Upload
amalwai
View
72
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO
Autora:Amal Waizaani
C.I.:20.602.323SAIA-A
AGOSTO DE 2016
FILIACIÓN
LA FILIACIÓN• Es la relación de parentesco que existe entre padre e hijos. Es
la relación por lazos sanguíneos o bien por un acto jurídico
entre ascendientes y descendientes.
TiposBIOLÓGICA
Es la que se da en forma natural por el vínculo que hay entre el generado y el generante o dicho de otra forma entre padres e hijos.
JUDICIALEs la que deviene del reconocimiento del Derecho de la filiación biológica que supone la generación.
Filiación y Procreación
La filiación está determinada por la relación jurídica paterno filial, lo cierto es que se dan casos en los que los progenitores son los padres consanguíneos de un hijo, pero también puede existir casos donde hay una persona hija de padres desconocidos, lo que hace imposible establecer una filiación, en consecuencia no siempre son concurrentes estas situaciones o bien casos donde conociéndose los progenitores o aquellas personas que legalmente figuran como padres de un hijo y no lo sean biológicamente.
Clases
REALProviene de la
naturalezaMATRIMONIAL
Se trata del vínculo que une los padres
con los hijos concebidos durante
el matrimonioSUPUESTAProviene de
la Ley
EXTRAMATRIMONIALLa que se da con hijos que nacen fuera del matrimonio cuyo reconocimiento puede ser
voluntario o judicial.
Elementos
El matrimonio de los padresLa paternidadLa maternidadLa concepción dentro del matrimonio
Principios
Debe ser legalmente probada o de lo contrario no existe.
Sus efectos sirven como medio de su propia prueba
Sus efectos son válidos sin importar el tiempo en que fuere probada.
FILIACIÓN MATRIMONIAL
Se refieren a la necesidad jurídica de ser probada según las normas del derecho de modo que pueda tener valor jurídico.
MaternidadMadres es la quien da a luz y su vínculo con su hijo es
fácil de probar con la prueba del parto y la
prueba de identidad de quien nace con la mujer
que dio a luz
PaternidadEs un tema que
trasciende lo biológico y es el vínculo que une al
hijo con el padre.
Prueba
Es sencilla pues se demuestra con el parto y la mujer es mera prueba de ello, sin embargo, no es la única cosa que debe probarse, sino también la identidad.
Al provenir de la concepción que es un hecho biológico pero es sabido que no tiene una prueba directa, sin embargo el problema se resuelve cuando son hijos nacidos durante el matrimonio o bien dentro de los 300 días siguientes a la anulación.