2

Click here to load reader

De la cuadratura del círculo: la planificación de las vacaciones

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: De la cuadratura del círculo: la planificación de las vacaciones

número 21 · EMPRESA FAMILIAR

414040

XXIV CONGRESO DE FACONAUTOACELERANDO: Los concesionarios, motores del cambio

AGENDA MIÉRCOLES 6 DE MAYO AGENDA JUEVES 7 DE MAYO

6 - 7 mayo

2015Fira de Barcelona

10.00 h.

10.30 h.

11.15 h.

11.45 h.

12.15 h.

13.15 h.

14.15 h.

15.15 h.

16.00 h.

17.15 h.

17.45 h.

18.45 h.

Bienvenida e inauguraciónD. Antonio Garamendi, Vicepresidente de CEOE y Presidente de CEPYMED. Jaume Roura, Presidente de Faconauto

Conferencia Extraordinaria de D. José María Gay de Liébana

Mesa Redonda patrocinadores principalesCómo gestionar el crecimiento: la visión de los proveedoresModera: Marta Reyero

Café

Workshops

Workshops

Cocktail

Fastworkshops

Mesa Redonda AutomociónY ¿ahora qué? Una mirada al futuro de la automoción nacionalD. Jaume Roura, Presidente de FaconautoD. Jose Luis López-Schümmer, Presidente de AnfacD. Germán López Madrid, Presidente de AniacamD. Óscar Cremer, Presidente ejecutivo de AsnefModera: D. Gerardo Pérez, Vicepresidente de Faconauto

Café

Workshops

Fastworkshops

Conferencia Extraordinaria de D. José Muñoz, Vicepresidente ejecutivo Nissan y Presidente de Nissan NorteaméricaUna visión global de la industria del automóvil

Entrega de reconocimientos

Café

Workshops

Fastworkshops

Conferencia Extraordinaria de D. Emilio DuróAutoconocimiento: para explotar nuestras fortalezas, entender cómo somos y trabajar mejor en equipo (Test e informe personalizado a cada uno de los participantes -Target Disc-)

Clausura

09.45 h.

10.25 h.

11.00 h.

11.30 h.

12.15 h.

12.45 h.

13.45 h.

EL MERCADO: VENTA Y POSVENTA, CONOCERLOS PARA DECIDIR MEJORDía 6 de mayo – 12:15 h. Sala 6Día 7 de mayo – 11:00 h. Sala 6Ponentes: D. José Armenteros, Consejero delegado de MSI y D. José Luis Gata, responsable de Asociaciones de Audatex.

CÓMO EDUCAR A LOS HIJOS CON LOS VALORES DEL ESFUERZO, EL TRABAJO Y EL ESPÍRITU EMPRENDEDORDía 6 de mayo – 12:15 h. Sala 8Ponente: D. José Manuel Zugaza, Socio Director de Unilco.

SINERGOLOGÍA: CONOCER EL LENGUAJE DE GESTOS PARA VENDER MÁSDía 6 de mayo – 12:15 h. Sala 5Ponente: D. David Gamuza, Socio Fundador de ESSIN.

YA VENDO MÁS VO QUE VN, ¿ESTO ES BUENO?Día 6 de mayo – 12:15 h. Sala 3Ponente: D. Óscar Puche, Coach y formador de TÜV SÜD Iberia.

EL CÓDIGO DE CONDUCTA: UN INSTRUMENTO EFICAZ PARA QUE LOS TRABAJADORES CUMPLAN SUS OBLIGACIONESDía 6 de mayo – 12:15 h. Sala 4Ponente: D. Ignacio Sampere, abogado de BDO Abogados y Asesores Tributarios.

¿TRABAJAR? ¿PARA QUÉ? CÓMO ENCONTRAR LA MOTIVACIÓN EN EL TRABAJODía 6 de mayo – 13:15 h. y 17:45 h. Sala 5Ponente: D. Germán González, Formador empresa-rial independiente, orador motivacional y escritor.

HERRAMIENTAS DIGITALES PARA DIFERENCIARSE Y OBTENER RESULTADOS EN VENTA Y POSVENTADía 6 de mayo – 13:15 h. y 17:45 h. Sala 3Ponente: D. Carlos Mendiola, Director de Activo Servicios de Marketing.

EL NUEVO VIAJE DEL CLIENTE: REDESCUBRA LA EXPERIENCIA DEL COMPRADOR TECNOLÓGICO Y MEJORE LOS RESULTADO DE SU CONCESIONARIODía 6 de mayo – 13:15 h. Sala 4Ponente: Dña. Irene Castelanotti, Marketing Manager Iberia & LATAM CDK Global.

¿QUÉ SE ESPERA DE UN CONCESIONARIO CUANDO SE HABLA DE LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO?: LAS CONTRADICCIONES DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓNDía 6 de mayo – 13:15 h. Sala 6Ponentes: D. Alfredo Briganty y D. Ramón Roma, Qvadrigas Abogados.

PON TU CONCESIONARIO EN EL MAPA: CÓMO USAR LOS MAPAS EN INTERNET PARA QUE TUS CLIENTES TE ENCUENTREN… ¡Y TE ELIJAN!Día 6 de mayo – 13:15 h. Sala 8Ponente: D. Ricardo Varela, Cofundador de Localistico.

VENDER RECAMBIOS AL EXTERIOR Y GANAR DINERO: OBJETIVO POSIBLEDía 6 de mayo – 17:45 h. Sala 4Ponente: D. Víctor Gamez, Socio-Director BOXES Consulting.

ARGUMENTACIÓN Y DEFENSA DEL PRECIO EN POSVENTADía 7 de mayo – 11:30 h. Sala 8Ponente: D. Pedro López Vena, Socio Consultor de Valcor Consultores.

CÓMO VENDER MÁS Y MEJOR EN TIEMPOS DIFÍCILESDía 7 de mayo – 11:00 h. Sala 5Ponente: Dña. Mónica Mendoza, Directora General de Energivity Consulting, conferenciante internacional y autora del libro Lo que NO te cuentan en los libros de

ventas.

WORKSHOPS

número 21 · EMPRESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESESA A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A FAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAFAMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMIMILILILILILILILILILILILILILILILILILILILILIARARARARARARARARARARARARARARARARARARARARARARARARARARAR

41

De la cuadratura del círculo: la plani"cación de las vacaciones

Todos tenemos en mente que se acerca, como todos los años, ese ansiado momento de las vacaciones que asociamos al periodo estival. Verano es sinónimo de vacaciones (descanso, ocio…). Tanto la bondad climática, como la convención social y el ocio estudiantil contribuyen a esa asociación entre estío, agrupación familiar, disfrute y descanso. Pero el derecho a las vacaciones, importante conquista laboral no cabe duda, no es el derecho al descanso en un periodo concreto.

El deseo del descanso durante los meses de verano

puede chocar frontalmente con las necesidades

productivas de la empresa que, en esa época puede estar

a pleno rendimiento o puede tener una punta de trabajo

importante; y no nos referimos sólo a las empresas de

hostelería o que satisfacen las necesidades de ocio de

los ciudadanos. En nuestro sector, los talleres de los

concesionarios de las zonas turísticas y costeras tienen

una punta de producción en el verano, derivada de esa

a$uencia masiva de turistas con vehículos que requieren

de casi toda la plantilla a pleno rendimiento.

A la necesidad y posibilidad de conciliar los legítimos de-

rechos de los trabajadores y las necesidades productivas

de la empresa en la determinación del periodo de disfru-

te vacacional dedicamos estas líneas:

A.- EL MARCO NORMATIVO. Existe una regulación

internacional en la materia con vocación global, lo que

da idea de la importancia de las vacaciones pagadas

en materia social, y que se contiene en los Convenios

OIT 101 y 131, y la directiva 93/104/CE. En la legislación

española, el artículo 40.2 de la Constitución Española

impone a los poderes públicos el deber de garantizar a

los trabajadores el derecho al descanso retribuido. Este

derecho se regula en el artículo 38 del Estatuto de los

Trabajadores, que aborda las estipulaciones siguientes: :

El período mínimo anual de duración: treinta días

naturales (artículo 38.1).

La &jación de la época o período de su disfrute por

acuerdo entre el empresario y el trabajador, de

conformidad con lo establecido en su caso en los

convenios colectivos sobre plani&cación anual de

las vacaciones (artículo 38.2, párrafo 1º).

La previsión, en caso de desacuerdo entre las

partes, de un procedimiento jurisdiccional sumario

y preferente para &jar la fecha de disfrute de las

vacaciones (artículo 38.2, párrafo 2º).

La publicación en cada empresa del calendario de

vacaciones, debiendo el trabajador conocer las

fechas que le corresponden dos meses antes, al

menos, del comienzo del disfrute (artículo 38).

Los preceptos normativos dedicados a la &jación del

periodo vacacional del personal en las empresas son

más bien escasos, remitiendo la ley a lo establecido

en el Convenio Colectivo y al pacto entre las partes.

AGUSTÍN SAUTO · MASARO ABOGADOS S.L.P. · www.masaro.es

número 31 · RECURSOS HUMANOS

a)

b)

c)

d)

SUMARIOSUMARIO

Page 2: De la cuadratura del círculo: la planificación de las vacaciones

4342

El acuerdo con los representantes de los

trabajadores. Tras la reforma laboral de 2012,

y según ha entendido el Tribunal Supremo en

Sentencia de 23 de mayo de 2013, la �jación en sí

de las vacaciones es materia que puede entenderse

plenamente comprendida en el artículo 82.3 del

Estatuto de los Trabajadores, en su nueva redacción

operada por las normas reguladoras de la reforma

laboral; concretamente el Real Decreto-Ley 3/2012,

de 10 de febrero, y la Ley 3/2012, de 6 de julio (en

cuanto a la posibilidad de negociar directamente

empresa y representantes de los trabajadores

atendiendo a las especí�cas circunstancias objetivas

de dicha empresa).

La empresa puede negociar con los representantes

de los trabajadores legitimados, en su caso, para

�rmar un convenio de empresa (delegados o

miembros del comité o secciones sindicales), un

acuerdo, siempre que existan razones económicas,

técnicas, organizativas o de producción, que se

aparte de la regulación que haga el Convenio de

ámbito superior en materia de �jación del periodo

de vacaciones.

Este acuerdo puede pasar, por ejemplo, por la

ampliación del periodo que se entiende como

estival, o bien, por incentivar la petición voluntaria

de vacaciones en periodos diferentes al verano

mediante el abono de primas o complementos

por día de vacaciones que se disfrute en invierno

(solución que ya existió en los Convenios Colectivos

de RENFE de los años 80 y 90, por ejemplo, y que es

la del caso que se juzga en la Sentencia que hemos

citado).

El acuerdo con los trabajadores. En el supuesto de

que no existe en la empresa representación de los

trabajadores, creemos que podría caber un acuerdo

individual con el trabajador. Hemos indicado que esa

es la preferencia legal, con respeto a los límites que

establezcan los convenios, algunos de los cuales

determinan la posibilidad de que los trabajadores

se aparten por su propia necesidad de los periodos

convencionales de disfrute. Entendemos que sería

legítimo un pacto que incentive la �jación de

vacaciones en periodos de menor producción, con

el abono de primas o premios por día de vacaciones

disfrutado en invierno.

Las otras alternativas. Existe, a nuestro juicio, otra

posibilidad de preservar el convenio, si es estricto,

en la determinación de los periodos de disfrute de

vacaciones y las necesidades de la empresa. Esta

posibilidad es la distribución irregular de la jornada,

siempre en los márgenes del convenio.

Si del estudio de producción de la empresa se

determina la necesidad de que, para hacer frente a la

necesidad de la empresa en el periodo convencional

de vacaciones se necesita un número determinado

de horas de trabajo, se trataría de distribuir la

jornada a lo largo del año, de tal manera que en el

periodo de verano se realizará una jornada diaria

en una hora u hora y media superior a la ordinaria,

o aumentando la jornada semanal, que permitiera

hacer frente a la punta de trabajo y a las vacaciones,

reduciendo la jornada en los periodo invernales de

manera que no se modi�que la jornada anual. Los

trabajadores disfrutarán, cada uno, de las mismas

vacaciones en el periodo estival para que no existan

agravios comparativos innecesarios.

Esta distribución irregular necesitaría del procedi-

miento de modi�cación sustancial de las condicio-

nes de trabajo que previene el art. 41 del ET, salvo

que el Convenio estableciera la posibilidad de distri-

buciones irregulares de jornada y no se sobrepasen

los límites de la norma pactada.

¡Felices vacaciones a todos!

Cuanto más detallado sea el

conocimiento de los periodos de

producción, mayores posibilidades

habrá de adecuación de la plantilla

a las necesidades

número 31 · RECURSOS HUMANOS

43

2.1.-

2.2.-

2.3.-

B.- LOS CONVENIOS COLECTIVOS Así pues, el primer

paso que tenemos que dar en la determinación de los

periodos vacacionales es conocer la regulación del

convenio en la materia. En nuestro sector de actividad

la regulación aparece, con independencia de algunos

convenios de empresa que habrá que tener en cuenta,

en los convenios de ámbito provincial, siendo en la

mayoría de las provinciales el Convenio del Metal, y en

otras el del Comercio-Metal.

Sobrepasa el ámbito de nuestro trabajo el análisis de

la totalidad de los convenios en vigor, bastando para

nuestro objeto establecer las pautas observadas en

ellos:

Generalmente los convenios provinciales del Metal

que regulan un sector más amplio que el de los ta-

lleres y concesionarios, incluso los de zonas turísti-

cas, no contemplan la necesidad productiva de las

empresas en verano, estableciendo los periodos de

disfrute de vacaciones en ese periodo preferente-

mente.

Muchos convenios establecen una dicotomía entre

preferencia en verano y necesidades de la empresa,

que no está resuelta y genera confusión (Ej.: “Las

vacaciones se determinarán de forma que no incidan

en los periodos de mayor actividad en la empresa

y se disfrutarán preferentemente en los meses de

junio, julio, agosto y septiembre.” Convenio Metal

de Granada).

Una minoría sí prima la necesidad productiva de la

empresa a la hora de establecer las vacaciones, aun-

que siempre previa consulta con los representantes

de los trabajadores. (Ej.: “El empresario podrá excluir

como período vacacional aquél que coincida con la

mayor actividad productiva estacional de la empre-

sa, previa consulta con los representantes legales de

los trabajadores.“ Convenio Metal de Castellón).

Otros muchos establecen la posibilidad de que

los trabajadores escojan el periodo de disfrute de

quince días, que normalmente coincidirá con el

verano, correspondiendo a la empresa la �jación del

otro periodo.

La mayoría establece la posibilidad de fraccionar

dichas vacaciones.

Algunos de ellos determina preferencias para

determinados grupos de trabajadores, en función

de su situación familiar en la mayoría de los casos.

C.- ENTONCES, ¿CÓMO ESTABLECEMOS LAS VACA-

CIONES EN LA EMPRESA? Con carácter previo hay

que responder a dos cuestiones: 1ª cuál es el marco le-

gal y convencional de las vacaciones que debe aplicarse

en la empresa y 2ª cuáles son los periodos puntas de

producción, es decir, las necesidades de la empresa. A

partir de estos datos caben diversas posibilidades.

Cuanto más detallado sea el conocimiento de los

periodos de producción de la empresa, mayores

posibilidades habrá de adecuación de la plantilla a las

necesidades.

El pacto con los trabajadores de acuerdo al

convenio. Es requisito legal y convencional que

las vacaciones se determinarán con acuerdo entre

la empresa y los trabajadores. Este acuerdo, en

principio ha de cumplir los requisitos y respetar los

límites del convenio colectivo y la norma legal. El

conocimiento de las necesidades productivas de la

empresa es fundamental, y cuanto más detallado

sea el mismo existirán mayores posibilidades de

adecuación de la plantilla y las necesidades de la

empresa a la norma convencional. Si se estima, por

el análisis de los años anteriores, un aumento de

producción en verano este tendrá no obstante unos

periodos concretos con mayor producción; por

ejemplo, si existe más trabajo en una quincena de

agosto o de julio y menor carga de trabajo en junio

o septiembre, se podrá tener en cuenta este dato

para cumplir previsiones convencionales y asignar

vacaciones a más personal en el periodo de menor

actividad.

Necesidades productivas frente a exigencias con-

vencionales. En los supuestos en que las necesida-

des productivas de la empresa colisionen con la re-

gulación convencional en materia de vacaciones, de

tal manera que el cumplimiento de estas suponga

que la plantilla no pueda atender las necesidades

productivas de la empresa, existen varias alternati-

vas que pueden considerarse.

42

número 31 · RECURSOS HUMANOS

a)

b)

c)

d)

e)

f)

1.-

2.-

SUMARIOSUMARIO