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Cristel Junchaya Vera- Docente
VIII SESIÓN
DELITOS CONTRA EL CUERPO Y LA SALUD
LESIONES
Cristel Junchaya Vera- Docente
DELITOS CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD
LESIONES
CAP. III, TITULO I
del Código Penal
PROTECCION A
Integridad Física y Mental
Cristel Junchaya Vera- Docente
Lesiones .........
EL TIPO PENAL PREVE SUPUESTOS ALTERNATIVOS, SOLO BASTA DE ALGUNA PARA CONFIGURAR EL DELITO
EXIGE ELEMENTO GENÉRICO: CAUSAR DAÑO GRAVE EN :
– EL CUERPO (APARENTE, EXTERNO O INTERNO)
– EN LA SALUD (EQUILIBRIO DE FUNCIONES FISIOLÓGICAS)
Cristel Junchaya Vera- Docente
LESIONES GRAVES DOLOSAS
BIEN JURIDICO PROTEGIDO
TIPO OBJETIVO
SUJETOS
COMPORTAMIENTO
MEDIOS
TIPO SUBJETIVO
CONSUMACIÓN
PARTICIPACIÓN
SANCIÓNCristel Junchaya Vera- Docente
Delito de Lesiones graves
Art. 121º del C.P.
TIPO OBJETIVO:
– Sujeto Activo : Común
– Sujeto Pasivo: Cualquier persona natural.
– Conducta Ilícita: causar daño en el cuerpo o la salud del sujeto pasivo
TIPO SUBJETIVO : Agente actúa dolosamente con conocimiento y voluntad
Cristel Junchaya Vera- Docente
Delito de Lesiones graves
SUPUESTOS PARA ESTABLECER LA GRAVEDAD DEL DAÑO:
– Lesiones que ponen en peligro inminente la vida
– Mutilación del cuerpo, miembro u órgano principal
– Lesiones que hagan impropio para su función un miembro u órgano importante.
– Lesiones que causen incapacidad para el trabajo, invalidez o anomalía psíquica permanente
– Desfiguración grave y permanente
– Cualquier otro daño grave a la integridad corporal o a la salud física o mental- 30 días a mas
– Sujeto pasivo especiales Cristel Junchaya Vera- Docente
Delito de Lesiones graves
PENALIDAD:
– Pena Privativa de la Libertad
CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE– Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas, magistrado del
Poder Judicial o del Ministerio Público, miembro del Tribunal
Constitucional o autoridad elegida por mandato popular, en ejercicio
de sus funciones
– Cuando la víctima muere (PRETERINTENCION : dolo -culpa)
– Penalidad : Pena Privativa de la Libertad
Cristel Junchaya Vera- Docente
Delito de Lesiones graves ART: 121º A
– SUJETO PASIVO: Menor de edad, de la tercera edad o persona con discapacidad.
SANCIÓN: Pena privativa de libertad
ART: 121º B- Causa lesión a consecuencia de la Violencia Familiar
SANCIÓN : Pena privativa de libertad y suspensión de la patria potestad según el literal e) del artículo 75 del Código de los Niños y Adolescentes.
Cristel Junchaya Vera- Docente