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Actualmente el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo regula los casos generales en los que una publicidad puede considerarse engañosa. Dichas normas rigen de manera general para todo el espectro comercial.
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Establecida nueva reglamentación para la publicidad ambiental
http://www.colombialegalcorp.com/el-gobierno-establece-una-nueva-reglamentacion-mas-estricta-para-la-publicidad-ambiental/#prettyPhoto
Actualmente el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo regula los casos generales en los que
una publicidad puede considerarse engañosa. Dichas normas rigen de manera general para todo el
espectro comercial.
No obstante, se estima que hay algunos ámbitos comerciales que por su complejidad exceden el
campo de lo meramente comercial. Es en estos casos en los que se considera que la regulación
general no es suficiente para evitar que los consumidores puedan ser inducidos a engaño o error.
Uno de los ámbitos que se estima que tiene que tener un marco regulatorio más específico es el
relacionado con la publicidad de aquellos productos que ofrecen algún tipo de mejora o beneficio
ambiental.
Por ello, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en colaboración con el Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, ha aprobado una normativa específica para la publicidad de
aquellos productos a los que se les atribuyan beneficios ambientales.
Ámbito de aplicación de la nueva normativa
El Decreto 1369 de 2014 (22 de julio), es el que regulará este ámbito de publicidad a partir de
su entrada en vigor.
Se aplicará a todas aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades publicitarias
en las que se aluda a las cualidades, características o atributos ambientales de los productos objeto de
esa publicidad (artículo segundo del Decreto 1369 de 2014).
El Decreto 1369 de 2014 entrará en vigor seis meses después de su publicación y conlleva
la derogación de todas las normas que sean contrarias al mismo.
Características de la nueva regulación
La publicidad de los productos publicitados en este rubro deberán cumplir con las normas
comerciales generales, pero además se les aplicarán exigencias específicas devenidas de la
legislación ambiental.
• La comprobación que permite aseverar las cualidades del producto publicitado debe provenir
de pruebas, investigaciones, estudios u otra evidencia que se base en la aplicación de procedimientos
técnicos y científicos reconocidos.
• La publicidad deberá contener una aseveración objetiva y comprobada.
• Deberá indicarse si la cualidad, la característica o atributo publicitado del producto, de su embalaje o
de una porción o componente de él, cumplen con el beneficio ambiental concreto que representa.
• Los productos publicitados deberán generar beneficios ambientales reales.
• La afirmación contenida en la publicidad del producto debe ser:
1. Completa.
2. Veraz.
3. Transparente.
4. Oportuna.
5. Verificable.
6. Actualizada.
7. Comprensible.
8. Precisa.
9. Idónea.
10. Que no omita información relevante ni induzca a error en el consumidor.
El caso de la publicidad comparativa
En muchas ocasiones, los anunciantes se sirven de la comparación con productos anteriores de la
misma marca o proveedor para exponer las mejoras de sus nuevos artículos. En otras, comparan
productos de distintas marcas que compiten entre sí para demostrar la superioridad de un producto
sobre otro.
En el caso de que se realice publicidad comparativa con un producto anterior de la misma
marca, deberánespecificarse las características ambientales del producto anterior además de las del
nuevo producto.
Si la publicidad comparativa es acerca de productos de marcas distintas, deberán especificarse
las diferentes características ambientales de todos los productos comparados.
Conclusión
La nueva normativa contemplará el desarrollo reglamentación acerca de las cualidades,
características o atributos ambientales del producto a publicitarse, de manera que será el Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible quien establecerá las definiciones y los requisitos exigibles
para anunciar un producto que genere beneficios ambientales.
Con esta nueva normativa, los dos ministerios implicados proporcionan un marco regulador
estricto y diáfano para los anunciantes que vayan a desempeñar sus actividades en el ámbito de
productos ambientales.