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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE
El software es ahora parte de la vida cotidiana; aplicaciones en el trabajo, juegos de PC en el hogar, software de uso industrial, entre otros. Asimismo en los últimos años, las aplicaciones de software se han convertido cada vez más importantes en entornos de servidor y servicios virtuales. La forma de protección más adecuada para el programa de ordenador o software fue una de las cuestiones más debatidas en el ámbito de la propiedad intelectual.
SOFTWARE
“es un conjunto de instrucciones organizadas
lógicamente (pues siguen una secuencia) y codificadas
(porque se utiliza un lenguaje de programación para su
desarrollo) y que tienen como fin resolver un problema o
situación específica del usuario”
ASPECTOS GENERALES DE LA PROTECCIÓN JURIDICA
DEL SOFTWARE Y DERECHO DE PROPIEDAD
INTELECTUAL EN EL PERÚ
En sus inicios, el software aparece dentro de la computadora. Con el paso del tiempo se empezó a comercializar las computadoras como hardware y los
programas de computadoras como software de forma separada,
despareciendo la atadura de la computadora al uso de un programa
determinado. Fue así como se desprende la necesidad de brindar tutela jurídica a los programas de
computación denominados comúnmente como SOFTWARE.
CARACTERÍSTICAS DEL SOFTWARE
El software se desarrolla, no se fabrica, no se construye pues no
es un bien tangible.No se estropea, no se malogra,
sólo se desactualiza.
La mayoría de softwares se desarrollan a medida, pues depende de los problemas o
situaciones específicas que el usuario quiere solucionar a
través de ellos.
ELEMENTOS DEL SOFTWARE
El software se desarrolla introduciendo data a través de los componentes. Estos componentes se desarrollan mediante un lenguaje de programación que tiene un vocabulario limitado, una gramática definida explícitamente y reglas bien formadas de sintaxis y semántica.
Las clases de lenguajes que se utilizan en el desarrollo del software son:• Los lenguajes
máquina• Los lenguajes de
alto nivel• Los lenguajes no
procedimentales
CLASES DE SOFTWARE
Por su procedencia
Nacionales Internacionales
Por sus aplicaciones
Software de sistemas
Software de tiempo real
Software de gestión
Software de ingeniería y
científico
Software de computadoras
personales
RELACIÓN DEL SOFTWARE CON LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual.Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado).El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización.
SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE LOS DERECHOS DE
AUTOR DE UN SOFTWARE
El Código Fuente
El código objeto
TRATAMIENTO EN ARGENTINA
La protección del software en Argentina se apoya casi
exclusivamente en la legislación sobre derecho de autor. En cuanto a
los derechos de autor en la Argentina los tribunales brindan su protección
en el ámbito del derecho penal considerado en los artículos 71 y 72
de la ley de Propiedad Intelectual número 11723, LPI.
TRATAMIENTO EN LOS ESTADOS UNIDOS
La protección en Estados Unidos es más amplia: por un lado, porque se basa también en normas
de propiedad intelectual, como el derecho de patentes y los secretos comerciales; por otro
lado, porque el desarrollo jurisprudencial es más extenso.
En lo referente a los derechos de autor en Estados Unidos, la normatividad sobre “secretos comerciales, copyright y derecho de patentes”, son empleadas comúnmente para proteger la
inversión en programas de computación.
RESUMEN SOBRE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EN LA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA
Principios Recomendaciones
desarrollar el potencial de Internet como mercado legal
de obras protegidas por derechos de autor y como vehículo de agilización de
licencias
dar énfasis a la tipificación de delitos a aquellos actos que
vayan en contra de la propiedad intelectual
uso de redes P2P
visión de calificar como actos infractores, medidas de
concientización y medidas preventivas en general con
respecto a la piratería
sobre la ley y el cumplimiento de la normatividad
sobre el flujo de la información y la libre
expresión como antítesis
En el Perú la protección jurídica del software es en base ¿a la protección de los derechos de autor (D. Leg.
822) o el derecho de patentes (D. Leg. 823)?
es en base a la protección de los derechos de autor. Considerando
que el software al no ser un producto tangible no produce cambios en el mundo físico, el Decreto Legislativo 822 ofrece
protección de los autores de obras literarias y artísticas, como
escritos y programas informáticos, bases de datos originales, obras
audiovisuales, etc.