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Comandita simple o por acciones: las diferencias
http://www.colombialegalcorp.com/comandita-simple-o-por-acciones-las-diferencias/
Cuando una o más personas – naturales o jurídicas – se asocian
comprometiendo sus responsabilidades sobre acciones sociales y otro o varios socios
las comprometen de manera limitada, se denomina constitución de una comandita. A
la primera clase (los que se comprometen ilimitadamente) se les llama socios gestores
o colectivos, y a los que se comprometen limitadamente se les denomina socios
comandito.
Delimitando la participación, una comandita se puede constituir de dos formas:
sociedad comandita simple o por acciones.
Diferencias entre Comandita Simple y por Acciones
ÁREA DE INTERÉS
COMANDITA SIMPLE
COMANDITA POR ACCIONES
Capital Social Constituido por aportes sociales, de los socios comanditarios y de los colectivos en conjunto.
Constituido por aportes sociales, de los socios comanditarios y de los colectivos en conjunto bajo participación
accionaria.
Aplicación de Normas en casos No Previstos de Socios pertenecientes a la Comandita
Las normas de la sociedad colectiva, de los comanditarios y de los socios gestores y las disposiciones de responsabilidad limitada.
Las normas de la sociedad colectiva, de los comanditarios y de los socios gestores, las de las anónimas.
Aplicación de Normatividad Asimilada
Se ajustará a todo lo establecido en las sociedades anónimas.
Se ajustará a todo lo establecido en las sociedades limitadas.
Cesión de Acciones
Se realizan por escritura pública, inscribiendo la cesión en el registro mercantil, sólo por aprobación unánime de todos los socios se aprobará la cesión de las partes de interés y la cesión de cuotas de un socio.
Se realizará de acuerdo a lo expuesto en sus estatutos, por lo tanto tiene una libre aplicación.
Disolución
Se realizará al disminuir el capital social a una tercera parte o menos producto de pérdidas.
Cuando las pérdidas reduzcan el capital social en un 50% o menos.
Básicamente ambas figuras (comanditas simples o por
acciones), son sociedades civiles que requieren de la participación activa de
todos sus socios. Recordemos que una comandita simple se caracteriza por poseer
mayor radio de acción en comparación de la comandita por acciones, aunque ambas
dependan de la aprobación de todos sus socios para definir las acciones de las
mismas.
En el caso de las comanditas por acciones, deberán acatar a un mayor
número de normativas que las simples que solo actuarán según lo establecido en
sus reglamentos internos. Es importante destacar que las comanditas simples se
pueden disolver al presentarse un 50% del capital de la misma, en cambio las
accionarias sólo lo podrán hacer cuando las pérdidas mermen su capital a un tercio o
menos.
En ambos casos, el capital social de estas figuras legales estará
constituido por aportes provenientes de sus socios comanditarios o con los de
éstos y, simultáneamente, con los de los socios colectivos (en las simples será bajo la
figura de aportes sociales y en las comanditas por acciones, será a través de
instrumentos denominados acciones).
Es importante recordar que ambas figuras económicas son totalmente
legales en nuestro país y estas deben acatar todas las normativas y leyes
colombianas vigentes, a fin de garantizar a cada uno de sus socios la
transparencia en sus acciones y la seguridad de su inversión.