Upload
cesar-torres
View
492
Download
3
Embed Size (px)
Citation preview
EL MATR
IMONIO EN
VENEZ
UELA, SU
CELEBRACIÓN, LA
NULIDAD.
UNION ESTABLE
DE HEC
HO Y
EFECTO
S LEGALES
.
DERECHO CI V
I L F
AM I LI A
.
POR : CÉ S A R A
O G U S T O TO R R E S P
É R E Z
C . I: V
- 16 . 0
4 2 . 44 4
U N I VE R S I D
A D FE R M
I N T
O R O
N U C L E O AR AU R E
EL MATRIMONIO.Según el Papa Gregorio IX, la palabra deriva de las voces latinas matris
(madre) y munium (carga o gravamen); “trata de la unión de un hombre y una mujer que se concreta a través de determinados ritos o trámites legales. Es una institución social que se caracteriza principalmente por establecer una vínculo conyugal entre sus miembros que serán dos individuos, uno correspondiente al género masculino y el otro al femenino”.
El matrimonio solemnizado por la Iglesia Católica es el único matrimonio religioso que surte efectos jurídicos, razón por la cual los Ministros de cualquier otra denominación religiosa tienen que exigir el Acta de Matrimonio Civil como requisito previo a la celebración del religioso.
POR LO TANTO:
Llámese al mismo Matrimonio Canónico.
Elementos necesarios para la
existencia del matrimonio.
Diferencia de Sexo
Celebración Civil
De los EspososAusencia de Consanguinidad
Insecto
No puede existir la Bigamia
Publicidad del Matrimonio
BASAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL.
Articulo 77 C.R.B.V.El matrimonio art. 44 C.C.V.
Art. 41 al 140 a. C.C.V.
CAPITULO XIDe los efectos del matrimonio
Art. 137 C.C.V Domicilio Conyugal : Art. 140 y 140a C.C.V Domicilio General.
LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL (15 SEPTIEMBRE 2010)
Matrimonio y sus efectosDel Libro Primero
Titulo XIIICapítulos I, II, III,VI,VIII y IX.
Artículos, 82, 86, 87, 89, 90, 91, 92, 96, 99, 100, 100, 103, 109, 476, 477, 478, 479, 480, 481, 482, 483, 484, 486 y 501.
Del Matrimonio Art. 99 C.C.V
Autoridades Competentes
El Matrimonio se podrá celebrar ante los (as) funcionario (as)
El Alcalde o Alcaldesa, o el funcionario (a) que ellos autoricen. El Registrador (a) Civil. Los capitanes (as) de buques de bandera venezolana dentro o
fuera del territorio de la República Bolivariana de Venezuela. Formalidades del Acto y Celebración.
Matrimonio fuera del Despacho.
Siempre y cuando sea acordado.Art. 99 L.O.R.C
Personas privadas de libertad y recluidas en centros de salud.Art. 105 L.O.R.C
Personas privadas de libertad y recluidas en centros de salud.Art. 105 L.O.R.C
País extranjero.Art. 115 L.O.R.C
Disolución del Matrimonio.
Características:
Es de orden público. Es necesaria la
intervención del Juez. Art. 185 del C.C.
Nulidad Matrimonial.Es una causa de ineficacia de un matrimonio, supone la invalidación del matrimonio por la existencia de un vicio o defecto esencial en su celebración.
Clasificación de las Nulidades del Matrimonio:1. Nulidad Absoluta: Cuando la norma violada en su
celebración y que determina la ineficacia del vínculo y que ha sido consagrada por la ley con el único y exclusivo propósito de salvaguardar el orden público.
2. Nulidad Relativa: Es cuando la norma legal violada en su celebración que determina la ineficacia del vínculo y protege intereses de orden público y a la vez fue consagrado por el legislador como protección al interés particular de algunos de los contrayentes o de ambos.
Mismo sexo. Ausencia de autoridades legales.
Sin consentimiento.
Procedimiento para la Nulidad del Matrimonio
De acuerdo con el Artículo 752 del C.P.C se sustancia por los mismos trámites del juicio ordinario.
“Los juicios sobre nulidad del matrimonio se
sustanciaran y decidirán por los tramites del
procedimiento ordinario con intervención del
Ministerio Publico…”.
1. Medidas Preventivas
Art. 125 del C.C
Especialidades procesales.
Naturaleza de la sentencia.
2. Publicidad de la Sentencia
Uniones Estables de Hecho
a. ELEMENTOS:
Unidad Consentimient
o Perpetuidad Formalidad Disolubilidad
Es la unión estable de hecho, la cohabitación o vida en común. Que la pareja sea soltera, formada por divorciados o viudos entre sí o con solteros, sin que existan impedimentos dirimentes que impidan el matrimonio
b. REQUISITOS Que se dé entre un solo hombre y una
sola mujer, estabilidad o consistencia. Tratamiento recíproco de marido y
mujer Que ninguno de los concubinos esté
casado Que se trate de una unión espontánea
y libre
El demandante debe acompañar copia certificada de la declaración Judicial que declare la existencia de la comunidad concubinaria y ello es lo servirá de fundamento a los fines de intentar la partición de la misma.
Partición y Liquidación de una Comunidad Concubinaria
EFECTOS PERSONALES: El concubinato en la relación entre un hombre una mujer, es
decir debe existir la diversidad de sexo en la pareja El tiempo de duración de la unión, debe ser al menos de dos
años mínimo. La concubina no tiene derecho a usar el apellido del
concubino, es un derecho optativo que tiene la mujer casada.
EFECTOS PATRIMONIALES: Se establecen derechos sucesorales. La presunción de comunidad en el concubinato no abarca ni
comprende de igual manera. Serán bienes propios de cada conviviente o concubino lo que
le pertenecen al tiempo de iniciar la convivencia declarada por sentencia definitivamente firme.
BASAMENTO LEGAL DE LA UNIÓN ESTABLE DE HECHO EN VENEZUELA.
(Concubinato), en la Ley Orgánica de Registro Civil
Artículos Art 117 Inscripción (LORC)Art 118 Manifestación de Voluntad (LORC)Decisión Judicial (Art. 119) (LORC)Contenido del Acta. (Art. 120) (LORC)Prohibiciones (Art 121) (LORC)Disolución (Art. 121) (LORC)
GRACIAS.