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El Sistema electrónico de Contrataciones del Estado Peruano
Por : José Carlos Avendaño Saavedra Licenciado en Derecho por la PUCP Diplomado en Economía por la PUCP Especializado en Comercio Electrónico
2
Introducción
El Sistema de Contrataciones del Estado Peruano es el resultado de
varios elementos que se han ido desarrollando paulatinamente hasta
confluir en la creación de éste portal disponible a través de la Red Mundial
de la Información o “World Wide Web”.
Dichos elementos podríamos ubicarlos tanto en el ámbito nacional
como internacional y tanto en el ámbito público como privado, más
precisamente en los campos del Comercio, la Gestión Pública y el desarrollo
y mejora de nuevas y más potentes tecnologías en los campos de las
Telecomunicaciones y las Ciencias de la Información.
El propósito de ésta obra es el brindar una perspectiva unitaria y
ordenada de cuáles han sido exactamente las causas más importantes que
a juicio del autor han impulsado la creación de este nuevo sistema
electrónico de Contrataciones del Estado Peruano.
3
Capítulo I : El E-Commerce o Comercio Electrónico
A principios de los 90´s cuando Microsoft ya se apuntalaba como una
de las empresas más importantes en la elaboración de programas para
computador o software nadie se imaginaba lo que vendría después.
Pero la revolución tecnológica continuo a pasos agigantados teniendo
como el próximo hito la creación por IBM y Apple, cada uno con sus propias
versiones, de las computadoras personales de escritorio o PC´s. Éstas
máquinas, bastante grandes aún, permitieron que cada familia con cierto
dinero y ciertamente casi todas las empresas de envergadura de la época
tuvieran acceso a una nueva clase de herramienta que les permitiría realizar
cálculos numéricos de mediana complejidad como el confeccionar una
contabilidad familiar o empresarial con programas de cálculo, tener la
posibilidad de redactar cartas y documentos varios con procesadores de
textos y poder almacenar todo ello en soportes magnéticos que sustituyeron
poco a poco las enormes estanterías de libros, agendas, diarios, etc. Pero
eso no era todo, ésta clase de almacenamiento de datos permitía realizar
varias copias de un mismo documento varias veces ahorrando así tiempo y
dinero. Pero hacía falta algo más, y muy pronto ese elemento clave vendría
a la luz.
Como nos comenta Ed Krol1, “…las PC´s son algo extraordinario pero,
más extraordinario es aún el que estén conectadas entre sí, allí se
convierten en algo especial…”. Y hacia eso apuntaban varios visionarios de
la época.
Con un objetivo militar claro Estados Unidos desde los años 60´s
tenía la idea de crear una red de comunicaciones que sobreviviese a un
ataque nuclear y para ello reunió a varios científicos de diversos campos
todos ellos avocados a la misma idea trabajaron en la agencia DARPA
(Defense and Advanced Research Proyects Agency), pero un grupo de ellos
trabajaron de manera informal en la creación de una red de estilo telaraña
que pronto fue llamada ARPAnet. Poco a poco esta tecnología continúo
desarrollándose y finalmente fue abierta al público, con lo cual las grandes
empresas vieron una oportunidad de negocios en ello y tomaron la batuta
en el financiamiento de ulteriores investigaciones y subsecuentemente en la
provisión de servicios de transferencia de paquetes de datos a través de
una red en la que todas las computadoras de una empresa o institución
estaban interconectadas en todo momento. Finalmente, con la creación del
sistema de conmutación de paquetes y su protocolo TCP/IP se dispararía el
desarrollo de una red internacional de computadoras interconectadas entre
1 “The Whole Internet User´s Guide and Catalogue”, Ed Krol, Editorial O´Reilly and
Associates.Inc. , U.S.A.
4
sí dando lugar al nacimiento de lo que hoy llamamos Internet o World Wide
Web.
Pronto las empresas proveedoras de Internet o ISP´s (Internet
Service Providers) empezaron a recibir solicitudes para la creación de
soluciones de negocios adaptadas a los distintos rubros de sus clientes lo
cual unido al avance de las telecomunicaciones que hacía la transmisión de
paquetes de datos cada vez más segura y el desarrollo del Software
llevaron a una nueva forma de hacer negocios, todo trabajado sobre la la
plataforma de la Internet.
El mundo pasa hacia una Nueva Economía en la que como explica
Willy Wong2 “…el nuevo mundo de los negocios que ha evolucionado, y la
nueva comunidad que trabaja en él son personas comprometidas a nuevas
formas de trabajar, competir, vivir y desarrollarse (…) abandonan las reglas
que regían la Economía Industrial para pasar a regirse por otras nuevas en
las que se Apalancan conocimientos ya no Activos hay una mayor tolerancia
al riesgo, se pasa a una Economía de Velocidad, Autoservicio,
personalización en vez de producción en masa, y enfocada en Relaciones
en vez de Transacciones…” . Vemos entonces que las nuevas formas de
hacer negocios cambian drásticamente y con ello consecuentemente surgen
nuevas formas de Contratación.
Estas nuevas formas de hacer negocios y contratar se llamarían E-
Business y E-Commerce, pero ¿cuál es la diferencia entre ambas?. Willy
Wong3 nos explica que la E-Business “…transforma el intercambio de
productos, servicios, información y conocimientos a través del uso de
tecnología de Internet…”; mientras que el E-Commerce “…utiliza el Internet,
las comunicaciones digitales y aplicaciones para optimizar el proceso de
compra/venta dentro de un modelo de negocios dado…”.
Teniendo claros estos conceptos podemos pasar a desarrollar más
profundamente el concepto de E-Commerce y para ello consultamos a la
O.M.C.4que nos dice que esta forma de comercio se basa en “…la
producción, publicidad, venta y distribución de productos por medio de
redes de telecomunicaciones…”; a ello podemos agregar entonces que se
trata de un nuevo modelo de distribución de bienes y servicios. “Tiene
diferentes manifestaciones, tales como la compra en línea, compra por
correo mediante catálogos interactivos, home banking, banca electrónica,
negociación de acciones, subastas, servicios de consultoría, entre otros
2 Sesión “La Nueva Economía” por Willy Wong, Gerente E-Business, Arthur
Andersen – Perú. En: “Conferencias sobre Comercio Electrónico, Fundamentos y
experiencias” Pontificia Universidad Católica del Perú, 14 de Agosto del 2000. 3 Ibídem. 4 Organización Mundial de Comercio, Definiciones, 1998.
5
servicios incluyendo la distribución de servicios gubernamentales” de
acuerdo con Hugo Gallegos C.5.
Siguiendo con este desarrollo conceptual la O.M.C y el G-7
prontamente establecen que existen 3 etapas de E-Commerce y sólo
podemos hablar de Comercio Electrónico completo cuando se cumplen todas
ellas, a saber:
Buscar/Ordenar
Pagar Entregar
1.-En línea Físicamente Físicamente
2.-En línea En línea Físicamente 3.-En línea En línea En línea
Por obvios motivos las transacciones que involucran el traslado de
bienes ya sean muebles o inmuebles o la prestación de ciertos servicios
jamás llegarán a ser Comercio Electrónico completo puesto que la “entrega”
necesariamente debe ser física, pero ello no resta en modo alguno
importancia a la transacción electrónica por el gran avance que implica el
realizar contrataciones en un ambiente virtual que facilita el comercio al
permitirles a los participantes un gran ahorro en tiempo y dinero y la
simplificación de sus procesos sobre .
Y como ha ocurrido desde tiempos inmemoriales una vez que la
realidad cambia grandemente los modos de producción el ordenamiento
legal debe cambiar y adaptarse para permitir que el desarrollo continúe.
Estas modificaciones empezaron a ocurrir en todo el mundo y nuestro país
no fue la excepción. Es así que se comenzó a legislar en torno al tema y se
fueron dando varias leyes que buscaban garantizar la seguridad tanto legal
como tecnológica a los participantes de esta nueva clase de comercio
mundial. Estos cambios comenzaron con la dación de la Ley 27256 que
legisla acerca de si hay tributos aplicables a esta clase de transacciones;
luego las leyes 27267 y 27268 que legislan las transacciones electrónicas
practicables por las PYMES; les sigue la Ley 27269 que reconoce y
desarrolla el concepto de Firma Digital y determina que existe equivalencia
funcional para todo efecto legal entre esta firma electrónica y la firma
manuscrita; le sigue la Ley 27291 que modificaba los artículos 141 y 1374
del Código Civil acerca del “…acuse de recibo…” indicando que en una
contratación virtual el último e-mail recibido por el ofertante o el
adquiriente equivale a una plena manifestación de voluntad de contratar o
de no hacerlo; y, finalmente Ley 27309 que modifica el artículo 207-B del
Código Penal. Es a partir de este marco legal nuevo que las nuevas
5 Sesión 3ra, “Definiendo el Comercio Electrónico”, Hugo Gallegos C. Director
Ejecutivo del INSTITUTO PERUANO DE COMERCIO ELECTRÓNICO (IPCE); En:
“Conferencias sobre Comercio Electrónico, Fundamentos y experiencias” Pontificia
Universidad Católica del Perú, 16 de Agosto del 2000.
6
tecnologías pueden surtir sus efectos en nuestro país, y aparecen negocios
virtuales como la Tienda virtual de Supermercados Wong S.A., Internet
Banking con el servicio Wiese Virtual del Banco Wiese Sudameris y luego
ViaBcp del Banco de Crédito del Perú, portales de noticias como Peru.com,
entre otros varios.
Pronto, no tener presencia en la Internet equivale a no existir en el
mercado comercial mundial y ello va tanto para entes gubernamentales,
empresas, instituciones sin fines de lucro, firmas profesionales, centros de
investigación asi como entidades educativas de todo nivel, y el Estado
Peruano no podía quedarse sin participar de este nuevo orden máxime si es
el mayor consumidor de bienes y servicios en el país y casi todos sus
proveedores ya realizan gran parte de sus operaciones comerciales de
forma virtual.
Capítulo II : Vinculación con la Necesidad de Transparencia en la
Administración Pública
El primer gobierno de Alan García Pérez y el APRA dejaron al país en
sumido en una crisis económica terrible, con una hiperinflación nunca antes
vista en toda esta parte del continente americano, un Estado
sobredimensionado e ineficiente y un nivel de corrupción tan alto que era
imposible medirlo en cifras.6
Como una respuesta desesperada a esta catástrofe la población eligió
a un candidato independiente y con un partido improvisado a sus espaldas
llamado Alberto Fujimori Fujimori quien prometía resolver los problemas
sociales y económicos del país. Pero aunque logro reducir el inmenso
aparato estatal aprista la realidad fue otra 7Pues en la oscuridad de las
sombras un nuevo aparato de corrupción gubernamental se iría forjando y
que al final de su segundo mandato sería la indignación de todos los
ciudadanos, quienes a través de marchas de protesta a todo lo ancho del
territorio nacional derrocaron el régimen del citado gobernante. Así de a flor
de piel estaba el deseo ciudadano y la firme convicción de controlar a su
Gobierno y no viceversa.
Paralelamente ocurrían protestas similares en otras partes de
Sudamérica debido nuevamente a escándalos por la corrupción campante
en varios de los gobiernos americanos y la crisis económica resultante
debida en gran parte a estas conductas.
6 “El Diablo en Campaña” Alvaro Vargas Llosa, Ediciones El País/Aguilar, 1991. 7 “Ciudadano Fujimori: la construcción de un Político”, Luis Jochamowitz, Ediciones
Peisa,s.f., Lima, 1993.
7
Es así que cambian los Gobiernos en todo el hemisferio y los nuevos
gobernantes comprenden que debe iniciarse una reforma del Estado para
que el nuevo aparato estatal sea más eficiente, y sobretodo más
transparente y más alcance del control ciudadano.
Hitos que marcarían el nuevo derrotero del nuevo Estado son la
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo en 2002,
la creación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) y los
acuerdos celebrados en ese sentido por los Ministros de Estado en la VIII
Reunión Ministerial del ALCA celebrada en Miami, Florida en Noviembre del
2003.
Mención especial merece la Cumbre Extraordinaria de las Américas
celebrada en Monterrey, ciudad de Nuevo León, Méjico de la que surge por
acuerdo de todos los Jefes de Estado americanos presentes, la “Declaración
de Nuevo León”8, en la que entre otros temas se adopta la línea política de
reconocer y asumir que “…la corrupción y la impunidad debilitan las
instituciones públicas y privadas, erosionan la moral de los pueblos,
atentan contra el estado de derecho y distorsionan las economías y
la asignación de recursos para el desarrollo. Por ello, nos
comprometemos a intensificar nuestros esfuerzos para combatir la
corrupción y otras prácticas no éticas en los sectores público y/o
privado, fortaleciendo una cultura de transparencia y una gestión
pública más eficiente…” (el subrayado es nuestro).
Del mismo modo los presentes reconocen que “…el respeto del
estado de derecho, la defensa de los derechos humanos y las libertades
fundamentales, el progreso económico, el bienestar y la justicia social, la
transparencia y la rendición de cuentas en los asuntos públicos, la
promoción de diversas formas de participación ciudadana y la generación de
oportunidades para todos son fundamentales para promover y consolidar la
democracia representativa…” 9. Y con otro enfoque pero enfatizando sobre
el mismo tema declaran los asistentes que se comprometen a lograr una
“…. transformación cualitativa de la administración pública a través
de su modernización, simplificación, descentralización y
transparencia…”10.
Como parte de esta iniciativa los Jefes de Estado reconocen la
importancia del uso de las nuevas tecnologías de la información como
herramienta en la modernización de la Administración pública y se
comprometen a“…estimular el uso de nuevas tecnologías de información y
8 “Declaración de Nuevo León” En: O.E.A. 3ra Cumbre y 1ra Extraordinaria de Jefes
de Estado de las Américas, Monterrey, Méjico, 13 de Noviembre del 2004. 9 Ibid. loc. cit. 10 Ibidem.
8
comunicación en los procesos de gestión pública y adoptar estrategias que
permitan el desarrollo del gobierno electrónico…”11.
Capítulo III El SEACE : su funcionamiento y posición dentro de las
reformas en el marco normativo y operativo de las contrataciones
del Estado Peruano
Como vimos en los capítulos anteriores ya a finales del 2004 existían
las condiciones tecnológicas, económicas, sociales y la voluntad política
necesarias para hacer una reforma integral de las instituciones
administrativas, brazo operativo del Estado Peruano, y para que dentro de
la misma se incluyese el uso de las nuevas tecnologías de la información.
Sin embargo, de nada sirve la tecnología si sus operadores no están
calificados para usarla. Por ello el Gobierno Peruano decide legislar en la
materia y por delegación de facultades expresas por parte del Congreso de
la República se dan los siguientes Decretos Legislativos12 :
1.- D.Leg. 1023, mediante el cual se crea la Autoridad Nacional del Servicio
Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;
2.- D.Leg. 1024, mediante el cual se crea y regula el Cuerpo de Gerentes
Públicos;
3.- D.Leg. 1025, mediante el cual se aprueban Normas de Capacitación y
Rendimiento para el Sector Público.
Es a partir de este marco normativo que se comienza la capacitación de
los servidores públicos en las distintas áreas necesarias para poder seguir
desempeñándose dentro de la nueva Administración Pública.
on el mismo sentido el Estado Peruano retoma el cumplimiento de la
Convención Interamericana contra la Corrupción, y pasa a ratificarla el año
2004. reparandose normativa destinada a hacerla. Es así que se promulgan
las siguientes leyes:
Ley N° 27815 - Ley de Código de Ética de la Función Pública.
Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública y su Reglamento, Decreto Supremo 072-2003-PCM.-
Ley de Gestión de Intereses en la Administración Pública - Ley Nº
28024.- Ley N° 28056
11 Ibidem. 12 Diario “El Peruano” edición del 21 de Julio del 2006, sección Normas Legales, pp.
374437 y siguientes.
9
Ley Marco del Presupuesto Participativo.- Ley Nº 28175 - Ley Marco
del Empleo Público, del 19 de febrero de 2004
Ley N° 28267- Ley que modifica a la Ley 28050 ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27783 –
Ley de Bases de la Descentralización.- Ley Nº 27658 –
Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado.- Ley Nº
28267.- Normas Técnicas 700-01 (“Integridad y Valores Éticos”) y
700-02(“Responsabilidad”)
Ley Nº 26300 – Ley de Derechos de Control y Participación
Ciudadanos.
Este grupo de leyes dan inicio de manera seria y plausible a la
modernización de la administración pública en el Perú tratando de
llevarla a un nuevo nivel de profesionalismo, eficiencia y transparencia
en la gestión pública.
En atención a la gestión pública nos interesa resaltar la Ley 28267
que modifica a la antigua ley 28250 ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado. Esta nueva ley reformula el Registro Nacional
de Proveedores identificando al CONSUCODE como la entidad
responsable de administrarlo y mantenerlo actualizado en su página web
institucional. Pero además dictamina que los procesos de contrataciones
y adquisiciones del Estado Peruano se regirán bajo los principios
siguientes13:
1.-Moralidad
2.-Libre Competencia
3.-Eficiencia
4.-Imparcialidad
5.-Transparencia
6.-Economía
7.-Vigencia Tecnológica
8.-Trato Justo e Igualitario.
A la par de ésta evolución normativa la Presidencia del Consejo de
Ministros a través de su Secretaría de Gestión Pública y en colaboración
13 Ley 28267, Artículo 3ro, incisos 1-8, Julio del 2004
10
con el Ministerio de Economía y Finanzas y asistencia por parte del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) pone en marcha el Programa
de Modernización y Descentralización del Estado (PMED)14 y como parte
del mismo se inician las pruebas de un sistema electrónico que use la
plataforma de la Internet como medio para lograr una interacción mucho
más directa entre los distintos entes estatales y el universo de posibles
proveedores de bienes y servicios y que integre los avances ya
realizados en esta materia como el Registro Nacional de Proveedores
existente hasta ese momento.
Se contrata a varios consultores para evaluar distintos aspectos del
sistema como la Conectividad, Seguridad y Acceso a otros Sistemas
auxiliares, la Arquitectura del sistema informático a ser usado, el estudio
de factibilidad de la sistematización de la información y su actualización
en tiempo real, entre otros. Este proceso se inicia en Febrero del 2005 y
se prolongaría hasta Julio del 2006 aunque la Ley 28267 de finales del
2005 ya contemplaba su creación y uso obligatorio por todas las
entidades públicas. Seguidamente al finalizar las últimas pruebas del
programa piloto el software se declara expedito para entrar en acción
pasando a ser conocido como el actual SEACE.
Poco tiempo después mediante D.S.Nº083-2004-PCM se promulgaría
el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado (Leyes Nº26850 y 28267) y su Reglamento (D.S.Nº084-2004-
PCM). Con lo cual las contrataciones del Estado pasarán a ser llevadas a
cabo mandatoriamente a través de este sistema electrónico.
Posteriormente se publica el D.S. Nº063-2006-EF que modifica
algunos artículos del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
De esta manera queda claro que el SE@CE respondía a un objetivo
mucho mayor que el de sólo ser un sistema informático para la
contratación de bienes, servicios y obras. Era la respuesta de una nación
representada en un Estado que huía de la corrupción en la que había
estado sumido durante más de una década y que se modernizaba cada
vez más guiado por principios económicos, sociales y dentro de la
legitimidad que le daba el respeto a la ley, a la Constitución Política y a
los diversos tratados internacionales de derechos humanos y lucha
contra el subdesarrollo y la corrupción.
Ahora bien este sistema informático se confecciona para reemplazar
la forma de contratación de bienes y servicios que llevaba a cabo el
14 “Programa de Modernización y Descentralización del Estado”, programa que pone
en marcha la Presidencia del Consejo de Ministros junto con el Ministerio de
Economía y Finanzas, que en ejecución de la Resolución Ministerial Nº 007-2004-
PCM crean la Unidad Coordinadora del PMDE, responsable del avance general en el
marco del Contrato de Préstamo del B.I.D. Nº 1437/OC-PE.
11
Estado peruano hasta ese momento, y que literalmente sumergía a los
proveedores y al mismo aparato estatal en un mar de trámites y
papeleos sin fin que asfixiaban cualquier intento de dotar de
funcionalidad y eficiencia al procedimiento. Sin embargo, ello nunca tuvo
que ver con la teoría jurídica involucrada en conformación y procesos del
aparato estatal, ella se mantiene guiada y determinada por el Derecho
Administrativo, sus principios y normativa específica y que por ello
subsiste impertérrita a estos cambios.
De este modo el Estado Peruano continuará contratando con sus
diversos proveedores empleando la modalidad del Concurso Público
cuando se trate de incorporar personal especializado a sus filas; las
Licitaciones Públicas para cuando se trate de cubrir necesidades de
funcionamiento como por ejemplo el aprovisionamiento de material de
oficina, material de limpieza, entre otros; y, finalmente, continuará con
la modalidad de los Contratos de Obra cuando se trate de llevar a cabo
construcción de infraestructura. Simplemente que en adelante se
reemplazarán los habituales engorrosos papeleos por el uso de una
plataforma electrónica virtual bastante más eficiente para realizar estas
operaciones.
En cuanto al funcionamiento del sistema podemos decir que él mismo
establece una serie de prerrogativas a tener en cuenta tanto por las
instituciones estatales como por los proveedores contratantes:
1.-Las Entidades están OBLIGADAS a registrar la información de TODOS
LOS PROCESOS DE SELECCIÓN.
2.-Se reemplaza la Publicación en Diarios por la Publicación en el SEACE.
3.-Todos los actos realizados dentro de los procesos de selección se
entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el
SEACE;
Ahora bien, aun cuando las modalidades de contratación continuarán
siendo las mismas, la manera de procesarlas a través de este sistema
electrónico será distinta, requiriendo cierta reorganización al interior de
estas.
En lo que se refiere a las etapas en la contratación, explicaremos que
existen 3 bastante diferenciadas, a saber:
1. Programación y Actos Preparatorios
-Elaboración del Plan Anual de Contrataciones por parte de la Entidad
-Elaboración del Expediente de Contratación
-Designación del Comité Especial que se hará cargo de evaluar
las ofertas de los proveedores
12
-Diseño y publicación de las Bases;
2.-Proceso de Selección
-Convocatoria
-Registro de los Participantes
-Consultas
-Observaciones
-Propuestas
-Evaluación y Calificación
-Otorgamiento de la Buena Pro
3.- Ejecución Contractual
-Suscripción
-Garantías
-Adelantos
-Adicionales y Deductivos
- Ampliación de Plazo si corresponde
- Subcontratación si corresponde
- Intervención económica (Obras)
- Resolución si corresponde
- Penalidades si corresponde a algún incumplimiento
- Recepción y Conformidad con lo cual se declara Culminado el
proceso si es que no hubiesen observaciones.
Excepciones
Ciertamente existen algunas excepciones a la contratación mediante
este sistema pero se trata de casos extremos o muy peculiares:
-Entre entidades;
-Para contratar servicios públicos (tarifas únicas);
-Situaciones de emergencia o de desabastecimiento inminente;
-Secreto, Secreto Militar o de orden interno (FF.AA, PNP, Órganos del
Sistema de Inteligencia Nacional);
13
-Bienes y servicios que no admiten sustitutos;
-Servicios Personalísimos;
Fuera de estos casos se mantiene la obligatoriedad del uso del SEACE.
Capítulo IV : Conclusiones y Recomendaciones
A) Conclusiones
1.- El SE@CE no es tan sólo un sistema informático para la contratación
de bienes, servicios y obras es la pieza operativa angular de todo el
nuevo sistema de Contrataciones del Estado Peruano y junto con éste
responden a un cambio social, un cambio de valores humanos, de
perspectivas de gestión y de paradigmas políticos.
3.-Es una plataforma que esta diseñada no sólo en base a técnicas sino
que esta guíada en base Principios Institucionales de transparencia,
moralidad, economía, entre otros.
4.-Nos coloca en la Nueva Economía donde es el eficiente manejo de la
información lo que promueve y fortalece el desarrollo y contribuye a que
nuestro Estado se acerque a los niveles de eficiencia y transparencia en
la Gestión Pública que tienen los gobiernos del Primer Mundo.
5.- El diseño del sistema ha sido bastante bueno, el uso es seguro, y el
riesgo de delitos informáticos se mantiene dentro de promedios
reducidos.
6.-Asimismo podemos definir que aunque este sistema utiliza la
plataforma del Internet para cumplir sus fines, no califica como un
Comercio Electrónico completo de acuerdo al cuadro explicado en el
capítulo I de este trabajo, sino que se acerca más a lo que
mundialmente se esta conociendo como el E-Tendering que es
básicamente un Comercio Electrónico incompleto realizado sólo a nivel
de Estados.
B) Recomendaciones
1.- Se debería incrementar la exigencia a las entidades públicas de
cumplir en los plazos fijados con el suministro de los insumos que
requiere el SEACE para funcionar óptimamente, como por ejemplo la
formulación y publicación de los PACs.
2.-Mejorar el Software para que incluso se puedan hacer las
transferencias de dinero electrónicamente ya que ya existe tecnología
que permite hacerlo de manera bastante segura.