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Dirección para la Democracia la Participación ciudadana y la Acción Comunal
Juega un papel activo en la resolución de conflictos al interior de la organización
comunal
Actividad Tiempo
Presentación del tema Conciliación Comunal
Una (1) hora
Lectura de Textos Una (1) hora
Sociodrama Una (1) horaEstudios de caso Dos (2) horas
Socialización del Trabajo Colectivo
Dos (2) horas
Duración del Taller: 7 horas
Fortalecer a líderes de la organización comunal ofreciendo herramientas teóricas y metodológicas con
el propósito de orientar la identificación y el tratamiento de los conflictos organizativos a su interior, que
permita construir relaciones de convivencia, donde primen la unión, la hermandad y el bienestar común.
Promover el desarrollo en la
O.C. de actitudes, capacidades
y motivaciones para el análisis
de problemáticas que pueden
ser solucionadas en la
instancia de la C.C.C
Contribuir a articular en términos
conceptuales, pedagógicos y
metodológicos el manejo de la
conciliación comunal
Hacer claridad para
que los procesos y
procedimientos del
manejo de la
conciliación comunal
se realice de manera
acertada.
Contribuir a la cualificación de
liderazgos en la O.C. en
principios éticos y de derecho
en la construcción de una
cultura de paz, convivencia y
reconciliación.
ORGANIZACIÓN COMUNAL Fomenta dinámicas relacionales en las que prima la unión, la hermandad y el
bienestar común.
Comisión de Convivencia
y Conciliación
- CCC
Facilitar el tratamiento de los conflictos, como respuesta a la
necesidad de contar con mediadores que se encarguen de atender los diferentes conflictos
que se presentan entre las personas que conforman la
organización
¿Qué es la
Conciliación
Comunal?Es el mecanismo conque cuenta laorganizacióncomunal parasolucionar susconflictos, ya seande carácterorganizativo ocomunitario.
REFLEXION PARA SER
CONCILIADOR
SEA GENERADOR DE
EMPATIA
MANEJE LAS EMOCIONES
SUYAS Y LAS DE LOS
COMUNALES EN
CONFLICTO
ANIME LA VOLUNTAD
PARA RESOLVER EL
CONFLICTO
MULTIPLIQUE LAS
OPCIONES DE SOLUCIÓN
HABILIDADES DE
NEGOCIACION
Ley 743 de 2002: Desarrolló el artículo 38 de la C.P.C., que garantiza la libre asociación para las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.Decreto 2350 del 2003: Reglamenta la Ley 743 del 2002.Decreto 890 de 2008: Se reglamentó la Ley 743 de 2002
Esta Ley determina que los organismos comunales se conforman de la siguiente manera:1° Grado: JAC y JVC.2° Grado: Asociaciones de JAC. 3° Grado: Federaciones DEPARTAMENTALES/MUNICIPALES AC.4° Grado: Confederación Nacional de AC.
Estos deben tener una CCC en cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 45 de la Ley 743 del 2002.
Lectura de texto: otros saberes
Proceso Declarativo
Proceso Conciliador
Proceso Disciplinario
¿Qué es el
conflicto
comunitario?En la vida de las organizaciones comunales se establecen relaciones humanas en las que se pone en juego los aspectos psicológicos y sociales de las personas; como resultado de estas dinámicas relacionales surgen conflictos de naturaleza comunitaria.
En este contexto del conflicto se aborda por la Comisión de Convivencia y Conciliación que realiza una labor de suma importancia, imprescindible además por ser allí donde el conflicto tiene su primer control y es en presencia del proceso conciliatorio.
¿Qué es el
conflicto
organizativo?
Los conflictos organizativos son los que surgen por procesos de elecciones y por las decisiones de los directivos y también los que presentan internamente por diferencias entre los dignatarios, entre estos y los afiliados y entre los afiliados.
Los conflictos comunitarios deben ser resueltos por medio de la conciliación en equidad agotándose los preceptos de la Ley 23 de 1991, Ley 446 de 1998 y Decreto 1818 de 1998
Pasos a seguir:
1. Diálogo con las partes2. Audiencia de Conciliación3. Realización de Audiencia4. Estructura y contenido del acta de conciliación en equidad.
1. Agotar la etapa
conciliatoria.
2. La CCC tendrá un
término máximo de
45 días para llevar a
cabo las audiencias
conciliatorias.
3. La CCC cita a
las partes a
audiencia
indicando su
objeto, hora y
fecha.
4. Si una de las
partes o ambas no
concurren se
fijara nueva fecha
y hora para su
realización.
5. La inasistencia sin
justificación a ésta
segunda audiencia
hará presumible la
inexistencia de
ánimo conciliatorio y
la CCC ordenará por
medio de acta el
archivo de la
solicitud.
6. En caso de justificarse
la inasistencia a la
audiencia conciliatoria la
CCC podrá fijar una
tercera y última fecha
para su realización,
siempre cuando no se
exceda el término de 45
días para procurar el
acuerdo conciliatorio.
ESTUDIOS DE CASO
CONFLICTOS ORGANIZACIÓN COMUNAL
Conflictos
comunitarios
Deben ser resueltos por medio de
la conciliación en equidad,
agotándose los preceptos de la Ley
23 de 1991, Ley 446 de 1998 y
Decreto 1818 de 1998.
Conflictos
organizativos
Los que surgen por
procesos de
elecciones y por las
decisiones de los
directivos.
Son impugnables se
falla a través de
proceso declarativo.
Primera instancia:
C.C.C de grado
superior
Segunda instancia:
entidad que ejerce
función de inspección,
control y y vigilancia
Los que surgen
internamente por
diferencias entre los
dignatarios, entre éstos y
los afiliados y entre los
afilados.
Se debe surtir la vía
conciliatoria en CCC el
organismo comunal
donde surgió el conflicto.
Primera instancia: CCC
del organismo comunal
del grado superior
Segunda instancia: CCC
del organismo comunal
superior al anterior
Montar dramatizado abordaje de conflicto
Dirección para la Democracia, la
Participación ciudadana y la Acción Comunal
ÁREA DE ACCIÓN COMUNAL
Contacto de coordinación:
2014
Este proceso se
inicia cuando se
declara la
existencia de un
hecho que
imposibilita a un
miembro del
organismo comunal
para seguir siendo
afiliado/delegado o
dignatario, sin que
ello cause sanción
alguna. Esto
acontece en los
siguientes caso:
Por fallecimiento o
por presentación de
caso fortuito y
casos de fuerza
mayor: amenazas,
enfermedades, por
desastres naturales.
•Por cambio de
residencia fuera
del territorio de la
junta de acción
comunal
•Por renuncia
Este proceso
es de
conocimiento
de la CCC.
del
organismo
comunal, en
donde se
produce el
evento
demandado,
sin importar
su grado.
Para casos conflictivos que tienen causa u origen dentro de la
organización y al ser asuntos de carácter comunal, el proceso
conciliador es la primera etapa o fase que no debe obviar
ninguna comisión de convivencia y conciliación. En este proceso
se deben agotar todos los esfuerzos posibles para llegar a la
solución de diferencias que se presenten entre los dignatarios ,
entre estos y los afiliados y entre los mismo afiliados. (consultar
Ley 743 de 2002, articulo 46 de la literal b)
El proceso debe ser del
conocimiento de la CCC
del respectivo organismo
comunal donde se
genero el conflicto.
Se ejerce
cuando
posiblemente
se a violado la
Ley, normas
estatutarias,
reglamentarias
o ordenes
superiores.
El proceso
busca
esclarecer si en
realidad el y los
inculpados
incurrieron en
tal violación por
lo cual deberán
ser
sancionados.
El proceso se adelanta
ante la CCC del órgano
comunal del grado
inmediatamente
superior, siempre y
cuando se haya agotado
la etapa
preconciliatoria.
En el Barrio Villa Alsacia de la localidad de Puente Aranda se llevó a cabo un
proceso eleccionario de los dignatarios el día 19 de Abril de 2012. Después
por denuncias formuladas por algunos afiliados de la J.A.C. se observó que
varios de los afiliados no residencian en la jurisdicción territorial de la
misma. Del caso en comento, conoció en su oportunidad la C.C.C de la
J.A.C, a través de un proceso declarativo, La C.C.C. de Asojuntas por medio
de un proceso disciplinario y abordo además la primera instancia de la
demanda de impugnación de la elección de los dignatarios. La C.C.C. de la
Federación conoció la segunda instancia de la demanda de impugnación. En
el procedimiento efectuado se cometieron algunos yerros e impresiones de
orden jurídico.
Frente a la situación planteada
determine:
•¿Cuáles pudieron ser las fallas procesales
cometidas?
•¿Que herramientas jurídicas tiene la J.A.C. para
corregir el yerro?
•Cuál sería el proceso y cuales las instancias que se
activaran para asumir el conocimiento de la Litis.
En la J.A.C. del barrio la estrella de la Ciudad
de Bucaramanga, el ex Presidente y el ex
Tesorero de la Organización Comunal,
presentan negativa a la entrega de los libros
de inventarios y de tesorería a la Comisión de
empalme. Frente a este hecho, la nueva Junta
Directiva dejo pasar 4 años sin iniciar los
procesos pertinentes.
Al advertir esta falta determine:
•Quienes debieron formular las denuncias
respectivas y ante que instancias
•Cuál de los dos dignatarios, comete con mayor
gravedad la falta
•Defina la clase de conflicto surgido
•La clase de proceso que debe surtir la C.C.C.
•Las instancias y los términos procesales en los
cuales debe resolver el conflicto.
¿Puedo contribuir a que estas personas encuentren una solución?
¿Estoy en capacidad de darle un tratamiento igualitario a los comunales involucrados en el conflicto?
Evite poner ejemplos simplistas de
los buenos y de los malos.
Cuando sea posible, provea
suficiente información para generar
empatía de todos los lados.
Identifique cuándo la carencia de
empatía es la causa del conflicto.
Las tendencias a poner etiquetas,
estereotipar o prejuicio deben ser
abolidas.
Desafíe las posiciones que no avanzan de los
comunales que no busquen encontrar una
solución o de involucrarse en un proceso de
resolución.
Las problemáticas que lo hagan sentir
incomodo le están indicando algo sobre su
historia de vida. En esos momentos, sea
particularmente cuidadoso para ser objetivo.
MANEJE LAS EMOCIONES
SUYAS Y LAS DE LOS
COMUNALES
CONCILIANDO
•Darle lugar a cada parte puede ser muy útil. Las
personas que conforman el conflicto necesitan ser
escuchadas y su intermediación no debe contribuir
al conflicto.
MANEJE LAS EMOCIONES
SUYAS Y LAS DE LOS
COMUNALES
CONCILIANDO
• En todo caso, trate las emociones como el reflejo
del contraste de valores, necesidades, y recursos
que a cada comunal le ha dado su historia.
Aliente a las partes a proponer un
abanico de soluciones más amplio
de lo que han pensado.
Considere todas las propuestas no
descarte las que solamente den una
solución parcial.
Una vez se ha realizado la revisión,
si aun no se han hecho propuestas
razonables aporte usted una.
Tenga claro que todas las
partes deben atacar el
problema, no a los
comunales involucrados.
Resalte las ganancias que
tiene agotar las instancias
de conciliación para las
partes.
MAPEAR EL CONFLICTO
Realice un estudio juicioso del caso,
filtre la información.
Preparar un espacio propicio y
neutro donde las personas se
sientan cómodas.
Proponer formulas de negociación y
no permitir que el conflicto no
avance hacia la conciliación.
Evaluar cada una de las
pretensiones y tratar de conciliarlas
una a una, la sumatoria de estas
pueden generar como resultado la
conciliación.
Recordar que la meta es conciliar
para que el conflicto no trascienda,
su misión es llevar el conflicto que
nació dentro de su organización a
morir en la misma organización sin
que trascienda.