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IVA A LA IMPORTACIÓN LIQUIDADO POR LA ADUANA PENDIENTE DE INGRESO (CASILLA 77) Posibilidad de aplazar la liquidación del IVA realizado por la Aduana, en el momento de presentar el modelo 303 del período en que se ha notificado la deuda. Creación de una nueva casilla activa desde el 1 de Febrero de 2015, para quienes tengan período mensual de liquidación. No sustituye al anterior sistema de liquidación de Aduana. Se mantiene una convivencia con el actual sistema de liquidación. MALABARISMOS FISCALES PARA EL MODELO 303 DE IVA En 2015, el nuevo modelo 303 de Autoliquidación del IVA nos trae algunas novedades que no debes pasar por alto. Cambios, algunos de ellos, encaminados a la lucha contra el fraude fiscal. REGULARIZACIÓN DE CUOTAS ARTÍCULO 80. CINCO.5ª L.I.V.A. (CASILLA 76) OPERACIONES EN INTERNET Supone la generación de una nueva casilla en el modelo 303 Esta casilla está habilitada para los períodos de liquidación que se inicien a partir del 01/01/2015 Si se da el caso de un impago (total/parcial) por el cuál se hubiera procedido a modificar la base imponible, el destinatario deudor que está en prorrata se convierte en deudor frente a la AEAT por la parte no deducible. INGRESO DE CUOTAS NO DEDUCIBLES EN CASO DE IMPAGOS El deudor sujeto a prorrata se convierte en deudor frente a Hacienda por las cuotas de IVA no deducibles. Aquellas operaciones relacionadas con la prestación de servicios a través de internet, en las que el destinatario sea consumidor final y no esté establecido en España, ya no se declaran en el IVA sino en un formulario especial 368 © 2015 Sage Spain sage.es blog.sage.es 900 878 902 Conoce todas las novedades de la Reforma Fiscal en: sage.es/recursos-de- negocio/novedades-legales

Infografía: Malabarismos fiscales para el modelo 303 de IVA

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Page 1: Infografía: Malabarismos fiscales para el modelo 303 de IVA

IVA A LA IMPORTACIÓN

LIQUIDADO POR LA ADUANA

PENDIENTE DE INGRESO(CASILLA 77)

Posibilidad de aplazar la liquidación del IVA realizado por la Aduana, en el momento de

presentar el modelo 303 del período en que se ha notificado la deuda.

Creación de una nueva casilla activa desde el 1 de Febrero de 2015, para quienes tengan

período mensual de liquidación.

No sustituye al anterior sistema de liquidación de Aduana. Se mantiene una convivencia con el

actual sistema de liquidación.

MALABARISMOS FISCALES PARA EL MODELO 303 DE IVAEn 2015, el nuevo modelo 303 de Autoliquidación del IVA nos trae algunas novedades que no debes pasar por

alto. Cambios, algunos de ellos, encaminados a la lucha contra el fraude fiscal.

REGULARIZACIÓN DE CUOTAS

ARTÍCULO 80.CINCO.5ª L.I.V.A.

(CASILLA 76)

OPERACIONES EN INTERNET

Supone la generación de una nueva casilla en el modelo 303

Esta casilla está habilitada para los períodos de liquidación que se inicien a partir del 01/01/2015

Si se da el caso de un impago (total/parcial) por el cuál se hubiera

procedido a modificar la base imponible, el destinatario deudor que está en

prorrata se convierte en deudor frente a la AEAT por la parte no deducible.

INGRESO DE CUOTAS NO

DEDUCIBLES EN CASO DE IMPAGOSEl deudor sujeto a prorrata se

convierte en deudor frente a Hacienda por las cuotas de IVA no

deducibles.

Aquellas operaciones relacionadas con la prestación de servicios a través de internet, en las que el

destinatario sea consumidor final y no esté establecido en España, ya

no se declaran en el IVA sino en un formulario especial 368

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