Upload
hermes-sierra
View
116
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Barquisimeto, Agosto de 2016
Prof.: Abg. Antonella Cianfaglione
Alumno:Hermes SierraC.I 24.385.468Sección SAIA A
Universidad Fermín ToroFacultad de Ciencias Jurídicas y
PolíticasEscuela de Derecho
La Filiación
La Filiación
Vínculo jurídico que une al hijo con su padre o con su madre y que consiste en la relación de parentesco establecida por la ley entre un ascendiente y su
inmediato descendiente y su inmediato descendiente, o sea, su descendiente en primer
grado
Importancia de la Filiación
La filiación constituye el origen y fuente del parentesco de consanguinidad.
De la filiación surge la patria potestad.
Es la base de los derechos y deberes de los padres con los hijos y de éstos con sus padres.
Produce derechos intestados(no expresados en testamento) sobre los bienes herenciales.
Origina incapacidades legales.
Principios de la Filiación.
La igualdad entre los hijos.
Se suprime la peyorativa clasificación de hijos de legítimos, ilegítimos y
naturales. Una vez determinada la filiación se adquiere simplemente el
estado civil de hijo de determinada persona.
La libre investigación de la paternidad y maternidad.
Todo individuo podrá investigar quien es su padre o
madre para velar por sus derechos inherentes.
El interés superior del niño.
Es principalmente velar por su desarrollo personal, dejándose en un segundo plano la parte
económica.
El Nacimiento
Es un hecho cierto, fácil de determinar con toda
precisión; pero en principio no tiene relevancia para
establecer la filiación, ni aun la certeza de ésta, respecto
del padre.
En cuanto a la madre, si se comprueba
la identidad del producto del parto con la persona que
pretende ser tenido como hijo de ésta, habrá quedado establecida la filiación
materna.
La Concepción
No obstante de ser un hecho cuyo momento es de casi
imposible determinación y de muy fácil prueba, es el único hecho capaz de servir para establecer la filiación y su
certeza.
El legislador se ha visto obligado a tomar como
prueba fundamental para fijar el carácter de filiación y de
ahí partiendo del hecho cierto del nacimiento.
Momentos de la Filiación
•Es el vínculo natural que existe entre generante y generado. Se da siempre, en todas las personas, pues todo individuo es, necesariamente, hijo de un padre y de una madre.
La Filiación biológica
•En la filiación consanguínea podemos encontrar dos tipos principales de hijos, ellos son: los hijos legítimos (nacidos dentro del matrimonio) y los hijos naturales (nacidos fuera del matrimonio)
Filiación Consanguínea
•A diferencia de la biológica, no siempre existe, ya que el derecho, para reconocer efector jurídicos al hecho natural de la procreación requiere su comprobación
Filiación jurídica
• Es el vínculo jurídico que une a un hijo con su madre. La maternidad siempre es cierta, porque siempre se sabe quién es la madre. El parto es un elemento de la identidad del hijo. La prueba del parto es muy sencilla, razón por la cual, la identidad de la madre casi nunca se discute Art. 197 CC
Filiación Materna
• El marido se tiene como padre del hijo nacido durante el matrimonio o dentro de los 300 días siguientes a su disolución, sin embargo, el marido puede desconocer al hijo probando en el juicio que le ha sido físicamente imposible tener acceso a su mujer durante el periodo de la concepción de aquel o que en ese mismo periodo vivía separado de ella.
Filiación Paterna