24
2011 Lic. Adálber F. Gaona G. PRESIDENTE DE LA ASOGOPAL Estatutos Asociación de Gobiernos Parroquiales Rurales de Loja

Orgánico funcional ASOGOPAL

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Orgánico funcional ASOGOPAL

2011

Lic. Adálber F. Gaona G.

PRESIDENTE DE LA ASOGOPAL

Estatutos Asociación de Gobiernos Parroquiales Rurales

de Loja

Page 2: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 1

ESTATUTO ASOCIACIÓNDE GOBIERNOS

PARROQUIALES

RURALES DE

LOJA

“ASOGOPAL”

Lic. Adálber Gaona

Presidente

Septiembre 2011

Page 3: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 2

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE GOBIERNOS PARROQUIALES RURALES

DE LOJA

RESOLUCIÓN No.001-ASOGOPAL

Adálber Gaona Gahona

PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ASOCIACIÓN DE

GOBIERNOS PARROQUIALES RURALES DE LOJA -ASOGOPAL

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador dice: “Constituyen

gobiernos autónomos descentralizados las Juntas Parroquiales Rurales, los Concejos

Municipales, los Concejos Metropolitanos, los Consejos Provinciales y los Consejos

Regionales”;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

(COOTAD), publicado en el Registro Oficial No. 303 del 19 de octubre de 2010, norma

la organización territorial del estado y regula la organización, competencias, facultades

y funcionamiento de los gobiernos autónomos descentralizados;

Que, los artículos 313, 314 Y 315 del COOTAD regulan el funcionamiento de las

Entidades Asociativas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados;

Que, el artículo 313 del COOTAD faculta para que en los estatutos de las Entidades

Asociativas Nacionales puedan crearse instancias organizativas territoriales de género,

interculturales y otros fines específicos de acuerdo a sus responsabilidades;

Que, el Estatuto del Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales

(CONAGOPARE) reconoce a las Asociaciones Provinciales de Gobiernos Autónomos

Descentralizados Parroquiales Rurales como instancias organizativas territoriales;

Que, el artículo 152 del COOTAD indica que son responsables del fortalecimiento

institucional de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, el Consejo Nacional de

Competencias, en coordinación con las entidades asociativas del nivel que corresponda;

Que, la Entidad Asociativa Provincial considera necesario asegurar un reordenamiento

orgánico enfocado a procesos y a la mejora continua de los mismos así como la

desconcentración de competencias y procesos sin perder integración y calidad en el

desarrollo de las actividades;

Que, en la reunión de miércoles 17 de agosto; y, martes 27 de septiembre del año dos

mil once, de los Presidentes/as de los Gobiernos Autónomos Descentralizados

Parroquiales Rurales de la Provincia de Loja, se debatió y aprobó el presente Estatuto:

Page 4: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 3

RESUELVE:

EXPEDIR EL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE GOBIERNOS

PARROQUIALES RURALES DE LOJA – ASOGOPAL

CAPÍTULO I

DEFINICIONES PRELIMINARES

Art. 1.- Objeto

El presente Estatuto define la estructura orgánica por procesos y regula el

funcionamiento de la Entidad Asociativa de los Gobiernos Autónomos Descentralizados

Parroquiales Rurales de Loja, para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las

obligaciones que la ley le concede en su calidad de ente asociativo.

Art. 2.- Denominación

En ejercicio de su autonomía, los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales

Rurales de la Provincia de Loja, deciden ajustar a la normativa vigente los Estatutos de

la Asociación de Juntas Parroquiales Rurales de la Provincia de Loja y denominarla

Asociación de Gobiernos Parroquiales Rurales de Loja - ASOGOPAL, a través del cual

seguirán cumpliendo los objetivos y responsabilidades determinadas en la Constitución

y en el artículo 313 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y

Descentralización (COOTAD), como instancia organizativa territorial del

CONAGOPARE.

Art. 3.- Conformación

Forman parte de la ASOGOPAL, los Gobiernos Autónomos Descentralizados de esta

jurisdicción representados por sus Presidentes/as.

Art. 4.- Naturaleza Jurídica

La ASOGOPAL, es una instancia organizativa territorial del CONAGOPARE, con

instancias organizativas territoriales que son las Asociaciones Cantonales, con

personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio.

Art. 5.- Misión

De acuerdo con la ley, la ASOGOPAL, ejerce la representación de los intereses

comunes de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales de la

provincia de Loja; procura la articulación de los objetivos y estrategias de los GADPRs

con los de los otros niveles de gobierno; preserva la autonomía de los GADPRs;

participa en procesos de fortalecimiento de los GADPRs a través de programas y

proyectos de asistencia técnica, capacitación y formación.

Page 5: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 4

Art. 6.- Principios

Solidaridad.-La ASOGOPAL, procura en la ejecución de sus actividades, la

construcción de un desarrollo justo, equilibrado y equitativo de los Gobiernos

Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales, que la conforman, en el marco del

respeto de la diversidad y el ejercicio pleno de los derechos individuales y colectivos.

Integración.-La ASOGOPAL, guía la gestión hacia el cumplimiento de objetivos

comunes, mantiene la unidad y trabaja en equipo con la Entidad Asociativa Nacional y

los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquias Rurales de su provincia.

Eficiencia y Eficacia.-La ASOGOPAL, planifica, ejecuta programas y proyectos, mide

sus resultados y mejora continuamente sus procesos.

Transparencia.- La ASOGOPAL, da cuenta de sus actividades a sus miembros y

representados; y, hace pública la información acerca de sus acciones.

Ética y Conducta.-Todos quienes conforman la ASOGOPAL, tienen la obligación de

denunciar actos ilícitos, que sean de su conocimiento ante el Presidente /a o Directorio

Ejecutivo.

Democracia.- La ASOGOPAL, respeta y acoge en sus decisiones los pronunciamientos

mayoritarios de sus Miembros.

Art. 7.- Objetivos Generales

1.- Representar y ejercer la vocería oficial de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados Parroquias Rurales (GADPRs) de la provincia de Loja, como

instancia organizativa territorial del CONAGOPARE y como integrante de otros

cuerpos colegiados;

2.- Velar porque se preserve y fortalezca la autonomía y la unidad de los Gobiernos

Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales (GADPRs) de la provincia de Loja,

con observancia de los principios de diversidad, pluralidad, igualdad, equidad y

solidaridad;

3.- Asumir la interlocución con los representantes de los otros niveles de Gobiernos

Autónomos Descentralizados, instancias provinciales de la Función Ejecutiva, Función

Legislativa, Función Judicial, Función de Transparencia y Control Social, Función

Electoral y otros organismos, en temas que faciliten el desarrollo equilibrado de los

territorios rurales y mejoren el nivel de vida de sus poblaciones;

4.- Prestar soporte técnico, asesoría y capacitación permanente a los representantes de

los GADPRs de la Provincia de Loja.

Page 6: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 5

5.- Identificar problemas de coordinación y gestión de los GADPRs con otros niveles de

gobierno, definir estrategias y proponer soluciones.

6.- Identificar oportunidades de cooperación con otras entidades públicas o privadas,

nacionales o internacionales y gestionar el desarrollo de programas y proyectos que

redunden en beneficio de los intereses de los territorios de los gobiernos autónomos

descentralizados parroquiales rurales de la provincia;

7.- Activar mecanismos de unificación nacional y coordinación permanente entre los

Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales de la Provincia y la

Entidad Asociativa Nacional

Art. 8.- Derechos y Obligaciones de quienes participan en la entidad

Los Presidentes/as, de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales

de la Provincia de Loja, en su calidad de miembros de la ASOGOPAL, tendrán los

siguientes derechos y obligaciones:

1.- Apoyar el cumplimiento de los objetivos de la ASOGOPAL;

2.- Concurrir a las sesiones de la Asamblea General;

3.- Elegir y ser elegido para el desempeño de cualquier cargo o delegación de la

ASOGOPAL, en conformidad con la Ley, el estatuto del CONAGOPARE, el presente

Estatuto y el Reglamento Interno cuando se dictare;

4.- Intervenir en las deliberaciones de la Asamblea General, con voz y voto;

5.- Representar a la ASOGOPAL en eventos o en la atención de asuntos que les fueren

encomendados por la Asamblea General o el Presidente/a e informar oportunamente de

los resultados;

6.- Preservar en todo momento y lugar los principios y preceptos de la integración y

unidad parroquial, cantonal y provincial;

7.- Solicitar a las autoridades de la ASOGOPAL, la oportuna rendición de cuentas y

conocer los respectivos planes de acción.

Art.9.- Sede

La ASOGOPAL, tendrá su sede en la ciudad de Loja, capital de la provincia del mismo

nombre, sin embargo, por convocatoria del Presidente/a, podrá reunirse válidamente en

cualquier lugar del país.

Page 7: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 6

CAPÍTULO II

PROCESOS Y ESTRUCTURA

Art. 10.- Gestión por Procesos

Los procesos que realiza la ASOGOPAL para su desempeño, se ordenan y clasifican en

función del grado de contribución o valor agregado que aportan al cumplimiento de la

misión institucional:

Procesos Gobernantes o Estratégicos, éstos direccionan y orientan la gestión de la

ASOGOPAL, a través de la expedición de políticas, normas y procedimientos y la

aprobación de programas, presupuestos e informes de ejecución.

Los procesos gobernantes de la ASOGOPAL, son responsabilidad de la Asamblea

General, el Directorio Ejecutivo y el Presidente/a.

Procesos Operativos, desarrollan proyectos de soporte técnico, asesoría y capacitación;

gestionan programas y proyectos de cooperación con entidades públicas y privadas,

nacionales e internacionales; y, realizan acciones orientadas a fortalecer la interacción

con otros niveles de gobierno, en su circunscripción geográfica.

Los procesos operativos son responsabilidad de la Unidad Técnica de Planificación,

Proyectos y Cooperación.

Procesos Habilitantes de Apoyo, proveen a los demás procesos, recursos y servicios

que facilitan la gestión de la ASOGOPAL;

Los procesos habilitantes de apoyo identificados como Gestión del Talento Humano,

Servicios Financieros y Servicios Administrativos, son responsabilidad de la Unidad de

Talento Humano y Presupuesto.

Procesos Habilitantes de Asesoría, prestan soporte con su conocimiento especializado

a los otros procesos. Son de naturaleza consultiva.

El proceso de Asesoría Jurídica y Legal es de responsabilidad de la Unidad Jurídica y

Legal.

El proceso de Asesoría de Comunicación Social, es de responsabilidad de la Unidad de

Comunicación Social.

Page 8: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 7

Los procesos de la ASOGOPAL, se resumen de la siguiente manera:

Tipo de proceso Procesos

Procesos

Gobernantes

1. Direccionar y orientar la gestión de la ASOGOPAL

Procesos Operativos

1. Promover proyectos de soporte técnico, asesoría y

capacitación

2. Gestionar programas y proyectos de cooperación con

entidades públicas y privadas, nacionales e

internacionales

3. Realizar acciones orientadas a fortalecer la

interacción con otros niveles de gobierno.

Procesos Habilitantes

de Apoyo

1. Prestar Servicios Financieros

2. Prestar Servicios Administrativos

3. Gestionar el Talento Humano

Procesos Habilitantes

de Asesoría

1. Asesorar en el ámbito Jurídico y Legal

2. Asesorar en el ámbito de Comunicación Social

Figura 1. Esquema de procesos de la ASOGOPAL

Art. 11.- Estructura Organizativa de la Asociación de Gobiernos Parroquiales Rurales

de Loja.

Page 9: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 8

CAPÍTULO III

PROCESOS GOBERNANTES

Art. 12.- Asamblea General

Misión

Es el máximo nivel de representación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados

Parroquiales Rurales (GADPRs) de la Provincia de Loja, direcciona y orienta la acción

de corto, mediano y largo plazo de la ASOGOPAL.

Está integrada por todos los Presidentes/as de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados Parroquiales Rurales de la Provincia o sus Delegados, debidamente

acreditados, quienes participan durante el período para el cual fueron electos.

Funcionamiento

La ASOGOPAL, se reunirá ordinariamente cada semestre y extraordinariamente, por

convocatoria de su Presidente/a, por decisión de la mitad más uno de sus Miembros o

por pedido de al menos tres Miembros del Directorio Ejecutivo, en el lugar y con el

Orden del Día que se señale en la Convocatoria.

UNIDAD DE

ASESORIA LEGAL

PROCESOS

HABILITANTES

DE APOYO

UNIDAD DE

COMUNICACION

SOCIAL

UNIDAD TALENTO

HUMANO Y

PRESUPUESTOS

Contabilidad Secretaria

Compras Publicas

Transporte Logistica general

Servicios Generales

Servicios inform.

Tesorera

MIES-INFA

DIRECTOR TECNICO OPERATIVO

PROCESOS HABILITANTES

DE ASESORIA

PROCESOS

OPERATIVOS

PLANIFICACION y PROYECTOS

(Arquitectura, Civil,

Productivos, Ordenamiento

Territorial)

COOPERACION

CAPACITACION

DEMOCRACIA DIGITAL

ASAMBLEA GENERAL

CONSEJO DIRECTIVO PROVINCIAL

DIRECTORIO EJECUTIVO

PRESIDENTE

Page 10: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 9

Cuando se trate de sesiones extraordinarias se tratarán únicamente los asuntos materia

de la convocatoria.

El quórum para la instalación de la Asamblea Provincial, será la mayoría de sus

integrantes. En caso de no existir quórum a la hora señalada en la Convocatoria, la

reunión se realizará una hora más tarde, con el número de asistentes.

Para aprobar o negar las mociones presentadas en la Asamblea Provincial, se utilizará la

votación simple que consiste en expresar la voluntad levantando la mano. De existir

una moción solicitada por al menos dos de los Miembros y aprobada por la Asamblea,

el Presidente/a, dispondrá la votación nominal, en cuyo caso la expresión podrá ser

afirmativa, negativa o abstención. El Presidente/a tendrá voto dirimente en caso de

empate.

Concluido el período los Miembros de la Asamblea Provincial, estos permanecerán en

sus cargos en forma prorrogada, hasta ser legalmente reemplazados, sin prejuicio de

que continúen o no en funciones en sus respectivos GADPRs. En caso de destitución

legal y definitiva perderá la representación.

Atribuciones y responsabilidades

1.-Integrar el Directorio Ejecutivo, que estará compuesto por el Presidente/a,

Vicepresidente/a, tres Vocales Principales y tres Vocales Suplentes, quienes durarán en

sus funciones, la mitad del periodo para el cual fueron electos como dignidades de

elección popular; nombrarlos, posesionarlos y removerlos por causa justa;

2.-Ejercer la vocería oficial de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales

Rurales de Loja, ante instituciones gubernamentales, privadas y de opinión pública,

respecto al ejercicio de la autonomía y sus derechos constitucionales;

3.-Expedir y reformar el Estatuto y definir las políticas generales que deberán seguir el

Directorio Ejecutivo y la Asociación en general, para alcanzar el cumplimiento de su

misión y objetivos;

4.-Dirimir en última instancia los asuntos de la organización que fueren puestos a su

conocimiento y resolución por parte del Directorio Ejecutivo;

5.-Proponer e impulsar mecanismos para el fortalecimiento de la gestión de los

Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales;

Art. 13.- Del Consejo Directivo Provincial

El Consejo Directivo Provincial, es el órgano consultivo de la ASOGOPAL, estará

integrado por un representante de cada cantón, debidamente acreditado por la mayoría

Page 11: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 10

de representantes de cada GADPRs de la jurisdicción y el Presidente/a de la

ASOGOPAL.

Este Consejo, se reunirá ordinariamente cada trimestre y extraordinariamente por

convocatoria del Presidente/a de la ASOGOPAL, por decisión de la mitad más uno de

sus Miembros o por pedido de al menos tres Miembros del Directorio Ejecutivo, en el

lugar y con el Orden del Día que se señale en la Convocatoria.

Cuando se trate de sesiones extraordinarias se tratarán únicamente los asuntos materia

de la Convocatoria.

El quórum para la instalación del Consejo Directivo Provincial, será la mayoría de sus

integrantes.

Para aprobar o negar las mociones presentadas en el Consejo Directivo Provincial, se

utilizará el mismo mecanismo de la Asamblea Provincial, esto es por votación simple

expresando su voluntad con el levantamiento de la mano.

Los Miembros del Consejo Directivo Provincial, tendrán derecho a percibir dietas por

cada sesión que asistan.

Art. 14.- Son atribuciones del Consejo Directivo Provincial

1.- Aprobar o improbar el Informe Anual que presentará obligatoriamente el Directorio

a través de su Presidente/a.

2.- Aprobar los Reglamentos Internos, Especiales y más Instructivos que fueren

sometidos a conocimiento por la Presidencia,

3.- Resolver todos los asuntos puestos en consulta por el Directorio Ejecutivo y/o el

Presidente/a y que no sean de acción resolutiva de la Asamblea Provincial.

Art. 15.- Directorio Ejecutivo

Misión

El Directorio Ejecutivo, es una instancia de gobierno encargada de aprobar y controlar

el cumplimiento de la planificación operativa y financiera; y, vigilar la gestión de la

ASOGOPAL.

Funcionamiento

El Directorio Ejecutivo está integrado por el Presidente/a, Vicepresidente/a, tres

Vocales Principales y tres Vocales Suplentes, quienes durarán en sus funciones la mitad

del periodo para lo cual fueron electos como dignidades de elección popular.

Page 12: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 11

Sesionará de manera ordinaria cada treinta días y extraordinariamente cuando lo

convoque el Presidente/a por su propia iniciativa o por pedido de tres de sus Miembros,

en el lugar y con el Orden del Día que conste en la Convocatoria.

Cuando se trate de sesiones extraordinarias, se tratarán únicamente los asuntos materia

de la convocatoria.

Para aprobar o negar las mociones presentadas en el Directorio Ejecutivo, se utilizará la

votación nominal, en cuyo caso la expresión podrá ser afirmativa, negativa o

abstención. El Presidente/a tendrá voto dirimente en caso de empate.

Los Miembros del Directorio Ejecutivo tendrán derecho al pago de dietas por cada

sesión a la que asistan.

Si cualquier Miembro del Directorio Ejecutivo, cesare en sus funciones antes de cumplir

el período legal, será subrogado en este organismo por quien le sustituya legalmente en

la ASOGOPAL.

Concluido el período los miembros del Directorio Ejecutivo, éstos permanecerán en sus

cargos en forma prorrogada, hasta ser legalmente reemplazados, sin prejuicio de que

continúen o no en funciones en sus respectivos GADPRs. En caso de destitución legal

y definitiva perderá la representación.

Atribuciones y responsabilidades

1.-Aprobar el Plan Operativo Anual y el presupuesto de la ASOGOPAL y supervisar su

cumplimiento;

2.-Cumplir las resoluciones de la Asamblea General;

3.-Evaluar las actividades de soporte técnico, asesoría y capacitación que realiza la

ASOGOPAL, la gestión de programas y proyectos de cooperación y las acciones de

coordinación con otros niveles de gobierno;

4.-Aprobar el informe anual de gestión y finanzas que presente el Presidente/a de la

ASOGOPAL;

5.-Aprobar las reformas al presupuesto de la ASOGOPAL, que fueren necesarias dentro

del ejercicio fiscal;

6.-Aprobar la normatividad interna necesaria para el manejo del talento humano,

recursos materiales y financieros de la ASOGOPAL;

7.-Establecer las escalas de remuneraciones y dietas para los dignatarios, funcionarios y

empleados de la ASOGOPAL, en conformidad con las políticas dictadas por el

Ministerio de Relaciones Laborales y las disponibilidades presupuestarias;

Page 13: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 12

8.-Presentar a conocimiento de la Asamblea General un Informe Anual de Gestión;

9.-Resolver sobre los asuntos que fueren puestos a su conocimiento por el Presidente/a;

10.-Las demás que le fueren encomendadas por la Asamblea General.

Art. 16.- De la Presidencia

Misión

El Presidente/a, es el representante legal de la ASOGOPAL, encargado de ejercer la

vocería oficial y responsable de aplicar las políticas emanadas de las instancias de

gobierno, cumplir los objetivos y ejecutar las acciones que constan en el Plan Operativo

Anual y Presupuesto de la ASOGOPAL. Administra el talento humano de la institución;

esta función, podrá delegar a uno de los directores de área.

Para ser electo como Presidente/a de la ASOGOPAL, el candidato deberá estar en

ejercicio de la Presidencia de una Gobierno Parroquial de esta jurisdicción.

Designación

El Directorio Ejecutivo de la ASOGOPAL, serán electos por la Asamblea Provincial, de

entre sus Miembros.

La Asamblea General, nombrará al Presidente/a de la ASOGOPAL como parte del

Directorio Ejecutivo, durará en sus funciones la mitad del periodo para la cual fue electo

como dignidad de elección popular, y podrá ser re-electo.

En los casos de falta o ausencia temporal o definitiva del Presidente/a, lo reemplazará el

Vicepresidente/a, con todas sus atribuciones.

ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES

1.-Ejercer la representación legal, judicial, extrajudicial y la vocería de los Gobiernos

Parroquiales de la provincia, en los asuntos de defensa de autonomía y derechos de los

GADPRs.;

2.-Presidir los actos oficiales de la ASOGOPAL;

3.-Cumplir y hacer cumplir el COOTAD, el presente Estatuto y otras normas legales

aplicables a los GADPRs, así como los reglamentos, resoluciones, acuerdos y

disposiciones emanadas de la Asamblea Provincial, Consejo Directivo Provincial y

Directorio Ejecutivo de la ASOGOPAL;

4.-Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea General, Consejo Directivo

Provincial y del Directorio Ejecutivo;

Page 14: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 13

5.-Poner a consideración de la Asamblea General el proyecto de Estatuto de la

ASOGOPAL y sus reformas; y, expedirlos una vez que fueren aprobados;

6.-Elaborar y presentar para aprobación por parte del Directorio Ejecutivo, el Plan

Operativo Anual de la ASOGOPAL y la proforma presupuestaria, realizar el

seguimiento e informar sobre sus resultados;

7.-Suscribir la correspondencia oficial de la ASOGOPAL;

8.-Mantener contactos con organismos nacionales e internacionales a fin de conseguir

cooperación técnica y financiamiento que redunde en el desarrollo de los GADPRs;

9.-Preparar proyectos de reforma legal y normatividad interna para el funcionamiento de

la ASOGOPAL y ponerlos a consideración del Directorio Ejecutivo;

10.-Suscribir Contratos, Convenios e Instrumentos que comprometan a la ASOGOPAL,

de acuerdo con la ley;

11.-Designar a los funcionarios de la ASOGOPAL conjuntamente con una Comisión

designada por el Directorio Ejecutivo, mediante procesos de selección por méritos y

oposición y removerlos siguiendo el debido proceso.

12.-Delegar representaciones a los Vocales del Directorio Ejecutivo;

13.-Solicitar al Directorio Ejecutivo, la aprobación bajo su responsabilidad civil, penal y

administrativa, de los traspasos de partidas presupuestarias, suplementos y reducciones

de crédito, en casos especiales originados en asignaciones extraordinarias o para

financiar casos de emergencia legalmente declarada;

14.-Suscribir las Actas de las sesiones de la Asamblea General, Consejo Directivo

Provincial y Directorio Ejecutivo;

15.-Dirigir y supervisar las actividades de la ASOGOPAL, coordinando y controlando

el trabajo de los funcionarios;

16.-Presentar al Directorio Ejecutivo un Informe Anual escrito, acerca de la gestión

administrativa realizada de acuerdo a los planes y programas aprobados;

17.-Las demás que le sean encomendadas por la Asamblea General, el Directorio

Provincial y/o el Directorio Ejecutivo.

Art. 17.- De la Vicepresidencia

La Asamblea Provincial, nombrará al Vicepresidente/a de la ASOGOPAL como parte

del Directorio Ejecutivo. Durará en sus funciones la mitad del periodo para lo cual fue

electo como dignidad de elección popular.

Page 15: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 14

Atribuciones y responsabilidades

1.-Reemplazar al Presidente/a de la ASOGOPAL, en caso de falta o ausencia temporal o

definitiva;

2.-Ejercer las atribuciones y deberes que le sean delegados por el Presidente/a o el

Directorio Ejecutivo.

CAPÍTULO IV

PROCESOS OPERATIVOS

Art. 18.- Unidades: Planificación, y Proyectos, Cooperación, Capacitación y

Democracia Digital

Los procesos operativos, serán dirigidos por el Director Técnico Operativo, bajo cuya

responsabilidad estará la preparación de los planes operativos y la dirección técnica de

su ejecución. Sus funciones se desarrollaran manteniendo la coordinación con los demás

procesos, asegurando así el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Misión

Ejecutar proyectos de asesoría, capacitación y asistencia técnica a los GADPRs;

gestionar programas y proyectos de cooperación para la ejecución de proyectos de

desarrollo rural y articular la cobertura de las necesidades de desarrollo de los GADPRs,

con otros niveles de gobierno, en el ámbito provincial.

Atribuciones y responsabilidades

1.-Investigar y preparar un diagnóstico sobre las necesidades de soporte técnico,

asesoría, capacitación y cooperación que se detecten en los GADPRs y las necesidades

de articulación con otros niveles de gobierno;

2.-Preparar guías metodológicas para la formulación de Planes de Desarrollo y

Ordenamiento Territorial, diseño, administración y evaluación de proyectos;

3.-Implementar programas y proyectos de soporte técnico, asesoría, capacitación,

cooperación y articulación de Planes de Desarrollo que constan en el Plan Operativo

Anual e informar periódicamente de los avances;

4.-Articular las demandas de capacitación de los GADPRs con los servicios ofrecidos

por la Escuela de Gobierno de la Administración Pública, las Asociaciones de los otros

niveles de Gobiernos Autónomos Descentralizados y la red de formación y capacitación

de los servidores públicos;

Page 16: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 15

5.-Gestionar y coordinar la participación de los integrantes de los GADPRs en

programas de capacitación organizados por el CONAGOPARE u otras organizaciones

públicas o privadas;

6.-Llevar un registro de eventos de capacitación, programas de becas o crédito

educativo aplicables a los integrantes de los GADPRs y hacer seguimiento al

aprovechamiento;

7.-Articular los requerimientos y demandas de los GADPRs con las disponibilidades de

cooperación internacional;

8.-Mantener una base de información de los principales proyectos planificados por los

otros niveles de Gobiernos Autónomos Descentralizados, cuya ejecución impacta en los

planes de desarrollo de los GADPRs;

9.-Mantener una relación permanente de trabajo con el personal de planificación y

ejecución de proyectos de los otros niveles de gobierno, a fin de identificar y aplicar las

estrategias de integración de los respectivos Planes de Desarrollo;

10.-Las demás que le sean encomendadas por el Presidente/a.

Productos que genera y/o servicios que presta

1.- Informes de diagnóstico de necesidades de soporte técnico, asesoría, capacitación,

cooperación y articulación de los GADPRs

2.-Programas y proyectos propuestos

3.-Informes periódicos de ejecución de programas y proyectos

4.-Guías metodológicas para la formulación de Planes de Desarrollo y Ordenamiento

Territorial, diseño, administración y evaluación de proyectos

5.-Base de datos de eventos de capacitación, programas de becas o crédito educativo

aplicables a los integrantes de los GADPRs

6.-Registros de aspirantes y participantes en procesos de capacitación

7.-Base de información de los principales proyectos planificados por los otros niveles de

Gobiernos Autónomos Descentralizados, cuya ejecución impacta en los Planes de

Desarrollo de los GADPRs.

Page 17: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 16

CAPÍTULO V

PROCESOS HABILITANTES DE ASESORIA

Art. 19.- Unidad Jurídica y Legal

Misión

Prestar asesoría y absolver consultas de orden jurídico y legal; patrocinar procesos

legales en los cuales participe la ASOGOPAL, como actora o demandada; y, tramitar

las peticiones, reclamos o quejas que presenten los GADPRs.

Atribuciones y responsabilidades

Asesoría Jurídica y Legal

1.-Prestar la asesoría legal que le sea solicitada por los funcionarios y empleados de la

ASOGOPAL y los GADPRs;

2.-Dinamizar los procesos de compilación y elaboración de gacetas oficiales de los

Gobiernos Autónomos Parroquiales Rurales de la provincia de Loja;

3.-Recibir, analizar y absolver las consultas jurídicas que le presenten el Directorio

Ejecutivo, Consejo Directivo Provincial, el Presidente/a de la ASOGOPAL o los

Presidentes/as de los GADPRs de la provincia de Loja;

4.-Analizar las consultas, reclamos o quejas que presenten los GADPRs, que ameriten

opinión legal, solicitar información complementaria interna y elaborar la respuesta que

corresponda;

5.-Preparar los Convenios, Contratos, Resoluciones y otros documentos que requieran

intervención legal y controlar su ejecución;

6.-Realizar, de ser necesario, la tramitación de los asuntos de orden legal, jurídico,

societario que la ASOGOPAL o los GADPRs requieran para el cumplimiento de sus

funciones;

7.-Revisar jurídicamente los proyectos para emitir o actualizar la normatividad interna

de la ASOGOPAL;

8.-Participar en representación de la ASOGOPAL en los juicios en los que intervenga,

como actor o demandado; y,

9.-Las demás que le sean encomendadas por el Presidente/a.

Page 18: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 17

Productos:

1.- Contratos

2.-Escritos, alegatos

3.-Expedientes de juicios

4.-Consultas atendidas

5.-Opiniones sobre consultas

6.-Trámites concluidos

Art. 20.- Unidad de Comunicación Social

Misión:

Asegurar un eficiente nivel de comunicación interna y externa de la ASOGOPAL y

apoyar procesos de comunicación e información a los Gobiernos Autónomos

Descentralizados Parroquiales Rurales del Loja.

Atribuciones y responsabilidades

1.-Investigar, realizar un diagnóstico, diseñar y aplicar una estrategia de comunicación

en la ASOGOPAL;

2.-Manejar las relaciones públicas institucionales;

3.-Diseñar y ejecutar un sistema de comunicación interna que permita el acceso de los

funcionarios y empleados de la ASOGOPAL e integrantes de los GADPRs a

información importante para su gestión;

4.-Manejar un sistema de comunicación externa para lo cual podrá acordar el uso del

sitio Web del CONAGOPARE;

5.-Coordinar las relaciones públicas institucionales y los eventos internos y externos;

6.-Capacitar y dar asistencia técnica en comunicación a los GADPRs que lo soliciten; y,

7.-Las demás que le sean encomendadas por el Presidente/a.

Productos

1.-Políticas, estrategias y procedimientos de comunicación y difusión;

2.-Contenidos en medios internos (intranet) y públicos (web, prensa, radio y televisión,

etc.);

Page 19: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 18

3.-Boletín informativo;

4.-Ruedas de prensa, entrevistas, eventos.

CAPÍTULO VI

PROCESOS HABILITANTES DE APOYO

Art. 21.- Unidad de Talento Humano y Presupuestos

Esta Unidad, estará dirigida por un Director de Talento Humano y Presupuestos, que

será responsable de dirigir y satisfacer acorde a los justificativos y disponibilidades

presupuestarias, los requerimientos generados en virtud de los planes y otras áreas de

gestión. La cantidad de personal asignado a estas áreas de gestión, será determinado en

el respectivo Reglamento Orgánico Funcional que se dicte para el efecto.

Misión

Administra y ejecuta el presupuesto institucional proporcional establecido en el artículo

313 inciso segundo del COOTAD; es de su cargo las actividades de: contabilidad,

compras públicas, transporte, servicios generales, servicios informáticos, tesorería,

proyecto MIES-INFA, así como la Secretaría, encargada del manejo de la logística

institucional.

Atribuciones y responsabilidades

Administrar Recursos Financieros

1.- Preparar y presentar a consideración del presidente/a la Cédula Presupuestaria al

Presidente/a, con los informes de respaldo y la documentación justificativa;

2.-Programar, ejecutar, monitorear, evaluar y liquidar el presupuesto dela ASOGOPAL

con autorización del Presidente/a;

3.-Cumplir con las disposiciones que en materia tributaria se establecen en la ley y

normativas específicas, aplicables a las finanzas públicas;

4.-Realizar las transferencias y los pagos de la ASOGOPAL; una vez verificada la

disponibilidad presupuestaria, en la forma prevista en la ley y normativas específicas

aplicables a las finanzas públicas, previa autorización del Presidente/a;

5.- Brindar asesoramiento técnico especializado a los GADPRs;

6.- Coordinar con Asesoría Jurídica los Contratos, Nombramientos y Acciones de

Personal;

Page 20: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 19

7.- Distribuir las remuneraciones

8.- Elaborar Roles de Pago

9.- Elaborar Planillas mensuales de pago al IESS y Fondos de Reserva

10.-Elaborar Reportes de Pago Tributarios

11.- Liquidar haberes por cesación de funciones

Servicios Administrativos

1.- Elaborar pliegos para la adquisición de bienes y contratación de servicios y obras, y

realizar procesos de contratación a través del Sistema Nacional de Compras Públicas,

hasta la suscripción del Contrato;

2.- Administrar los Contratos relacionados con bienes, servicios y obras;

3.- Elaborar Órdenes de Compra y de Trabajo para atender las adquisiciones de bienes y

contratación de servicios y obras, de manera directa;

4.- Mantener un sistema de administración de los inventarios de bienes y suministros a

cargo de la ASOGOPAL;

5.- Prestar otros servicios técnicos, especiales o generales, con personal propio o a

través de terceros, en los campos de Tecnología de Información, Seguridad, recepción,

transporte, limpieza y otros.

Productos

1.- Proforma Presupuestaria

2.-Estados Financieros

3.-Comprobantes contables registrados

4.- Conciliaciones de cuentas

5.-Registros de pagos y transferencias

6.-Informes financieros

7.-Reportes tributarios

8.-Plan de Adquisiciones

9.-Acta de adjudicación y anexos

10.-Órdenes de trabajo y compra

Page 21: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 20

11.-Actas de E/R de adquisiciones de bienes y contratación de servicios y obras

12.-Reportes de activos fijos

13.-Actas entrega/recepción de activos fijos

14.-Reportes de suministros y materiales

15.-Contratos y registros de cumplimiento

16.-Registros de viáticos y pasajes

17.-Registros de mantenimiento y control de uso de vehículos

Otros servicios

1.-Servicios de soporte de tecnología de información

2.-Aplicaciones informáticas de soporte a los procesos

3.-Pólizas de seguros

4.-Servicios de transporte y limpieza

Secretaría

Las funciones de Secretaría serán:

1.- Redactar y notificar las Convocatorias a sesiones Ordinarias o Extraordinarias de

Asamblea Provincial, Consejo Directivo Provincial o Directorio Ejecutivo por decisión

del Presidente/a de la ASOGOPAL;

2.-Elaborar para la suscripción del Presidente/a las Actas de las sesiones Ordinarias y/o

Extraordinarias de la Asamblea General, Consejo Directivo Provincial o Directorio

Ejecutivo;

3.-Certificar las decisiones y resoluciones de los órganos directivos de la ASOGOPAL;

4.-Dar trámite a los pedidos y solicitudes que se presenten en la ASOGOPAL;

5.-Certificar los documentos oficiales;

6.-Mantener el archivo actualizado;

7.-Las demás que le sean encomendadas por el Presidente/a.

Page 22: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 21

Art. 22.- Asesoría Externa

La Asociación de Gobiernos Parroquiales de Loja – ASOGOPAL, recibirá del Consejo

Nacional de Gobierno Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales del Ecuador,

CONAGOPARE y otras entidades, la asesoría técnica, externa y permanente en las

materias que lo requiera. También podrá optar por la contratación de este tipo de

asesoría.

CAPÍTULO VII

DE LAS ASOCIACIONES CANTONALES DE LOS GOBIERNOS

AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES

Art. 23.- Las Asociaciones Cantonales de los Gobiernos Autónomos Descentralizados

Parroquiales Rurales, son instancias organizativas territoriales de la ASOGOPAL, se

regularán y regirán de conformidad con su propia normativa y autogestión económica y

financiera.

Art. 24.- El Presidente/a de las Asociaciones Cantonales, una vez elegido por la

respectiva entidad asociativa, será registrado en la ASOGOPAL, en base a las actas

respectivas que justifiquen tal designación.

Art.25.- La ASOGOPAL registrará la normativa de las instancias organizativas

territoriales de su jurisdicción y el listado actual de las dignidades de las asociaciones

cantonales, acreditando a cada representante mediante resolución numerada y motivada.

DISPOSICIONES GENERALES

Primera.- Soporte a sus miembros

De producirse solicitudes de soporte técnico especializado por parte de los GADPRs, la

ASOGOPAL, dependiendo de su disponibilidad de recursos, podrá disponer la

participación temporal de profesionales calificados en esas entidades.

Segunda.- Designación de personal

La ASOGOPAL, mantendrá una estructura administrativa adecuada a los procesos que

se mencionan en el Estatuto, para el cumplimiento de fines y el ejercicio de sus

competencias.

La contratación de personal deberá hacerse mediante selección por méritos y oposición.

Page 23: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 22

La cantidad de puestos asociados a las funciones administrativas detalladas en el

Capítulo anterior, dependerá del análisis que realice el Presidente/a conjuntamente con

el Directorio Ejecutivo, previa certificación de disponibilidad presupuestaria y

justificación, que considere la capacidad financiera y carga de trabajo de la

ASOGOPAL.

Tercera.- Incumplimiento de las disposiciones del Estatuto

Las disposiciones del presente Estatuto tienen carácter obligatorio para los integrantes

de la ASOGOPAL.

El incumplimiento por parte de sus Miembros, de las funciones y responsabilidades

establecidas en este Estatuto; así como aquellas que les hayan sido delegadas o

encomendadas, dará lugar a sanciones pecuniarias que deberá aplicarlas el Presidente/a,

en el monto que haya sido resuelto por el Directorio Ejecutivo, según la gravedad o

reincidencia de la faltas.

Las sanciones pecuniarias por incumplimiento de funciones y responsabilidades del

Presidente/a, serán aplicadas por el pleno del Directorio Ejecutivo.

Si las faltas constituyen causal de destitución, se observará el procedimiento establecido

en la ley.

Los incumplimientos en los que incurra el personal contratado, darán lugar a las

sanciones previstas en la Ley de Servicio Público o ley de la materia.

Quinta.- Aclaraciones

El Presidente/a de la ASOGOPAL, aclarará las normas del presente Estatuto cuando se

requiera, mediante resolución fundamentada y motivada, previo informe jurídico.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única.- Se encarga al Asesor Jurídico, responsable de la Unidad Jurídica y Legal o

quien haga sus veces, analizar, para preparar los proyectos de los Reglamentos Internos

para que guarden concordancia con este Estatuto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera: Deróguese el anterior Estatuto que fuera aprobado mediante Acuerdo

Ministerial del Ministerio de Gobierno y Policía, No. 0264 del 10 de septiembre de

2003.

Page 24: Orgánico funcional ASOGOPAL

Página | 23

Segunda: De la ejecución del presente Estatuto, se encargará a todas las instancias de

gobierno y órganos administrativos que conforman la ASOGOPAL y tendrá vigencia a

partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en la ciudad de Loja, 27 de septiembre de 2011.

Adálber Gaona Gahona

PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ASOCIACION DE

GOBIERNOS PARROQUIALES RURALES DE LOJA

Luz Jumbo Córdova, Secretaria de la Asociación de Gobiernos Parroquiales de Loja:

CERTIFICA:

Que los presentes Estatutos fueron discutidos, deliberados y aprobados en sesiones de

Asamblea General de Miembros de la Asociación de Gobiernos Parroquiales

Autónomos Descentralizados Parroquiales de la provincia de la provincia de Loja los

días diecisiete de agosto y veintisiete de septiembre del año dos mil once.- Lo

Certifico.- La Secretaria.

Luz Jumbo Córdova

SECRETARIA DE LA ASOGOPAL