Upload
henry-rios
View
7.309
Download
2
Embed Size (px)
DESCRIPTION
Delitos de transito
Citation preview
DELITOS DE TRÁNSITO
INFRACCIONES DE
TRÁNSITO
Art.106. infracciones de tránsito las acciones u omisiones que, pudiendo y debiendo ser previstas pero no queridas por el causante, se verifican por:
NEGLIGENCIA
IMPRUDENCIA
IMPERICIA
INOBSERVANCIA DE LA LEY
Art. 107.- Las infracciones de tránsito se dividen en delitos y contravenciones.
DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE LAS INFRACCIONES
Art. 119 Sin perjuicio de las contempladas en el Código Penal, para efectos de esta Ley, las circunstancias de las infracciones de tránsito son: atenuantes y agravantes.
Art.126
Quien conduciendo un vehículo a motor en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, ocasionare un accidente de tránsito del que resultaren muertas una o más personas será sancionado con:
Reclusión mayor ordinaria de 8 a 12 años.
Revocatoria definitiva de la licencia para conducir.
Multa de 30 Remuneraciones básicas unificadas
Art. 127
Quien ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas, y en el que se verifique cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Negligencia; b) Impericia; c) Imprudencia; d) Exceso de velocidad; e) Conocimiento de las malas condiciones mecánicas
del vehículo; f) Inobservancia de la presente Ley y su Reglamento,
regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las autoridades o agentes de tránsito.
Factores que Influyen en la Aptitud Física
Factor Humano: El desconocimiento de las normas y el mal comportamiento de los usuarios viales es uno de los principales problemas que afectan a la seguridad vial.
Su comportamiento o respuesta como conductor depende de:
Sus condiciones físicas y psíquicas. Su formacion y experiencia Sus conocimientos y habilidades
(experiencia) Mantenimiento y estado del vehículo
Quien cometa alguna de estas infracciones
Será sancionado con: Prisión ordinaria de 3 a 5 años. Suspensión de la licencia por igual
tiempo. Multa de 20 remuneraciones básicas
unificadas
Art. 129
Quien ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas, y en el que se verifique que la circunstancia del accidente se debió a cansancio, sueño o malas condiciones físicas del conductor, con sujeción a los parámetros específicos establecidos en el Reglamento a esta Ley.
Será sancionado con:
Prisión de 1 a 3 años. Suspensión de la licencia por igual tiempo. Multa de 15 remuneraciones básicas
unificadas.
La misma multa se impondrá al empleador que hubiere exigido o permitido al conductor trabajar en dichas condiciones.
Infracciones Puntos
Contravenciones leves de primera clase 1,5
Contravenciones leves de segunda clase 3
Contravenciones leves de tercera clase 4,5
Contravenciones graves de segunda clase 7,5
Contravenciones graves de tercera clase 9
Contravenciones muy graves 10 Delitos 11-30
Los puntos perdidos pueden ser restituidos a partir de la mitad del tiempo de vigencia de la licencia, de conformidad con lo establecido en el Régimen de esta ley.
La recuperación de los puntos será por un máximo del 50% de los puntos perdidos.
PLACAS
Art 104 RT.- PLACAS DE IDENTIFICACIÓN
VEHICULAR
PKL-334 15 cm
30cm
PVI-542 JDI-188
IT-0001
PBA-2374 CD-015
P-9504
PROHIBICIÓN:
Esta prohibido colocar placas al vehículo, que no estén de acuerdo con lo determinado en el Reglamento de tránsito.
DISPOSICIÓN:
Todo vehículo para circular en las vías del país, además de la matricula correspondiente, deberá portar 2 placas de identificación vehicular, otorgadas por las Comisiones provinciales de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad vial que serán colocadas en la parte anterior y posterior del mismo.
SANCIÓN:
Art 139.- Incurren en contravención leve de primera clase y serán sancionados con multa equivalente al cinco por ciento de la remuneración básica unificada del trabajador en general y reducción de 1.5 puntos en su licencia de conducir
ART 170 RG.- Las placas de identificación vehicular en ningún caso podrán ser cambiadas, alteradas, ni repintadas, ni estar ocultas por objetos distintivos, leyendas, rótulos dobleces, modificaciones, marcos o por cualquier material que impida su visibilidad o alterar su leyenda original.
GRACIAS POR SU
ATENCION
Tatiana Guamán Alejandra Espinoza Ivett Osorio Vanessa Toapanta