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Carlos Ibáñez Del Campo primer gobierno Desde abril de 1927 a junio del año 1932 se suceden cuatro grandes reformas integrales. En las Jefaturas se suceden hasta ocho y diez Directores. Gobernando el presidente Ibáñez del Campo, el Ministro señor Aquiles Vergara firmó la primera reforma el 19 de abril de 1927, creando una Superintendencia de Educación y Direcciones generales, para los grandes sectores de la Didáctica: Educación Pedagógica; Secundaria; Comercial; Primaria; Agrícola; Industrial; Musical y Bellas Artes. La ley del 79 rigió plenamente por cerca de medio siglo hasta que el régimen que instauró hizo crisis cuando el Ministro de Educación de la administración Ibáñez, don Aquiles Vergara Vicuña, haciendo uso de facultades extraordinarias para reestructurar la administración pública, que una ley había conferido al Ejecutivo, declaró en sesión del Consejo Universitario de 8 de abril de 1927, por él presidida, que había resuelto dar, por medio de decretos, una nueva organización a la educación pública. Esta declaración provocó la renuncia del Rector do Claudio Malle y de los miembros del Consejo, quienes concordaba con el Gobierno sobre la necesidad de la reforma, pero no sobre el modo de llevarla a la práctica, opinando que debía hacerse por medio de una ley, a fin de que el proyecto del Ejecutivo fuese discutido debidamente en el Congreso. El Ministro mantuvo su resolución y designó rápidamente reemplazante al Rector y a los consejeros dimisionarios. El Ejecutivo, en estrecha colaboración con las nuevas autoridades, procedió a dictar, en uso de las facultades extraordinarias que le había otorgado la Ley 94.114, el D. F. L. N° 2.327, que fijaba las atribuciones del Rector, del Consejo Universitario y de las Facultades: hacía la clasificación del profesorado y fijaba normas sobre el nombramiento y remoción del personal universitario. Tres meses más tarde, el 29 de agosto de 1927, el Gobierno dictó el Decreto Orgánico de la Universidad, fundándose en una nueva ley de atribuciones extraordinarias, similar a la anterior, la Ley N° 4.156, del 4 del mismo mes. Dos años después, el 4 de noviembre de 1929, el Gobierno dictó, haciendo uso de otra ley que le concedía facultades extraordinarias, un decreto con fuerza de ley que aprobaba el Estatuto Orgánico de la Universidad. "Estos documentos sirven de antecedentes al D. F. L. N° 280, de 20 de mayo de 1931, actualmente en vigor, el cual fue dictado también en virtud de una Ley de Facultades Extraordinarias. El D. F. L. N° 2.327 y los Estatutos de 29 de agosto del mismo año y de 4 de noviembre de 1929, no difieren en lo esencial, principalmente el último, del D. F. L. N° 280, de 20 de mayo de 1931. Estos cuatro decretos con fuerza de le aparecen animados de un mismo espíritu: acentuar la autonomía de la Universidad haciendo de ella una persona jurídica di tinta del Estado y facilitándole los medios para que constituyese su patrimonio. Son tres

Carlos ibáñez del campo primer gobierno

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Page 1: Carlos ibáñez del campo primer gobierno

Carlos Ibáñez Del Campo primer gobierno

Desde abril de 1927 a junio del año 1932 se suceden cuatro grandes

reformas integrales. En las Jefaturas se suceden hasta ocho y diez

Directores.

Gobernando el presidente Ibáñez del Campo, el Ministro

señor Aquiles Vergara firmó la primera reforma el 19 de abril de 1927,

creando una Superintendencia de Educación y Direcciones generales, para

los grandes sectores de la Didáctica: Educación Pedagógica; Secundaria;

Comercial; Primaria; Agrícola; Industrial; Musical y Bellas Artes.

La ley del 79 rigió plenamente por cerca de medio siglo hasta que

el régimen que instauró hizo crisis cuando el Ministro de Educación de la

administración Ibáñez, don Aquiles Vergara Vicuña, haciendo uso de

facultades extraordinarias para reestructurar la administración pública,

que una ley había conferido al Ejecutivo, declaró en sesión del Consejo

Universitario de 8 de abril de 1927, por él presidida, que había resuelto

dar, por medio de decretos, una nueva organización a la educación

pública. Esta declaración provocó la renuncia del Rector do Claudio

Malle y de los miembros del Consejo, quienes concordaba con el Gobierno

sobre la necesidad de la reforma, pero no sobre el modo de llevarla a la

práctica, opinando que debía hacerse por medio de una ley, a fin de que

el proyecto del Ejecutivo fuese discutido debidamente en el Congreso.

El Ministro mantuvo su resolución y designó rápidamente

reemplazante al Rector y a los consejeros dimisionarios. El Ejecutivo, en

estrecha colaboración con las nuevas autoridades, procedió a dictar, en

uso de las facultades extraordinarias que le había otorgado la Ley

94.114, el D. F. L. N° 2.327, que fijaba las atribuciones del Rector, del

Consejo Universitario y de las Facultades: hacía la clasificación del

profesorado y fijaba normas sobre el nombramiento y remoción del personal

universitario. Tres meses más tarde, el 29 de agosto de 1927, el Gobierno

dictó el Decreto Orgánico de la Universidad, fundándose en una nueva ley

de atribuciones extraordinarias, similar a la anterior, la Ley N° 4.156,

del 4 del mismo mes. Dos años después, el 4 de noviembre de 1929, el

Gobierno dictó, haciendo uso de otra ley que le concedía facultades

extraordinarias, un decreto con fuerza de ley que aprobaba el Estatuto

Orgánico de la Universidad.

"Estos documentos sirven de antecedentes al D. F. L. N° 280, de 20

de mayo de 1931, actualmente en vigor, el cual fue dictado también en

virtud de una Ley de Facultades Extraordinarias. El D. F. L. N° 2.327 y

los Estatutos de 29 de agosto del mismo año y de 4 de noviembre de 1929,

no difieren en lo esencial, principalmente el último, del D. F. L. N°

280, de 20 de mayo de 1931. Estos cuatro decretos con fuerza de le

aparecen animados de un mismo espíritu: acentuar la autonomía de la

Universidad haciendo de ella una persona jurídica di tinta del Estado y

facilitándole los medios para que constituyese su patrimonio. Son tres

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versiones sucesivas de un mismo plan, expuesto cada vez en forma más

lógica y completa y dejando a un lado, en las diversas etapas que se

suceden a la primera, ideas o puntos de vista que se estimaron ineficaces

para la realización de la idea principal. Es innecesario analizar

detenidamente, por este motivo, los tres primeros de efímera duración -

dice el señor Marshall-; bastará con que  expongamos las principales

disposiciones del Estatuto en vigor. Conviene recordar, sin embargo, que

ya el D. F. L. N° 2.327, de 19 de mayo de 1927, priva a la Universidad de

la; tuición sobre la Enseñanza Secundaria que le había dado la ley de

1842 y le había mantenido la ley de 1879.

Dos puntos nos parecen de interés señalar en este período

reformista, con respecto a la organización definitiva de la Universidad.

El primero se refiere a la vida histórica de las Facultades clásicas.

La ley del 79 respetó las cinco Facultades en que organizó la Universidad

la ley de 1842, aún cuando cambiándoles la precedencia y la designación.

Un D. F. L. N° 2.615, de 31 ele mayo de 1927, que "Designa lo profesores

que integrarán las nuevas Facultades universitarias", que tuvo corta

vigencia, señala las siguientes: a) Ciencias Matemáticas y Ciencias

Naturales; b) De Ingeniería y Arquitectura; c) La de Ciencias Médicas; d)

La de Ciencias Sociales, Filosofía y Letras; e) La de Ciencia Jurídicas.

En su artículo 6° disponía "Los actuales miembros de la antigua

Facultad de Teología pasarán a formar parte, con el carácter ele

académicos, de la Facultad de Ciencias Sociales, Filosofía y Letras, pero

no serán reemplazados cuando por cualquier motivo dejen de pertenecer a

dicha Facultad".

El D. F. L. de 29 de agosto de 1927, sobre organización de la

Universidad, señaló en su artículo 4° las siguientes Facultades: a) De

Ciencias Matemáticas y Naturales; b) De Ingeniería y Arquitectura; c) De

Ciencias Médicas; d) De Ciencias Jurídicas y Sociales y e) De

Humanidades, Filosofía y Letras.

No modificó la disposición del D. F. L. de 31 de mayo de 1927, por

el cual se disponía en el hecho la muerte de la antigua Facultad de

Teología, y cuyo artículo 6 viene a ser como el certificado de defunción

de la misma.

La segunda observación se refiere al hecho que los decretos

orgánicos de 1927 no contienen disposiciones relativas a la enseñanza

universitaria privada, aunque a la fecha de la dictación de esos decretos

existían ya dos universidades particulares que impartían una enseñanza

similar a la que proporciona el Estado.

Page 3: Carlos ibáñez del campo primer gobierno

Juan Antonio Ríos.

En 1945, con el propósito de superar ciertas limitaciones del liceo

tradicional, se pone en marcha un plan de renovación gradual en la

enseñanza  secundaria, que posteriormente dio origen a los liceos

experimentales que funcionaron hasta fines de la década del sesenta.

         Se crean las siguientes Facultades: Facultad de Odontología,

creada por decreto N° 66, de 6 de enero de 1945, del Ministerio de

Educación; Facultad de Química y Farmacia; creada por decreto N° 5.819,

de 9 de julio de 1945, del Ministerio de Educación; Arquitectura, creada

por decreto N° 236, de 26 de enero de 1944 del Ministerio de Educación.

El Estatuto Orgánico de los funcionarios de la administración civil del

Estado, de 24 de septiembre de 1945, Ley N9 8.282, que declaró que "el

empleo para cuyo desempeño se requiere título profesional o

universitario, sólo puede desempeñar e por quien posea dicho título

expedido por alguna Universidad reconocida por el Estado o por autoridad

competente".

Pedro Aguirre cerda.En concordancia con su lema de campaña “gobernar es educar”, otro eje

fundamental de su administración fue la expansión de la instrucción

primaria, con la construcción de más de 500 escuelas y casi sextuplicando

el número de alumnos matriculados. Además creo más de 3.000 plazas de maestros, se fundaron numerosas escuelas técnico-industriales, creó la facultad de economía y de comercio.

Su pensamiento era que entregándole educación al pueblo este sería más productivo.

Gabriel González Videla.

El Presidente, en materia de educación expuso los resultados de la campaña de alfabetización a cargo del Cuerpo Cívico, en los siguientes términos: "como resultado de las iniciativas de propaganda de la campaña de alfabetización y educación de adultos, el Ejército tomó la resolución de incorporar en el presente año a 5.000 conscriptos analfabetos. Estos conscriptos serán alfabetizados en los mismos cuarteles por Oficiales Suboficiales, quienes emplearán obra, material didáctico proporcionando la Dirección General de Educación Primaria. El personal alfabetizador del Ejército, recibió instrucción pedagógica en un Curso breve de alfabetización y educación de adultos, que se desarrolló en la Escuela Militar y al cual asistieron 87 oficiales".

Page 4: Carlos ibáñez del campo primer gobierno

Refiriéndose a la enseñanza manual, decía el mandatario que en 1951 la

enseñanza primaria contó con 115 profesores especiales, que atendieron

435 escuelas, donde impartieron enseñanza manual a 203.544 alumnos.

La asistencia media en 1952 era de 504.297 alumnos. En 1957, de

681.820. En cinco años hubo un aumento de 177.523 alumnos.

El mensaje presidencial de 1960, dirigido al Congreso Nacional al

inaugurarse el período ordinario de sesiones, el 21 de mayo último, da

los siguientes datos: "En materia de educación primaria, el Gobierno se

ha inspirado en el propósito fundamental de ampliar sus servicios a fin

de aliviar, a lo menos en parte, el agudo problema del analfabetismo. Es

así como se crearon 1.814 nuevas plazas de maestros, cuya lógica

consecuencia ha sido el aumento de matrículas en más de 45.000 nuevos

alumnos en relación al año anterior. Por otra parte, en 1959 egresaron de

las escuelas normales 1.285 nuevos maestros, que vendrán a incrementar la

dotación de profesores para los diversos centros de primera enseñanza".

"En síntesis, en el pasado año se ha impartido enseñanza primaria a

más de un millón de alumnos. De ellos, 722.322 la recibieron en los 5.856

establecimientos fiscales de este género y 307.042 en 2. 75 centros de

enseñanza primaria particular". (La población del país en 1959 era de

7.465.117 habitantes).

En 1951 recibieron su licencia de normalistas 708 alumnos. En el

curso de la Universidad de Concepción se licenciaron 24 alumnos.

Existen 15 escuelas.

En su mensaje presidencial de 1952, último de su Gobierno, el

Presidente González Videla daba cuenta del desarrollo de la enseñanza

profesional, señalando que en el año 1951, los 97 establecimientos del

Servicio tuvieron, en matrícula y asistencia, el siguiente

movimiento estadístico:

Matrícula

Asistencia Media

Escuela de Ingenieros Industriales

Pedagógico Técnico.

471 420

Escuelas Industriales de Minas e

Industriales de Primera de Primer

Grado.

5.048 4.698

Escuelas Industriales de Minas e

Industriales de Primera de Segundo

Grado.

1.290 1.210

Escuelas Industriales de Segunda

Clase.

4.234 3.833

Institutos Comerciales. 13.255 11.906

Escuelas Técnicas Femeninas. 7.248 6.010

31.599 28.149

Page 5: Carlos ibáñez del campo primer gobierno

Carlos Ibáñez del campo segundo gobierno.

La educación se hizo obligatoria para los niños y jóvenes entre siete y 15 años y se dictó la ley de autonomía universitaria, que garantizaba la independencia académica y administrativa de la Universidad de Chile.