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Sección : SAIA: E Materia : Derecho Procesal Laboral Participantes : Yubely Mendoza C.I. 15.816.536 UNIVERSIDAD FERMÍN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO – ESTADO LARA Procedimientos Administrativos Derecho Laboral Barquisimeto, abril de 2015

Procedimientos administrativo laboral

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Page 1: Procedimientos administrativo laboral

Sección: SAIA: EMateria: Derecho Procesal

LaboralParticipantes:

Yubely MendozaC.I. 15.816.536

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROFACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y

POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

BARQUISIMETO – ESTADO LARA

Procedimientos AdministrativosDerecho Laboral

Barquisimeto, abril de 2015

Page 2: Procedimientos administrativo laboral

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LABORALES

Reenganche y Pago de salarios caídos. Artículo 425 LOTTT.Autorización de Despido Traslado o Desmejoras. Artículo 422 LOTTT.Reclamo. Artículo 513 LOTTT.

PRINCIPIOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 522 LOTTT

Principio de legalidad, 137 y 141 CRBVDebido Proceso y Derecho a la defensa, 49 CRBVPrincipio de proporcionalidad, 12 LOPA y 19 LCCPrincipio de Oficialidad de la Instrucción, 53 de la LOPA

FUENTES EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Artículo 5 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo

Ley Orgánica del Trabajo de los Trabadores y TrabajadorasLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo de Procedimientos Civiles Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos

Page 3: Procedimientos administrativo laboral

El trabajador amparado por fuero sindical es despedido o desmejorado o trasladado

Procedimiento de Autorización de despido Traslado o desmejoras Art. 422 LOTTT.

El patrono dirige escrito a la inspectora del trabajo con los datos del solicitante y del trabajador

30 días Hábiles

3 días Hábiles El inspector notificara al trabajador para

que comparezca al segundo día hábil siguiente y de contestación y exhortara las partes a la conciliación. La no comparecencia se entenderá como desistimiento.

3 días para promover pruebas y 5 para evacuarlas.

8 días Hábiles para articulación

De no lograrse la conciliación

Para la partes presenten conclusiones.

Terminada la etapa probatoria

2 días Hábiles

10 días

El Inspector considerando los alegatos de las partes deberá emitir su decisión. Esta decisión no tendrá apelación. Ver 239 RLOT

Procedimiento de Reclamo Art. 513 LOTTT

El trabajador o grupo de trabajadores podrán introducir reclamos sobre condiciones de trabajo por ante la Inspectoría

La inspectoría del trabajo notificara al patrono para que comparezca a una audiencia de reclamo al 2do día hábil siguiente

La audiencia de reclamo será en forma oral privada y presidida por un Funcionario del Trabajo, con la asistencia obligatoria de las partes o sus representantes

Si el patrono o su representante no asiste se presumirá la admisión de hechos alegados por el trabajador

En la audiencia el funcionario deberá mediar y conciliar posiciones, si fuere positiva se dará por concluido el reclamo. Homologando el acuerdo

Si no fuere posible la conciliación, el Patrono deberá consignar en los 5 días siguientes, escrito de contestación al reclamo.

3 días Hábiles

Page 4: Procedimientos administrativo laboral

Procedimiento de Reenganche y Pago de Salarios Caídos Art. 425 LOTTT

El trabajador deberá presentar un escrito con todos sus datos personales y de su trabajo y acompañarlo con su documentación .

El inspector examinara su denuncia y se pronunciará sobre su admisibilidad. Si se demostrare la inamovibilidad o fuero y la presunción de la relación laboral, ordenara el reenganche, con el pago correspondiente

El funcionario se trasladara acompañado con el trabajador hasta el lugar de trabajo y notificara al patrono de la orden del Inspector para que proceda con el reenganche y su restitución.

El patrono podrá presentar los alegatos y documentos pertinentes. Deberá realizarse una investigación en el lugar de trabajo para determinar la verdad. La ausencia o negativa del patrono a comparecer en el acto dará como validas las declaraciones del trabajador.

Si el patrono impiden o obstaculizan la ejecución de la orden del Funcionario, este podrá acudir a la fuerza publica. Si esto persistiere podrán ser puestos a orden del Ministerio Publico

se abrirá una articulación probatoria y se suspenderá el procedimiento de reenganche

Durante los 8 días siguientes el Inspector decidirá sobre el Reenganche o restitución.

Esta decisión será irrecurrible en sede administrativa. Art. 239 RLOT

En caso de reenganche la certificación del cumplimiento efectivo de la orden de reenganche será fundamental para la admisión de un recurso contencioso administrativo de nulidad. .

Cuando un trabajador amparado por fuero sindical o inamovibilidad laboral sea despedido, trasladado o desmejorado

30 días Ss.

8 días.

Si durante el acto no se pudiese comprobar la existencia de la relación de trabajo alegada,

3 días para promoción y 5 para evacuación de pruebas.