

ecosistemas o en el ambiente.

I.- Las condiciones topográficas, meteorológicas, climatológicas,

geológicas y sísmicas de las zonas.

II. Su proximidad a centros de población, previendo las tendencias

de expansión del respectivo asentamiento y la creación de nuevos

asentamientos.

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III. Los impactos que tendría un posible evento extraordinario

de la industria, comercio o servicio de que se trate, como en

centros de población y sobre los recursos naturales.

IV. La compatibilidad con otras actividades de las zonas.

V. La infraestructura existente y necesaria para la atención de

emergencias ecológicas.

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La Secretaría, previa opinión de las Secretarías de Energía, de

Economía, de Salud, de Gobernación y del Trabajo y Previsión

Social, conforme al Reglamento que para tal efecto se expida,

establecerá la clasificación de las actividades que deban

considerarse altamente riesgosas en virtud de las

características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas,

inflamables o biológico-infecciosas para el equilibrio ecológico

o el ambiente.

Page 20: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

La realización de actividades industriales, comerciales o de servicios altamente riesgosas, se llevarán a cabo con apego a lo dispuesto por esta Ley, las disposiciones reglamentarias que de ella emanen y las normas oficiales mexicanas a que se refiere el artículo anterior.

Quienes realicen actividades altamente riesgosas, en los términos del Reglamento correspondiente, deberán formular y presentar a la Secretaría un estudio de riesgo ambiental, así como someter a la aprobación de dicha dependencia y de las Secretarías de Gobernación, de Energía, de Comercio y Fomento Industrial, de Salud, y del Trabajo y Previsión Social, para la prevención de accidentes.

Page 21: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

Quienes realicen actividades altamente riesgosas, en los

términos del Reglamento correspondiente, deberán contar con

un seguro de riesgo ambiental.

la Secretaría con aprobación de las Secretarías de

Gobernación, de Energía, de Economía, de Salud, y del Trabajo

y Previsión Social integrará un Sistema Nacional de Seguros de

Riesgo Ambiental.

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Cuando para garantizar la seguridad de los vecinos de una industria que lleve a cabo actividades altamente riesgosas, sea necesario establecer una zona intermedia de salvaguarda, el Gobierno Federal podrá, mediante declaratoria, establecer restricciones a los usos urbanos que pudieran ocasionar riesgos para la población. La Secretaría promoverá, ante las autoridades locales competentes, que los planes o programas de desarrollo urbano establezcan que en dichas zonas no se permitirán los usos habitacionales, comerciales u otros que pongan en riesgo a la población.

Page 23: Universidad tecnológica de tlaxcala aldo

Los Estados y el Distrito Federal regularán la realización de

actividades que no sean consideradas altamente riesgosas,

cuando éstas afecten el equilibrio de los ecosistemas o el

ambiente dentro de la circunscripción territorial.

La legislación local definirá las bases a fin de que la Federación,

los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, coordinen sus

acciones respecto de las actividades a que se refiere este

precepto.

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1.- En que articulo nos menciona lo siguiente?

Los residuos que se acumulen o puedan acumularse y se

depositen o infiltren en los suelos deberán reunir las

condiciones necesarias para prevenir o evitar:

I. La contaminación del suelo.

II. Las alteraciones nocivas en el proceso biológico de los

suelos.

Articulo 136

2.- de que nos hablo el articulo 137 bis?

Quienes realicen actividades altamente riesgosas, deberán

contar con un seguro de riesgo ambiental.