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Presupuesto Genera l 2.009 Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

Presupuesto 2009

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Presupuesto del Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Page 1: Presupuesto 2009

Presupuesto Genera l

2.009

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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ÍNDICE Memoria del Alcalde Presidente ........................................................... 3 Resumen de la liquidación del presupuesto de 2.007 .................................. 13 Avance de la liquidación del presupuesto de 2.008 .................................... 15 Gastos de personal ........................................................................... 17 Proyectos de inversión ...................................................................... 23 Proyectos de gastos corrientes .............................................................. 25 Informe económico financiero ............................................................. 27 Situación de la deuda a largo plazo ...................................................... 31 Clasificación económica de gastos ........................................................ 33 Clasificación funcional de gastos ......................................................... 41 Clasificación económica de Ingresos ..................................................... 49 Estados de Previsión de Ingresos y Gastos de la Sociedad de Gestión de Recursos Municipales de Moya S.L. ................................................................ 53

Presupuesto de Explotación ............................................................................ 55 Cuenta de Pérdidas y Ganancias ..................................................................... 57 Presupuesto de Capital ................................................................................. 59 Balance .................................................................................................... 61 Memoria del ejercicio 2.008 ........................................................................... 65

Estados de Previsión de Ingresos y Gastos de la Sociedad Escuelas Artísticas Villa de Moya S.L. ................................................................................ 67

Presupuesto de Explotación ............................................................................ 69 Cuenta de Pérdidas y Ganancias ..................................................................... 71 Presupuesto de Capital ................................................................................. 73 Balance .................................................................................................... 75 Memoria del ejercicio 2.008 ........................................................................... 79

Presupuesto Consolidado ...................................................................81 Bases de ejecución del Presupuesto General ............................................. 85 Informe de Intervención ................................................................. 119 APÉNDICES Dictamen de la Comisión de Hacienda ...................................... Apéndice A Acuerdo Plenario de Aprobación Inicial .................................... Apéndice B Procedimiento de información pública ....................................... Apéndice C Resolución de reclamaciones ................................................... Apéndice D Publicación de resúmenes por capítulos ..................................... Apéndice E

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Mem oria del Alc a lde Presidente

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Alcaldía

MEMORIA DEL ALCALDE-PRESIDENTE En el presente documento pretendemos informar del contenido del Presupuesto de esta Corporación para el ejercicio de 2.009, de las principales novedades que presenta en relación al del 2008, a la vez que se da cumplimiento a lo establecido al respecto por los artículos 168.1 a) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el 18.1a) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. No ocuparemos, fundamentalmente, del Estado de Gastos del Presupuesto, puesto que para el de Ingresos nos remitimos al Informe Económico Financiero en el que se detallan los ingresos y las novedades de éstos respecto a las del pasado ejercicio.

La exposición la dividiremos en los siguientes apartados:

a) Concepto y Estructura Presupuestaria.- Los artículos 162 del Real Decreto Legislativo 2/2004 y 2 del RD 500/1990 definen al Presupuesto como la expresión cifrada conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la entidad y sus organismos autónomos, y los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las previsiones de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local correspondiente. Como entre los objetivos de mayor relevancia del presupuesto figuran el de informar de la gestión del gobierno y el control de su gestión, se hace necesario disponer de unos criterios homogéneos para la clasificación de los gastos y de los ingresos que pueda ser entendida por todos los agentes implicados y con unos criterios de aplicación homogéneos en el tiempo. Las estructuras presupuestarias son la respuesta a esa necesidad de agrupar los gastos e ingresos con criterios homogéneos para todos los sujetos que intervienen en el proceso presupuestario.

b) Contenido del Presupuesto.- El Presupuesto General para el ejercicio 2009 es un presupuesto comprometido con la estabilidad y la disciplina presupuestaria. Con este Presupuesto se pretende conseguir los objetivos fijados en el último informe de la auditoria de gestión, referida a la Liquidación del Presupuesto a 31 de diciembre de 2007, dentro del marco de equilibrio económico para el período 2008-2011, con el fin de mejorar los indicadores de saneamiento económico-financiero señalados en la Ley 3/1999. Estos objetivos son:

- Mantener e incrementar los niveles de generación de superávit presupuestarios. - Consolidar la actual capacidad de captar recursos tributarios. - Conseguir la contención efectiva de los gastos presupuestarios.

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Alcaldía

- Mejorar en lo posible la gestión financiera, consolidando el remanente de tesorería y aplicando recursos a la amortización de la deuda.

En el Presupuesto elaborado, se incluyen, en su Estado de Gastos, los créditos necesarios para hacer frente a las obligaciones que, como máximo, puede reconocer esta Entidad en el año 2.009 para el normal funcionamiento de todos sus servicios, y, en su Estado de Ingresos, los derechos que se prevean liquidar durante el mismo año. El importe del Presupuesto para el ejercicio 2009, nivelados los Estados de Gastos e Ingresos, asciende a 7.495.526,41 euros frente a los 9.271.758,10 euros del ejercicio 2008, produciéndose un decremento del 19,58 por ciento, aproximadamente, y localizado, fundamentalmente, en los Capítulos II (gastos en bienes corrientes y servicios) y VI (inversiones reales), aunque es una constante en el resto de los capítulos.

Durante este año 2009 la Concejalía de Cultura quiere continuar con la línea mantenida durante estos últimos, por tanto, se seguirá reforzando la labor de la Universidad Popular de Moya, continuando con el desarrollo de las actividades que mejor han venido funcionando: pintura, alfarería, manualidades, bisutería, automaquillaje, yoga, pilates, senderismo o informática. Además, durante este curso se han incluido otros cursos y talleres de diversa índole que han sido demandados y que han funcionado muy satisfactoriamente.

Con respecto a la nueva Escuela Municipal de Música, su funcionamiento y puesta en

marcha ha sido todo un éxito y hasta el momento está funcionando muy adecuadamente, con un número de alumnos que ronda los 200. Además de las clases esta escuela está cubriendo eventos y actividades diversas como Certámenes de música o actos en colegios y dirigidos a los más pequeños en una estrategia de captación de alumnos y fomento y promoción de la música.

Por otro lado, se mantienen para este año las exposiciones de artes plásticas, enfocadas

fundamentalmente a la pintura, la escultura y la fotografía. Las actividades culturales varias están viéndose plasmadas, a pesar de la situación actual de

crisis, en las programaciones culturales, que ya desde el año 2006 se vienen ofertando y publicando, y en las que tienen cabida tanto las actividades escénicas (teatro o danza), así como el cine o la música en su más amplia acepción (folclore, clásica, moderna,...), incluyéndose además otros actos dentro de las principales fiestas del municipio. Durante este año en curso cabe destacar la celebración del Día de Canarias, la realización en Moya de la 5ª Edición del Folk Canarias, la ayuda económica concedida por el Cabildo de Gran Canaria para la mejora de la sala de actos de la Casa de la Cultura o el proyecto de apoyo a actividades culturales ofertadas a todas las asociaciones de vecinos del municipio de la Villa de Moya.

En lo que respecta al área de Juventud se sigue trabajando en la nueva línea de captación de

jóvenes de cara a la futura apertura del local de juventud, potenciando el asociacionismo y potenciando eventos juveniles más cercanos a los intereses de éstos.

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Alcaldía En esta nueva estrategia de actuación en el campo de los jóvenes se ha apostado por

incentivar el asociacionismo estableciendo como lugar físico de reunión el nuevo local destinado a los jóvenes que se abrirá el próximo mes de junio. Entre los nuevos proyectos activados en esta área tenemos los certámenes de relatos cortos, fotografía, pintura o guiones radiofónicos, el proyecto “De isla en isla” con un viaje a la isla de La Palma ofrecido a alumnos/as del IES Doramas, el proyecto “La Costa se mueve” o el proyecto “Moya Urbana”.

En cuanto al área de educación se continuará invirtiendo a través del RAM en los colegios más necesitados de reformas o mejoras. Más allá de estas inversiones, se seguirá apostando por fortalecer los lazos de colaboración ofreciendo dentro de los posible actividades diversas (talleres, cuentacuentos...), así como subvenciones destinadas a paliar alguno de los gastos que generan estos centros en lo que a guaguas y otros se refiere. Se prevé mantener la subvención económica de apoyo al viaje a Francia del IES Doramas y en menor medida económica el apoyo al desayuno saludable que viene ofreciéndose en el CEIP Agustín Hernández. En el Área de Servicios Sociales, se siguen manteniendo los servicios vinculados al área de la mujer, infancia y menores, discapacitados, tercera edad y alzheimer, además de incrementar de manera muy importante las ayudas Benéficas y Asistenciales a para los vecinos del Municipio en situaciones difíciles, así como incorporar un nuevo servicio “Prestación Canaria de Inserción”, dirigido a personas sin recursos. Desde la Concejalía de Deportes se están realizando diferentes actuaciones en materia de Infraestructura de Instalaciones Deportivas. Durante este año se va a afrontar diversas mejoras en los Campos de Fútbol de Fontanales y García Hernández, además de inversiones en compra de material (canastas de baloncesto) para los colegios Trujillo, Frontón y El Pagador y para la mejora de los servicios que se prestan en el Gimnasio Municipal (Bicicletas Estáticas y Elípticas). En el apartado de Promoción Deportiva se va a continuar potenciando el apoyo a los Clubes Deportivos a través de subvenciones para la realización de prácticas deportivas. Se seguirán promocionando las actividades dirigidas como Aeróbic y Ciclismo Indoor donde nuestro objetivo es consolidar las actividades. Este año durante la Campaña de Verano se va a promocionar la Escuela Deportiva de Verano 2009 en horario de 9’00 a 14’00 horas con el fin de ofrecer una serie de actividades continuadas a los niños/as del municipio en horario laboral de los padres. Dentro de las Actividades Puntuales se seguirá apoyando la “Subida a la Villa de Moya” de Automovilismo, que ya es puntuable para el Campeonato Regional de Canarias y también una prueba Campeonato Regional Trial de motos.

Desde de la Concejalía de Festejos se realizará la organización de las diversas Fiestas del Municipio (San Antonio, San Judas y La Candelaria), además de la Campaña de Navidad y la colaboración en la organización de las Fiestas en los diferentes barrios del Municipio.

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Alcaldía En la Concejalía de Saneamiento, Abastecimiento y Distribución de Aguas, se hace especial

referencia a la ejecución del PIO 09, para dotar de una línea de baja tensión a la futura EDAR de Lomo Blanco.

Desde Comunicación Social y Participación Ciudadana se prevé seguir avanzando en la

ejecución del Plan de Modernización, celebración de las segundas jornadas de Participación Ciudadana, apostando por la consolidación de las mismas como referente comarcal en esta materia. Finalmente, culminar el acondicionamiento de los espacios físicos donde ubicar la Oficina de Atención al Ciudadano.

Teniendo en cuenta que alcanzamos un nivel satisfactorio en cuanto a equipamiento en

nuevas tecnologías, la apuesta en este capítulo, es apoyar el proceso de modernización administrativa con los estudios, las herramientas y los soportes necesarios para su implantación y desarrollo.

En cuanto a la mejora del Medio Natural, seguiremos avanzando en el diseño de la Agenda

21 Local y reeditar Moyambiente desde donde se pretende abundar en el conocimiento del medio natural de nuestro municipio. Y en cuanto a Comunicación pretendemos continuar apostando por la potenciación, dinamización y revitalización del comercio local, apoyando acciones encaminadas a tal fin como los encuentros del Comercio Local en el marco de las Zonas Comerciales Abiertas.

Desde la Concejalía de Desarrollo Local, Agricultura y Ganadería y Turismo se pretende

conseguir los objetivos en los que se lleva trabajando en periodos anteriores, ejecutar todo tipo de subvenciones en lo que se refiere a formación y empleo y que no genere gastos económicos directos al Ayuntamiento.

Durante el año 2009, la Concejalía de Desarrollo Local quiere continuar con la línea

mantenida durante los últimos años, y con un comportamiento lineal en la situación de crisis que tenemos actualmente. Por tanto, seguir las políticas de empleo que desde el Gobierno de Canarias pone en macha todos los años.

Una primera parte se desarrolla con la formación de los desempleados del municipio mayores de 25 años, dicho programa se desarrolla con los Talleres de Empleo (formación-empleo), enmarcadas en las políticas activas de empleo del Gobierno de Canarias.

Una segunda parte son los convenios con en Servicio Canario de Empleo, Corporaciones Locales, para la contratación de desempleados del municipio de Moya, también enmarcadas en las políticas activas de empleo del Gobierno de Canarias. En lo que respecta a la formación, se contempla la formación en materia de Agricultura y Ganadería.

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Alcaldía

En materia de personal: se mantiene los servicios de apoyo a la Agricultura y la Ganadería, con el convenio de la Consejería Agricultura y Ganadería del Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento, con la contratación de un Veterinario. En el área de turismo, también existe un convenio con la Consejería de Turismo del Cabildo de Gran Canaria, para la contratación de un Promotor de Turismo.

En el área de Desarrollo Local, se recoge la prorroga de contratación de un Agente de Desarrollo Local, el convenio se desarrolla con el Servicio Canario de Empleo del Gobierno de Canarias. También existen propuestas para desarrollar eventos, como la Feria de Turismo, Feria de ganado, etc.

En lo que respecta a obras, contemplamos las obras de terminación del Albergue Jardín de

Corvo, y el área recreativa el Pirolero. Dentro de la política de desarrollo tanto urbanístico como social que el Ayuntamiento de la

Villa de Moya está realizando en diversos barrios del municipio, está contemplada la construcción y acondicionamiento de diversos parques públicos.

Por un lado se realizarán parques de obra nueva y por otro lado se procederá al acondicionamiento de varios parques ya existentes en el municipio. 1.- Obra nueva:

- Parque de la 3ª Edad, situado en el Centro de la 3ª Edad, C/ Cervantes nº 22 del Casco Urbano de Moya.

- Parque de San Fernando, situado junto a la GC-160 en el punto kilométrico 12 + 200, barrio de San Fernando. - Parque de juegos en Carretería, C/ Aguatona esquina C/ Tamarán.

2.- Acondicionamiento de parques existentes: - Parque del barrio del Frontón - Parque del barrio de Lomo Blanco - Plazoleta del barrio del Roque

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Alcaldía Lo más significativo en cuanto a la distribución del gasto es que alrededor de un 39,56 por ciento del Presupuesto se destina a gastos en bienes corrientes y servicios, un 41,41 por ciento a gastos de personal, y un 5,70 por ciento a inversiones.

En materia de personal, se seguirá con la política de estabilización de los puestos de trabajo del personal laboral. En septiembre del ejercicio 2008, se creó la Sociedad Mercantil “Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L.” cuyo objeto es gestionar las escuelas artísticas municipales, de formación no reglada y contribuir con el desarrollo lúdico-cultural del municipio de Moya y que por el órgano municipal competente le sea encomendada. c) Modificaciones introducidas al Presupuesto de 2008. Las principales modificaciones introducidas en los diferentes Capítulos del Estado de Gastos son las siguientes:

CAPITULO I Los gastos de personal ascienden a 3.103.590,09 euros, produciéndose un decremento de 114.645,78 euros (3,64 por 100, aproximadamente) respecto al ejercicio 2008, donde los gastos fueron de 3.220.853,69euros. Dicho decremento se debe, fundamentalmente, amortización de varias plazas, tanto de funcionarios como de personal laboral, pese a la subida no superior al 2 por ciento prevista en el art. 22.2 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, que dice textualmente: “Con efectos de 1 de enero del año 2009, las retribuciones del personal al servicio del sector público, incluidas, en su caso, las diferidas, y las que, en concepto de pagas extraordinarias, correspondieran en aplicación del artículo 21.Tres de la Ley 42/2006, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, en términos de lo recogido en el apartado Dos del articulo 22 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento con respecto a las del año 2008, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo”. Como novedad, la paga extraordinaria de los funcionarios, incluirá el 100 por 100 del complemento específico, de conformidad con el artículo 24.UNO.A) de la citada Ley. En cuanto al personal Funcionario se producen las siguientes modificaciones:

- Dentro de la función 222 se amortizan dos plazas de Policía Local.

- Dentro de la función 431 se amortiza la plaza de Arquitecto Técnico.

- Dentro de la función 441 se amortiza la plaza de Lector Cobrador.

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Alcaldía En cuanto al personal laboral fijo se producen las siguientes modificaciones:

- Dentro de la función 121, se crean dos plazas de auxiliar administrativo y una de limpiadora.

- Dentro de la función 422, se crea una plaza de limpiadora. - Dentro de la función 431, se crea una plaza de Arquitecto. - Dentro de la función 432, se crea una plaza de Operario de Oficios Varios y desaparece una

plaza de peón que pasa a laboral eventual. - Dentro de la función 441, se amortiza una plaza de Operario de Lectura de Contadores y

Otras Labores. - Dentro de la función 451 se incluyen un puesto de Conserje. - Dentro de la función 452, se incluyen 2 plazas de monitor deportivo y una de operario de

oficios varios y se amortizan dos plazas de Operario de Instalaciones Deportivas. - Dentro de la función 464, se elimina la plaza de Coordinador de Juventud que pasa a

eventual. - Dentro de la función 511, se elimina la plaza de Operario de Oficios Varios. Asimismo, no se incluyen los créditos que se derivaban de la firma del convenio del personal laboral, al no estar éste aprobado. En cuanto al personal laboral temporal, las principales novedades son: - Dentro de la función 121, pasan a interinidad dos plazas de auxiliar administrativo y una de

limpiadora. - Desaparece un puesto de Limpiadora, dentro de la función 422 al pasar a interinidad. - Desaparece un puesto de Arquitecto, dentro de la función 431 al pasar a interinidad. - Dentro de la función, 432, desaparece un puesto de Operario de Oficios Varios al pasar a

interinidad y se crea una plaza de Peón. - Dentro de la función 451, pasa a interinidad un puesto de Conserje. - Dentro de la función 452, también pasan a interinidad, dos Monitores Deportivos, y un

Operario de Oficios Varios. - Dentro de la función 464, se crea el puesto de Coordinador de Juventud.

CAPITULO II Su importe asciende a 2.965.242,16 euros. Se produce un decremento de 1.011.483,07 euros (25,40 por 100, aproximadamente) respecto al del ejercicio 2008, donde los gastos presupuestados fueron de 3.975.025,23 euros. Los convenios celebrados con otras Administraciones en el área de Servicios Sociales (Integración Social del Minusválido, Intervención con enfermos de Alzheimer, Servicios de Ayuda a Domicilio...), Escuela Municipal de Música, los talleres de empleo, los convenios con el Servicio Canario de Empleo, se siguen manteniendo, pero la generación de crédito de algunas subvenciones que se han incorporado antes de la aprobación de presupuesto, justifican el decremento del Capítulo II.

CAPITULO III Y IX

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Alcaldía Las cantidades incluidas en estos dos capítulos están relacionadas en el documento que acompaña al Presupuesto sobre “Estado de la Deuda” para 2.009 y que van destinadas al pago de intereses y amortizaciones de las operaciones de crédito en vigor y las programadas para el ejercicio que nos ocupa. En el ejercicio 2008 no se acudió al endeudamiento a largo plazo y para este ejercicio sólo está previsto el préstamo que probablemente pedirá el Cabildo por cuenta de este Ayuntamiento para la obra “Línea de Baja Tensión subterránea en Lomo Blanco e Iluminación de Cruces en C/ Alejandro Hidalgo y Lope de Vega”, dentro del PIOS 09 y por importe de 41.459,47 euros.

CAPITULO IV Experimenta, aproximadamente, un decremento del 9,71 por ciento, localizado, fundamentalmente, en la disminución de las devoluciones de la subvención recibida para la realización del Proyecto “La Fragata” (PRODE 1999). CAPITULO VI Y VII El contenido de éstos se encuentra detallado en el Anexo de Inversiones que, por imperativo legal (art. 168.1d del Real Decreto Legislativo 2/2004), ha de acompañar al Presupuesto de cada ejercicio. En conjunto, las inversiones allí programadas suman 426.946,26 euros frente a los 976.886,34 euros del ejercicio 2008. Dicho decremento se valora en un 56,30 por ciento, aproximadamente. En este año se van a seguir realizando obras de mantenimiento por todo el Municipio, además de las obras recogidas en el Fondo Estatal de Inversión Local por importe de 1.411.304,00 euros, tales como Mejoras de Instalaciones Eléctricas en Colegios, Repavimentaciones de Caminos y Calles, Renovaciones de Redes de Saneamiento y Abastecimiento, Renovaciones de Alumbrado Público, Instalación de Ascensor en las Casas Consistoriales para la mejora del accesibilidad…

En cuanto al Capítulo VII, decir que decrementa en un 5,17 por ciento, localizado fundamentalmente en la aportación ya realizada al proyecto innovatur. CAPITULO VIII Sólo se utiliza para hacer frente a posibles anticipos de haberes al personal al servicio del Ayuntamiento. El Capítulo está relacionado con el respectivo de Ingresos, de tal forma que, las consignaciones de éste, se amplían en la medida en que el Capítulo VIII de Ingresos liquide más cantidades de las allí previstas.

CONCLUSIONES El Presupuesto que se presenta, acompañado de la documentación que lo explica y acredita, incluye las obligaciones que como máximo puede reconocer esta Entidad en el ejercicio y el conjunto de derechos previsibles a liquidar en el mismo.

Seguimos elaborando un Presupuesto austero en el gasto con el fin de seguir la directrices que

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Alcaldíamarca la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, sobre todo en lo referente al control del endeudamiento a largo plazo, el cual constituye uno de los objetivos más reiterativos en las leyes de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado. Así, en la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se modifica el artículo 54 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, creándose los nuevos conceptos de Ahorro Bruto y Neto, con el ánimo de limitar las posibilidades de nuevo endeudamiento de las administraciones Locales en los casos en que se derivase un ahorro neto negativo.

Villa de Moya, a 2 de junio de 2009

EL ALCALDE

Fdo.: D. Antonio Perera Hernández

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Resum en de la liquida c ión del

presupuesto de 2.007

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Fecha Obtención 01/06/2009Pág. 1

AYUNTAMIENTO DE MOYA

ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

EJERCICIO 2007III. RESULTADO PRESUPUESTARIO

CONCEPTOS DERECHOS RECONOCIDOS NETOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS

AJUSTES RESULTADO PRESUPUESTARIO

a. Operaciones corrientes 7.682.546,49

b. Otras operaciones no financieras 602.307,06

1.Total operaciones no financieras (a+b) 8.284.853,55

2.Activos financieros 8.173,82

3.Pasivos financieros 41.840,94

RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO 8.334.868,31

AJUSTES

4.Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales

5.Desviaciones de financiación negativas del ejercicio

6.Desviaciones de financiación positivas del ejercicio

662.616,26

492.586,13

1.949.200,88

2.119.231,01

8.235.286,57

157.388,52

1.100,00

8.076.798,05

1.305.707,85

6.771.090,20

99.581,74

911.456,29

-703.400,79

208.055,50

7.073,82

-115.547,58

2.218.812,75RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO

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Page 15: Presupuesto 2009

RESUMEN de la liquida c ión del

presupuesto de 2.008

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Page 16: Presupuesto 2009

Fecha Obtención 01/06/2009Pág. 1

AYUNTAMIENTO DE MOYA

ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

EJERCICIO 2008III. RESULTADO PRESUPUESTARIO

CONCEPTOS DERECHOS RECONOCIDOS NETOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS

AJUSTES RESULTADO PRESUPUESTARIO

a. Operaciones corrientes 8.506.844,60

b. Otras operaciones no financieras 139.530,48

1.Total operaciones no financieras (a+b) 8.646.375,08

2.Activos financieros 5.028,65

3.Pasivos financierosRESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO 8.651.403,73

AJUSTES

4.Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales

5.Desviaciones de financiación negativas del ejercicio

6.Desviaciones de financiación positivas del ejercicio

319.929,61

548.257,79

1.592.719,30

1.364.391,12

8.649.033,48

372.066,02

8.145,67

8.268.821,79

1.029.395,77

7.239.426,02

2.370,25

1.267.418,58

-889.865,29

377.553,29

-3.117,02

-372.066,02

1.366.761,37RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO

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Page 17: Presupuesto 2009

Ga stos de persona l

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Page 18: Presupuesto 2009

Previsión de Pagos al Personal Funcionario 01/06/2009

RETRIB. COMPLEMENTO COMPLEMENTO COMPLEMENTO PRODUC- GRATIFI- SEGURIDADBASICAS ESPECIFICO DESTINO RESIDENCIA TIVIDAD CACIONES TOTAL SOCIAL

DENOMINACION DEL PUESTO OCUPADO POR: CLS NIV 120.00 121.00 121.00 121.00 150.00 151.00 160,00 COSTE TOTAL121 ADMINISTRACION GENERALSECRETARIO VACANTE A1 26 8920,81 1.000,00 3.824,16 1.026,12 - 14.771,09 4.874,46 19.645,55 INTERVENTOR VACANTE A1 26 8920,81 1.000,00 3.824,16 1.026,12 - 14.771,09 4.874,46 19.645,55 TESORERO VACANTE A1 26 8920,81 1.000,00 3.824,16 1.026,12 - 14.771,09 4.874,46 19.645,55 ASESOR JURIDICO MIGUEL A. AGUIAR RGUEZ A1 26 11372,45 7.732,14 4.396,44 1.026,12 - 24.527,15 8.093,96 32.621,11 LETRADO ASESOR SANTIAGO LUIS BAÑOLAS BOLAÑOS A1 26 21033,42 8.934,24 8.972,88 2.052,24 6.310,92 - 47.303,70 15.610,22 62.913,92 LICENCIADO EN C.EMPRESARIALES NIEVES KHOURY PERERA A1 26 10532,92 4.467,42 4.396,44 1.026,12 - 20.422,90 6.739,56 27.162,46 LICENCIADO EN C.EMPRESARIALES VACANTE A1 26 19164,10 8.934,84 8.972,88 2.052,24 1.736,16 - 40.860,22 13.483,87 54.344,09 ADMINISTRATIVO Mº CARMEN MELIAN RGUEZ C1 18 14342,48 6.042,60 4.971,72 1.383,00 3.480,00 - 30.219,80 9.972,53 40.192,33 ADMINISTRATIVO JUAN RAMON RGUEZ GARCIA C1 18 13695,60 5.397,36 4.971,72 1.383,00 - - 25.447,68 8.397,73 33.845,41 MARGENES 2.000,00 2.200,00 4.200,00 1.386,00 5.586,00

TOTALES SUBFUNCIÓN 116.903,40 44.508,60 48.154,56 12.001,08 13.527,08 2.200,00 237.294,72 78.307,26 315.601,98

222 SEGURIDAD CIUDADANACABO CANDIDO RIVERO ARENCIBIA C1 18 15.460,26 7.678,20 4.971,31 1.383,00 2.160,00 - 31.652,77 10.445,41 42.098,18 CABO VACANTE C1 18 12.363,46 7.678,20 4.971,31 1.383,00 - 26.395,97 8.710,67 35.106,64 POLICIA LOCAL VACANTE C1 18 12.250,88 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 25.222,11 8.323,30 33.545,41 POLICIA LOCAL PEDRO LUIS ALMEIDA ALONSO C1 18 14.563,64 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 27.534,87 9.086,51 36.621,38 POLICIA LOCAL FRANCISCO MEDINA ROSALES C1 18 14.563,64 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 27.534,87 9.086,51 36.621,38 POLICIA LOCAL GREGORIO SANTANA VEGA C1 18 14.687,82 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 27.659,05 9.127,49 36.786,54 POLICIA LOCAL Mª CARMEN RGUEZ. MEIRA C1 18 13.594,28 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 26.565,51 8.766,62 35.332,13 POLICIA LOCAL JOSE FCO. CLIMENT RGUEZ. C1 18 13.438,18 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 26.409,41 8.715,11 35.124,52 POLICIA LOCAL JOSE SANTANA SANTANA C1 18 13.594,28 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 26.565,51 8.766,62 35.332,13 POLICIA LOCAL ARMANDO RGUEZ. OJEDA C1 18 13.312,04 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 26.283,27 8.673,48 34.956,75 POLICIA LOCAL JAVIER VARGAS SOSA C1 18 13.312,04 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 26.283,27 8.673,48 34.956,75 POLICA LOCAL SERGIO RAFAEL RIOS GLEZ. C1 18 13.312,04 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - - 26.283,27 8.673,48 34.956,75 POLICIA LOCAL VACANTE C1 18 13.562,63 6.616,92 4.971,31 1.383,00 - 26.533,86 8.756,17 35.290,03 MARGENES 3.900,00 20.000,00 23.900,00 7.887,00 31.787,00

TOTALES SUBFUNCION 178.015,19 88.142,52 64.627,03 17.979,00 6.060,00 20.000,00 374.823,74 123.691,83 498.515,57

313 ACCION SOCIALASISTENTE SOCIAL OLGA Mª ROBLES ROQUE A2 22 19.287,32 6.117,60 6.420,72 1.677,36 - - 33.503,00 11.055,99 44.558,99 MARGENES 300,00 300,00 99,00 399,00

TOTALES SUBFUNCIÓN 19.287,32 6.117,60 6.420,72 1.677,36 300,00 - 33.803,00 11.154,99 44.957,99

422 ENSEÑANZACONSERJE DEL COLEGIO ELADIO GARCIA QUEVEDO E 12 10.677,96 3.586,92 3.275,16 1.006,80 - - 18.546,84 6.120,46 24.667,30 MARGENES 300,00 300,00 99,00 399,00

TOTALES SUBFUNCIÓN 10.677,96 3.586,92 3.275,16 1.006,80 300,00 - 18.846,84 6.219,46 25.066,30

431 VIVIENDAARQUITECTO VACANTE A1 26 21.656,54 8.934,12 8.972,88 2.052,24 - 41.615,78 13.733,21 55.348,99 DELINEANTE CARMEN PONCE FLEITAS C2 16 11.381,18 4.557,00 4.406,76 1.139,88 - - 21.484,82 7.089,99 28.574,81 MARGENES 600,00 997,78 1.597,78 527,27 2.125,05

TOTALES SUBFUNCIÓN 33.037,72 13.491,12 13.379,64 3.192,12 600,00 997,78 64.698,38 21.350,47 86.048,85

TOTAL FUNCIONARIOS 357.921,59 155.846,76 135.857,11 35.856,36 20.787,08 23.197,78 729.466,68 240.724,00 970.190,68

357.921,59 155.846,76 135.857,11 35.856,36 20.787,08 23.197,78 729.466,68 240.724,00 970.190,68

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Page 19: Presupuesto 2009

Previsión de Pagos al Personal Laboral Fijo 01/06/2009

RETRIB. OTRAS SEGUROS COSTE BASICAS REMUNER. TOTAL SOCIALES TOTAL

DENOMINACION DEL PUESTO OCUPADO POR: 130.00 130,01 RETRIBCNS. 160,00

121 ADMINISTRACION GENERALINGENIERO TECNICO EN INFORMATICA VACANTE 15.442,13 12.203,48 27.645,61 9.123,05 36.768,67 INGENIERO TECNICO EN TELECOMUNICACIONES VACANTE 14.879,05 12.203,48 27.082,53 8.937,23 36.019,76 AUXILIAR ADMINISTRATIVO BENITA FALCÓN QUESADA 9.636,73 5.541,42 15.178,15 5.008,79 20.186,93 AUXILIAR ADMINISTRATIVO Mª DOLORES GONZÁLEZ RODRÍGUEZ 9.887,22 5.515,54 15.402,76 5.082,91 20.485,67 AUXILIAR ADMINISTRATIVO ELSA QUINTANA QUINTANA 9.636,90 5.760,95 15.397,85 5.081,29 20.479,15 AUXILIAR ADMINISTRATIVO Mª DEL CARMEN SOSA SUÁREZ 9.386,58 5.541,28 14.927,86 4.926,19 19.854,06 AUXILIAR ADMINISTRATIVO Mª DEL CARMEN ALMEIDA MORENO 9.189,90 5.524,73 14.714,63 4.855,83 19.570,46 AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTE 8.358,30 7.146,64 15.504,94 5.116,63 20.621,57 AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTE 8.358,30 7.146,64 15.504,94 5.116,63 20.621,57 LIMPIADORA JULIANA RGUEZ RGUEZ 9.158,52 3.335,54 12.494,06 4.123,04 16.617,10 LIMPIADORA Mª ROSARIO MEDINA ROSALES 8.769,34 6.554,52 15.323,86 5.056,87 20.380,73 LIMPIADORA VACANTE 7.655,48 4.837,86 12.493,34 4.122,80 16.616,14 LIMPIADORA VACANTE 7.656,48 4.837,86 12.494,34 4.123,13 16.617,47 MARGENES MARGENES 4.000,00 4.000,00 1.320,00 5.320,00

TOTALES SUBFUNCION 128.014,93 90.149,95 218.164,88 71.994,41 290.159,28

223 PROTECCION CIVILJEFE AGRUPACION PROTECCION CIVIL VACANTE 7.655,07 10.189,89 17.844,96 5.888,84 23.733,80 MARGENES MARGENES 1.500,00 1.500,00 495,00 1.995,00

TOTALES SUBFUNCION 7.655,07 11.689,89 19.344,96 6.383,84 25.728,80

313 ACCION SOCIALCONSERJE VACANTE 7655,24 3907,99 11.563,23 3.815,87 15.379,10 ASISTENTE DOMICILIARIA VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,57 ASISTENTE DOMICILIARIA VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,57 ASISTENTE DOMICILIARIA VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,57

TOTALES SUBFUNCION 36.560,98 21.517,07 58.078,05 19.165,76 77.243,81

322 PROMOCION DE EMPLEOAGENTE DE DESARROLLO LOCAL VACANTE 14.879,05 12.203,48 27.082,53 8.937,23 36.019,76

TOTALES SUBFUNCION 14.879,05 12.203,48 27.082,53 8.937,23 36.019,76

422 ENSEÑANZALIMPIADORA VACANTE 7.655,48 4.837,86 12.493,34 4.122,80 16.616,14

TOTALES SUBFUNCION 7.655,48 4.837,86 12.493,34 4.122,80 16.616,14

431 VIVIENDAARQUITECTO VACANTE 16.209,48 14.811,91 31.021,39 10.237,06 41.258,45

TOTALES SUBFUNCION 16.209,48 14.811,91 31.021,39 10.237,06 41.258,45

432 URBANISMO Y ARQUITECTURAINGENIERO TECNICO INDUSTRIAL JAVIER BETANCOR DE LA FE 15.751,68 13.136,14 28.887,82 9.532,98 38.420,80 ARQUITECTO TÉCNICO VACANTE 14.587,30 11.964,20 26.551,50 8.761,99 35.313,49 AUXILIAR TECNICO DE DELINEACION VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,57 AUXILIAR ADMINISTRATIVO CARMEN DELIA BETANCOR GARCÍA 9.386,58 5.524,73 14.911,31 4.920,73 19.832,04 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,48 4.837,87 12.493,35 4.122,81 16.616,16 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,48 4.837,87 12.493,35 4.122,81 16.616,16 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,48 4.837,87 12.493,35 4.122,81 16.616,16 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,48 4.837,87 12.493,35 4.122,81 16.616,16 OPERARIO JARDINERIA Y OTRAS LABORES HIPOLITO MELIAN RGUEZ. 9.635,25 7.332,37 16.967,62 5.599,31 22.566,93 OPERARIO ELECTRICIDAD Y OTRAS LABORES VACANTE 8.385,30 6.031,44 14.416,74 4.757,52 19.174,26 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,07 4.837,87 12.492,94 4.122,67 16.615,60 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,48 4.837,46 12.492,94 4.122,67 16.615,61 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS JUAN C. SANTANA CORREDERA 8.407,00 4.940,35 13.347,35 4.404,63 17.751,97 OPERARIO DE OFICIOS VARIOS FRANCISCO QUINTANA DIAZ 8.554,62 5.023,21 13.577,83 4.480,68 18.058,51 ALBAÑIL Y OFICIOS VARIOS VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,56 ALBAÑIL Y OFICIOS VARIOS FRANCISCO GLEZ. MONTESDEOCA 10.578,60 9.098,34 19.676,94 6.493,39 26.170,33 MARGENES 10.000,00 10.000,00 3.300,00 13.300,00

TOTALES SUBFUNCIÓN 150.489,28 113.816,97 264.306,25 87.221,06 351.527,32

441 SANEAMIENTO, ABASTECIMIENTTO Y DISTRIBUCION DE AGUAOPERARIO DE LECTURA CONTADORES Y OTRAS LABORESVACANTE 8.513,85 5.064,00 13.577,85 4.480,69 18.058,54 OPERARIO DIVERSAS LABORES FERNANDO GARCIA HDEZ. 11.042,72 3.398,05 14.440,77 4.765,45 19.206,22 BARRENDERO Y OTRAS LABORES JUAN ANTONIO ALMEIDA ALONSO 8.592,58 6.655,62 15.248,20 5.031,90 20.280,10 FONTANERO Y OFICIOS VARIOS VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,56 MARGENES 3.000,00 3.000,00 990,00 3.990,00

TOTALES SUBFUNCIÓN 37.784,40 23.987,35 61.771,75 20.384,68 82.156,43

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Page 20: Presupuesto 2009

Previsión de Pagos al Personal Laboral Fijo 01/06/2009

RETRIB. OTRAS SEGUROS COSTE BASICAS REMUNER. TOTAL SOCIALES TOTAL

DENOMINACION DEL PUESTO OCUPADO POR: 130.00 130,01 RETRIBCNS. 160,00

442 RECOGIDA, ELIMINACION, TRATAMIENTO DE BASURA Y LIMPIEZA VIARIAPEON JACINTO MEDINA DIAZ 9.700,46 6.658,12 16.358,58 5.398,33 21.756,92 PEON FRANCISCO GOMEZ CASTELLANO 9.319,56 3.965,25 13.284,81 4.383,99 17.668,79 OPERARIO RECOGIDA BASURA Y OTRAS LABORES VACANTE 4.487,88 3.301,55 7.789,43 2.570,51 10.359,94 OPERARIO RECOGIDA DE BASURA Y OTRAS LAB. TITO N.SANTIAGO MONTESDEOCA 8.786,68 6.313,76 15.100,44 4.983,15 20.083,59 BARRENDERO Y OTRAS LABORES JOSE A. CASTELLANO MORENO 8.593,10 6.751,20 15.344,30 5.063,62 20.407,92 PEON JESUS GOMEZ CASTELLANO 9.158,52 6.074,25 15.232,77 5.026,81 20.259,58 OPERARIO DE DIVERSAS LABORES JESUS F. JIMENEZ DIAZ 11.043,53 10.588,44 21.631,97 7.138,55 28.770,52 FONTANERO Y MECANICO DE VEHICULOS ANDRES GARCIA SOSA 10.989,20 4.083,59 15.072,79 4.974,02 20.046,81 BARRENDERO Y OTRAS LABORES MARCOS F. VERA FLEITAS 8.407,00 7.600,10 16.007,10 5.282,34 21.289,45 MARGENES 4.500,00 4.500,00 1.485,00 5.985,00

TOTALES SUBFUNCIÓN 80.485,93 59.836,26 140.322,19 46.306,32 186.628,52

443 CEMENTERIOS Y SERVICIOS FUNERARIOSOPERARIO FOSERO Y OTRAS LABORES VACANTE 8.581,46 5.305,56 13.887,02 4.582,72 18.469,74 OPERARIO FOSERO Y OTRAS LABORES VACANTE 7.655,48 4.837,87 12.493,35 4.122,81 16.616,16 MARGENES MARGENES 2.000,00 2.000,00 660,00 2.660,00

TOTALES SUBFUNCION 16.236,94 12.143,43 28.380,37 9.365,52 37.745,89

451 PROMOCION Y DIFUSION CULTURAANIMADOR SOCIAL CULTURAL -JEFE EQUIPO VACANTE 14.879,04 12.203,49 27.082,53 8.937,23 36.019,76

ANIMADOR SOCIO CULTURAL VACANTE 10.255,14 8.517,57 18.772,71 6.194,99 24.967,71 LOCUTOR DE RADIO VACANTE 9.635,25 7.007,40 16.642,65 5.492,07 22.134,72

COLABORADORA DE RADIO VACANTE 8.385,30 5.590,74 13.976,04 4.612,09 18.588,13 AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,56 BIBLIOTECARIA VACANTE 10.255,14 8.517,60 18.772,74 6.195,00 24.967,74

CONSERJE VACANTE 7.655,48 3.965,48 11.620,96 3.834,92 15.455,88 MARGENES 5.000,00 5.000,00 1.650,00 6.650,00

TOTALES SUBFUNCION 70.700,60 56.671,96 127.372,56 42.032,95 169.405,51

452 EDUCACION FISICA, DEPORTES Y ESPARCIMIENTOCOORDINADOR DEPORTIVO VACANTE 14.879,04 12.203,49 27.082,53 8.937,23 36.019,76

MONITOR DEPORTIVO VACANTE 8.385,30 4.416,56 12.801,86 4.224,61 17.026,47 MONITOR DEPORTIVO VACANTE 8.385,30 4.416,56 12.801,86 4.224,61 17.026,47 MONITOR DEPORTIVO VACANTE 7.655,48 5.146,06 12.801,54 4.224,51 17.026,05 MONITOR DEPORTIVO VACANTE 4.192,58 2.208,36 6.400,94 2.112,31 8.513,25 AUXILIAR ADMIINISTRATIVO VACANTE 8.385,30 5.501,48 13.886,78 4.582,64 18.469,42 OPERARIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS VACANTE 7.655,48 4.743,01 12.398,49 4.091,50 16.489,99

OPERARIO OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,48 3.550,46 11.205,94 3.697,96 14.903,90 OPERARIO OFICIOS VARIOS VACANTE 7.655,48 4837,56 12.493,04 4.122,70 16.615,74 ANIMADOR SOCIO CULTURAL VACANTE 10.255,14 8.517,60 18.772,74 6.195,00 24.967,75

TOTALES SUBFUNCION 85.104,58 55.541,14 140.645,72 46.413,09 187.058,81

511 CARRETERAS, CAMINOS VECINALES Y VIAS PUBLICAS URBANASALBAÑIL Y OFICIOS VARIOS VACANTE 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,56

TOTALES SUBFUNCIÓN 9.635,25 5.869,69 15.504,94 5.116,63 20.621,56

TOTALES PERSONAL LABORAL FIJO 661.411,96 483.076,96 1.144.488,93 377.681,35 1.522.170,27

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Page 21: Presupuesto 2009

Previsión de Pagos al Personal Laboral Temporal 01/06/2009

TOTAL SEGUROS SOCIALES COSTEDENOMINACION DEL PUESTO 131,00 160,00 TOTAL

121 ADMINISTRACION GENERALAUXILIAR ADMINISTRATIVO 15.504,94 5.116,63 20.621,57 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 15.504,94 5.116,63 20.621,57 LIMPIADORA 12.492,94 4.122,67 16.615,61 LIMPIADORA 12.492,94 4.122,67 16.615,61 LIMPIADORA 12.492,94 4.122,67 16.615,61 LIMPIADORA 12.492,94 4.122,67 16.615,61

TOTALES SUBFUNCIÓN 80.981,64 26.723,94 107.705,57

313 ACCION SOCIALTRABAJADOR SOCIAL 24.056,88 7.938,77 31.995,65 OPERARIO ESPECIALISTA 14.383,64 4.746,60 19.130,24

TOTALES SUBFUNCIÓN 38.440,52 12.685,37 51.125,89

422 ENSEÑANZALIMPIADORA 12.492,94 4.122,67 16.615,61 LIMPIADORA 12.492,94 4.122,67 16.615,61

TOTALES SUBFUNCION 24.985,88 8.245,34 33.231,22

431 VIVIENDAARQUITECTO TECNICO 25.799,76 8.513,92 34.313,68

TOTALES SUBFUNCIÓN 25.799,76 8.513,92 34.313,68

432 URBANISMO Y ARQUITECTURAINGENIERO TECNICO EN TOPOGRAFÍA 27.082,53 8.937,23 36.019,76 PEON 11.205,92 3.697,95 14.903,87

MARGENES 2.000,00 660,00 2.660,00 TOTALES SUBFUNCIÓN 40.288,45 13.295,19 53.583,64

452 EDUCACION FISICA, DEPORTES Y ESPARCIMIENTOOPERARIO OFICIOS VARIOS 12.248,08 4.041,87 16.289,94 MARGENES 5.000,00 1.650,00 6.650,00

TOTALES SUBFUNCIÓN 17.248,08 5.691,87 22.939,94

463 COMUNICACIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAAUXILIAR ADMINISTRATIVO 15.504,94 5.116,63 20.621,57

TOTALES SUBFUNCIÓN 15.504,94 5.116,63 20.621,57

464 JUVENTUDCOORDINADOR JUVENTUD 18.772,74 6.195,00 24.967,74

TOTALES SUBFUNCIÓN 18.772,74 6.195,00 24.967,74

Personal EventualTOTAL SEGUROS SOCIALES COSTE

DENOMINACION DEL PUESTO 110,00 160,00 TOTAL

111 ORGANOS DE GOBIERNOCONCEJAL DE URBANISMO, VIVIENDA… 29.288,00 9.665,04 38.953,05 CONCEJAL DE VÍAS Y OBRAS, SANEAMIENTO… 29.288,00 9.665,04 38.953,05 CONCEJAL DE EDUCACIÓN, CULTURA… 29.288,00 9.665,04 38.953,05 CONCEJAL DE DEPORTES Y FESTEJOS 29.288,00 9.665,04 38.953,05

Personal EventualCONCEJAL DE SERVICIOS SOCIALES,... 29.288,00 9.665,04 38.953,05 CONCEJAL DE ALUMBRADO, SERVICIOS, TRANSP.,... 29.288,00 9.665,04 38.953,05

111 PERSONAL EVENTUAL DE GABINETESECRETARIA DE ALCALDÍA 15.504,94 5.116,63 20.621,57

TOTALES SUBFUNCION 191.232,97 63.106,88 254.339,84

TOTAL CONTRATADOS 453.254,96 149.574,14 602.829,10

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Page 22: Presupuesto 2009

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Page 23: Presupuesto 2009

Proyec tos de inversión

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Anexo de Proyectos de Inversión 01/06/2009

PARTIDA DENOMINACION DEL PROYECTO IMPORTE RECURSOS CC.AA. CABILDO PRESTAMO MAPTOTAL GENERALES 755,00 761,00 917.01 720.00

2009 4 1 121.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE,ADMINISTRAC.GRAL 8.000,00 8.000,00 2009 4 2 121.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES, CASAS CONSISTORIALES 1.000,00 1.000,00 2009 4 3 222.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE, POLICÍA LOCAL 3.000,00 3.000,00 2009 4 4 313.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 2.000,00 2.000,00 2009 4 5 412.611,00 MEJORAS TANATORIOS 357,00 357,00 2009 4 6 422.632,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE, EDUCACION 1.500,00 1.500,00 2009 4 7 422.632,00 REFORMA, AMPLIACIÓN Y MEJORA DE COLEGIOS 85.000,00 85.000,00 2009 4 8 432.600,00 TERRENOS Y BIENES NATURALES 9.318,29 9.318,29 2009 2 9 432.601,00 OBRAS DE INFRAESTRUCTURA 8.000,00 8.000,00 2009 4 10 432.601,00 LINEA DE BT SUBT. EN LOMO BLANCO E ILUM. DE CRUCES C/ ALEJANDRO HIDALGO Y LOPE DE VEGA (PIOS 09) 121.502,58 41.459,47 54.044,20 25.998,91 2009 4 11 432.623,00 MAQUINARIA INSTALACIONES Y UTILLAJE, URBANISMO 10.000,00 10.000,00 2009 4 12 432.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES, DEPENDENCIAS MUNICIPALES 3.000,00 3.000,00 2009 4 13 441.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE, SANEAMIENTO 9.540,00 9.540,00 2009 4 14 443.623,00 ACONDICIONAMIENTO CEMENTERIOS 6.988,50 6.988,50 2009 4 15 444.627,00 PROYECTOS COMPLEJOS 28.234,23 28.234,23 2009 2 16 442.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES TANATORIO FONTANALES 4.500,00 4.500,00 2009 4 17 451.622,00 REFORMA SALON DE ACTOS CASA CULTURA 40.000,00 40.000,00 2009 4 18 451.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE, CULTURA 4.500,00 4.500,00 2009 4 19 451.625,00 MOBILIARIO, ENSERES Y LIBROS 4.352,00 4.352,00 2009 4 20 452.611,00 ALBERGUE JARDIN CORVO 10.000,00 10.000,00 2009 4 21 452.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE, DEPORTES 13.500,00 13.500,00 2009 4 22 452.623,00 ACTUACIONES AREAS RECREATIVAS 14.000,00 14.000,00 2009 4 23 452.637,00 MEJORA DE INSTALACIONES DEPORTIVAS 9.056,11 9.056,11 2009 4 24 463.611,00 REFORMAS Y ADAPTACIÓN DE DEPENDENCIAS MUNICIPALES 1.314,76 1.314,76 2009 4 25 511.611,00 REFORMA ANFITEATRO PICO LOMITO 26.482,79 26.482,79 2009 4 26 521.623,00 ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS 300,00 300,00 2009 4 27 521.626,00 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACION 1.500,00 1.500,00

TOTALES 426.946,26 306.903,15 - 94.044,20 - 25.998,91

CODIGOPROYECTO

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Proyec tos dega stos corrientes

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Anexo de Proyectos de Gastos Corrientes 01/06/2009

PARTIDA DENOMINACION DEL PROYECTO IMPORTE RECURSOS CC.AA. CABILDO EMPRESAS PRIVADAS

OTRAS INSTITUCIONES

TOTAL GENERALES 455,01 462,00 470,00 480,00

2009 5 1 313.226,08 PLAN CONCERTADO DE PRESTACIONES BÁSICAS 104.492,52 104.492,52 2009 5 2 313.226,08 INTEGRACIÓN SOCIAL DEL MINUSVALIDO 29.039,46 29.039,46 2009 5 3 313.226,08 MUJER 11.500,00 11.500,00 2009 5 4 313.226,08 INTERVENCION FAMILIAR 29.566,34 29.566,34 2009 5 5 313.226,08 INTERVENCION INTEGRAL CON MAYORES 8.832,91 8.832,91 2009 5 6 313.226,08 PREVENCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN ANTE LA VIOLENCIA GENERO 3.100,00 3.100,00 2009 3 7 322.226,08 CONVENIO SCE-CORPORACIONES LOCALES 50.000,00 7.000,00 43.000,002009 3 8 322.226,08 ESCUELA TALLER - CASA DE OFICIOS-TALLER EMPLEO 206.000,00 6.000,00 200.000,00 2009 3 9 322.226,08 AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL 30.499,05 10.000,00 20.499,05 2009 5 10 322.226,08 TALLERES DE EMPLEO MANCOMUNADOS (FORMACIÓN) 6.000,00 6.000,00 2009 3 11 431.789,00 REHABILITACIÓN VIVIENDA RURAL 60.000,00 60.000,00 2009 3 12 451.226,08 DIA DE CANARIAS 6.000,00 6.000,00 2009 3 13 452.226,07 FESTEJOS POPULARES 68.550,70 60.550,70 3.000,00 3.000,00 2.000,00 2009 3 14 463,226,08 SEGUNDAS JORNADAS COMARCALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 1.200,00 600,00 600,00 2009 5 15 464.226,08 OTRAS ACTIVIDADES JUVENILES 13.229,53 13.229,53 2009 5 16 711.226,06 GESTION Y FORMACION AGRICULTURA Y GANADERIA 2.000,00 2.000,00 2009 5 17 711.226,07 FERIA DE GANADO 13.000,00 13.000,00 2009 3 18 711.226,08 ASISTENCIA MATERIA AGRICOLA Y GANADERA 35.500,00 23.000,00 12.500,00 2009 5 19 751.226,02 PROMOCION Y DIFUSION DEL MUNICIPIO 5.221,06 5.221,06 2009 3 20 751.226,08 PROMOTOR TURISTICO 28.500,00 16.000,00 12.500,00

TOTALES 712.231,57 349.132,52 332.499,05 28.000,00 - 2.600,00

CODIGOPROYECTO

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Inform e económ ic o fina nc iero

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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INFORME ECONOMICO FINANCIERO El funcionario que suscribe, Interventor Accidental de Fondos del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya, a la vista del Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2.009, formado por el Sr. Alcalde Presidente, tiene a bien informar al respecto lo siguiente: Conforme a lo establecido en los artículos 161 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril. Reguladora de las bases de Régimen Local, Las Entidades Locales elaborarán y aprobarán anualmente un Presupuesto único, que coincidirá con el año natural y que estará integrado por el de la propia Entidad y los de todos sus organismos autónomos y empresas locales con personalidad jurídica propia dependientes de aquella. Dado que el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya no tiene organismos autónomos administrativos aunque si empresas municipales, el estudio del Presupuesto se centra en el de la propia Entidad y en el de las Sociedades Municipales Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L. y Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L. Al mismo se une la documentación que señala el artículo 168 del citado R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, y que a continuación se señala a) Memoria explicativa del contenido del Presupuesto y de las principales modificaciones que se presentan con relación al anterior. b) Avance de liquidación del presupuesto 2009 c) Anexo del Personal. d) Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio. e) Informe económico financiero, en el que se exponen las bases utilizadas para la evolución de los ingresos y de las operaciones de créditos previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del Presupuesto. Respecto a la nivelación y el equilibrio, el montante del Proyecto de Presupuesto para 2.009 asciende tanto en su Estado de Ingresos como en su Estado de Gastos a SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS EUROS CON CUARENTA Y UN CENTIMOS. (7.495.526,41 €).

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Los ingresos por operaciones corrientes ascienden a 7.324.011,91 € en tanto que los créditos para gastos de igual naturaleza a 6.628.011,87 €. En cuanto a los ingresos previstos liquidar en el presente Presupuesto, esta Intervención considera que para alcanzar las citadas previsiones, será necesaria la realización de un importante esfuerzo en la gestión e inspección tributaria, con los medios técnicos y humanos adecuados. Si a lo largo del ejercicio se esta en la imposibilidad de alcanzar tales previsiones, se deberían hacer los oportunos ajustes a la baja en el Estado de Gastos. Respecto a la estructura presupuestaria adoptada, ésta se ajusta a la Orden EHA 4042/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local (Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, BOE nº 296 de 09/12/2004). Al Presupuesto se acompaña las Bases de Ejecución, que contienen, a mi juicio, las disposiciones necesarias exigibles en virtud de lo establecido en el artículo 9 del R.D. 500/1.990, de 20 de abril. El estado de previsión de gastos e ingresos de la Sociedad Mercantil “Gestión de Recursos Municipales de Moya, S. L.” asciende a 337.606,99 euros.

El estado de previsión de gastos e ingresos de la Sociedad Mercantil “Escuelas Artísticas Villa de Moya, S. L.” asciende a 88.692,20 euros. En conclusión se informa que el Presupuesto General ha sido confeccionado observando las prescripciones legales aplicables y contiene a mi juicio las previsiones y los créditos necesarios para el buen desarrollo de los servicios municipales.

Villa de Moya a 2 de junio de 2009.

EL INTERVENTOR ACCTAL

Fdo: Antonio. Félix Marrero Henríquez.

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Situa c ión de ladeuda a la rgo pla zo

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Estado de la Deuda 01/06/2009

OPERACIONES CONCERTADAS POR EL CABILDONUMERO DE IMPORTE PRIMER ULTIMO PENDIENTE INTERESES AMORTIZACIÓN ANUALIDAD PENDIENTE ANUALIDAD

DESTINO PRESTAMO OPERACION VENCIMIENTO VENCIMIENTO 01/01/09 011.310.00 011.913.01 2.009 31/12/09 TEORICAPIOS 98 BS546338 46.828,04 31/03/2001 31/12/2010 11.112,20 555,95 5.431,81 5.987,76 5.680,39 6.061,00 Plan Extraordinario de Inversiones 97 98/13BBV 172.700,71 31/03/2000 31/12/2009 21.900,36 829,34 21.900,36 22.729,70 - 23.214,38 PIOS Y PEI 99 99/53BBV 217.115,90 31/03/2001 31/12/2010 50.595,92 2.530,15 24.794,58 27.324,73 25.801,34 27.259,88 PIOS Y PAM 00 00/0118BBVA 180.948,26 31/03/2003 31/12/2012 84.602,45 4.737,32 19.420,31 24.157,63 65.182,14 24.415,55 PIOS Y PAM 01 01/4451 BCL 176.561,96 31/12/2003 30/09/2013 83.866,90 4.712,20 17.656,19 22.368,39 66.210,71 19.909,70 PIOS Y PAM 02 02/5001BSCH 176.561,95 06/11/2004 06/08/2014 114.765,27 6.609,08 17.656,19 24.265,27 97.109,08 23.338,97 PIOS Y PAM 03 2010230382BSCH 174.507,20 30/09/2005 30/06/2015 113.429,68 6.532,16 17.450,72 23.982,88 95.978,96 20.319,23 PIOS Y PAM, 04 4609 CIA 147.673,15 30/09/2006 30/06/2016 110.754,85 6.313,03 14.767,32 21.080,35 95.987,53 17.835,51 PIOS Y PAM 05 173853BBVA 121.499,60 30/09/2007 30/06/2017 103.274,66 6.209,01 12.149,96 18.358,97 91.124,70 15.183,67 PIOS 06 BSCH24380 42.492,16 30/09/2008 30/06/2018 40.367,56 2.334,20 4.249,21 6.583,41 36.118,35 5.484,66 PIOS 07 CIA 80-000006 41.840,94 30/09/2009 30/06/2019 41.840,94 2.531,38 771 3.302,39 41.069,93 5.305,14 PIOS 08 BBVA08,228539 41.459,47 03/09/2010 03/06/2020 41.459,47 2.578,09 - 2.578,09 41.459,47 5.256,77

TOTALES 1.498.729,87 817.970,26 46.471,91 156.247,66 202.719,57 661.722,60 193.584,46

CAJA INSULAR DE AHORROSNUMERO DE IMPORTE PRIMER ULTIMO PENDIENTE INTERESES AMORTIZACIÓN ANUALIDAD PENDIENTE ANUALIDAD

DESTINO PRESTAMO OPERACION VENCIMIENTO VENCIMIENTO 01/01/09 011.310.00 011,913,02 2.008 31/12/08 TEORICAREFINANCIACIÓN 05 189.205 1.450.000,00 19/12/2007 19/12/2020 1.338.461,54 46.779,23 111.538,46 158.317,69 1.226.923,08 159.647,72

TOTALES 1.450.000,00 1.338.461,54 46.779,23 111.538,46 158.317,69 1.226.923,08 159.647,72

BANCO DE CREDITO LOCAL DE ESPAÑANUMERO DE IMPORTE PRIMER ULTIMO PENDIENTE INTERESES AMORTIZACIÓN ANUALIDAD PENDIENTE ANUALIDAD

DESTINO PRESTAMO OPERACION VENCIMIENTO VENCIMIENTO 01/01/08 011.310.00 011,913,02 2.008 31/12/08 TEORICAREFINANCIACIÓN 05 95-44510659 1.240.000,00 01/12/2007 01/12/2018 1.144.615,38 46.722,25 95.384,62 142.106,87 1.049.230,76 155.516,55

TOTALES 1.240.000,00 1.144.615,38 46.722,25 95.384,62 142.106,87 1.049.230,76 155.516,55

NUEVAS OPERACIONESPARTIDA NUMERO DE IMPORTE PRIMER ULTIMO PENDIENTE INTERESES AMORTIZACIÓN ANUALIDAD PENDIENTE ANUALIDADDE INGRESOS PRESTAMO OPERACION VENCIMIENTO VENCIMIENTO 01/01/08 011.310.01 011,913,02 2.008 31/12/08 TEORICA917,01 PIOS 09 41.459,47 41.459,47 6.071,47 6.071,47 41.459,47 -

TOTALES 41.459,47 41.459,47 6.071,47 - 6.071,47 41.459,47 -

INTERESES INTERESES AMORTIZACIÓN AMORTIZACIÓN ANUALIDAD PENDIENTE ANUALIDAD

TOTALES PENDIENTE OPS.

CONCERTADAS OPS. A CONCERTAR

FUERA SECTOR PUBLICO

PIOS, PAM 2.008 31/12/08 TEORICA

01/01/08 011.310.00 011.310.01 011,913,02 011.913.013.342.506,65 139.973,39 6.071,47 206.923,08 156.247,66 509.215,60 2.979.335,91 508.748,73

OPERACIONES DE TESORERÍAPARTIDA NUMERO DE IMPORTE PRIMER ULTIMO PENDIENTE INTERESES AMORTIZACIÓN ANUALIDAD PENDIENTE ANUALIDADDE INGRESOS PRESTAMO OPERACION VENCIMIENTO VENCIMIENTO 01/01/08 011.310.00 011,913,02 2.008 31/12/08 TEORICABANCO CREDITO LOCAL 1500515 721.214,53 36.493,46 36.493,46 -

TOTALES 721.214,53 - 36.493,46 - 36.493,46 - -

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Page 33: Presupuesto 2009

Cla sific a c ióneconóm ic a de ga stos

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Page 34: Presupuesto 2009

Clasificación Económica del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

CAPITULO I - GASTOS DE PERSONAL PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

111.110,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 187.483,30 191.232,97 3.749,67 121.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 108.871,21 116.903,40 8.032,19 222.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 190.431,50 178.015,19 12.416,31 - 313.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 18.069,34 19.287,32 1.217,98 422.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 10.223,06 10.677,96 454,90 431.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 40.167,17 33.037,72 7.129,45 - 441.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 2.175,20 - 2.175,20 - 121.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 112.540,74 104.664,24 7.876,50 - 222.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 192.840,90 170.748,55 22.092,35 - 313.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 13.936,68 14.215,68 279,00 422.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 7.714,39 7.868,88 154,49 431.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 34.266,25 30.062,88 4.203,37 - 441.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 1.020,23 - 1.020,23 - 121.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 99.638,06 128.014,93 28.376,87 223.130,00 RETRIBUCIONES BÁSICAS 7.504,97 7.655,07 150,10 313.130,00 RETRIBUCIONES BÁSICAS 35.844,11 36.560,98 716,87 322.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 14.587,30 14.879,05 291,75 422.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS - 7.655,48 7.655,48 431.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS - 16.209,48 16.209,48 432.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 144.018,77 150.489,28 15.814,04 441.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 39.933,06 37.784,40 2.148,66 - 442.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 78.323,32 80.485,93 2.162,61 443.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 15.009,93 16.236,94 1.227,01 451.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 61.808,23 70.700,60 8.892,37 452.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 71.818,27 85.104,58 13.286,31 511.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 13.198,81 9.635,25 3.563,56 - 121.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 69.812,88 90.149,95 20.337,07 223.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 6.243,00 11.689,89 5.446,89 313.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 21.095,15 21.517,07 421,92 322.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 11.964,20 12.203,48 239,28 422.130,01 OTRAS REMUNERACIONES - 4.837,86 4.837,86 431.130,01 OTRAS REMUNERACIONES - 14.811,91 14.811,91 432.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 107.677,15 113.816,97 10.107,88 441.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 25.780,10 23.987,35 1.792,75 - 442.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 58.964,99 59.836,26 874,27 443.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 11.486,02 12.143,43 657,41 451.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 45.655,61 56.671,96 11.016,35 452.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 47.101,93 55.541,14 8.439,21 464.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 8.988,81 - 8.718,91 511.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 8.126,11 5.869,69 2.256,42 - 121.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 114.443,10 80.981,64 33.461,46 - 313.131,00 REMUNERACIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 20.283,15 38.440,52 11.526,20 422.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 36.743,93 24.985,88 11.758,05 - 431.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 55.707,00 25.799,76 29.907,24 - 432.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 40.799,47 40.288,45 11.716,94 - 451.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 52.700,25 - 52.700,25 - 452.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 48.321,95 17.248,08 31.073,87 - 463.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 15.200,92 15.504,94 304,02 464.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 10.053,83 18.772,74 121.150,00 PRODUCTIVIDAD 13.527,08 13.527,08 - 222.150,00 PRODUCTIVIDAD 6.660,00 6.060,00 600,00 - 313.150,00 PRODUCTIVIDAD 300,00 300,00 - 422.150,00 PRODUCTIVIDAD 300,00 300,00 - 431.150,00 PRODUCTIVIDAD 600,00 600,00 - 441.150,00 PRODUCTIVIDAD 160,00 - 160,00 - 121.151,00 GRATIFICACIONES 2.200,00 2.200,00 - 222.151,00 GRATIFICACIONES 54.599,60 20.000,00 34.599,60 - 431.151,00 GRATIFICACIONES 997,78 997,78 - 111.160,00 SEGUROS SOCIALES 61.869,49 63.106,88 1.237,39 121.160,00 SEGUROS SOCIALES 171.940,91 177.025,61 5.003,86 222.160,00 SEGUROS SOCIALES 146.695,56 123.691,83 23.003,73 - 222.160,00 ATRASOS SEGURIDAD SOCIAL POLICIA 7.817,39 - 7.817,39 - 223.160,00 SEGUROS SOCIALES 4.536,83 6.383,84 1.847,01 313.160,00 SEGUROS SOCIALES 36.045,38 43.006,12 4.673,46 322.160,00 SEGUROS SOCIALES 8.761,99 8.937,23 175,24 422.160,00 SEGUROS SOCIALES 18.147,16 18.587,60 440,44 431.160,00 SEGUROS SOCIALES 43.473,60 40.101,45 3.372,15 - 432.160,00 SEGUROS SOCIALES 96.523,49 100.516,25 4.512,39 441.160,00 SEGUROS SOCIALES 22.792,63 20.384,68 2.407,95 - 442.160,00 SEGUROS SOCIALES 45.305,14 46.306,32 1.001,18 443.160,00 SEGUROS SOCIALES 8.743,66 9.365,52 621,86 451.160,00 SEGUROS SOCIALES 52.854,15 42.032,95 10.821,20 - 452.160,00 SEGUROS SOCIALES 55.189,91 52.104,96 3.084,95 - 463.160,00 SEGUROS SOCIALES 5.016,30 5.116,63 100,33 464.160,00 SEGUROS SOCIALES 6.284,07 6.195,00 89,07 - 511.160,00 SEGUROS SOCIALES 7.037,22 5.116,63 1.920,59 - 121.161,04 INDEMNIZACIONES POR JUBILACIONES ANTICIPADAS AL PERSONAL LABORAL 2.500,00 - 2.500,00 - 121.162,00 FORMACION PERSONAL FUNCIONARIO 1.000,00 1.000,00 - 121.162,04 AYUDAS SOCIALES A FUNCIONARIOS 4.000,00 4.000,00 - 121.162,05 SEGURO DE ACCIDENTE DEL PERSONAL FUNCIONARIO 900,00 900,00 - 121.162,06 INDEMNIZACIONES POR JUBILACIONES ANTICIPADAS AL PERSONAL FUNCIONARIO 12.000,00 - 12.000,00 - 121.163,00 FORMACION PERSONAL LABORAL 1.500,00 500,00 1.000,00 - 121.163,04 AYUDAS SOCIALES AL PERSONAL LABORAL 1.000,00 1.000,00 - 121.163,05 SEGUROS DE ACCIDENTE DEL PERSONAL LABORAL 1.000,00 1.000,00 -

TOTAL CAPITULO I 3.220.853,69 3.103.590,09 114.645,78 -

CAPITULO II - GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOSPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

432.200,00 ARRENDAMIENTO DE TERRENOS Y BIENES NATURALES 1.000,00 1.000,00 - 121.202,00 ARRENDAMIENTOS DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 27.000,00 20.000,00 7.000,00 - 434.202,00 ALQUILER CASETA DE VIGILANCIA - 650,00 650,00 432.203,00 ARRENDAMIENTO MAQUINARIA 4.000,00 2.000,00 2.000,00 - 452.203,00 ARRENDAMIENTO MOTIVOS DE NAVIDAD 12.000,00 - 12.000,00 - 433.210,00 MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES 10.500,00 3.000,00 7.500,00 - 433.210,00 MANTENIMIENTO DE PARQUES INFANTILES 8.000,00 3.000,00 5.000,00 -

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Page 35: Presupuesto 2009

Clasificación Económica del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

443.210,00 MANTENIMIENTO DE LOS CEMENTERIOS 8.000,00 500,00 7.500,00 - 511.210,00 REBACHEO DE CAMINOS Y CALLES 30.000,00 - 30.000,00 - 313.212,00 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES SOCIALES 10.000,00 5.000,00 5.000,00 - 422.212,00 MANTENIMIENTO EDIFICIOS 5.000,00 5.000,00 - 432.212,00 PLAN DE EMBELLECIMIENTO 3.000,00 - 3.000,00 - 432.212,00 MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 8.000,00 8.000,00 - 452.212,00 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS 18.000,00 5.000,00 13.000,00 - 531.212,00 MANTENIMIENTO DEL MERCADILLO 10.000,00 2.530,00 7.470,00 - 121.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 11.000,00 1.000,00 222.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 5.000,00 3.000,00 2.000,00 - 223.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 3.500,00 1.000,00 2.500,00 - 313.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 4.000,00 4.000,00 - 313.213,00 MANTENIMIENTO ASCENSOR CENTRO OCUPACIONAL 2.000,00 2.000,00 - 422.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 11.000,00 1.000,00 432.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 70.000,00 55.000,00 15.000,00 - 433.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 6.000,00 5.000,00 1.000,00 - 441.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 35.000,00 22.000,00 13.000,00 - 442.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 6.000,00 4.000,00 2.000,00 - 443.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 4.000,00 2.600,00 1.400,00 - 451.213,00 MANTENIMIENTO ASCENSOR CASA CULTURA 3.000,00 4.500,00 1.500,00 451.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 6.000,00 4.500,00 1.500,00 - 452.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 31.000,00 7.500,00 23.500,00 - 511.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 30.000,00 15.000,00 15.000,00 - 521.213,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS REPETIDOR TV 2.000,00 - 2.000,00 - 521.213,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE TELEFONÍA 1.000,00 150,00 850,00 - 521.213,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE SAI´s 2.000,00 1.000,00 1.000,00 - 751.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 1.000,00 1.000,00 - 121.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 10.000,00 10.000,00 - 222.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 8.000,00 8.000,00 - 223.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 4.000,00 2.000,00 2.000,00 - 441.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 3.000,00 3.000,00 - 442.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 100,00 100,00 - 521.214,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE EMISORA DE RADIO - 500,00 121.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES, CASAS CONSISTORIALES 3.000,00 3.000,00 - 222.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 500,00 500,00 - 223.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 500,00 - 500,00 - 313.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 2.100,00 - 2.100,00 - 432.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 3.000,00 500,00 2.500,00 - 451.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 8.200,00 2.500,00 5.700,00 - 521.216,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE EQUIPOS INFORMÁTICOS 3.000,00 1.000,00 2.000,00 - 521.216,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE FOTCOPIADORAS E IMPRESORAS - 1.800,00 1.800,00 521.216,00 CANON SOCIEDAD GNERAL DE AUTORES RADIO - 900,00 900,00 313.219,00 OTRO INMOBILIZADO MATERIAL 500,00 - 500,00 - 432.219,00 OTRO INMOBILIZADO MATERIAL 3.000,00 500,00 2.500,00 - 511.219,00 OTRO INMOBILIZADO MATERIAL 3.000,00 - 3.000,00 - 121.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 12.000,00 4.000,00 8.000,00 - 222.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENT. 2.000,00 1.000,00 1.000,00 - 223.220,00 MATERIAL OFICINA 300,00 200,00 100,00 - 313.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENT. 2.500,00 2.500,00 - 413.220,00 MATERIAL CURSO SANIDAD 6.000,00 500,00 5.500,00 - 432.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 3.200,00 5.500,00 2.300,00 451.220,00 MATERIAL OFICINA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 5.000,00 5.500,00 500,00 452.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORIDNARIO NO INVENTARIABLE 4.000,00 2.198,00 1.802,00 - 521.220,00 PAPEL 9.000,00 6.000,00 3.000,00 - 751.220,00 MANTENIMIENTO OFICINA DE TURISMO 1.000,00 1.000,00 - 121.220,01 PRENSA,REVISTAS,LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 12.500,00 17.000,00 4.500,00 313.220,01 PRENSA,REVISTAS,LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 600,00 300,00 300,00 - 413.220,01 MATERIAL CURSO MANIPULADOR ALIMENTOS 5.500,00 2.000,00 3.500,00 - 432.220,01 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 1.000,00 500,00 500,00 - 451.220,01 PUBLICACIONES, LIBROS Y REVISTAS 7.000,00 6.100,50 899,50 - 432.220,02 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 600,00 600,00 - 521.220,02 MATERIAL INFORMATICO NO INVENTARIABLE 9.000,00 3.000,00 6.000,00 - 521.220,03 LICENCIAS DE SOFTWARE 10.000,00 1.500,00 8.500,00 - 121.221,00 ENERGIA ELECTRICA, CASAS CONSISTORIALES 55.000,00 110.000,00 55.000,00 222.221,00 ENERGIA ELECTRICA, POLICIA LOCAL 2.000,00 - 2.000,00 - 223.221,00 ENERGIA ELECTRICA, PROTECCIÓN CIVIL 2.000,00 - 2.000,00 - 422.221,00 ENERGIA ELECTRICA A COLEGIOS 11.000,00 - 11.000,00 - 432.221,00 ENERGIA ELECTRICA ALUMBRADO PUBLICO 115.000,00 110.000,00 5.000,00 - 433.221,00 ENERGÍA ELÉCTRICA 4.500,00 - 4.500,00 - 441.221,00 ENERGIA ELECTRICA, POZO LA SOLANA Y ESTACION DE BOMBEO 30.000,00 - 30.000,00 - 451.221,00 ENERGIA ELECTRICA, CASA CULTURA 6.000,00 - 6.000,00 - 441.221,01 AGUA 600.000,00 600.000,00 - 121.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 19.000,00 29.000,00 10.000,00 222.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE, POLICIA 7.000,00 - 7.000,00 - 223.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 2.000,00 - 2.000,00 - 441.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 4.500,00 - 4.500,00 - 442.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 1.000,00 - 1.000,00 - 313.221,04 VESTUARIO 3.000,00 3.000,00 - 422.221,04 VESTUARIO 2.000,00 2.000,00 - 432.221,04 VESTUARIO 2.000,00 2.000,00 - 441.221,04 VESTUARIO 2.000,00 2.000,00 - 452.221,04 VESTUARIO 2.500,00 - 2.500,00 - 222.221,04 VESTUARIO DE LA POLICIA LOCAL 6.000,00 6.000,00 - 223.221,04 VESTUARIO 600,00 100,00 500,00 - 413.221,06 MANUTENCION DE ANIMALES 300,00 300,00 - 413.221,07 MATERIAL SANITARIO 600,00 600,00 - 121.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 15.000,00 22.000,00 7.000,00 313.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 4.000,00 - 4.000,00 - 422.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 3.000,00 - 3.000,00 - 451.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 3.000,00 - 3.000,00 - 452.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 7.500,00 5.000,00 2.500,00 - 121.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 30.000,00 43.266,82 13.266,82 222.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 5.000,00 - 5.000,00 - 223.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 1.000,00 - 1.000,00 - 313.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 5.000,00 - 5.000,00 - 451.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 5.000,00 - 5.000,00 - 452.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 3.000,00 - 3.000,00 -

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Page 36: Presupuesto 2009

Clasificación Económica del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

121.222,01 COMUNICACIONES POSTALES 4.000,00 4.000,00 - 451.222,04 INTERNET BIBLIOTECA 450,00 450,00 - 521.222,04 COMUNICACIONES TELEMÁTICAS GENERALES 1.600,00 1.500,00 100,00 - 521.222,04 DOMINIO Y ALOJAMIENTO PAGINA WEB - 600,00 600,00 121.224,00 SEGUROS DE VEHICULOS, RESPONSABILIDAD CIVIL Y PATRIMONIO 45.000,00 90.000,00 45.000,00 222.224,00 SEGUROS VEHICULOS 5.000,00 - 5.000,00 - 223.224,00 SEGURO VEHICULOS 1.500,00 - 1.500,00 - 313.224,00 SEGURO VEHICULOS 2.000,00 - 2.000,00 - 441.224,00 SEGUROS VEHICULOS 2.000,00 - 2.000,00 - 442.224,00 SEGUROS VEHICULOS 800,00 - 800,00 - 121.225,00 TRIBUTOS 3.000,00 3.000,00 - 441.226,00 CANON CONSEJO INSULAR DE AGUAS 132.000,00 140.000,00 8.000,00 442.226,00 CANON BASURA SALTO EL NEGRO Y JUAN GRANDE 30.000,00 40.000,00 10.000,00 442.226,00 ATRASOS CANON BASURA SALTO EL NEGRO Y JUAN GRANDE 22.153,95 - 22.153,95 - 451.226,00 CANON SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES 9.000,00 2.000,00 7.000,00 - 452.226,00 CANON SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES 8.000,00 700,00 7.300,00 - 111.226,01 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS 37.000,00 33.261,53 3.738,47 - 121.226,02 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 1.500,00 1.500,00 - 751.226,02 PROMOCION Y DIFUSION DEL MUNICIPIO 10.000,00 5.221,06 4.778,94 - 121.226,03 GASTOS JURIDICOS 17.000,00 42.000,00 25.000,00 451.226,06 CHARLAS, JORNADAS Y COLOQUIOS 5.000,00 6.500,00 1.500,00 711.226,06 GESTION Y FORMACION AGRICULTURA Y GANADERIA 8.000,00 2.000,00 6.000,00 - 711.226,07 FERIA DE GANADO 17.000,00 13.000,00 4.000,00 - 751.226,07 FERIA DE TURISMO, AGRIC. Y NATURALEZA: UN ESPACIO PARA EL OCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LAS MEDIANIAS410,83 - 410,83 - 413.226,07 ACTUACION FUMIGACION, DESINFECCION, DESRATIZACION 10.000,00 5.000,00 5.000,00 - 451.226,07 FIESTAS DEL PINO 2.300,00 - 2.300,00 - 452.226,07 FESTEJOS POPULARES 152.000,00 68.550,70 83.449,30 - 533.226,08 AGENDA LOCAL 21. FORMACIÓN E INFORMACIÓN 2.500,00 1.000,00 1.500,00 - 533.226,08 MOYAMBIENTE 600,00 214,55 385,45 - 533.226,08 JORNADAS ESCOLARES SENSIBILIZACIÓN Y CONCIENCIACIÓN MEDIOAMBIENTAS 300,00 - 300,00 - 622.226,08 JORNADAS:"EL COMERCIO EN MOYA: PRESENTE Y FUTURO". ESTUDIO PARA LA CREACIÓN DE UN ÁREA COMERCIAL Y DE OCIO2.600,00 - 2.600,00 - 622.226,08 APOYO A LA RED DE COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS MOYENSES.- MARCA MOYA 2.000,00 - 2.000,00 - 622.226,08 MODERNIZACIÓN Y DINAMIZACIÓN DEL COMERCIO LOCAL 4.500,00 9.753,40 5.253,40 711.226,08 ASISTENCIA MATERIA AGRICOLA Y GANADERA 35.000,00 35.500,00 500,00 751.226,08 PROMOTOR TURISTICO 28.000,00 28.500,00 500,00 751.226,08 ATRASOS PROMOTOR TURISTICO 149,44 - 149,44 - 751.226,08 ORGANIZACIÓN FERIA TURISTICO RURAL 25.000,00 14.000,00 11.000,00 - 223.226,08 MANTENIMIENTO SERVICIO PROTECCION CIVIL 300,00 300,00 - 121.226,08 GASTOS DIVERSOS 6.000,00 2.000,00 4.000,00 - 313.226,08 CAMPAÑA DE NAVIDAD 300,00 - 300,00 - 313.226,08 ACTIVIDADES CENTRO TERCERA EDAD 10.500,00 9.000,00 1.500,00 - 313.226,08 PLAN CONCERTADO PRESTACIONES BASICAS 180.323,71 104.492,52 75.831,19 - 313.226,08 INTERVENCION FAMILIAR 32.624,22 29.566,34 3.057,88 - 313.226,08 ATRASOS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL INTERVENCIÓN FAMILIAR 104,23 - 104,23 - 313.226,08 MUJER 40.567,24 11.500,00 29.067,24 - 313.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL AULA DE LA MUJER 8.126,53 - 8.126,53 - 313.226,08 INTERVENCION SOCIAL DOMICIALIARIA 19.991,91 - 19.991,91 - 313.226,08 INTERVENCION INTEGRAL CON MAYORES - 8.832,91 8.832,91 313.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL APOYO SOCIAL DOMICILIARIO 3.132,60 - 3.132,60 - 313.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL INTERVENCIÓN SOCIAL DOMICILIARIA2.692,18 - 2.692,18 - 313.226,08 PREVENCION Y SENSIBILIZACION ANTE VIOLENCIA GENERO 58.447,75 3.100,00 55.347,75 - 313.226,08 ATRASOS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL VIOLENCIA DE GÉNERO 1.180,18 - 1.180,18 - 313.226,08 INTEGRACION SOCIAL DEL MINUSVALIDO 86.854,07 29.039,46 57.814,61 - 313.226,08 INTERVENCIÓN CON ENFERMOS DE ALZHEIMER 54.883,93 - 54.883,93 - 313.226,08 PROYECTO MANCOMUNADO DROGODEPENDENCIA 1.772,73 - 1.772,73 - 313.226,08 TALLERES Y ACTIVIDADES DIVERSAS 3.000,00 6.000,00 3.000,00 313.226,08 PRESTACION CANARIA DE INSERCION 6.000,00 - 6.000,00 - 322.226,08 CURSOS DE FORMACION OCUPACIONAL 28.900,00 - 28.900,00 - 322.226,08 AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL 33.000,00 30.499,05 2.500,95 - 322.226,08 ESCUELA TALLER - CASA DE OFICIOS-TALLER EMPLEO 230.000,00 206.000,00 24.000,00 - 322.226,08 TALLERES DE EMPLEO MANCOMUNADO (FORMACION) 7.500,00 6.000,00 1.500,00 - 322.226,08 CONVENIO SCE-CORPORACIONES LOCALES 130.000,00 50.000,00 80.000,00 - 413.226,08 MATERIAL CAPTURA PERROS PELIGROSOS 1.000,00 1.500,00 500,00 413.226,08 OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION AL CONSUMIDOR 600,00 600,00 - 413.226,08 CENSO ANIMALES 1.000,00 500,00 500,00 - 422.226,08 PRESUPUESTO DEL AREA DE EDUCACION 7.000,00 5.500,00 1.500,00 - 422.226,08 ATRASO RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, EDUCACIÓN7.394,40 - 7.394,40 - 434.226,08 MANTENIMIENTO PLAYAS 2.000,00 1.000,00 1.000,00 - 441.226,08 PENALIZACIÓN DEL PROYECTO MEJORA DEL SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES DEL NORTE DE GRAN CANARIA (POMAL)11.358,22 - 11.358,22 - 451.226,08 ESCUELA DE FOLKLORE 5.000,00 - 5.000,00 - 451.226,08 ESCUELA MUNICIPAL DE DANZA 5.000,00 - 5.000,00 - 451.226,08 ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA 20.010,00 - 20.010,00 - 451.226,08 APORTACIÓN MUNICIPAL A LAS ESCUALAS ARTÍSTICAS VILLA DE MOYA, S. L. - 48.000,00 48.000,00 451.226,08 UNIVERSIDAD POPULAR 45.000,00 33.391,78 11.608,22 - 451.226,08 CAMPAÑA DE NAVIDAD 9.000,00 3.000,00 6.000,00 - 451.226,08 ACTIVIDADES ARTESANALES 1.500,00 - 1.500,00 - 451.226,08 OTRAS ACTIVIDADES CULTURALES 17.010,00 10.500,70 6.509,30 - 451.226,08 TEATRO CIRCUITO INSULAR ARTES ESCENICAS 4.000,00 100,00 3.900,00 - 451.226,08 VERANO MENUDO 9.000,00 100,00 8.900,00 - 451.226,08 DIA DE CANARIAS 15.000,00 6.000,00 9.000,00 - 451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, CULTURA 7.696,64 - 7.696,64 - 451.226,08 RENOVACION Y MEJORA PAGINA WEB 100,00 - 100,00 - 451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES MOYA EN MOVIMIENTO, RADIO MUNICIPAL 4.212,97 - 4.212,97 - 451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y MOYA EN MOVIMIENTO, BIBLIOTECA 1.876,81 - 1.876,81 - 451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, UNIVERSIDAD POPULAR713,73 - 713,73 - 452.226,08 CAMPAÑA NAVIDAD 26.000,00 5.700,00 20.300,00 - 452.226,08 ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAESCOLARES 8.000,00 2.000,00 6.000,00 - 452.226,08 ACTIVIDADES DE FITNESS 500,00 - 500,00 - 452.226,08 TORNEOS DEPORTIVOS 6.000,00 4.000,00 2.000,00 - 452.226,08 ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES 12.000,00 8.014,01 3.985,99 - 452.226,08 PROMOCION DE AUTOMOVILISMO 3.500,00 2.000,00 1.500,00 - 452.226,08 CAMPAÑA DEPORTIVA DE VERANO 16.000,00 3.000,00 13.000,00 - 452.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, DEPORTES17.886,57 - 17.886,57 - 463.226,08 PRIMERAS JORNADAS COMARCALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 1.000,00 - 1.000,00 - 463.226,08 SEGUNDAS JORNADAS COMARCALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA - 1.200,00 463.226,08 FORMACION LIDERAZGO VECINAL Y COMUNICACIÓN SOCIAL - 300,00 300,00 464.226,08 OTRAS ACTIVIDADES JUVENILES 35.000,00 13.229,53 21.770,47 -

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Clasificación Económica del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

313.226,09 SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO 25.382,34 - 25.382,34 - 434.227,01 SERVICIO VIGILANCIA CHARCO SAN LORENZO Y ALTILLO 8.500,00 10.000,00 1.500,00 121.227,06 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS 10.000,00 5.000,00 5.000,00 - 121.227,06 PROYECTOS DE ADMINISTRACION ELECTRONICA - 6.600,00 6.600,00 413.227,06 ANALISIS Y TOMA DE MUESTRAS 3.000,00 3.000,00 - 441.227,06 ANALISIS DE AGUA 20.000,00 20.000,00 - 121.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 140.000,00 165.000,00 25.000,00 432.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 15.000,00 8.000,00 7.000,00 - 441.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 10.000,00 17.000,00 7.000,00 441.227,07 PUESTA EN MARCHA DEL SINAC 20.000,00 - 20.000,00 - 442.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 215.000,00 200.000,00 15.000,00 - 451.227,07 PLAN EMERGENCIA CASA DE LA CULTURA 5.000,00 4.500,00 500,00 - 451.227,07 PUBLICACION LIBRO DE MOYA 15.000,00 - 15.000,00 - 451.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 8.278,05 - 8.278,05 - 452.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 30.000,00 12.329,30 17.670,70 - 111.230,00 DIETAS DE CARGOS ELECTIVOS 63.340,00 50.000,00 13.340,00 - 121.230,01 DIETAS DE PERSONAL 800,00 500,00 300,00 - 222.230,01 DIETAS DE PERSONAL 300,00 300,00 - 223.230,01 DIETAS PERSONAL 300,00 100,00 200,00 - 313.230,01 DIETAS DE PERSONAL 600,00 - 600,00 - 432.230,01 DIETAS DE PERSONAL 300,00 300,00 - 441.230,01 DIETAS DE PERSONAL 300,00 - 300,00 - 111.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 6.000,00 900,00 5.100,00 - 121.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 4.000,00 2.000,00 2.000,00 - 222.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 300,00 300,00 - 313.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 4.500,00 4.500,00 - 432.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 300,00 300,00 - 441.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 300,00 - 300,00 - 451.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 500,00 500,00 - 452.231,00 GASTOS LOCOMOCION 1.500,00 - 1.500,00 - 121.233,00 OTRAS INDEMNIZACIONES 3.000,00 21.000,00 18.000,00

TOTAL CAPITULO II 3.975.025,23 2.965.242,16 1.011.483,07 -

CAPITULO III - GASTOS FINANCIEROS PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

11.310,00 INTERESES PRESTAMOS CONCERTADOS 155.461,78 176.466,85 21.005,07 11.310,00 ATRASOS INTERESES PRESTAMOS CONCERTADOS 98.962,25 12.563,39 86.398,86 -

442.310,00 ATRASOS MANCOMUNIDAD DEL NORTE, INTERESES PRESTAMO 198,55 - 198,55 - 11.310,01 INTERESES PRESTAMOS A CONCERTAR 6.071,47 6.071,47 - 11.311,00 GASTOS FORMALIZACION, MODIFICACION Y CANCELACION 5.000,00 5.000,00 - 11.342,00 INTERESES DE DEMORA 3.000,00 20.000,00 17.000,00

TOTAL CAPITULO III 268.694,05 220.101,71 48.592,34 -

CAPITULO IV - TRANSFERENCIAS CORRIENTES PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

313.440,00 APORTACION A SOCIEDAD MERCANTIL 44.364,04 79.016,97 34.652,93 432.450,00 PROYECTO LA FRAGATA (PRODE) (DEVOLUCIÓN 1999) 19.515,17 - 19.515,17 - 911.461,00 CONSORCIO DE VIVIENDA 234,00 500,00 266,00 322.463,00 PLAN DE CHOQUE MANCOMUNIDAD 14.000,00 - 14.000,00 - 722.463,00 CUOTA INSCRIPCION FERIA EMPRESARIAL DEL NORTE 800,00 - 800,00 - 751.463,00 APORTACION MANCOMUN PROYECTO FORMAT 600,00 - 600,00 - 751.463,00 GASTOS MANIFESTACIÓN ABRIL 2005 135,00 134,20 0,80 - 911.463,00 CUOTA A LA MANCOMUNIDAD DEL NORTE 24.001,74 24.606,83 605,09 413.466,00 CONVENIO PROTECCION ANIMALES 900,00 900,00 - 451.466,00 PAGO ANUAL A LA FEUP 500,00 - 500,00 - 451.466,00 PAGO ANUAL A LA ACUP 250,00 600,00 350,00 911.466,00 CUOTAS A LA FECAM Y LA FEMP 1.300,00 1.300,00 - 911.466,00 CUOTA RED ESPAÑOLA DE CIUDADES POR EL CLIMA (FEMP) 150,00 150,00 - 911.467,00 CONSORCIO DE EMERGENCIAS 143.334,40 142.173,48 1.160,92 - 313.480,00 ATENCIONES BENEFICAS Y ASISTENCIALES 6.000,00 36.000,00 30.000,00 422.481,00 PREMIOS, BECAS DE ESTUDIO E INVESTIGACION 12.100,00 6.050,00 6.050,00 - 422.481,00 AYUDAS A ESTUDIANTES (EXTERIOR) 300,00 300,00 - 111.489,00 OTRAS TRANSFERENCIAS 15.000,00 15.000,00 - 313.489,00 CUOTA COMPSI 750,00 750,00 - 451.489,00 OTRAS SUBVENCIONES 40.000,00 2.996,43 37.003,57 - 452.489,00 SUBVENCIONES ASOCIACIONES VECINOS PARA FIESTAS 7.800,00 4.200,00 3.600,00 - 452.489,00 SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS 30.000,00 24.400,00 5.600,00 - 722.489,00 PLAN DE APOYO A LAS PYMES - ASOCIACIÓN 12.000,00 - 12.000,00 - 313.490,00 AYUDAS AL EXTERIOR 1.500,00 - 1.500,00 -

TOTAL CAPITULO IV 375.534,35 339.077,91 36.456,44 -

CAPITULO VI - INVERSIONES REALES PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

432.600,00 TERRENOS Y BIENES NATURALES 1.000,00 9.318,29 8.318,29 432.601,00 OBRAS DE INFRAESTRUCTURA 20.247,20 8.000,00 12.247,20 - 432.601,00 RAMPA PRACTICANTE ANTONIO HENRIQUEZ 20.000,00 - 20.000,00 - 432.601,00 LINEA DE BT SUBT. EN LOMO BLANCO E ILUM. DE CRUCES C/ ALEJANDRO HIDALGO Y LOPE DE VEGA (PIOS 09)- 121.502,58 433.601,00 PARQUE INFANTIL EL CURATO 13.652,82 - 13.652,82 - 751.601,00 COLOCACIÓN DE ESCUDOS MUNICIPALES 5.558,16 - 5.558,16 - 313.611,00 INFRAESTRUCTURA CENTRO OCUPACIONAL 5.500,00 - 5.500,00 - 412.611,00 MEJORAS TANATORIOS 1.000,00 357,00 643,00 - 432.611,00 REFORMA ALMACEN DEPENDENCIAS MUNICIPALES 20.000,00 - 20.000,00 - 432.611,00 REHABILITACION PATRIMONIO 6.000,00 - 6.000,00 - 432.611,00 REFORMA CENTRO DE ALZHEIMER EN CARRETERÍA 5.145,06 - 5.145,06 - 433.611,00 RENOVACIÓN ALUMNBRADO PARQUES Y PLAZAS PÚBLICAS (PIOS 08) 85.670,64 - 85.670,64 - 443.611,00 AMPLIACION Y MEJORA SALA TANATORIO 9.961,78 - 9.961,78 - 452.611,00 ALBERGUE JARDIN DE CORVO 20.000,00 10.000,00 10.000,00 - 452.611,00 AULA DE LA NATURALEZA - - - 463.611,00 REFORMAS Y ADAPTACIÓN DE DEPENDENCIAS MUNICIPALES 1.800,00 1.314,76 485,24 - 511.611,00 REPARACION Y REPAVIMENTACION VARIOS CAMINOS 35.000,00 - 35.000,00 - 511.611,00 MEJORA DEL CAMINO LOS DRAGOS 2.454,64 - 2.454,64 - 511.611,00 CANALIZACIONES VARIAS EN EL BARRIO DE SAN FERNANDO 13.962,64 - 13.962,64 - 511.611,00 MEJORA EN ACERADOS DISTINTAS CALLES 14.700,00 - 14.700,00 - 511.611,00 ARREGLOS DE CAMINOS DEL MUNICIPIO 35.500,00 - 35.500,00 - 511.611,00 APARCAMIENTO Y MEJORA DE ACCESO EN CAMINO LA CUEVA 10.188,51 - 10.188,51 - 511.611,00 MEJORAS EN LA GC 70 (EL LANCE) 28.400,00 - 28.400,00 - 511.611,00 RENOVACIÓN ABASTECIMIENTO CALLE CARRERAS (PIOS 08) 35.758,83 - 35.758,83 -

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Clasificación Económica del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

511.611,00 ASFALTADO EN EL LOMO EL MARCO 2.927,11 - 2.927,11 - 511.611,00 ADECUACIÓN DE SENDEROS Y CAMINOS DE LA MONTAÑETA 5.089,75 - 5.089,75 - 511.611,00 REFORMA ANFITEATRO PICO LOMITO - 26.482,79 26.482,79 451.622,00 REFORMA SALON DE ACTOS CASA CULTURA 1.000,00 40.000,00 39.000,00 121.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 8.000,00 2.000,00 - 222.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 3.000,00 3.000,00 - 223.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 500,00 - 500,00 - 313.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 1.000,00 2.000,00 1.000,00 422.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 3.000,00 1.500,00 1.500,00 - 432.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 10.000,00 - 432.623,00 REPARACION DEPOSITO C/PRINCESA GUAYARMINA 11.820,00 - 11.820,00 - 432.623,00 ENTUBAMIENTO Y CUBRICIÓN DE ACEQUIA HEREDAD DEL AGUA 26.500,00 - 26.500,00 - 432.623,00 MURO ENTRADA CALLE PRINCESA GUAYARMINA 15.000,00 - 15.000,00 - 433.623,00 PARQUE PICO LOMITO Y PLAZA LA CANDELARIA (VOLARDOS) 12.000,00 - 12.000,00 - 441.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE, SANEAMIENTO 30.000,00 9.540,00 20.460,00 - 443.623,00 ACONDICIONAMIENTO CEMENTERIOS 6.000,00 6.988,50 988,50 451.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 18.000,00 4.500,00 13.500,00 - 452.623,00 ADQUISICIÓN MOTIVOS DE NAVIDAD PARA DIFERENTES BARRIOS 12.000,00 - 12.000,00 - 452.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 12.000,00 13.500,00 1.500,00 452.623,00 ACTUACIONES AREAS RECREATIVAS 14.000,00 14.000,00 - 463.623,00 HILO MUSICAL (TELEFÓNICA) 400,00 - 400,00 - 511.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 16.000,00 - 16.000,00 - 511.623,00 VALLADO CURVA LOMO BLANCO 3.000,00 - 3.000,00 - 511.623,00 VALLADO CAMINO ACCESO PARQUE EL LANCE 3.052,00 - 3.052,00 - 521.623,00 TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL 3.000,00 - 3.000,00 - 521.623,00 SISTEMAS DE ALIMENTACIÓN INTERRUMPIDA EN PEQUEÑAS DEPENDENCIAS 800,00 - 800,00 - 521.623,00 ADQUISICIÓN DE EHERRAMIENTAS 500,00 300,00 200,00 - 521.623,00 GASTOS DE TELECOMUNICACIONES 1.000,00 - 1.000,00 - 521.623,00 MEJORAS CONEXIÓN ANTENA LA COSTA 4.500,00 - 4.500,00 - 442.624,00 ADQUISICIÓN DE UN DUMPE 4.000,00 - 4.000,00 - 121.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES, CASAS CONSISTORIALES 3.000,00 1.000,00 2.000,00 - 432.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES 12.000,00 3.000,00 9.000,00 - 442.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES OFICINA Y ALMACÉN 1.500,00 - 1.500,00 - 442.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES TANATORIO FONTANALES 4.500,00 4.500,00 451.625,00 MOBILIARIO, ENSERES Y LIBROS 15.000,00 4.352,00 10.648,00 - 452.625,00 MOBILIARIO, ENSERES 2.997,00 - 2.997,00 - 463.625,00 OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (OAC) 3.000,00 - 3.000,00 - 521.625,00 MOBILIARIO DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA 3.445,23 - 3.445,23 - 521.626,00 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACION 6.000,00 1.500,00 4.500,00 - 521.626,00 COMUNICACIÓN ENTRE DEPENDENCIAS 5.000,00 - 5.000,00 - 444.627,00 PROYECTOS COMPLEJOS 35.000,00 28.234,23 6.765,77 - 422.632,00 REFORMA, AMPLIACION Y MEJORA DE COLEGIOS 143.632,71 85.000,00 58.632,71 - 422.632,00 INSTALACION ELECT. Y PCI C.P. AGUSTÍN HERNÁNDEZ 69.722,26 - 69.722,26 - 422.632,00 INSTALACION ELECT. Y PCI C.P. CARRETERÍA 55.000,00 - 55.000,00 - 452.637,00 MEJORA DE VARIAS INSTALACIONES DEPORTIVAS - 9.056,11 9.056,11

TOTAL CAPITULO VI 976.886,34 426.946,26 671.442,66 -

CAPITULO VII - TRANSFENCIAS DE CAPITAL PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

751.763,00 MEDIDAS PARA LA DINAMIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE GRAN CANARIA7.142,86 7.142,86 - 751.763,00 APORTACIÓN INNOVATUR 3.660,00 - 3.660,00 - 431.789,00 REHABILITACIÓN VIVIENDA RURAL 60.000,00 60.000,00 -

TOTAL CAPITULO VII 70.802,86 67.142,86 3.660,00 -

CAPITULO VIII - ACTIVOS FINACIEROS PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

121.830,00 ANTICIPOS AL PERSONAL TODOS LOS SERVICIOS 10.000,00 10.000,00 - TOTAL CAPITULO VIII 10.000,00 10.000,00 -

CAPITULO IX - PASIVOS FINANCIEROS PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA

11.913,01 AMORTIZACION PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES Y PIOS 149.911,68 156.247,66 6.335,98 11.913,02 AMORTIZACION PRESTAMOS FUERA DEL SECTOR PUBLICO 206.923,08 206.923,08 - 11.913,02 ATRASOS AMORTIZACION PRESTAMOS FUERA DEL SECTOR PUBLICO 17.126,82 254,68 16.872,14 -

TOTAL CAPITULO IX 373.961,58 363.425,42 10.536,16 -

TOTAL PRESUPUESTO 9.271.758,10 7.495.526,41 1.896.816,45 -

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Resumen Por Capítulos del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

Capítulo 2008 2009 DIFERENCIASI GASTOS DE PERSONAL 3.220.853,69 3.103.590,09 114.645,78 - II GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 3.975.025,23 2.965.242,16 1.011.483,07 - III GASTOS FINANCIEROS 268.694,05 220.101,71 48.592,34 - IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 375.534,35 339.077,91 36.456,44 - VI INVERSIONES REALES 976.886,34 426.946,26 671.442,66 - VII TRANSFENCIAS DE CAPITAL 70.802,86 67.142,86 3.660,00 - VIII ACTIVOS FINACIEROS 10.000,00 10.000,00 - IX PASIVOS FINANCIEROS 373.961,58 363.425,42 10.536,16 -

9.271.758,10 7.495.526,41 1.896.816,45 -

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Cla sific a c iónfunc iona l de ga stos

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Clasificación Funcional del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

SUBFUNCION 011-DEUDA PUBLICAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009

11.310,00 INTERESES PRESTAMOS CONCERTADOS 155.461,78 176.466,85 11.310,00 ATRASOS INTERESES PRESTAMOS CONCERTADOS 98.962,25 12.563,39 11.310,01 INTERESES PRESTAMOS A CONCERTAR 6.071,47 6.071,47 11.311,00 GASTOS FORMALIZACION, MODIFICACION Y CANCELACION 5.000,00 5.000,00 11.342,00 INTERESES DE DEMORA 3.000,00 20.000,00 11.913,01 AMORTIZACION PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES Y PIOS 149.911,68 156.247,66 11.913,02 AMORTIZACION PRESTAMOS FUERA DEL SECTOR PUBLICO 206.923,08 206.923,08 11.913,02 ATRASOS AMORTIZACION PRESTAMOS FUERA DEL SECTOR PUBLICO 17.126,82 254,68

TOTAL SUBFUNCION 642.457,08 583.527,13

SUBFUNCION 111-ORGANOS DE GOBIERNOPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009111.110,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 187.483,30 191.232,97 111.160,00 SEGUROS SOCIALES 61.869,49 63.106,88 111.226,01 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS 37.000,00 33.261,53 111.230,00 DIETAS DE CARGOS ELECTIVOS 63.340,00 50.000,00 111.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 6.000,00 900,00 111.489,00 OTRAS TRANSFERENCIAS 15.000,00 15.000,00

TOTAL SUBFUNCION 370.692,79 353.501,38

SUBFUNCION 121-ADMINISTRACION GENERALPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009121.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 108.871,21 116.903,40 121.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 112.540,74 104.664,24 121.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 99.638,06 128.014,93 121.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 69.812,88 90.149,95 121.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 114.443,10 80.981,64 121.150,00 PRODUCTIVIDAD 13.527,08 13.527,08 121.151,00 GRATIFICACIONES 2.200,00 2.200,00 121.160,00 SEGUROS SOCIALES 171.940,91 177.025,61 121.161,04 INDEMNIZACIONES POR JUBILACIONES ANTICIPADAS AL PERSONAL LABORAL 2.500,00 - 121.162,00 FORMACION PERSONAL FUNCIONARIO 1.000,00 1.000,00 121.162,04 AYUDAS SOCIALES A FUNCIONARIOS 4.000,00 4.000,00 121.162,05 SEGURO DE ACCIDENTE DEL PERSONAL FUNCIONARIO 900,00 900,00 121.162,06 INDEMNIZACIONES POR JUBILACIONES ANTICIPADAS AL PERSONAL FUNCIONARIO 12.000,00 - 121.163,00 FORMACION PERSONAL LABORAL 1.500,00 500,00 121.163,04 AYUDAS SOCIALES AL PERSONAL LABORAL 1.000,00 1.000,00 121.163,05 SEGUROS DE ACCIDENTE DEL PERSONAL LABORAL 1.000,00 1.000,00 121.202,00 ARRENDAMIENTOS DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 27.000,00 20.000,00 121.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 11.000,00 121.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 10.000,00 10.000,00 121.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES, CASAS CONSISTORIALES 3.000,00 3.000,00 121.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 12.000,00 4.000,00 121.220,01 PRENSA,REVISTAS,LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 12.500,00 17.000,00 121.221,00 ENERGIA ELECTRICA, CASAS CONSISTORIALES 55.000,00 110.000,00 121.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 19.000,00 29.000,00 121.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 15.000,00 22.000,00 121.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 30.000,00 43.266,82 121.222,01 COMUNICACIONES POSTALES 4.000,00 4.000,00 121.224,00 SEGUROS DE VEHICULOS, RESPONSABILIDAD CIVIL Y PATRIMONIO 45.000,00 90.000,00 121.225,00 TRIBUTOS 3.000,00 3.000,00 121.226,02 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 1.500,00 1.500,00 121.226,03 GASTOS JURIDICOS 17.000,00 42.000,00 121.226,08 GASTOS DIVERSOS 6.000,00 2.000,00 121.227,06 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS 10.000,00 5.000,00 121.227,06 PROYECTOS DE ADMINISTRACION ELECTRONICA - 6.600,00 121.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 140.000,00 165.000,00 121.230,01 DIETAS DE PERSONAL 800,00 500,00 121.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 4.000,00 2.000,00 121.233,00 OTRAS INDEMNIZACIONES 3.000,00 21.000,00 121.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 8.000,00 121.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES, CASAS CONSISTORIALES 3.000,00 1.000,00 121.830,00 ANTICIPOS AL PERSONAL TODOS LOS SERVICIOS 10.000,00 10.000,00

TOTAL SUBFUNCION 1.167.673,98 1.352.733,67

SUBFUNCION 222-SEGURIDADPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009222.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 190.431,50 178.015,19 222.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 192.840,90 170.748,55 222.150,00 PRODUCTIVIDAD 6.660,00 6.060,00 222.151,00 GRATIFICACIONES 54.599,60 20.000,00 222.160,00 SEGUROS SOCIALES 146.695,56 123.691,83 222.160,00 ATRASOS SEGURIDAD SOCIAL POLICIA 7.817,39 - 222.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 5.000,00 3.000,00 222.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 8.000,00 8.000,00 222.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 500,00 500,00 222.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENT. 2.000,00 1.000,00 222.221,00 ENERGIA ELECTRICA, POLICIA LOCAL 2.000,00 - 222.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE, POLICIA 7.000,00 - 222.221,04 VESTUARIO DE LA POLICIA LOCAL 6.000,00 6.000,00 222.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 5.000,00 - 222.224,00 SEGUROS VEHICULOS 5.000,00 - 222.230,01 DIETAS DE PERSONAL 300,00 300,00 222.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 300,00 300,00 222.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 3.000,00 3.000,00

TOTAL SUBFUNCION 643.144,95 520.615,57

SUBFUNCION 223-PROTECCION CIVILPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009223.130,00 RETRIBUCIONES BÁSICAS 7.504,97 7.655,07 223.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 6.243,00 11.689,89 223.160,00 SEGUROS SOCIALES 4.536,83 6.383,84 223.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 3.500,00 1.000,00 223.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 4.000,00 2.000,00 223.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 500,00 - 223.220,00 MATERIAL OFICINA 300,00 200,00 223.221,00 ENERGIA ELECTRICA, PROTECCIÓN CIVIL 2.000,00 - 223.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 2.000,00 - 223.221,04 VESTUARIO 600,00 100,00 223.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 1.000,00 - 223.224,00 SEGURO VEHICULOS 1.500,00 - 223.226,08 MANTENIMIENTO SERVICIO PROTECCION CIVIL 300,00 300,00 223.230,01 DIETAS PERSONAL 300,00 100,00 223.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 500,00 -

TOTAL SUBFUNCION 34.784,80 29.428,80

SUBFUNCION 313-ACCION SOCIALPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009313.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 18.069,34 19.287,32 313.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 13.936,68 14.215,68 313.130,00 RETRIBUCIONES BÁSICAS 35.844,11 36.560,98 313.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 21.095,15 21.517,07 313.131,00 REMUNERACIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 20.283,15 38.440,52 313.150,00 PRODUCTIVIDAD 300,00 300,00 313.160,00 SEGUROS SOCIALES 36.045,38 43.006,12 313.212,00 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES SOCIALES 10.000,00 5.000,00 313.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 4.000,00 4.000,00 313.213,00 MANTENIMIENTO ASCENSOR CENTRO OCUPACIONAL 2.000,00 2.000,00 313.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 2.100,00 - 313.219,00 OTRO INMOBILIZADO MATERIAL 500,00 - 313.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENT. 2.500,00 2.500,00 313.220,01 PRENSA,REVISTAS,LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 600,00 300,00

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Page 43: Presupuesto 2009

Clasificación Funcional del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

313.221,04 VESTUARIO 3.000,00 3.000,00 313.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 4.000,00 - 313.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 5.000,00 - 313.224,00 SEGURO VEHICULOS 2.000,00 - 313.226,08 CAMPAÑA DE NAVIDAD 300,00 - 313.226,08 ACTIVIDADES CENTRO TERCERA EDAD 10.500,00 9.000,00 313.226,08 PLAN CONCERTADO PRESTACIONES BASICAS 180.323,71 104.492,52 313.226,08 INTERVENCION FAMILIAR 32.624,22 29.566,34 313.226,08 ATRASOS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL INTERVENCIÓN FAMILIAR 104,23 - 313.226,08 MUJER 40.567,24 11.500,00 313.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL AULA DE LA MUJER 8.126,53 - 313.226,08 INTERVENCION SOCIAL DOMICIALIARIA 19.991,91 - 313.226,08 INTERVENCION INTEGRAL CON MAYORES - 8.832,91 313.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL APOYO SOCIAL DOMICILIARIO 3.132,60 - 313.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL INTERVENCIÓN SOCIAL DOMICILIARIA 2.692,18 - 313.226,08 PREVENCION Y SENSIBILIZACION ANTE VIOLENCIA GENERO 58.447,75 3.100,00 313.226,08 ATRASOS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL VIOLENCIA DE GÉNERO 1.180,18 - 313.226,08 INTEGRACION SOCIAL DEL MINUSVALIDO 86.854,07 29.039,46 313.226,08 INTERVENCIÓN CON ENFERMOS DE ALZHEIMER 54.883,93 - 313.226,08 PROYECTO MANCOMUNADO DROGODEPENDENCIA 1.772,73 - 313.226,08 TALLERES Y ACTIVIDADES DIVERSAS 3.000,00 6.000,00 313.226,08 PRESTACION CANARIA DE INSERCION 6.000,00 - 313.226,09 SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO 25.382,34 - 313.230,01 DIETAS DE PERSONAL 600,00 - 313.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 4.500,00 4.500,00 313.440,00 APORTACION A SOCIEDAD MERCANTIL 44.364,04 79.016,97 313.480,00 ATENCIONES BENEFICAS Y ASISTENCIALES 6.000,00 36.000,00 313.489,00 CUOTA COMPSI 750,00 750,00 313.490,00 AYUDAS AL EXTERIOR 1.500,00 - 313.611,00 INFRAESTRUCTURA CENTRO OCUPACIONAL 5.500,00 - 313.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 1.000,00 2.000,00

TOTAL SUBFUNCION 781.371,47 513.925,89

SUBFUNCION 322-PROMOCION DE EMPLEOPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009322.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 14.587,30 14.879,05 322.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 11.964,20 12.203,48 322.160,00 SEGUROS SOCIALES 8.761,99 8.937,23 322.226,08 CURSOS DE FORMACION OCUPACIONAL 28.900,00 - 322.226,08 AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL 33.000,00 30.499,05 322.226,08 ESCUELA TALLER - CASA DE OFICIOS-TALLER EMPLEO 230.000,00 206.000,00 322.226,08 TALLERES DE EMPLEO MANCOMUNADO (FORMACION) 7.500,00 6.000,00 322.226,08 CONVENIO SCE-CORPORACIONES LOCALES 130.000,00 50.000,00 322.463,00 PLAN DE CHOQUE MANCOMUNIDAD 14.000,00 -

TOTAL SUBFUNCION 478.713,49 328.518,81

SUBFUNCION 412-SERVICIOS ASISTENCIALES, CENTRO DE SALUD, TANATORIOSPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009412.611,00 MEJORAS TANATORIOS 1.000,00 357,00

TOTAL SUBFUNCION 1.000,00 357,00

SUBFUNCION 413-ACCIONES PUBLICAS RELATIVAS A LA SALUDPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009413.220,00 MATERIAL CURSO SANIDAD 6.000,00 500,00 413.220,01 MATERIAL CURSO MANIPULADOR ALIMENTOS 5.500,00 2.000,00 413.221,06 MANUTENCION DE ANIMALES 300,00 300,00 413.221,07 MATERIAL SANITARIO 600,00 600,00 413.226,07 ACTUACION FUMIGACION, DESINFECCION, DESRATIZACION 10.000,00 5.000,00 413.227,06 ANALISIS Y TOMA DE MUESTRAS 3.000,00 3.000,00 413.226,08 MATERIAL CAPTURA PERROS PELIGROSOS 1.000,00 1.500,00 413.226,08 OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION AL CONSUMIDOR 600,00 600,00 413.226,08 CENSO ANIMALES 1.000,00 500,00 413.466,00 CONVENIO PROTECCION ANIMALES 900,00 900,00

TOTAL SUBFUNCION 28.900,00 14.900,00

SUBFUNCION 422-ENSEÑANZAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009422.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 10.223,06 10.677,96 422.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 7.714,39 7.868,88 422.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS - 7.655,48 422.130,01 OTRAS REMUNERACIONES - 4.837,86 422.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 36.743,93 24.985,88 422.150,00 PRODUCTIVIDAD 300,00 300,00 422.160,00 SEGUROS SOCIALES 18.147,16 18.587,60 422.212,00 MANTENIMIENTO EDIFICIOS 5.000,00 5.000,00 422.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 11.000,00 422.221,00 ENERGIA ELECTRICA A COLEGIOS 11.000,00 - 422.221,04 VESTUARIO 2.000,00 2.000,00 422.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 3.000,00 - 422.226,08 PRESUPUESTO DEL AREA DE EDUCACION 7.000,00 5.500,00 422.226,08 ATRASO RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, EDUCACIÓN 7.394,40 - 422.481,00 PREMIOS, BECAS DE ESTUDIO E INVESTIGACION 12.100,00 6.050,00 422.481,00 AYUDAS A ESTUDIANTES (EXTERIOR) 300,00 300,00 422.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 3.000,00 1.500,00 422.632,00 REFORMA, AMPLIACION Y MEJORA DE COLEGIOS 143.632,71 85.000,00 422.632,00 INSTALACION ELECT. Y PCI C.P. AGUSTÍN HERNÁNDEZ 69.722,26 - 422.632,00 INSTALACION ELECT. Y PCI C.P. CARRETERÍA 55.000,00 -

TOTAL SUBFUNCION 402.277,91 191.263,66

SUBFUNCION 431-VIVIENDAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009431.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 40.167,17 33.037,72 431.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 34.266,25 30.062,88 431.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS - 16.209,48 431.130,01 OTRAS REMUNERACIONES - 14.811,91 431.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 55.707,00 25.799,76 431.150,00 PRODUCTIVIDAD 600,00 600,00 431.151,00 GRATIFICACIONES 997,78 997,78 431.160,00 SEGUROS SOCIALES 43.473,60 40.101,45 431.789,00 REHABILITACIÓN VIVIENDA RURAL 60.000,00 60.000,00

TOTAL SUBFUNCION 235.211,80 221.620,98

SUBFUNCION 432-URBANISMO Y ARQUITECTURAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009432.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 144.018,77 150.489,28 432.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 107.677,15 113.816,97 432.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 40.799,47 40.288,45 432.160,00 SEGUROS SOCIALES 96.523,49 100.516,25 432.200,00 ARRENDAMIENTO DE TERRENOS Y BIENES NATURALES 1.000,00 1.000,00 432.203,00 ARRENDAMIENTO MAQUINARIA 4.000,00 2.000,00 432.212,00 PLAN DE EMBELLECIMIENTO 3.000,00 - 432.212,00 MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 8.000,00 8.000,00 432.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 70.000,00 55.000,00 432.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 3.000,00 500,00 432.219,00 OTRO INMOBILIZADO MATERIAL 3.000,00 500,00 432.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 3.200,00 5.500,00 432.220,01 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 1.000,00 500,00 432.220,02 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 600,00 600,00 432.221,00 ENERGIA ELECTRICA ALUMBRADO PUBLICO 115.000,00 110.000,00 432.221,04 VESTUARIO 2.000,00 2.000,00 432.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 15.000,00 8.000,00 432.230,01 DIETAS DE PERSONAL 300,00 300,00 432.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 300,00 300,00

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Page 44: Presupuesto 2009

Clasificación Funcional del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

432.450,00 PROYECTO LA FRAGATA (PRODE) (DEVOLUCIÓN 1999) 19.515,17 - 432.600,00 TERRENOS Y BIENES NATURALES 1.000,00 9.318,29 432.601,00 OBRAS DE INFRAESTRUCTURA 20.247,20 8.000,00 432.601,00 RAMPA PRACTICANTE ANTONIO HENRIQUEZ 20.000,00 - 432.601,00 LINEA DE BT SUBT. EN LOMO BLANCO E ILUM. DE CRUCES C/ ALEJANDRO HIDALGO Y LOPE DE VEGA (PIOS 09) - 121.502,58 432.611,00 REFORMA ALMACEN DEPENDENCIAS MUNICIPALES 20.000,00 - 432.611,00 REHABILITACION PATRIMONIO 6.000,00 - 432.611,00 REFORMA CENTRO DE ALZHEIMER EN CARRETERÍA 5.145,06 - 432.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 10.000,00 10.000,00 432.623,00 REPARACION DEPOSITO C/PRINCESA GUAYARMINA 11.820,00 - 432.623,00 ENTUBAMIENTO Y CUBRICIÓN DE ACEQUIA HEREDAD DEL AGUA 26.500,00 - 432.623,00 MURO ENTRADA CALLE PRINCESA GUAYARMINA 15.000,00 - 432.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES 12.000,00 3.000,00

TOTAL SUBFUNCION 785.646,31 751.131,82

SUBFUNCION 433- PARQUES Y JARDINESPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009433.210,00 MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES 10.500,00 3.000,00 433.210,00 MANTENIMIENTO DE PARQUES INFANTILES 8.000,00 3.000,00 433.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 6.000,00 5.000,00 433.221,00 ENERGÍA ELÉCTRICA 4.500,00 - 433.601,00 PARQUE INFANTIL EL CURATO 13.652,82 - 433.611,00 RENOVACIÓN ALUMNBRADO PARQUES Y PLAZAS PÚBLICAS (PIOS 08) 85.670,64 - 433.623,00 PARQUE PICO LOMITO Y PLAZA LA CANDELARIA (VOLARDOS) 12.000,00 -

TOTAL SUBFUNCION 140.323,46 11.000,00

SUBFUNCION 434- PLAYASPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009434.202,00 ALQUILER CASETA DE VIGILANCIA - 650,00 434.227,01 SERVICIO VIGILANCIA CHARCO SAN LORENZO Y ALTILLO 8.500,00 10.000,00 434.226,08 MANTENIMIENTO PLAYAS 2.000,00 1.000,00

TOTAL SUBFUNCION 10.500,00 11.650,00

SUBFUNCION 441-SANEAMIENTO, ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCION DE AGUAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009441.120,00 RETRIBUCIONES BASICAS 2.175,20 - 441.121,00 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 1.020,23 - 441.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 39.933,06 37.784,40 441.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 25.780,10 23.987,35 441.150,00 PRODUCTIVIDAD 160,00 - 441.160,00 SEGUROS SOCIALES 22.792,63 20.384,68 441.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 35.000,00 22.000,00 441.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 3.000,00 3.000,00 441.221,00 ENERGIA ELECTRICA, POZO LA SOLANA Y ESTACION DE BOMBEO 30.000,00 - 441.221,01 AGUA 600.000,00 600.000,00 441.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 4.500,00 - 441.221,04 VESTUARIO 2.000,00 2.000,00 441.224,00 SEGUROS VEHICULOS 2.000,00 - 441.226,00 CANON CONSEJO INSULAR DE AGUAS 132.000,00 140.000,00 441.226,08 PENALIZACIÓN DEL PROYECTO MEJORA DEL SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES DEL NORTE DE GRAN CANARIA (POMAL)11.358,22 - 441.227,06 ANALISIS DE AGUA 20.000,00 20.000,00 441.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 10.000,00 17.000,00 441.227,07 PUESTA EN MARCHA DEL SINAC 20.000,00 - 441.230,01 DIETAS DE PERSONAL 300,00 - 441.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 300,00 - 441.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE, SANEAMIENTO 30.000,00 9.540,00

TOTAL SUBFUNCION 992.319,44 895.696,43

SUBFUNCION 442-RECOGIDA, ELIMINACION, TRATAMIENTO DE BASURAS Y LIMPIEZA VIARIAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009442.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 78.323,32 80.485,93 442.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 58.964,99 59.836,26 442.160,00 SEGUROS SOCIALES 45.305,14 46.306,32 442.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 6.000,00 4.000,00 442.214,00 MATERIAL DE TRANSPORTE 100,00 100,00 442.221,03 COMBUSTIBLE Y CARBURANTE 1.000,00 - 442.224,00 SEGUROS VEHICULOS 800,00 - 442.226,00 CANON BASURA SALTO EL NEGRO Y JUAN GRANDE 30.000,00 40.000,00 442.226,00 ATRASOS CANON BASURA SALTO EL NEGRO Y JUAN GRANDE 22.153,95 - 442.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 215.000,00 200.000,00 442.310,00 ATRASOS MANCOMUNIDAD DEL NORTE, INTERESES PRESTAMO 198,55 - 442.624,00 ADQUISICIÓN DE UN DUMPE 4.000,00 - 442.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES OFICINA Y ALMACÉN 1.500,00 -

TOTAL SUBFUNCION 463.345,95 430.728,51

SUBFUNCION 443-CEMENTERIOSPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009443.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 15.009,93 16.236,94 443.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 11.486,02 12.143,43 443.160,00 SEGUROS SOCIALES 8.743,66 9.365,52 443.210,00 MANTENIMIENTO DE LOS CEMENTERIOS 8.000,00 500,00 443.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 4.000,00 2.600,00 443.611,00 AMPLIACION Y MEJORA SALA TANATORIO 9.961,78 - 443.623,00 ACONDICIONAMIENTO CEMENTERIOS 6.000,00 6.988,50 442.625,00 MOBILIARIO Y ENSERES TANATORIO FONTANALES 4.500,00

TOTAL SUBFUNCION 63.201,39 52.334,39

SUBFUNCION 444-PROYECTOS COMPLEJOSPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009444.627,00 PROYECTOS COMPLEJOS 35.000,00 28.234,23

TOTAL SUBFUNCION 35.000,00 28.234,23

SUBFUNCION 451-PROMOCION Y DIFUSION DE LA CULTURAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009451.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 61.808,23 70.700,60 451.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 45.655,61 56.671,96 451.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 52.700,25 - 451.160,00 SEGUROS SOCIALES 52.854,15 42.032,95 451.213,00 MANTENIMIENTO ASCENSOR CASA CULTURA 3.000,00 4.500,00 451.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 6.000,00 4.500,00 451.215,00 MOBILIARIO Y ENSERES 8.200,00 2.500,00 451.220,00 MATERIAL OFICINA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 5.000,00 5.500,00 451.220,01 PUBLICACIONES, LIBROS Y REVISTAS 7.000,00 6.100,50 451.221,00 ENERGIA ELECTRICA, CASA CULTURA 6.000,00 - 451.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 3.000,00 - 451.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 5.000,00 - 451.222,04 INTERNET BIBLIOTECA 450,00 450,00 451.226,00 CANON SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES 9.000,00 2.000,00 451.226,06 CHARLAS, JORNADAS Y COLOQUIOS 5.000,00 6.500,00 451.226,07 FIESTAS DEL PINO 2.300,00 - 451.226,08 ESCUELA DE FOLKLORE 5.000,00 - 451.226,08 ESCUELA MUNICIPAL DE DANZA 5.000,00 - 451.226,08 ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA 20.010,00 - 451.226,08 APORTACIÓN MUNICIPAL A LAS ESCUALAS ARTÍSTICAS VILLA DE MOYA, S. L. - 48.000,00 451.226,08 UNIVERSIDAD POPULAR 45.000,00 33.391,78 451.226,08 CAMPAÑA DE NAVIDAD 9.000,00 3.000,00 451.226,08 ACTIVIDADES ARTESANALES 1.500,00 - 451.226,08 OTRAS ACTIVIDADES CULTURALES 17.010,00 10.500,70 451.226,08 TEATRO CIRCUITO INSULAR ARTES ESCENICAS 4.000,00 100,00 451.226,08 VERANO MENUDO 9.000,00 100,00 451.226,08 DIA DE CANARIAS 15.000,00 6.000,00 451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, CULTURA 7.696,64 - 451.226,08 RENOVACION Y MEJORA PAGINA WEB 100,00 - 451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES MOYA EN MOVIMIENTO, RADIO MUNICIPAL 4.212,97 -

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Page 45: Presupuesto 2009

Clasificación Funcional del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y MOYA EN MOVIMIENTO, BIBLIOTECA 1.876,81 - 451.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, UNIVERSIDAD POPULAR 713,73 - 451.227,07 PLAN EMERGENCIA CASA DE LA CULTURA 5.000,00 4.500,00 451.227,07 PUBLICACION LIBRO DE MOYA 15.000,00 - 451.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 8.278,05 - 451.231,00 GASTOS DE LOCOMOCION 500,00 500,00 451.466,00 PAGO ANUAL A LA FEUP 500,00 - 451.466,00 PAGO ANUAL A LA ACUP 250,00 600,00 451.489,00 OTRAS SUBVENCIONES 40.000,00 2.996,43 451.622,00 REFORMA SALON DE ACTOS CASA CULTURA 1.000,00 40.000,00 451.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 18.000,00 4.500,00 451.625,00 MOBILIARIO, ENSERES Y LIBROS 15.000,00 4.352,00

TOTAL SUBFUNCION 521.616,44 359.996,92

SUBFUNCION 452-EDUCACION FISICA, DEPORTES Y ESPARCIMIENTOSPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009452.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 71.818,27 85.104,58 452.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 47.101,93 55.541,14 452.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 48.321,95 17.248,08 452.160,00 SEGUROS SOCIALES 55.189,91 52.104,96 452.203,00 ARRENDAMIENTO MOTIVOS DE NAVIDAD 12.000,00 - 452.212,00 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS 18.000,00 5.000,00 452.213,00 MAQUINARIA,INSTALACIONES Y UTILLAJE 31.000,00 9.000,00 452.220,00 MATERIAL DE OFICINA ORIDNARIO NO INVENTARIABLE 4.000,00 2.198,00 452.221,04 VESTUARIO 2.500,00 - 452.221,08 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 7.500,00 3.500,00 452.222,00 COMUNICACIONES TELEFONICAS 3.000,00 - 452.226,00 CANON SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES 8.000,00 700,00 452.226,07 FESTEJOS POPULARES 152.000,00 68.550,70 452.226,08 CAMPAÑA NAVIDAD 26.000,00 5.700,00 452.226,08 ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAESCOLARES 8.000,00 2.000,00 452.226,08 ACTIVIDADES DE FITNESS 500,00 - 452.226,08 TORNEOS DEPORTIVOS 6.000,00 4.000,00 452.226,08 ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES 12.000,00 8.014,01 452.226,08 PROMOCION DE AUTOMOVILISMO 3.500,00 2.000,00 452.226,08 CAMPAÑA DEPORTIVA DE VERANO 16.000,00 3.000,00 452.226,08 ATRASOS RETRIBUCIONES Y CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MOYA EN MOVIMIENTO, DEPORTES 17.886,57 - 452.227,07 SERVICIOS PRESTADOS POR OTRAS EMPRESAS 30.000,00 12.329,30 452.231,00 GASTOS LOCOMOCION 1.500,00 - 452.489,00 SUBVENCIONES ASOCIACIONES VECINOS PARA FIESTAS 7.800,00 4.200,00 452.489,00 SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS 30.000,00 24.400,00 452.611,00 ALBERGUE JARDIN DE CORVO 20.000,00 10.000,00 452.611,00 AULA DE LA NATURALEZA - - 452.623,00 ADQUISICIÓN MOTIVOS DE NAVIDAD PARA DIFERENTES BARRIOS 12.000,00 - 452.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 12.000,00 13.500,00 452.623,00 ACTUACIONES AREAS RECREATIVAS 14.000,00 14.000,00 452.625,00 MOBILIARIO, ENSERES 2.997,00 - 452.637,00 MEJORA DE VARIAS INSTALACIONES DEPORTIVAS - 9.056,11

TOTAL SUBFUNCION 680.615,63 411.146,88

SUBFUNCION 463- COMUNICACIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009463.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS RMRCNES. 15.200,92 15.504,94 463.160,00 SEGUROS SOCIALES 5.016,30 5.116,63 463.226,08 PRIMERAS JORNADAS COMARCALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 1.000,00 - 463.226,08 SEGUNDAS JORNADAS COMARCALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA - 1.200,00 463.226,08 FORMACION LIDERAZGO VECINAL Y COMUNICACIÓN SOCIAL - 300,00 463.611,00 REFORMAS Y ADAPTACIÓN DE DEPENDENCIAS MUNICIPALES 1.800,00 1.314,76 463.623,00 HILO MUSICAL (TELEFÓNICA) 400,00 - 463.625,00 OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (OAC) 3.000,00 -

TOTAL SUBFUNCION 26.417,22 23.436,33

SUBFUNCION 464- JUVENTUDPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009464.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 8.988,81 - 464.131,00 REMUNERACIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES 10.053,83 18.772,74 464.160,00 SEGUROS SOCIALES 6.284,07 6.195,00 464.226,08 OTRAS ACTIVIDADES JUVENILES 35.000,00 13.229,53

TOTAL SUBFUNCION 60.326,71 38.197,27

SUBFUNCION 511-CARRETERAS, CAMINOS VECINALES Y VIAS PUBLICAS URBANASPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009511.130,00 RETRIBUCIONES BASICAS 13.198,81 9.635,25 511.130,01 OTRAS REMUNERACIONES 8.126,11 5.869,69 511.160,00 SEGUROS SOCIALES 7.037,22 5.116,63 511.210,00 REBACHEO DE CAMINOS Y CALLES 30.000,00 - 511.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 30.000,00 15.000,00 511.219,00 OTRO INMOBILIZADO MATERIAL 3.000,00 - 511.611,00 REPARACION Y REPAVIMENTACION VARIOS CAMINOS 35.000,00 - 511.611,00 MEJORA DEL CAMINO LOS DRAGOS 2.454,64 - 511.611,00 CANALIZACIONES VARIAS EN EL BARRIO DE SAN FERNANDO 13.962,64 - 511.611,00 MEJORA EN ACERADOS DISTINTAS CALLES 14.700,00 - 511.611,00 ARREGLOS DE CAMINOS DEL MUNICIPIO 35.500,00 - 511.611,00 APARCAMIENTO Y MEJORA DE ACCESO EN CAMINO LA CUEVA 10.188,51 - 511.611,00 MEJORAS EN LA GC 70 (EL LANCE) 28.400,00 - 511.611,00 RENOVACIÓN ABASTECIMIENTO CALLE CARRERAS (PIOS 08) 35.758,83 - 511.611,00 ASFALTADO EN EL LOMO EL MARCO 2.927,11 - 511.611,00 ADECUACIÓN DE SENDEROS Y CAMINOS DE LA MONTAÑETA 5.089,75 - 511.611,00 REFORMA ANFITEATRO PICO LOMITO - 26.482,79 511.623,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 16.000,00 - 511.623,00 VALLADO CURVA LOMO BLANCO 3.000,00 - 511.623,00 VALLADO CAMINO ACCESO PARQUE EL LANCE 3.052,00 -

TOTAL SUBFUNCION 297.395,62 62.104,36

SUBFUNCION 521- COMUNICACIONESPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009521.213,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS REPETIDOR TV 2.000,00 - 521.213,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE TELEFONÍA 1.000,00 150,00 521.213,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE SAI´s 2.000,00 1.000,00 521.214,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE EMISORA DE RADIO - 500,00 521.216,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE EQUIPOS INFORMÁTICOS 3.000,00 1.000,00 521.216,00 MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y REPUESTOS DE FOTCOPIADORAS E IMPRESORAS - 1.800,00 521.216,00 CANON SOCIEDAD GNERAL DE AUTORES RADIO - 900,00 521.220,00 PAPEL 9.000,00 6.000,00 521.220,02 MATERIAL INFORMATICO NO INVENTARIABLE 9.000,00 3.000,00 521.220,03 LICENCIAS DE SOFTWARE 10.000,00 1.500,00 521.222,04 COMUNICACIONES TELEMÁTICAS GENERALES 1.600,00 1.500,00 521.222,04 DOMINIO Y ALOJAMIENTO PAGINA WEB - 600,00 521.623,00 TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL 3.000,00 - 521.623,00 SISTEMAS DE ALIMENTACIÓN INTERRUMPIDA EN PEQUEÑAS DEPENDENCIAS 800,00 - 521.623,00 ADQUISICIÓN DE EHERRAMIENTAS 500,00 300,00 521.623,00 GASTOS DE TELECOMUNICACIONES 1.000,00 - 521.623,00 MEJORAS CONEXIÓN ANTENA LA COSTA 4.500,00 - 521.625,00 MOBILIARIO DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA 3.445,23 - 521.626,00 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACION 6.000,00 1.500,00 521.626,00 COMUNICACIÓN ENTRE DEPENDENCIAS 5.000,00 -

TOTAL SUBFUNCION 61.845,23 19.750,00

SUBFUNCION 531-DESARROLLO AGROPECUARIOPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009531.212,00 MANTENIMIENTO DEL MERCADILLO 10.000,00 2.530,00

TOTAL SUBFUNCION 10.000,00 2.530,00

SUBFUNCION 533-MEJORA DEL MEDIO NATURAL45

Page 46: Presupuesto 2009

Clasificación Funcional del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

PARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009533.226,08 AGENDA LOCAL 21. FORMACIÓN E INFORMACIÓN 2.500,00 1.000,00 533.226,08 MOYAMBIENTE 600,00 214,55 533.226,08 JORNADAS ESCOLARES SENSIBILIZACIÓN Y CONCIENCIACIÓN MEDIOAMBIENTAS 300,00 -

TOTAL SUBFUNCION 3.400,00 1.214,55

SUBFUNCIÓN 622-COMERCIO INTERIORPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009622.226,08 JORNADAS:"EL COMERCIO EN MOYA: PRESENTE Y FUTURO". ESTUDIO PARA LA CREACIÓN DE UN ÁREA COMERCIAL Y DE OCIO 2.600,00 - 622.226,08 APOYO A LA RED DE COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS MOYENSES.- MARCA MOYA 2.000,00 - 622.226,08 MODERNIZACIÓN Y DINAMIZACIÓN DEL COMERCIO LOCAL 4.500,00 9.753,40

TOTAL SUBFUNCION 9.100,00 9.753,40

SUBFUNCION 711-AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCAPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009711.226,06 GESTION Y FORMACION AGRICULTURA Y GANADERIA 8.000,00 2.000,00 711.226,07 FERIA DE GANADO 17.000,00 13.000,00 711.226,08 ASISTENCIA MATERIA AGRICOLA Y GANADERA 35.000,00 35.500,00

TOTAL SUBFUNCION 60.000,00 50.500,00

SUBFUNCION 722- FOMENTO A LA ACCIÓN EMPRESARIALPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009722.463,00 CUOTA INSCRIPCION FERIA EMPRESARIAL DEL NORTE 800,00 - 722.489,00 PLAN DE APOYO A LAS PYMES - ASOCIACIÓN 12.000,00 -

TOTAL SUBFUNCION 12.800,00 -

SUBFUNCION 751-TURISMOPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009751.213,00 MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 1.000,00 1.000,00 751.220,00 MANTENIMIENTO OFICINA DE TURISMO 1.000,00 1.000,00 751.226,02 PROMOCION Y DIFUSION DEL MUNICIPIO 10.000,00 5.221,06 751.226,07 FERIA DE TURISMO, AGRIC. Y NATURALEZA: UN ESPACIO PARA EL OCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LAS MEDIANIAS 410,83 - 751.226,08 PROMOTOR TURISTICO 28.000,00 28.500,00 751.226,08 ATRASOS PROMOTOR TURISTICO 149,44 - 751.226,08 ORGANIZACIÓN FERIA TURISTICO RURAL 25.000,00 14.000,00 751.463,00 APORTACION MANCOMUN PROYECTO FORMAT 600,00 - 751.463,00 GASTOS MANIFESTACIÓN ABRIL 2005 135,00 134,20 751.601,00 COLOCACIÓN DE ESCUDOS MUNICIPALES 5.558,16 - 751.763,00 MEDIDAS PARA LA DINAMIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE GRAN CANARIA 7.142,86 7.142,86 751.763,00 APORTACIÓN INNOVATUR 3.660,00 -

TOTAL SUBFUNCION 82.656,29 56.998,12

SUBFUNCION 911-TRANSFERENCIAS A ADMINISTRACIONES PUBLICASPARTIDA CONCEPTO AÑO 2008 AÑO 2009911.461,00 CONSORCIO DE VIVIENDA 234,00 500,00 911.463,00 CUOTA A LA MANCOMUNIDAD DEL NORTE 24.001,74 24.606,83 911.466,00 CUOTAS A LA FECAM Y LA FEMP 1.300,00 1.300,00 911.466,00 CUOTA RED ESPAÑOLA DE CIUDADES POR EL CLIMA (FEMP) 150,00 150,00 911.467,00 CONSORCIO DE EMERGENCIAS 143.334,40 142.173,48

TOTAL SUBFUNCION 169.020,14 168.730,31

TOTAL PRESUPUESTO 9.271.758,10 7.495.526,41

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Page 47: Presupuesto 2009

Resumen por Grupos de Función del Presupuesto de Gastos 01/06/2009

Grupo de Función 2008 2009 DIFERENCIAS0 DEUDA PÚBLICA 642.457,08 583.527,13 58.929,95 - 1 SERVICIOS DE CARÁCTER GENERAL 1.538.366,77 1.706.235,05 167.868,28 2 PROTECCION CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA 677.929,75 550.044,37 127.885,38 - 3 SEGURIDAD, PROTECCION Y PROMOCIN SOCIAL 1.260.084,96 842.444,70 417.640,26 - 4 PRODUCCION DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER SOCIAL 4.446.702,26 3.441.694,42 1.118.721,61 - 5 PRODUCCION DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER ECONÓMICO 372.640,85 85.598,91 287.541,94 - 6 REGULACIÓN ECONÓMICA DE CARÁCTER GENERAL 9.100,00 9.753,40 653,40 7 REGULACIÓN ECONÓMICA DE SECTORES PRODUCTIVOS 155.456,29 107.498,12 47.958,17 - 9 TRANSFERENCIAS 169.020,14 168.730,31 289,83 -

9.271.758,10 7.495.526,41 1.890.445,46 -

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Page 48: Presupuesto 2009

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Cla sific a c ióneconóm ic a de Ingresos

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Page 50: Presupuesto 2009

Clasificación Económica del Presupuesto de Ingresos 01/06/2009

CAPITULO I PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA112,00 I.B.I. NATURALEZA RUSTICA. 15.000,00 9.839,43 5.160,57 - 112,01 I.B.I. NATURALEZA URBANA 833.628,97 1.196.008,36 362.379,39 113,00 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA. 404.292,79 411.834,63 7.541,84 114,00 IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE TERRENOS 80.000,00 80.000,00 - 130,00 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS . 25.000,00 10.902,61 14.097,39 -

TOTAL CAPITULO I 1.357.921,76 1.708.585,03 350.663,27

CAPITULO II PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA282,00 IMPTO. SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS 60.000,00 60.000,00 - 283,00 IMPUESTO SOBRE PUBLICIDAD. 6.010,12 500,00 5.510,12 - 284,03 COTOS DE CAZA Y PESCA. 6,01 6,01 -

TOTAL CAPITULO II 66.016,13 60.506,01 5.510,12 -

CAPITULO III PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA310,00 EXPEDICION DE DOCUMENTOS 36.918,48 15.000,00 21.918,48 - 310,03 CEMENTERIOS. 35.000,00 40.000,00 5.000,00 310.04 TASAS POR SERVICIOS SOCIALES 7.000,00 2.500,00 4.500,00 - 310,05 TASA POR PRESTACION SERVICIOS ADVOS Y PROFESIONALES VETERINARIOS 7.000,00 3.000,00 4.000,00 - 310,06 TASAS POR OPOSICIONES 6.000,00 1.000,00 5.000,00 - 310,07 CANON DEPURACIÓN DE AGUAS 130.000,00 - 130.000,00 - 311,00 LICENCIA AUTOTAXIS Y VEHICULOS 300,51 300,51 - 311,01 TASA POR RECOGIDA DE BASURA 130.000,00 130.000,00 - 311,02 TASA POR ALCANTARILLADO 35.000,00 30.000,00 5.000,00 - 311,03 LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS 3.005,06 500,00 2.505,06 - 311,04 SERVICIO DE VIGILANCIAS. 60,10 60,10 - 311,05 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA 550.000,00 500.000,00 50.000,00 - 311,06 TASA POR UTILIZACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS 62.000,00 35.000,00 27.000,00 - 311,07 TASA POR ACTIVIDADES CULTURALES 52.000,00 36.000,00 16.000,00 - 312.00 LICENCIAS URBANISTICAS 30.000,00 43.000,00 13.000,00 312.01 TASA POR OCUPACIÓN DE PUESTOS DE VENTA EN MERCADILLO MUNICIPAL 3.000,00 2.000,00 1.000,00 - 312.02 TASA POR INSTALACION DE QUIOSCOS 6.000,00 1.000,00 5.000,00 - 312.03 TASA POR APERTURA DE ZANJAS, CALICATAS, ETC. 6.000,00 1.500,00 4.500,00 - 312.04 TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENO PUBLICO CON MERCANCIAS, ETC. 6.000,00 1.000,00 5.000,00 - 312.05 TASA POR PUESTOS, BARRACAS, ETC. 6.000,00 1.500,00 4.500,00 - 312.06 TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENO PUBLICO CON MESAS, ETC. 1.202,02 4.000,00 2.797,98 312.07 TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELO, SUELO O VUELO DE LA VIA PUBLICA 75.000,00 60.000,00 15.000,00 - 312.08 TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS, VADOS, ETC. 15.000,00 6.000,00 9.000,00 - 340.02 PRECIOS PUBLICOS POR REDACCION Y DIRECCION DE PROYECTOS 6.000,00 6.000,00 - 340,03 FESTIVALES Y ESPECTACULOS 60,10 60,10 - 340.05 PRECIO PUBLICO POR UTILIZACION SERVICIO EMISORA 10.000,00 1.000,00 9.000,00 - 341,00 PRECIO PUBLICO POR ACTIVIDADES CENTRO OCUPACIONAL 6.000,00 60,10 5.939,90 - 351,00 TASA POR LETREROS Y ROTULOS 3.000,00 60,10 2.939,90 - 360.00 CONTRIBUCIONES ESPECIALES. 3.005,06 60,10 2.944,96 - 380.00 OTROS REINTEGROS DE PRESUPUESTOS CERRADOS. 20.000,00 5.000,00 15.000,00 - 391.00 MULTAS URBANISTICAS. 0,60 0,60 - 391.01 MULTAS DE TRÀFICO 25.000,00 9.000,00 16.000,00 - 392.00 RECARGOS DE APREMIO 20.000,00 25.000,00 5.000,00 393.00 INTERESES DE DEMORA. 7.000,00 10.000,00 3.000,00 399.02 INDEMNIZACION DAÑOS EN EL PATRIMONIO ASEGURADO 6.000,00 6.000,00 - 399.05 INDETERMINADOS 36.060,73 11.920,89 24.139,84 -

TOTAL CAPITULO III 1.344.612,66 987.522,50 357.090,16 -

CAPITULO IV PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA420,00 PARTICIPACION EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO 1.650.000,00 1.391.168,49 258.831,51 - 420,01 SUBVENCION PLANTA DESALADORA, DIRECCION GENERAL OBRAS HIDRAULICAS 125.000,00 125.000,00 - 420,01 COMPENSACION IMPUESTO ACTIVIDADES ECONOMICAS 60.000,00 60.000,00 - 420,01 TRANSFERENCIA DEL ESTADO 166.000,00 - 166.000,00 - 455,00 FONDO CANARIO DE FINANCIACION MUNICIPAL 1.605.367,74 1.401.713,32 203.654,42 - 455,01 OTRAS SUBVENCIONES 517.004,32 332.499,05 184.505,27 - 455,02 TRANSFERENCIA DE LA C.C.A.A. 150.000,00 - 150.000,00 - 460,00 TRANSFERENCIAS DEL CABILDO PARTICIPACION R.E.F 1.599.111,70 1.170.403,09 428.708,61 - 462,00 OTRAS TRANSFERENCIAS DEL CABILDO 254.851,47 28.000,00 226.851,47 - 470,00 EMPRESAS PRIVADAS 12.000,00 - 12.000,00 - 480,00 OTRAS INSTITUCIONES 31.382,34 3.600,00 27.782,34 -

TOTAL CAPITULO IV 6.170.717,57 4.512.383,95 1.658.333,62 -

CAPITULO V PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA521,00 INTERESES DE DEPOSITOS CUENTAS BANCOS Y CAJAS 45.000,00 55.000,00 10.000,00 540,00 ARRENDAMIENTO DE FINCAS 14,42 14,42 -

TOTAL CAPITULO V 45.014,42 55.014,42 10.000,00

CAPITULO VI PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA602,00 ENAJENACION DE PARCELAS SOBRANTES DE VIA PUBLICA 6,01 6,01 - 609,00 OTRAS ENAJENACIONES DE INVERSIONES REALES. 6,01 6,01 -

TOTAL CAPITULO VI 12,02 12,02 -

CAPITULO VII PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA720,00 TRANSFERENCIAS DEL MAP 25.488,05 25.998,91 510,86 755,00 TRANSFERENCIAS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA 143.632,71 - 143.632,71 - 761,00 TRANSFERENCIAS DEL CABILDO 57.985,41 94.044,20 36.058,79

TOTAL CAPITULO VII 227.106,17 120.043,11 107.063,06 -

CAPITULO VIII PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA830,00 DE ANTICIPOS DE PAGAS Y DEMAS PRESTAMOS. 30.000,00 10.000,00 20.000,00 -

TOTAL CAPITULO VIII 30.000,00 10.000,00 20.000,00 -

CAPITULO IX PARTIDA AÑO 2008 AÑO 2009 DIFERENCIA917,01 PRESTAMOS DENTRO DEL SECTOR PUBLICO 30.357,37 41.459,37 11.102,00 917,02 PRESTAMOS DE FUERA DEL SECTOR PUBLICO - - -

TOTAL CAPITULO IX 30.357,37 41.459,37 11.102,00

TOTAL INGRESOS 9.271.758,10 7.495.526,41 1.776.231,69 -

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Page 51: Presupuesto 2009

Resumen por Capítulos del Presupuesto de Ingresos 01/06/2009

2008 2009 DIFERENCIASI IMPUESTOS DIRECTOS 1.357.921,76 1.708.585,03 350.663,27 II IMPUESTOS INDIRECTOS 66.016,13 60.506,01 5.510,12 - III TASAS Y OTROS INGRESOS 1.344.612,66 987.522,50 357.090,16 - IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6.170.717,57 4.512.383,95 1.658.333,62 - V INGRESOS PATRIMONIALES 45.014,42 55.014,42 10.000,00 VI ENAJENACION DE INVERSIONES REALES 12,02 12,02 - VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 227.106,17 120.043,11 107.063,06 - VIII ACTIVOS FINANCIEROS 30.000,00 10.000,00 20.000,00 - IX PASIVOS FINANCIEROS 30.357,37 41.459,37 11.102,00

TOTALES 9.271.758,10 7.495.526,41 1.776.231,69 -

Capítulo

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Esta dos de Previsión de Ingresos y Ga stos de la

Soc ieda d de Gestión de Rec ursos Munic ipa les de

Moya S.L.

Sociedad de Gestión de Recursos Municipales de Moya S.L.

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Moya S.L.

Presupuesto de Ex plota c ión

Sociedad de Gestión de Recursos Municipales de Moya S.L.

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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1.- PRESUPUESTO DE EXPLOTACION SOCIEDAD MERCANTIL: GESTION DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA, S.L. CUENTAS DEL P.G.C.

ACTIVIDADES ORDINARIAS

AÑO 2009

64 GASTOS DE PERSONAL 260.809,66 640 Sueldos y Salarios 195.424,70 642 Seguridad Social a cargo de la empresa 57.884,96 649 Provisión de gastos de personal 7.500,00 68 AMORTIZACIONES 0,00 682 De inmovilizado material 0,00 680 De gastos de establecimiento 0,00 OTROS GASTOS DE EXPLOTACION 76.697,33 62 Servicios exteriores 25.497,33 602 Compras de otros aprovisionamientos 51.200,00 631+634 Tributos 0,00 66 GASTOS FINANCIEROS 100,00 662+663 De préstamos 0,00 669 De cuenta Corriente 100,00 BENEFICIO DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 0,00 TOTAL DEBE 337.606,99 SOCIEDAD MERCANTIL: GESTION DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA, S.L. CUENTAS DEL P.G.C.

ACTIVIDADES ORDINARIAS

AÑO 2009

70 VENTAS NETAS 258.081,64 705 Prestación de servicios 258.081,64 76 INGRESOS FINANCIEROS Y ASIMILADOS 20,00 765+766+769 Otros 20,00 74 SUBVENCIONES A LA EXPLOTACION 79.505,35 740 Subvención municipal a la explotación 79.505,35 PERDIDAS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 0,00 TOTAL HABER 337.606,99

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Cuenta de PÉrdida sy Ga na nc ia s

Sociedad de Gestión de Recursos Municipales de Moya S.L.

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Moya S.L.

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2.- CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS SOCIEDAD MERCANTIL: GESTION DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA, S.L. CUENTAS DEL P.G.C.

PERDIDAS Y GANACIAS

AÑO 2009

RESULTADO DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 0,00 RESULTADOS EXTRAORDINARIOS 0,00 RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS 0,00 630 Impuesto de Sociedades 0,00 129 RESULTADOS DEL EJERCICIO 0,00

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Presupuesto de Ca pita l

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3.-PRESUPUESTO DE CAPITAL O CUADRO DE FINANCIACION SOCIEDAD MERCANTIL: GESTION DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA, S.L.

“APLICACIÓN DE FONDOS”

AÑO 2009

RECURSOS APLICADOS EN LAS OPERACIONES 337.606,99 GASTOS DE ESTABLECIMIENTO Y FORMALIZACION DE DEUDAS 0,00 Gastos de constitución, primer establecimiento y ampliación de capital 0,00 ADQUISICION DE INMOVILIZADO 0,00 Inmovilizado material 0,00 Terrenos y construcciones 0,00 Otras instalaciones, utillaje y mobiliario 0,00 Otro Inmovilizado material 0,00 TOTAL APLICACIONES 337.606,99 AUMENTO DE CAPITAL CIRCULANTE 0,00 SOCIEDAD MERCANTIL: GESTION DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA, S.L.

“ORIGEN DE FONDOS”

AÑO 2009

RECURSOS GENERADOS POR LAS OPERACIONES 337.606,99 Cash-flow actividades ordinarias 258.081,64 Amortizaciones 0,00 Subvenciones netas a la explotación 79.505,35 APORTACION DE CAPITAL 0,00 Del ayuntamiento 0,00 FINANCIACION AJENA A LARGO PLAZO 20,00 Ingresos Financieros y asimilados 20,00 ENAJENACION DE INMOVILIZADO 0,00 Inmovilizado material 0,00 TOTAL ORIGENES 337.606,99 DISMINUCION DEL CAPITAL CIRCULANTE 0,00

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Page 61: Presupuesto 2009

Ba la nc e

Sociedad de Gestión de Recursos Municipales de Moya S.L.

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Moya S.L.

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Balance de Situación

Empresa - GESTION DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA Página 1

Fecha listado 01/06/2009

Observaciones Período De Enero a Diciembre

A C T I V O 2009

A) ACTIVO NO CORRIENTE 7.592,72

II. Inmovilizado material 1.991,55

219 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL 2.236,45

281 AMORT. ACUM. INMOV. MATERIAL -244,90

VI. Activos por Impuesto diferido 5.601,17

474 * SIN DESCRIPCION * 5.601,17

B) ACTIVO CORRIENTE 14.303,60

II. Deudores comerciales y otras cuentas a cob. 4.791,59

1. Clientes ventas y prestación de servicios 17.899,49

430 CLIENTES 17.899,49

3. Otros deudores -13.107,90

440 DEUDORES -13.805,73

470 HP, DEUDORA DIVERSOS CONCEPTOS 697,83

VI. Efectivo y otros activos líquidos equival. 9.512,01

572 BCOS E INS.CRÉD. C/C VIS.,EURO 9.512,01

T O T A L A C T I V O 21.896,32

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Page 63: Presupuesto 2009

Balance de Situación

Empresa - GESTION DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA Página 2

Fecha listado 01/06/2009

Observaciones Período De Enero a Diciembre

P A S I V O 20099

A) PATRIMONIO NETO -8.036,87

A-1) Fondos propios -8.036,87

I. Capital 3.006,00

1. Capital escriturado 3.006,00

100 CAPITAL SOCIAL 3.006,00

III. Reservas 5.784,41

112 RESERVA LEGAL 594,42

113 RESERVAS VOLUNTARIAS 5.189,99

V. Resultados de ejercicios anteriores

VII. Resultado del ejercicio -16.827,28

C) PASIVO CORRIENTE 29.933,19

II. Deudas a corto plazo 1.763,47

3. Otras deudas a corto plazo 1.763,47

551 CTA CORRIENTE SOC. Y ADMINIST. 1.763,47

IV. Acreedores comerc. y otras cuentas a pagar 28.169,72

1. Proveedores 6.478,10

400 PROVEEDORES 6.454,10

401 PROVEEDORES, EFECTOS COMERCIA 24,00

2. Otros acreedores 21.691,62

410 ACREEDORES POR PRESTACIONES DE 2.585,65

438 ANTICIPOS DE CLIENTES 7.458,42

475 HP, ACREED. CONCEPTOS FISCALES 6.042,55

476 ORGANI.DE LA SS.SS.,ACREEDORES 5.605,00

T O T A L PATRIMONIO NETO Y PASIVO 21.896,32

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Mem oria del Ejerc ic io 2008

Sociedad de Gestión de Recursos Municipales de Moya S.L.

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

Esta dos de Previsión de Ingresos y Ga stos de la

Soc ieda d de Gestión de Rec ursos Munic ipa les de

Moya S.L.

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5.-MEMORIA EJERCICIO 2009 La entidad Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L. es una sociedad municipal cuyo capital pertenece cuyo capital pertenece íntegramente al Excmo. Ayuntamiento de Moya, constituida en año 2006 y cuyo objeto social principal es la gestión la atención y el cuidado de las personas mayores. Los presupuestos presentados se refieren a la totalidad del ejercicio 2009, ya que la actividad se inicio en abril de ejercicio 2007. Los gastos presupuestados para el año 2009, lo podemos dividir en dos grupos: 1.- Gastos de personal 2.- Gastos Generales 1.- Gastos de personal. La plantilla presupuesta para gestionar la Mini-residencia se compone de:

a) 9 Auxiliares Geriátricas, que prestan servicios en turnos rotatorios de mañana, tarde y noche.

b) 3 Limpiadoras c) 1 Coordinador El gasto total de personal asciende a 260.809,66-€

2.-Gastos generales. Incluyéndose en este apartado, consumos de explotación y demás tales gastos de agua, luz teléfono, material de limpieza, reposición de menaje, mantenimiento de ascensor, Primas de Seguros, Servicios de profesionales independientes, etc. ascendiendo la cantidad a 76.697,33-€ Para sufragar los gastos ocasionados contaremos con los ingresos que percibiremos desde el Instituto de Atención Socio Sanitario asciendo esta a 245.432,55-€, la aportación de los usuarios por la prestación de los servicios realizados 12.649,09-€, mas la aportación municipal 79.505,35-€.

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Soc ieda d esc uela s a rtístic a s villa de

Moya S.L.

Sociedad Escuelas ArtísticasVilla de Moya S.L.

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Presupuesto de Ex plota c ión

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1.- PRESUPUESTO DE EXPLOTACION SOCIEDAD MERCANTIL: ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA, S.L CUENTAS DEL P.G.C.

ACTIVIDADES ORDINARIAS

AÑO 2009

64 GASTOS DE PERSONAL 79.537,63 640 Sueldos y Salarios 58.936,20 642 Seguridad Social a cargo de la empresa 18301,43 649 Provisión de gastos de personal 2300,00 68 AMORTIZACIONES 0,00 682 De inmovilizado material 0,00 680 De gastos de establecimiento 0,00 OTROS GASTOS DE EXPLOTACION 9054,57 62 Servicios exteriores 9054,57 602 Compras de otros aprovisionamientos 0,00 631+634 Tributos 0,00 66 GASTOS FINANCIEROS 100,00 662+663 De préstamos 0,00 669 De cuenta Corriente 100,00 BENEFICIO DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 0,00 TOTAL DEBE 88.692,20 SOCIEDAD MERCANTIL: ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA, S.L. CUENTAS DEL P.G.C.

ACTIVIDADES ORDINARIAS

AÑO 2009

70 VENTAS NETAS 40.672,20 705 Prestación de servicios 40.672,20 76 INGRESOS FINANCIEROS Y ASIMILADOS 20,00 765+766+769 Otros 20,00 74 SUBVENCIONES A LA EXPLOTACION 48.000,00 740 Subvención municipal a la explotación 48.000,00 PERDIDAS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 0,00 TOTAL HABER 88.692,20

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Cuenta de Pérdida s y Ga na nc ia s

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2.- CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS SOCIEDAD MERCANTIL: ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA, S.L. CUENTAS DEL P.G.C.

PERDIDAS Y GANACIAS

AÑO 2009

RESULTADO DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 0,00 RESULTADOS EXTRAORDINARIOS 0,00 RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS 0,00 630 Impuesto de Sociedades 0,00 129 RESULTADOS DEL EJERCICIO 0,00

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Presupuesto de Ca pita l

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3.-PRESUPUESTO DE CAPITAL O CUADRO DE FINANCIACION SOCIEDAD MERCANTIL: ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA, S.L.

“APLICACIÓN DE FONDOS”

AÑO 2009

RECURSOS APLICADOS EN LAS OPERACIONES 88.692,20 GASTOS DE ESTABLECIMIENTO Y FORMALIZACION DE DEUDAS 0,00 Gastos de constitución, primer establecimiento y ampliación de capital 0,00 ADQUISICION DE INMOVILIZADO 0,00 Inmovilizado material 0,00 Terrenos y construcciones 0,00 Otras instalaciones, utillaje y mobiliario 0,00 Otro Inmovilizado material 0,00 TOTAL APLICACIONES 88.692,20 AUMENTO DE CAPITAL CIRCULANTE 0,00 SOCIEDAD MERCANTIL: ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA, S.L.

“ORIGEN DE FONDOS”

AÑO 2009

RECURSOS GENERADOS POR LAS OPERACIONES 88.692,20 Cash-flow actividades ordinarias 40.672.20 Amortizaciones 0,00 Subvenciones netas a la explotación 48.000,00 APORTACION DE CAPITAL 0,00 Del ayuntamiento 0,00 FINANCIACION AJENA A LARGO PLAZO 20,00 Ingresos financieros y asimilados 20,00 ENAJENACION DE INMOVILIZADO 0,00 Inmovilizado material 0,00 TOTAL ORIGENES 88.692,20 DISMINUCION DEL CAPITAL CIRCULANTE 0,00

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Ba la nc e

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Balance de Situación

Empresa - ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA Página 1

Fecha listado 01/06/2009

Observaciones Período De Enero a Diciembre

A C T I V O 2009

B) ACTIVO CORRIENTE 17921.53

II. Deudores comerciales y otras cuentas a cob. 6073.47

1. Clientes ventas y prestación de servicios 6073.47

430 CLIENTES 6073.47

VI. Efectivo y otros activos líquidos equival. 10648.06

57200001 CAJA RURAL: 2118555024 2336,05

57200002 CAJA CANARIAS: 4910010301 9.512,01

57200

T O T A L A C T I V O 17921.53

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Balance de Situación

Empresa - ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA Página 2

Fecha listado 01/06/2009

Observaciones Período De Enero a Diciembre

P A S I V O 20099

A) PATRIMONIO NETO 3006.00

A-1) Fondos propios 3006.00

I. Capital 3.006,00

1. Capital escriturado 3.006,00

100 CAPITAL SOCIAL 3.006,00

V. Resultados de ejercicios anteriores

VII. Resultado del ejercicio

C) PASIVO CORRIENTE 14915.53

IV. Acreedores comerc. y otras cuentas a pagar 14915.53

2. Otros acreedores

41000004 GONZALEZ Y BETANCOR ASESORES 315.00 43800001 ANTICIPO AYUNTAMIENTO 5500.00

46500000 REMUN. PENDIENTES DE PAGO 5320.48 47510000 HP, ACREED. RETENCIONES PRACTICADAS 827.98

47570000 HP, ACREED. CONCEPTOS FISCALES 441.45

47600000 ORGANI.DE LA SS.SS.,ACREEDORES 2510,62

T O T A L PATRIMONIO NETO Y PASIVO 17921.53

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Mem oria del Ejerc ic io 2008

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Sociedad Escuelas ArtísticasVilla de Moya S.L.

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5.-MEMORIA EJERCICIO 2009 La entidad Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L., es una sociedad municipal cuyo capital pertenece cuyo capital pertenece íntegramente al Excmo. Ayuntamiento de Moya, constituida en año 2008 y cuyo objeto social principal es la formación no reglada. Los presupuestos presentados se refieren a la totalidad del ejercicio 2009, ya que la actividad se inicio en Noviembre del ejercicio 2008. Los gastos presupuestados para el año 2009, lo podemos dividir en dos grupos: 1.- Gastos de Personal 2.- Gastos Generales 1.- Gastos de personal. La plantilla presupuestada para gestionar la formación de los alumnos matriculados se compone de:

a) 1 Director, que presta servicios en 22 horas semanales. b) 1 Coordinador que esta contratado a razón de 40 horas semanales. c) 7 Profesores de diferentes instrumentos musicales. El gasto total de personal asciende a 79.537,63-€

2.- Gastos de generales. Incluyéndose en este apartado, gastos de servicios profesionales independientes, primas de seguros, etc. ascendiendo la cantidad a 9054,57-€ Para sufragar los gastos ocasionados contaremos con los ingresos por la prestación de los servicios realizados a los usuarios ascendiendo esta a 40.672,20-€, mas la aportación municipal estipulada en 48.000-€.

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ESTADO DE CONSOLIDACIÓN DE PRESUPUESTOS

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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ESTADO DE CONSOLIDACION DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL DE 2009 CON LAS ENTIDADES MERCANTILES GESTIÓN DE RECURSOS MUNICIPALES DE MOYA, S. . Y ESCUELAS ARTISTICAS VILLA DE MOYA, S.L.

A) ESTADO DE INGRESOS

1).- Estado de Ingresos del Ayuntamiento

Cap. I Impuestos Directos 1.708.585,03

Cap. II Impuestos Indirectos 60.506,01

Cap. III Tasas y Otros Ingresos 987.522,50

Cap. IV Transferencias Corrientes 4.512.383,95

Cap. V Ingresos Patrimoniales 55.014,42

Cap. VI Enajenaciones Reales 12,02

Cap. VII Transferencias de Capital 120.043,11

Cap. VIII Activos Financieros 10.000,00

Cap. IX Pasivos Financieros 41.459,37

TOTAL 7.495.526,41

2).- Estado de Ingresos de la Sociedad Municipal Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L.

1.- Ingresos Atención Sociosanitaria 245.432,55

2.- Ingresos Usuarios 12.649,09

3.- Otros Ingresos Financieros 20,00

TOTAL 258.101,64

3).- Estado de Ingresos de la Sociedad Municipal Escuelas Artísticas Villa de de Moya, S.L.

1.- Ingresos Usuarios 40.672,20

2.- Otros Ingresos Financieros 20,00

TOTAL 40.692,20

4).- Transferencias de la Sociedad Municipal Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L.: 0,00 €

5).- Transferencias de la Sociedad Municipal Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L.: 0,00 €

TOTAL CONSOLIDACION ESTADO DE INGRESOS (1+2+3-4-5) = .794.320,25€

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Page 83: Presupuesto 2009

B) ESTADO DE GASTOS

6).- Estado de Gastos del Ayuntamiento

Cap. I Gastos de Personal 3.103.590,09

Cap. II Gastos Bienes Corrientes y de Servicios 2.965.242,16

Cap. III Gastos Financieros 220.101,71

Cap. IV Transferencias Corrientes 339.077,91

Cap. VI Inversiones Reales 426.946,26

Cap. VII Transferencias de Capital 67.142,86

Cap. VIII Activos Financieros 10.000,00

Cap. IX Pasivos Financieros 363.425,42

TOTAL 7.495.526,41

7).- Estado de Gastos de la Sociedad Municipal Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L.

1.- Gastos de Personal y Seguros Sociales 260.809,66

2.- Gastos de Consumos de Explotación 51.200,00

3.- Otros Gastos de Explotación 25.497,33

4.- Gastos Financieros 100,00

TOTAL 337.606,99

8).- Estado de Gastos de la Sociedad Municipal Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L.

1.- Gastos de Personal y Seguros Sociales 79.537,63

2.- Gastos de Consumos de Explotación 0,00

3.- Otros Gastos de Explotación 9.054,57

4.- Gastos Financieros 100,00

TOTAL 88.692,20

9).- Transferencias del Iltmo. Ayuntamiento a la Sociedad Municipal Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L.: 79.505,35 €

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10).- Transferencias del Iltmo. Ayuntamiento a la Sociedad Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L.: 48.000,00 €

TOTAL CONSOLIDACION DE GASTOS (6 + 7 + 8 – 9 - 10) = 7.794.320,25 €

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Ba ses de ejec uc ión del Presupuesto Genera l

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

TITULO I

NORMAS GENERALES Y DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS BASE 1º - Principios Generales.- 1.- La aprobación, gestión y liquidación del Presupuesto de esta Corporación para el ejercicio 2.009, habrá de sujetarse a la normativa general aplicable a la Administración Local, Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, Instrucción de Contabilidad para la Administración Local, aprobada por Orden de Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de Julio de 1.990 derogada por O EAH/4041/2004, de 23 de noviembre 2004, y a estas Bases de Ejecución, que tendrán la misma vigencia que el Presupuesto. 2.- Si dicho Presupuesto hubiera de prorrogarse, estas Bases regirán, asimismo, en el período de prórroga. BASE 2º - Ámbito de aplicación.- Las presentes Bases se aplicarán a la ejecución y desarrollo del Presupuesto General, por lo que serán de aplicación a los Organismos Autónomos y demás entes dependientes de la Entidad Local. BASE 3º.- Estructura.- La estructura del Presupuesto General se ajusta a la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 20 de septiembre de 1989, por la que se establece la Estructura de los Presupuestos de las Entidades locales, clasificándose los créditos consignados en el estado de gastos con los criterios funcional y económico. La partida presupuestaria se define, en consecuencia, por la conjunción de las clasificaciones funcional y económica, y constituye la unidad sobre la que se efectuará el registro contable de las operaciones de ejecución del gasto. El control fiscal se realizará al nivel de vinculación que se establece en la Base 5ª. BASE 4º - El Presupuesto General.- El Presupuesto General para el ejercicio está integrado por: 1.- El Presupuesto de la Corporación que contiene la expresión cifrada y sistemática de las obligaciones que, como máximo, se reconocen y los derechos que se prevén liquidar durante el ejercicio, siendo su importe nivelado de 7.495.526,41 euros. 2.- Estados de previsión de ingresos y gastos de la Sociedad Mercantil Municipal “Gestión de Recursos Municipales de Moya S.L.” con una previsión de ingresos de 337.606,99 euros y una previsión de gastos de 337.606,99. 3.- Estados de previsión de ingresos y gastos de la Sociedad Mercantil Municipal “Escuelas Artísticas Villa de Moya S.L.” con una previsión de ingresos de 88.692,20 euros y una previsión de gastos de 88.692,20 euros.

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Page 87: Presupuesto 2009

BASE 5º - Vinculaciones Jurídicas. 1.- Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la cual hayan sido autorizados en el Presupuesto General o por sus modificaciones debidamente aprobadas, teniendo carácter limitativo y vinculante. En consecuencia, no podrán adquirirse compromisos de gastos en cuantía superior al importe de dichos créditos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. El cumplimiento de tal limitación se verificará al nivel de vinculación jurídica establecida en el apartado siguiente. 2.- Se considera necesario, para la adecuada gestión del Presupuesto, establecer la vinculación de los créditos para gastos, que habrá de respetar, con carácter general, respecto de la clasificación funcional, el Grupo de Función y respecto de la clasificación económica, el Capítulo. No obstante lo anterior, serán vinculantes a nivel de artículo los créditos del Capítulo I. 3.- Aquellos créditos que figuren en el Presupuesto como afectados o con destino específico y concreto, se entenderán vinculantes al nivel de desagregación en que se encuentren consignados. A efectos de aplicación de propuestas de gasto, respecto de la vinculación de los créditos, el órgano gestor justificará su necesidad mediante informe por escrito con carácter previo a la resolución expresa que se dicte por el órgano competente. CAPITULO II - MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS BASE 6º - De las modificaciones de crédito. 1.- Cuando haya de realizarse un gasto para el que no exista consignación y exceda del nivel de vinculación jurídica se tramitará el expediente de Modificación Presupuestaria que proceda, de los enumerados en el artículo 34 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, con sujeción a las prescripciones legales y las particularidades reguladas en estas Bases. 2.- Toda modificación del Presupuesto exige propuesta razonada justificativa de la misma, que valorará la incidencia que pueda tener en la consecución de los objetivos fijados en el momento de su aprobación. 3.- Los expedientes de Modificación, que habrán de ser previamente informados por el Órgano Interventor, se someterán a los trámites de aprobación que se regulan en las siguientes Bases. BASE 7º - Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. 1.- Si en el ejercicio ha de realizarse un gasto que no puede demorarse hasta el año siguiente y para el que no existe consignación de crédito, se podrá aprobar la modificación presupuestaria a través de un crédito extraordinario. En caso de que la prevista resultara insuficiente y no pueda ser objeto de ampliación, se acordará un suplemento de crédito (art. 177 del TRLRHL). 2.- Los Créditos extraordinarios y los suplementos de crédito se financiarán con uno o varios de los recursos que se enumeran: - Remanente Líquido de Tesorería, calculado de acuerdo con lo establecido en los artículos 101

a 104 del R.D. 500/1990.

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- Nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente.

- Anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto vigente no comprometidas,

cuyas dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del servicio respectivo. 3.- Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito para gastos de inversión podrán

financiarse, además de con los recursos indicados en el apartado anterior, con los procedentes de operaciones de crédito.

4.- Excepcionalmente, y por acuerdos adoptados con el quórum establecido por el art. 47.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se considerarán recursos efectivamente disponibles para financiar nuevos o mayores gastos, por operaciones corrientes, que expresamente sean declarados necesarios y urgentes, los procedentes de operaciones de crédito en que se den conjuntamente las siguientes condiciones:

a) Que su importe total anual no supere el 5 por 100 de los recursos por operaciones corrientes del Presupuesto de la Corporación.

b) Que la carga financiera total de la Entidad, cualquiera que sea su naturaleza, incluida la derivada de las operaciones en tramitación, no supere el 25 de los expresados recursos. c) Que las operaciones queden canceladas antes de que se proceda a la renovación de la Corporación que las concierte.

5.- A la propuesta se acompañará memoria justificativa de la necesidad de realizar el gasto en el ejercicio y de la inexistencia o insuficiencia de crédito en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica. 6.- Los expedientes, aprobados inicialmente por el Pleno de la Corporación, se expondrán al público por un plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán presentar reclamaciones. Si en el citado período no se presentasen, la modificación quedará definitivamente aprobada, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Este último plazo se entenderá contado a partir del día siguiente a la finalización de la exposición al público y las reclamaciones se considerarán denegadas, en cualquier caso, si no se resolviesen en el acto de aprobación definitiva. 7.- Publicación del acuerdo definitivo en el B.O.P. en la forma prevista en el artículo 20 del citado R.D. y simultáneamente se remitirán copias a la CC.AA. y a la Delegación de Hacienda. 8.- Cuando la causa del expediente fuera calamidad pública u otras de excepcional interés general, la modificación presupuestaria será ejecutiva desde la aprobación inicial, si bien con los trámites previstos en el artículo 38.4 del R.D.500/1.990. BASE 8ª - Ampliación de Créditos. El expediente de ampliación de crédito constará de una memoria explicativa, de una certificación acreditativa del ingreso efectivo de los recursos o reconocimiento en firme de los derechos afectados e informe de la Intervención. Tendrán la consideración de ampliables por la cantidad definitivamente reconocida que supere la previsión correspondiente del estado de ingresos del Presupuesto, los créditos de las partidas de

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gastos con dependencia directa en la correspondiente de ingresos y que para el Presupuesto de 2008 son las que a continuación se detallan:

- 121.830.00 Anticipos al personal - 830.00 Anticipos pagas

La competencia para aprobar los expediente de ampliación de crédito corresponde al Alcalde (art. 178 del TRLRHL y art. 39 del RD 500/1990). BASE 9º - Transferencias de Créditos. A los efectos indicados en los artículos 179 y 180 del R.D.L. 2/2004 y artículos 40 a 42 del R.D. 500/90, las transferencias de Créditos han de regirse por la normativa que acabamos de citar y por lo dispuesto en la presente Base. Podrá imputarse total o parcialmente el importe de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica mediante transferencias de crédito, con las limitaciones establecidas en los artículos 180 del R.D.L 2/2004 y 41 del R.D 500/1990, debiendo iniciarse los mismos en la forma establecida en la Base 6ª. Los expedientes que se tramiten por este concepto se iniciarán a petición del Centro Gestor del Gasto y, previo informe del Interventor, se aprobarán por decreto de Alcaldía, siempre y cuando tenga lugar entre partidas del mismo grupo de función o cuando afecten a créditos de personal. Tales expedientes serán ejecutivos desde la fecha de su aprobación. La aprobación de los expedientes de transferencia entre distintos grupos de función corresponderá al Pleno de la Corporación, con sujeción a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad que se refieren los artículos 169, 170 y 171 del R.D.L. 2/2004. En todo expediente de transferencia ha de obrar certificación de Intervención acreditativa de la existencia de crédito disponible a nivel de la partida y de vinculación jurídica que se pretende rebajar. BASE 10º - Generación de Créditos. Los expedientes de Generación de Créditos regulados en los artículos 181 del R.D.L. 2/2004 y 43 a 46 del R.D. 500/90, se tramitarán con arreglo a lo dispuesto en la presente Base. 1.- Podrán generar crédito en el Estado de Gastos, aquellos ingresos de naturaleza no tributaria que tengan las siguientes características:

a) Aportaciones o compromisos firmes de aportaciones de personas físicas o jurídicas para financiar juntamente con el Ayuntamiento, gastos que por su naturaleza sean de la competencia local, tales como los que provengan de convenios con otras Administraciones Públicas para actuaciones concretas, etc... si las inversiones correspondientes han de llevarse a cabo por la Corporación.

En los supuestos de aportaciones o compromisos de aportaciones para financiar gastos de personal, las propuestas de generación de crédito deberán ser informadas por el Servicio de Personal. Antes de iniciar cualquier expediente de contratación de personal subvencionable por otras Administraciones será necesario indicar en la propuesta del servicio interesado la partida o partidas en las que se ha de generar crédito.

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b) Reembolso de préstamos concedidos

c) Ingresos procedentes de reintegros de pagos indebidos con cargo al Presupuesto corriente, en cuanto a la reposición de crédito en la correlativa partida presupuestaria.

2.- En el supuesto contemplado en el apartado 1 a) bastará para generar crédito el compromiso firme de aportación debidamente documentado. En los supuestos restantes, será precisa la efectiva recaudación de los derechos o cobro del reintegro. 3.- La competencia para aprobar los expedientes de generación de crédito, en las condiciones anteriores, la ostentará la Alcaldía, previo informe del Interventor. La resolución adoptada aprobando la generación de crédito será ejecutiva de inmediato. BASE 11º - Incorporación de Remanentes de Crédito. 1.- Los expedientes de incorporación de Remanentes de Crédito se iniciarán a propuesta del Interventor a la que se acompañará la documentación precisa para acreditar la procedencia de la incorporación de los créditos del ejercicio anterior, tal y como dispone el art. 182 del R.D.L. 2/2004 y artículos 47 y 48 del R.D. 500/90. 2.- Si los recursos no alcanzaran a cubrir el volumen de gasto dimanante de la incorporación del Remanente, el Alcalde determinará los que se deben incorporar teniendo en cuenta la necesidad de atender, en primer lugar, el cumplimiento de obligaciones resultantes de compromisos de gastos aprobados en el ejercicio anterior. 3.- La incorporación de remanentes financiada con ingresos procedentes del ejercicio anterior podrá ser aprobada junto con la Liquidación del Presupuesto. 4.- Los Créditos que amparen proyectos financiados con ingresos afectados deberán incorporarse aunque ya hayan sido objeto de incorporaciones en ejercicios anteriores, salvo que se desista total o parcialmente de iniciarlos o continuarlos. 5.- La incorporación de remanentes podrá aprobarse antes que la liquidación del Presupuesto en los siguientes casos: a) Cuando se trate de créditos financiados con ingresos específicos. b) Cuando correspondan a contratos adjudicados en el ejercicio anterior o a gastos

urgentes, previo informe del Interventor en el que se acredite la suficiencia de recursos financieros de acuerdo con el citado artículo 48 del R.D. 500/1990.

6.- El órgano competente para aprobar la incorporación de Remanentes de crédito será el Alcalde. BASE 12º - Bajas por anulaciones. En los expedientes que se eleven al Pleno de la Corporación para acordar las bajas a que se refieren los artículos 49 a 51 del R.D. 500/1990, ha de acreditarse mediante certificación del Interventor, la existencia de crédito disponible a nivel de vinculación y de partida presupuestaria para cubrir el importe de la baja. Asimismo se acompañará informe del Jefe de Servicio en el que se estime reducible o anulable la dotación presupuestaria sin perturbación del Servicio.

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De la misma manera que es competencia del Pleno la resolución de este tipo de expedientes, el mismo Órgano puede acordar, a propuesta del Presidente y con el informe del Interventor, la revocación de los acuerdos de reducción o anulación, cuando las circunstancias que dieron lugar a aquéllas desaparecieron y el desarrollo normal del Presupuesto lo consintiese. Unos y otros acuerdos no están sometidos a la aplicación de las normas sobre información, reclamaciones y publicidad, salvo lo relacionado con los expedientes de créditos extraordinarios o suplementos de crédito, y sólo en la medida en que éstos la precisen. En particular, se recurrirá a esta Modificación de créditos si de la Liquidación del Ejercicio anterior hubiera resultado Remanente de Tesorería negativo.

TITULO II

DE LOS GASTOS CAPITULO I - NORMAS GENERALES BASE 13ª - Anualidad presupuestaria. 1.- Con cargo a los créditos del Estado de Gastos sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de gastos realizados en el ejercicio. 2.- Excepcionalmente, se aplicarán a los créditos del Presupuesto vigente, en el momento de su reconocimiento, las obligaciones siguientes: a) Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal, aprobadas por el

Alcalde. b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios

anteriores, previa incorporación de los correspondientes créditos. c) Las procedentes del reconocimiento extrajudicial, por el Pleno de la Corporación, de

obligaciones adquiridas en ejercicios anteriores, sin el cumplimiento de los trámites preceptivos.

BASE 14ª - Fases en la gestión del gasto. 1.- La gestión del Gasto del Ayuntamiento se realizará en las siguientes fases: a) Autorización. b) Disposición. c) Reconocimiento y liquidación de la obligación. d) Ordenación del pago. 2.- No obstante, y en determinados casos en que expresamente así se establece, un mismo acto administrativo de gestión del Presupuesto de gastos podrá abarcar más de una fase de ejecución de las

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enumeradas, produciendo el acto administrativo que las acumule los mismos efectos que si se acordaren en actos administrativos separados. Pueden darse, exclusivamente, los siguientes supuestos:

a) Autorización-Disposición b) Autorización-Disposición-Reconocimiento de la obligación

3.- Los procesos administrativos y Órganos competentes para su aprobación se regulan en los Capítulos siguientes. CAPITULO II - GESTIÓN PRESUPUESTARIA BASE 15ª - Créditos no disponibles. 1.- La declaración de no disponibilidad de créditos, así como su reposición a disponible, corresponde al Pleno. 2.- Con cargo a lo declarado no disponible no podrá acordarse autorización de gasto ni transferencia ni podrá ser incorporado al presupuesto del ejercicio siguiente. 3.- En igual situación quedarán los créditos destinados a gastos financiados con operaciones de crédito hasta tanto éstas se formalicen definitivamente. BASE 16ª - Retención de crédito. 1.- Cuando la persona responsable de la ejecución del crédito de una partida presupuestaria considere necesario retenerlo, total o parcialmente, formulará propuesta razonada que deberá ser conformada por el Alcalde. 2.- Cuando la cuantía del gasto o la complejidad en la preparación del expediente lo aconseje, se podrá solicitar la retención de crédito en una partida presupuestaria. 3.- Recibida la solicitud en Intervención se verificará la suficiencia de saldo al nivel en que esté establecida la vinculación, una vez expedida la certificación de existencia de crédito en la partida, el Alcalde autorizará la reserva correspondiente. 4.- Los gastos que hayan de financiarse, total o parcialmente, con subvenciones o aportaciones de otras instituciones quedarán en situación de créditos retenidos, pendientes de utilización hasta que se formalicen los correspondientes compromisos. BASE 17ª - Autorización de gastos. 1.- Autorización es el acto mediante el cual se acuerda la realización de un gasto, por cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario. Se utilizará el documento contable "A". 2.- Es competencia del Alcalde la autorización de gastos a tenor de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, con la última reforma de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. BASE 18ª - Disposiciones de gastos. 1.- Disposición es el acto por el que se acuerda la realización de gastos, previamente autorizados,

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por un importe exactamente determinado. 2.- Los órganos competentes para aprobar la disposición de gastos serán los mismos que los señalados para la autorización. El documento utilizado será el "D". BASE 19ª - Reconocimiento de la obligación. 1.- Reconocimiento de la obligación es el acto mediante el cual se declara la existencia de un crédito exigible contra esta Entidad derivado de un gasto debidamente autorizado y comprometido, previa la acreditación documental, ante el órgano competente, de la realización de la prestación o el derecho del acreedor, de conformidad con los acuerdos que en su día autorizaron y comprometieron el gasto. 2.- La simple prestación de un servicio o realización de un suministro u obra no es título suficiente para que la Entidad se reconozca deudor por tal concepto, si aquellos no han sido requeridos o solicitados por la autoridad u órgano competente. Si no ha precedido la correspondiente autorización, podrá producirse la obligación unipersonal de devolver los materiales y efectos o de indemnizar al suministrador o ejecutante. 3.- Cuando, por naturaleza del gasto, sean simultáneas las fases de autorización-disposición-reconocimiento de la obligación podrán acumularse, tramitándose el documento contable "ADO". 4.- Los documentos justificativos del reconocimiento de la obligación deberán contener, como mínimo, los siguientes datos: - Nombre de este Ayuntamiento y su C.I.F., como receptor de la contraprestación.

- Identificación del proveedor y, en todo caso, el N.I.F. o C.I.F. - Número de la factura

- Descripción de la operación e importe total de la contraprestación. - Centro gestor que efectuó el encargo. - Lugar, fecha y firma del interesado y sello en su caso. - Las certificaciones de obras deberán justificarse mediante las relaciones valoradas en que se fundamenten, las cuales tendrán la misma estructura que el Presupuesto de la obra, y expresarán, mediante símbolos numéricos o alfabéticos, la correspondencia entre las partidas detalladas en uno y otro documento. 5.- Recibidos los documentos referidos, se remitirán al Centro Gestor del gasto, al objeto de que puedan ser conformados, acreditando que el servicio o suministro se ha efectuado de conformidad con las condiciones contractuales. 6.- Cumplimentado tal requisito, se trasladarán a la Intervención, con el fin de ser fiscalizadas. De existir reparos, se devolverán al Centro Gestor, a fin de que sean subsanados los defectos apreciados, si ello es posible, o devueltas al proveedor o suministrador, en otro caso, con las observaciones oportunas. 7.- La aprobación de facturas se materializará mediante diligencia y firma que constarán en la

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relación elaborada por Intervención. 8.- En las certificaciones de obra, deberá constar la conformidad por parte del Técnico responsable del Servicio. 9.- Los órganos competentes para reconocer y liquidar obligaciones son los señalados para su autorización y compromiso, salvo que se traten de obligaciones de ejercicios anteriores y no fueran autorizadas en su momento por el órgano competente, en cuyo caso corresponderá al Pleno. BASE 20ª: Normas reguladoras de la gestión del gasto La ejecución del Presupuesto de Gastos exigirá tramitación del correspondiente expediente de gastos, que deberá contener como mínimo: a) Propuesta de gastos: formulada por el Departamento afectado, conforme al modelo que se acompaña como Anexo I de estas bases, con la conformidad del Responsable de la Sección y el visto bueno del Concejal – delegado. La propuesta constará: Breve descripción del Expediente de Gasto: objeto, finalidad, importe, partida presupuestaria, modalidad de contratación..., en su caso acuerdos, pactos, convenios en los que los que se base. Se acreditara la conveniencia y oportunidad de su realización dentro del ejercicio presupuestario. b) Copia de Acuerdos, Pactos o Convenios. c) Documento o Anotación Contable, acreditativa de la existencia de crédito disponible en la partida o partidas afectadas. BASE 21ª - Documentos suficientes para el reconocimiento de la obligación. 1.- En los gastos del Capítulo I, se observarán las siguientes reglas:

a) Las retribuciones básicas y complementarias del personal funcionario, laboral y eventual se justificarán mediante las nóminas mensuales, en las que constará diligencia del Jefe del Departamento de Personal acreditativa de que el personal relacionado ha prestado efectivamente los servicios en el período que se retribuye.

b) Se precisará certificación acreditativa de la prestación de los servicios que originan

remuneraciones en concepto de gratificaciones por servicios especiales o extraordinarios, así como la procedencia del abono del complemento de productividad, de acuerdo con la normativa interna reguladora de la misma.

2.- Los gastos del Capítulo II, en bienes corrientes y servicios, con carácter general se exigirán la presentación de factura. 3.- Los de los Capítulos III y IX, se observarán las siguientes reglas: a) Los originados por intereses y amortizaciones cargados directamente en cuenta

bancaria, habrá de justificarse, con la conformidad del Interventor, que se ajustan al cuadro de financiación.

b) Del mismo modo se procederá respecto a otros gastos financieros, si bien sean facturas,

bien liquidaciones, o cualquier otro que corresponda.

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4.- Tratándose de Transferencias corrientes o de capital, se reconocerá la obligación mediante el documento “O”, si el pago no estuviese condicionado. En otro caso, no se iniciará la tramitación hasta tanto no se cumpla la condición. 5.- En los gastos de inversión, el contratista deberá presentar factura o certificación de obra, como se señala en la Base anterior. 6.- La adquisición de acciones exigirá para su pago que las mismas, o el resguardo válido, obren en poder de la Corporación. 7.- La concesión de préstamos al personal generará la tramitación de documento "O", instado por el servicio de personal, cuyo soporte será la solicitud del interesado. BASE 22ª - Ordenación del pago. 1.- Compete al Presidente de la Corporación ordenar los pagos, mediante acto administrativo materializado en relaciones de órdenes de pago, que recogerán, como mínimo y para cada una de las obligaciones en ellas incluidas, sus importe bruto y líquido, la identificación del acreedor y la aplicación o aplicaciones presupuestarias a que deban imputarse las operaciones. Cuando la naturaleza o urgencia del pago lo requiera, la ordenación del mismo podrá efectuarse individualmente. 2.- La expedición de órdenes de pago se realizará por la Unidad de Ordenación de Pagos, dependiente de la Intervención Municipal, y se acomodará al Plan de Disposición de Fondos que establezca el Presidente. Dicho Plan recogerá, necesariamente, la prioridad de los gastos de personal y de las obligaciones contraídas en ejercicios anteriores. 3.- La expedición de órdenes de pagos contra la Tesorería sólo podrá realizarse con referencia a obligaciones reconocidas y liquidadas.

CAPITULO III - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

BASE 23ª - Gastos de personal. 1º.- En cuanto a los gastos del Capítulo I, se observarán las siguientes reglas:

a) La aprobación de la plantilla y de la relación de puestos de trabajo por el Pleno (art. 168 del R.D.L. 2/2004) supone la aprobación del gasto dimanante de las retribuciones básicas y complementarias, tramitándose, por el importe correspondiente a los puestos de trabajo efectivamente ocupados, a comienzo de ejercicio, mediante el documento “AD”.

b) Las nóminas mensuales cumplirán la función de documento “O”, que se elevará al

Presidente de la Corporación, a efectos de ordenación del pago.

c) El nombramiento de funcionarios, o la contratación de personal laboral, originará la tramitación de documentos "AD" por importe igual al de las nóminas que se prevean satisfacer en el ejercicio.

d) Las cuotas por Seguridad Social originarán, al comienzo del ejercicio, la tramitación de un documento “AD” por importe igual a las cotizaciones previstas. Las posibles variaciones originarán documentos complementarios o inversos a aquél.

e) Por el resto de los gastos del Capítulo I del Presupuesto, si son obligatorios y conocidos, se

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tramitará al comienzo del ejercicio el correspondiente documento “AD”. Si fueran variables, en razón de las actividades a realizar o de las circunstancias personales de los preceptores, se gestionarán de acuerdo con las normas generales.

BASE 24ª - Autorización, Disposición y reconocimiento. 1.- En aquellos gastos que han de ser objeto de contratación, mediante concurso o subasta, se tramitará al inicio del expediente documento "A", por importe igual al presupuesto del proyecto elaborado por los correspondientes técnicos. 2.- Conocido el adjudicatario y el importe exacto del gasto, se tramitará documento "D". 3.- Sucesivamente, y en la medida en que efectivamente tenga lugar la realización de la obra, prestación del servicio, o suministro, se tramitarán los correspondientes documentos "O". 4.- Pertenecen a este grupo: - Realización de obras de inversión o de mantenimiento. - Adquisición de inmovilizado. - Otros, cuya naturaleza aconseja la separación entre los actos de autorización,

disposición y reconocimiento de la obligación. BASE 25ª - Autorización y Disposición. 1.- Aquellos gastos que responden a compromisos legalmente adquiridos por la Corporación originarán la tramitación de documentos AD por el importe del gasto imputable al ejercicio. 2.- Pertenecen a este grupo los que se detallan: - Gastos plurianuales, por el importe de la anualidad comprometida. - Trabajos realizados por Empresas (limpieza, recogida de basuras, mantenimiento

alumbrado, etc.). - Intereses de préstamos concertados. - Cuotas de amortización de préstamos concertados. - Adquisiciones o servicios objeto de contratación directa. Los documentos "O" se tramitarán cuando sea efectiva la realización de la obra, la prestación del servicio, o la adquisición del bien contratado, siendo suficiente la presentación de facturas, o el cargo efectuado en cuenta bancaria. BASE 26ª Autorización-Disposición-Obligación. 1.- Dentro de los gastos corrientes, las adquisiciones de bienes, nunca diferentes a los necesarios para el normal funcionamiento de los servicios no sujetos a proceso de contratación y que la exigibilidad de la obligación pueda ser inmediata, originarán la tramitación del documento "ADO".

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2.- Pertenecen a este grupo, entre otros, los siguientes gastos:

- Pequeñas adquisiciones. - Dietas. - Gastos de locomoción. - Intereses de demora. - Otros gastos financieros. - Anticipos reintegrables al personal - Suministro de agua y electricidad. - Servicios telefónicos.

BASE 27ª Trabajos extraordinarios del personal. El personal funcionarial o laboral, por los trabajos realizados fuera de la jornada normal de trabajo, tendrán derecho a percibir las compensaciones establecidas en los acuerdos o convenios reguladores. La realización de dichos trabajos requerirá de la previa aprobación por parte del Concejal del Área y del Concejal de personal, y la fiscalización previa por la Intervención. Para ello, con carácter previo a la realización de los trabajos, deberán solicitarse los mismos mediante el modelo que se acompaña como Anexo II de estas bases. Solo se incluirán en la nómina mensual las gratificaciones y horas extraordinarias que hayan sido previamente aprobadas conforme a lo establecido en las presentes bases. No obstante, en aquellos casos en que, debido a situaciones imprevisibles, no sea posible la aprobación previa de los trabajos fuera de la jornada laboral, se podrá incluir en la nomina mensual el abono de las mismas, siempre que se acompañen de informe debidamente motivado de la situación imprevisible, y exista conformidad del Concejal del Área y del Concejal de personal, así como de Intervención. Los jefes de los servicios y de las diferentes Áreas y Concejalías responderán de la efectiva prestación del trabajo extraordinario. Sólo el Alcalde, el Secretario, el Interventor y el Tesorero y demás Directores de los Servicios, pueden ordenar la prestación de servicios en horas fuera de la jornada legal y en la dependencia donde se considere necesaria su realización. Tales trabajos se remunerarán mediante horas extraordinarias o gratificaciones. BASE 28ª - Tramitación de aportaciones y subvenciones. 1.- Ámbito de aplicación.- Las subvenciones que se otorguen por el Ayuntamiento de la Villa de Moya se regularán por lo dispuesto en las correspondientes ordenanzas aprobadas por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto por la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2.- Principios generales.- La gestión y concesión de subvenciones deberán realizarse de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia

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en la asignación y utilización de recursos públicos. 3.- Procedimiento.- Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse por el Pleno las Bases u Ordenanza reguladora correspondiente, que será objeto de la preceptiva publicación. Con carácter general, la iniciación del expediente de concesión de la subvención deberá llevarse a cabo de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente, que desarrollará el procedimiento a seguir para la concesión de las subvenciones, de conformidad con el art. 23 de la Ley General de Subvenciones. El procedimiento ordinario de concesión será el de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes al objeto de establecer una prelación entre los mismos de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras u ordenanza correspondiente, procediendo a la concesión de aquellas que obtuvieran mayor valoración de conformidad con los citados criterios. La concesión directa podrá utilizarse para las siguientes subvenciones:

- subvenciones previstas nominativamente en el anexo de subvenciones de las presentes Bases de Ejecución del Presupuesto.

- Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto por una norma de rango legal y que seguirán el procedimiento que resulte de aplicación de acuerdo a su normativa.

- Excepcionalmente, aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario y otras que, debidamente justificadas por el órgano gestor, dificulten su convocatoria.

Si en la gestión de las correspondientes subvenciones participaran entidades colaboradoras, el régimen aplicable a las mismas será el regulado en la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de las determinaciones que deban contenerse en la Ordenanza reguladora. 4.- Aprobación del gasto y pago.- Será requisito previo para el otorgamiento de subvenciones la existencia de crédito adecuado y suficiente. Con carácter previo a la convocatoria de la subvención deberá aprobarse el gasto por el órgano competente, tramitándose para ello el correspondiente documento contable de Autorización de gasto (A), por el importe total de los créditos presupuestarios a los que se imputarán las subvenciones concedidas. Para que pueda expedirse la orden de pago de la subvención es imprescindible que el Servicio gestor acredite que se han cumplido las condiciones exigidas en el acuerdo de concesión. Si tales condiciones, por su propia naturaleza, deben cumplirse con posterioridad a la percepción de los fondos, el Centro Gestor deberá establecer el período de tiempo en que, en todo caso, aquellas se deben cumplir. En este supuesto, la Intervención registrará esta situación como fondos pendientes de justificación, a fin de efectuar su seguimiento y proponer las medidas pertinentes. 5.- Justificación.- Con carácter general, y sin perjuicio de las particularidades de cada caso, para la justificación

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de la aplicación de los fondos recibidos por este concepto se tendrá en cuenta: a) Si el destino de la subvención es la realización de obras o instalaciones, será preciso

informe de los servicios técnicos municipales de haberse realizado la obra o instalación conforme a las condiciones de la concesión.

b) Si el destino es la adquisición de materiales de carácter fungible, la prestación de

servicios u otro de similar naturaleza, se requerirá la aportación de documentos originales acreditativos de los pagos realizados.

c) El preceptor de cualquier subvención deberá acreditar encontrarse al corriente de sus

obligaciones fiscales con la Hacienda Local, lo que se justificará mediante certificación expedida por el Tesorero.

d) Cuando el beneficiario sea deudor con motivo de una deuda vencida, líquida y exigible,

los Servicios de Tesorería procederán a su compensación.

Para lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, exigiendo, como mínimo, los requisitos que se exponen en el art. 17.3 de la citada Ley.

BASE 29ª - Gastos Plurianuales. 1.- Podrán adquirirse compromisos de gasto que hayan de extenderse a ejercicios futuros para financiar inversiones y transferencias de capital, siempre que su ejecución se inicie en este ejercicio 2009 y que el volumen total para los gastos comprometidos para los años 2010, 2011, 2012 y 2013 no supere los límites del 70, 60, 50 y 50 por 100 de la suma de créditos iniciales consignados para el gasto concreto. Como requisito previo a su autorización, deberá certificarse por el Interventor que no se superan los límites establecidos. El volumen de gastos plurianuales que se podrá autorizar asciende a estas cuantías:

Créditos iniciales Limite 2010 Limite 2011 Limite 2012 Limite 2013

X 0,7X 0,6X 0,5X 0,5X

2.- Respecto a las cargas financieras, habrá de cumplirse lo que establece la normativa vigente respecto a endeudamiento.

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CAPITULO IV - PAGOS A JUSTIFICAR Y ANTICIPOS DE CAJA FIJA. BASE 30ª - Pagos a justificar. Como complemento a lo dispuesto en los artículos 190 del R.D.L. 2/2004 y 69 a 72 del R.D. 500/1.990 los pagos a justificar quedan regulados por las siguientes normas: 1.- Tendrán el carácter de “a justificar” las órdenes de pago cuyos documentos justificativos no se puedan acompañar en el momento de expedir las correspondientes órdenes de pago. 2.- Las órdenes de pago “a justificar” se expedirán en base a resolución de la Autoridad competente para autorizar el gasto a que se refieran y deberán imputarse a los correspondientes créditos presupuestarios y hasta un máximo de 3.000 euros. 3.- La expedición de órdenes de pago “a justificar” habrá de acomodarse al plan de disposición de Fondos de la Tesorería que se establezca por el Presidente de la Entidad, salvo en el caso de que se trate de paliar las consecuencias de acontecimientos catastróficos, situación que supongan grave peligro o necesidades que afecten directamente a la seguridad pública. 4.- Los preceptores de las órdenes de pago quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo máximo de tres meses, a partir de la recepción de los correspondientes fondos, no pudiendo expedirse nuevas órdenes por los mismos conceptos presupuestarios, a preceptores que tuvieren en su poder cantidades pendientes de justificación. Si llegada la fecha límite para su justificación, ésta no se produjera, se procederá a su reintegro, bien descontándolo de cualquier cantidad que el obligado a la justificación tenga pendiente de percibir del Ayuntamiento, incluyendo retribuciones, o, en otro caso, expidiendo la correspondiente certificación de descubierto para su reintegro por la vía de apremio. 5.- Los preceptores de órdenes de pago “a justificar” estarán sujetos al régimen de responsabilidades que establece la normativa vigente y deberán reintegrar a la Entidad Local las cantidades no invertidas o no justificadas. 6.- El procedimiento y documentos utilizados para estas órdenes, es el normal previsto para cualquier autorización-compromiso de gastos sólo que en la documentación se acreditará por el interesado en esta modalidad de pago, su necesidad, el lugar del pago, la imposibilidad de obtener los justificantes con anterioridad al mismo así como la persona a favor de la cual ha de expedirse la correspondiente orden por ser la encargada de llevarlo a cabo. La realización de pagos a justificar requerirá la presentación de solicitud, conforme al modelo que se adjunta como Anexo III, así como la fiscalización previa de Intervención. La cantidad pagada quedará a disposición de la persona librada y en su poder, salvo que por el importe o las circunstancias del pago aconsejen depositarla en alguna institución financiera. Esta misma persona es la responsable de obtener la contraprestación, que los documentos reúnan las formalidades exigidas por la legislación vigente y por las presentes Bases, así como de efectuar las retenciones que procedan. 7.-El importe recibido sólo puede destinarse al pago de la obligación para la que se ordenó. Por tanto, al ordenarse el pago se ha de determinar el concepto presupuestario al que ha de aplicarse, en consonancia a lo establecido en el art. 72.2 del R.D. 500/1.990.

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8.-La persona obligada a justificar ha de presentar los justificantes debidamente relacionados, con el nombre de los perceptores, número de identificación fiscal, concepto de pago y cantidad de cada justificante, así como las retenciones efectuadas en cada uno de ellos, acompañados de cuenta justificativa conforme al modelo recogido en el Anexo IV, reintegrando las cantidades no invertidas o no justificadas en la Caja General de Depósitos. El expediente, que será informado por Intervención, se elevará a la Autoridad que acordó el gasto a efectos de decidir sobre la procedencia de la justificación. BASE 31ª - Anticipos de Caja Fija. El artículo 190.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece los Anticipos de Caja Fija como un sistema de provisiones de fondos de carácter no presupuestario a favor de Pagadurías, Cajas y Habilitaciones cuyo efecto más directo es la agilización de la gestión de gastos de carácter periódico o repetitivo, tales como dietas, gastos de locomoción, materiales no inventariables, gastos de conservación, de tracto sucesivo y otros similares. Dicho sistema se regula en los artículos 73 a 76 del R.D. 500/1.990 que se regirá por lo allí dispuesto y por las normas que figuran a continuación: 1.- Es competencia del Alcalde determinar las Cajas pagadoras que deben funcionar para la ejecución del Presupuesto de la Corporación y de las personas competentes para la autorización de los gastos. 2.- El importe de la orden de pago no presupuestaria que se expida para situar fondos, se abonará por transferencia a las cuentas corrientes que las respectivas Cajas pagadoras tendrán abiertas con la denominación "Ayuntamiento de Moya. Provisión de Fondos". Los intereses que produzcan los referidos fondos se ingresarán por los Cajeros pagadores en la Tesorería, con aplicación al concepto oportuno del Presupuesto de Ingresos. 3.- La disposición de fondos de las cuentas abiertas, se efectuará mediante cheques nominativos o transferencias bancarias, autorizados con las firmas mancomunadas del Cajero-Pagador y de la otra persona designada por el Alcalde en la resolución que concedió el correspondiente anticipo de Caja, o los sustitutos de aquéllos. En ningún caso podrá ser una misma persona la que realice ambas sustituciones. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, las Cajas pagadoras podrán disponer de cantidades en efectivo no superiores a 300,00 euros, para atender necesidades imprevistas y gastos de menor cuantía. De la custodia de estos fondos será directamente responsable el Cajero-Pagador. 4.- La constitución de anticipos de caja fija requerirá la presentación de solicitud conforme al modelo que se acompaña como Anexo V, y, tras el preceptivo informe de intervención, los mismos serán autorizados por el Presidente de la Corporación. Una vez realizados los gastos para los que el anticipo se constituyó, el perceptor deberá proceder a la justificación del mismo ante la intervención de fondos, mediante la presentación las correspondientes facturas o documentos justificativos, que deberán acompañarse conforme al modelo que se acompaña como Anexo VI de estas bases. Fiscalizada la justificación del anticipo por parte de la intervención, corresponderá su aprobación al Alcalde-Presidente. Aprobadas las cuentas, se expedirán las órdenes de pago de reposición de fondos, con

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aplicación a los conceptos presupuestarios que correspondan las cantidades justificadas. 5.- Los Cajeros-Pagadores rendirán cuentas por los gastos atendidos con tales anticipos, a medida que sus necesidades de tesorería aconsejen la reposición de los fondos utilizados y, necesariamente, en el mes de diciembre de cada año. Las indicadas cuentas, acompañadas de las facturas y demás documentos originales que justifiquen la aplicación, debidamente relacionados, serán aprobadas por el Alcalde. El Cajero-Pagador deberá expedir los documentos contables de ejecución del presupuesto de gastos que proceda, con imputación a las aplicaciones presupuestarias a que correspondan los gastos realizados y a favor del propio Cajero. La Intervención emitirá informe, una vez examinadas las cuentas y los documentos que las justifican, en el que pondrá de manifiesto los defectos o anomalías observados o su conformidad con la Cuenta. Caso de encontrar defectos se remitirá de nuevo al expediente a la oficina de origen, para que sean subsanados en un plazo máximo de ocho días, o se formulen las alegaciones que estimen oportunas, para elevarlo a la Alcaldía y decida lo procedente. La expedición de las órdenes de pago resultantes de las operaciones previstas en los párrafos anteriores, se ajustarán a la normativa general de la Corporación, pero la reposición de fondos a los Cajeros-Pagadores ha de efectuarse, necesariamente, por transferencia a la cuenta abierta a tal efecto y por el importe líquido de las órdenes de pago. 6.- Con este tipo de fondos solamente podrán atenderse gastos con aplicación presupuestaria al Capítulo II, y que además reúnan las características definidas en el artículo 73.1 del R.D. 500/1.990 y hasta un máximo de 601,02 euros. A efectos de este límite, no podrá fraccionarse un único gasto en varios pagos. 7.- En toda resolución por la que se establezca una pagaduría deberá constar: - El importe del anticipo y las partidas presupuestarias contra las que es posible la

realización de pagos, con detalle del gasto máximo por cada partida. - El Cajero Pagador o persona encargada del manejo de tales fondos, así como el de la

otra persona que, conjuntamente con aquel ha de autorizar los pagos contra la cuenta corriente.

- La Entidad bancaria en la que se ha de depositar el importe del anticipo, con la

modalidad de cuenta corriente y denominación de "Ayuntamiento de Moya. Provisión de fondos para . . . ." (finalidades del anticipo).

8.- A efectos de control, la primera quincena del mes de enero, se formularán, por los pagadores, estados de situación de Tesorería, que se remitirán al Alcalde y copias a la Intervención del Ayuntamiento. El Interventor, por sí o por medio de funcionario que al efecto designe, podrá realizar en cualquier momento las comprobaciones que estime oportunas. 9.- Son funciones de los Cajeros-Pagadores, en relación con las operaciones de anticipos de Caja Fija, las siguientes:

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- Contabilizar todas las operaciones en los libros determinados al efecto. - Verificar que los comprobantes facilitados para la justificación de los gastos y los

pagos consiguientes sean documentos auténticos y originales y que en ellos figure el "páguese" del responsable de la autorización del gasto.

- Identificar la personalidad y legitimación de los perceptores mediante la

documentación procedente en cada caso. - Efectuar los pagos que se ordenen conforme a lo preceptuado en los artículos 5º y 6º

del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio. - Custodiar los fondos que se le hubieran confiado y cuidar de cobrar los intereses que

procedan, para su posterior ingreso en la Tesorería. - Practicar los arqueos y conciliaciones bancarias que procedan. - Rendir las cuentas que correspondan, con la estructura que determine la Intervención, a

medida que sus necesidades de tesorería aconsejen la reposición de fondos utilizados, y, necesariamente, en el mes de diciembre de cada año.

- Conservar y custodiar los talonarios y matrices de los cheques. En el supuesto de

cheques anulados deberá proceder a su inutilización y conservación a efectos de control.

- Aquellas otras que se les encomiende para llevar adelante lo establecido en la presente

normativa.

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CAPITULO V - DIETAS Y GASTOS DE TRASLADOS DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA CORPORACIÓN.

BASE 32ª. Para la percepción, por parte del personal funcionario de indemnizaciones por razón del servicio, se estará a lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. BASE 33ª. El resto del personal al servicio de este Ayuntamiento no incluido en la Base anterior, percibirá los derechos de este epígrafe con arreglo a las reglamentaciones laborales respectivas o acuerdos corporativos. BASE 34ª. Para el devengo de estas indemnizaciones, los viajes o servicios que den derecho a ellas han de ser autorizados previamente por Resolución del Alcalde, a propuesta de los respectivos Jefes de Servicios. BASE 35ª. Independientemente de lo dispuesto en la Base anterior, el documento que se expida para el cobro ha de contener, como mínimo fecha de salida y regreso, objeto del viaje, medio de transporte utilizado, cantidad a percibir, detallando íntegro y líquido y la conformidad del Jefe del Servicio, con el visto bueno del Sr. Alcalde.

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CAPITULO VI - PERCEPCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN. BASE 36ª - Indemnizaciones y dedicaciones exclusivas. A.- DEDICACIONES EXCLUSIVAS: 1.- Los Concejales perceptores de retribuciones, que necesariamente han de desempeñar sus funciones con dedicación exclusiva, serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan, salvo lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Sus retribuciones están fijadas en el Anexo de Personal que acompaña a este Presupuesto. B.- INDEMNIZACIONES: Los restantes miembros de la Corporación, sin dedicación exclusiva o parcial en su caso, percibirán las siguientes indemnizaciones: 1.- Por Asistencia a Sesiones Plenarias:

Alcalde 500.00 euros

Resto de Concejales 120,00 euros

2.- Por asistencia a Juntas de Gobierno Local:

Alcalde 450,00 euros

3.- Por asistencia a Comisiones Informativas:

Alcalde 250,00 euros

Resto de Concejales 36,00 euros

4.- El Alcalde no podrá sobrepasar por todos los conceptos, la cantidad de 44.900,00 euros brutos anuales. 5.- Los Concejales que no sean tenientes de Alcalde ni ostente delegaciones no podrán sobrepasar por todos los conceptos la cantidad de 3.420,00 euros brutos anuales, cada uno. Independientemente de estas cantidades por indemnizaciones, cada Partido Político, percibirá, mensualmente 90,16 euros por cada miembro que lo integre, con el fin de facilitar su actuación y sin que signifique una remuneración a favor de sus componentes, a abonar a la persona o en la cuenta corriente que designe el Comité Local (o el órgano correspondiente de Administración o Gobierno Local) de los Partidos Políticos que formen parte del Pleno de este Ilustre Ayuntamiento.

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BASE 37ª Indemnizaciones En la isla El Alcalde-Presidente percibirá, además de los gastos de viaje que justifique, una dieta de 40,00 euros brutos por manutención cada vez que abandone su residencia oficial y sin salir de la isla, para ejercer las funciones propias de su cargo. El resto de los Concejales tan sólo percibirán los gastos de viaje siempre que realicen funciones propias de su cargo. Fuera de la isla El Sr. Alcalde y el resto de los Concejales en el ejercicio de sus funciones, percibirán, además de los gastos de viaje que justifiquen, y cada vez que salgan fuera de la isla, una dieta de 180,40 euros brutos por manutención si pernoctan fuera de su domicilio habitual, y 90,40 euros brutos por manutención en caso contrario, cuando realicen funciones propias de su cargo.

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TITULO III

DE LOS INGRESOS. BASE 38ª - Tesoro Público Municipal. 1.- Constituye el Tesoro Público de la Entidad todos los recursos financieros del Ayuntamiento tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias. 2.- La Tesorería se rige por el principio de Caja Única. 3.- Uno de los mecanismos de previsión o proyección en la Tesorería es el “Plan de Disposición de Fondos”. El art. 187 del RDL 2/2004, en relación con el art. 65 del RD 500/1990, indican que la expedición de las órdenes de pago habrá de acomodarse al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería que ese establezca por el Presidente que, en todo caso deberá recoger la prioridad de los gastos de personal y de las obligaciones contraídas en ejercicios anteriores, y considerará aquellos factores que faciliten una eficiente y eficaz gestión de la Tesorería de la Entidad. 4.- Corresponderá al Tesorero, la elaboración del Plan Trimestral de Disposición de Fondos de la Tesorería, cuya aprobación corresponde al Presidente. BASE 39ª - Reconocimiento de Derechos. 1.- La tramitación de la liquidación y reconocimiento de los derechos de cobro variará según el recurso que los origine; un impuesto, una tasa, precio público, la enajenación del inmovilizado material, etc... Por ello, con independencia de las normas generales de tramitación establecidas en la Ley General Tributaria, habrá que atender a las peculiaridades que establezca la legislación particular de cada recurso, así como a las ordenanzas generales que pueda dictar esta Corporación. 2.- El documento número 2 de la Comisión de Principios y Normas Contables Públicas (CPNCP) establece como criterio general que los derechos presupuestarios se reconocerán e imputarán al Presupuesto correspondiente, en el momento que se dicte el correspondiente acto de liquidación que los cuantifique; en consonancia con el principio de devengo que para el caso de ingresos presupuestarios indica que la imputación de éstos se realizará cuando se dicte el correspondiente acto administrativo, de acuerdo con el procedimiento establecido en cada caso El reconocimiento de los derechos siempre se efectúa con aplicación al Presupuesto de Ingresos corriente, con independencia del período a que se refiera la liquidación. 3.- El reconocimiento de los derechos podrá realizarse de dos maneras diferentes, según el momento en el que se dicte el correspondiente acto administrativo de liquidación que los cuantifique: -. Reconocimiento previo al cobro -. Reconocimiento simultáneo al cobro 4.- Se distinguen cuatro formas de liquidación diferentes: a) En las liquidaciones de contraído previo e ingreso directo: Las que se practican por la

Administración, en general de forma individual. Para su cobro es necesaria la previa notificación expresa al sujeto pasivo, debiendo ajustarse dicho cobro a los plazos establecidos legalmente por el Reglamento General de Recaudación o a los que realmente se determinen en cada caso. Se contabilizará el reconocimiento del derecho cuando se apruebe la liquidación de que se trate.

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b) En las liquidaciones de contraído previo e ingreso por recibo: Son aquellas liquidaciones

que la Administración efectúa como consecuencia de la inclusión del sujeto pasivo en una lista cobratoria, padrón, etc...Su cobro se realiza de forma periódica a través del oportuno recibo, siendo la notificación con carácter general de forma colectiva, mediante anuncios o edictos que establezcan los plazos de ingreso, de acuerdo con lo establecido en el RGR.

Esta Corporación tiene delegados los servicios de gestión y recaudación de tributos a favor del Excmo. Cabildo de Gran Canaria según acuerdo plenario de fecha 30 de noviembre de 2004. Por tanto, el reconocimiento de derecho se produce de forma simultánea al cobro.

c) Declaraciones autoliquidadas o autoliquidaciones: Las realizadas por el sujeto pasivo

en las que, además del propio acto de declaración, cuantifica el importe de la deuda y realiza el ingreso de la misma, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en cada caso. Se reconocerá el derecho cuando se haya ingresado su importe.

d) En el caso de subvenciones o transferencias a percibir de otras Administraciones,

Entidades o particulares, condicionadas al cumplimiento de determinados requisitos, se contabilizará el compromiso en el momento del acuerdo formal.

e) Respecto a la participación en Tributos del Estado, a comienzo del ejercicio se

contabilizará como compromisos concertados la previsión de ingresos por este concepto. En el momento del ingreso se contabilizará simultáneamente el reconocimiento del derecho.

f) En los préstamos concertados, al formalizarse el contrato se contabilizará el

compromiso. Y a medida que tengan lugar las sucesivas disposiciones, el reconocimiento de derechos y cobro de las cantidades correspondientes.

g) En intereses y otras rentas, el reconocimiento de derechos se originará en el momento

del devengo. h) En las Liquidaciones de Ingresos directo en el momento de efectuarse el ingreso. 5.- La Intervención adoptará las medidas procedentes para asegurar la puntual realización de las liquidaciones tributarias y procurar el mejor resultado de la gestión recaudatoria. 6.- El control de la recaudación corresponde a la Tesorería, que deberá establecer el procedimiento para verificar la aplicación de la normativa vigente en materia recaudatoria, así como el recuento de Valores, pero teniendo en cuenta el convenio habido con el Excmo. Cabildo Insular, sobre gestión y recaudación de los ingresos municipales. 7.- En materia de anulaciones, suspensiones, aplazamientos y fraccionamientos de pago se aplicará la normativa contenida en la Ordenanza General de Recaudación, y, en su defecto, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Ley General Tributaria y Disposiciones que la desarrollan, Reglamento de Recaudación y la Ley General Presupuestaria.

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BASE 40ª - Contabilización de los cobros. 1.- Los ingresos procedentes de Recaudación, en tanto no se conozca su aplicación presupuestaria, se contabilizarán como Ingresos Pendientes de Aplicación, integrándose, desde el momento en que se producen, en la Caja Única. 2.- En cuanto al resto de ingresos que ha de percibir la Corporación, se formalizarán mediante mandamiento de ingreso, aplicado al concepto presupuestario procedente y expedido en el momento en que Intervención conoce que se han ingresado los fondos. 3.- Cuando los servicios gestores tengan información sobre concesión de subvenciones a favor del Ayuntamiento, habrán de comunicarlo de inmediato a Intervención y Tesorería, a fin de que puedan efectuar el puntual seguimiento. 4.- En el momento en que se produzca cualquier abono en cuentas bancarias, la Tesorería debe ponerlo en conocimiento de la Intervención a efectos de su formalización contable. BASE 41ª- Apelación al crédito. En el Estado de Ingresos del Presupuesto se incluye una operación de crédito por importe de 41.456,01 euros, a concertar por el Cabildo Insular de Gran Canaria, destinado a la financiación de la aportación municipal al Plan de Cooperación de Obras y Servicios de Competencia Municipal (PIOS) del ejercicio 2008.

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TITULO IV NORMAS COMUNES

CAPITULO I - FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN. BASE 42ª. 1.- Por parte de la Intervención de Fondos se ejercerán directamente las funciones de control interno, en su triple acepción de función interventora, función de control financiero y función de control de eficacia. 2.- En las Sociedades Mercantiles se ejercerán las funciones de control financiero y control de eficacia. El ejercicio de tales funciones se desarrollará bajo la dirección del Órgano Interventor, bien por los funcionarios que se designen para ello, bien con auditores externos. 3.- No estarán sujetas a fiscalización previa las fases de Autorización y Disposición de Gastos que correspondan a suministros menores o gastos de carácter periódico y demás de tracto sucesivo, una vez intervenido el gasto correspondiente al acto o contrato inicial. 4.- Aparte de lo recogido en esta Base, se estará a lo dispuesto en los artículos 213 a 223 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

CAPITULO II - INVENTARIOS. BASE 43ª. Durante la primera quincena del mes de enero de cada año, todos los Jefes de Dependencias de este Ayuntamiento formularán una relación valorada de todos los muebles, enseres, maquinaria, instalaciones de todas clases y demás efectos inventariables adquiridos o renovados durante el año, y la remitirán para su incorporación al Inventario General. Asimismo enviarán una relación de todos aquellos muebles o enseres, etc., que hayan sido baja por renovación o deterioro, a los efectos anteriormente citados y que causarán baja por el importe con que figuren en el Inventario. El valor que deberá darse a los muebles y demás efectos adquiridos se hará por el precio de adquisición y en su defecto, conforme determina la vigente Instrucción de Contabilidad de la Administración Local. Del cumplimiento de esta Base se encargará el Secretario reflejando estas variaciones en la Contabilidad de la Corporación.

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TITULO V LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. BASE 44ª Operaciones previas en el estado de Gastos. 1.- A fin de ejercicio, se verificará que todos los acuerdos que impliquen reconocimiento de obligaciones tengan reflejo contable en fase "O". Las subvenciones concedidas pendientes de ordenarse el pago, se contabilizarán en fase "O", aún cuando la efectiva percepción esté condicionada al cumplimiento de alguna obligación. 2.- Los servicios gestores recabarán de los contratistas y demás proveedores la presentación de facturas dentro del Ejercicio. No obstante, si a través de informes por escrito de los gestores de servicios, se acredita la existencia de obligaciones imputables al Ejercicio no contabilizadas, mediante dichos informes se formalizarán los reconocimientos y liquidaciones pero No se hará el pago hasta tanto no se reciban los comprobantes correspondientes. 3.- Los créditos para gastos que el último día del ejercicio no estén afectados al cumplimiento de obligaciones reconocidas y liquidadas quedarán anulados, sin más excepciones que las derivadas de los puntos anteriores y de la incorporación de remanentes, a que se refiere la Base 11ª BASE 45ª Operaciones previas en el estado de Ingresos. 1.- Todos los cobros habidos hasta el 31 de diciembre deben ser aplicados al Presupuesto que se cierra, a cuyo fin se darán las instrucciones pertinentes para la puntual presentación de Cuentas. 2.- Se verificará la contabilización del reconocimiento de derecho en todos los conceptos de ingreso, de conformidad con lo previsto en la Base 37ª. BASE 46ª Cierre del Presupuesto. 1.- El cierre y liquidación del Presupuesto se efectuará con fecha de 31 de diciembre y será aprobada por el Presidente, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre. BASE 47ª Remanente de Tesorería. 1.- Las cantidades pendientes de pago o ingresos procedentes de ejercicios anteriores se incluirán en la Agrupación de Ejercicios Cerrados, para lo cual la Tesorería dictará las normas oportunas, procediendo previamente a la depuración de los saldos de tal forma que sólo queden pendientes de pago las obligaciones reconocidas expresamente por el Ayuntamiento, y pendientes de ingreso los derechos reconocidos por actos formales dictados de acuerdo con la normativa vigente. En ningún caso, se considerarán como obligaciones pendientes de pago los compromisos de gastos, ni como derechos pendientes de cobro, los compromisos de ingreso. 2.- De conformidad con los establecido en el art. 191.2) TRLRHL y 101 del RD 500/1990, el remanente de Tesorería estará integrado por los derechos pendientes de cobro, las obligaciones pendientes de pago y los fondos líquidos referentes a 31 de diciembre, deduciéndose los derechos que se consideren de difícil o imposible recaudación. 3.- Se consideran ingresos de difícil o imposible recaudación, un 20% de los derechos pendientes de cobro que tengan una antigüedad de devengo igual o superior a cuatro años, un 8% para los derechos que tengan una antigüedad de devengo de 3 años, un 5% los de 2 años de antigüedad y un 3% para los de un año de antigüedad.

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4.- Si el Remanente de Tesorería fuera positivo, podrá constituir fuente de financiación de modificaciones de crédito en el ejercicio siguiente. 5.- Si el Remanente de Tesorería fuera negativo, el Pleno deberá aprobar, en la primera sesión que celebre después de la Liquidación del Presupuesto, la reducción de gastos del nuevo Presupuesto por cuantía igual al déficit producido. BASE 48ª Efectos del Presupuesto. 1.- Aprobado definitivamente el Presupuesto tendrá efectos de 1 de enero de 2007 y los créditos en él incluidos tendrán la consideración de créditos iniciales. 2.- Las discrepancias que existan en la situación, denominación de los conceptos de ingresos, partidas o aplicaciones presupuestarias y sus respectivos códigos entre el Presupuesto prorrogado y el aquí regulado se resolverán a favor del que definitivamente quede aprobado para el presente ejercicio. 3.- En consonancia con lo dispuesto en los párrafos anteriores a la documentación soporte de la información contable, expedida durante la vigencia del Presupuesto prorrogado, se le hará las correcciones que procedan para cumplimentar lo dispuesto en esta Base. Base Adicional. Anexo de Personal. Las cantidades asignadas en las relaciones de los diferentes puestos de trabajo, no supone que quien ocupe la plaza en cada momento, perciba todas y nada más que aquellas asignaciones, puesto que las retribuciones se satisfarán en razón a los acuerdos que las concedieron, y en las condiciones en su día establecidas y los derechos adquiridos por cada trabajador. La productividad, en particular, puede modificarse en cualquier momento por el Alcalde según la dedicación y rendimiento del ocupante de cada plaza. Villa de Moya, a 15 de mayo de 2009 EL ALCALDE

Fdo: D. Antonio Perera Hernández

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ANEXO I PROPUESTA DE GASTO

Departamento: Memoria Explicativa del Gasto: Proveedor: C.I.F.: Importe:

CONCEJAL AREA

Fdo.:__________________

INFORME DE INTERVENCIÓN

PARTIDA OP. CONTRAIDO Nº

OBSERVACIONES_________________________________________________

FDO.:_________________________

APROBACIÓN DEL GASTO

OBSERVACIONES: _________________________________________________

EL ALCALDE-PRESIDENTE, (CONCEJAL DE HACIENDA) Fdo. Antonio Perera Hernández

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ANEXO II

SOLICITUD DE TRABAJOS EXTRAORDINARIOS

DEPARTAMENTO: NOMBRE DEL TRABAJADOR: CATEGORÍA: FECHA DE REALIZACIÓN DE TRABAJOS: NÚMERO DE HORAS ESTIMADAS: HORARIO DE REALIZACIÓN DE TRABAJOS: MOTIVO DE LOS TRABAJOS:

En la Villa de Moya, a de de EL CONCEJAL-DELEGADO DE Fdo.

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ANEXO III

SOLITUD DE MANDAMIENTO A JUSTIFICAR

Solicitado por (Nombre y apellidos): Concejal/a delegado/a de: A favor de (Nombre y apellidos): N.I.F. Partida presupuestaria:

Importe:

Explicación del gasto a realizar:

SOLICITA:

Que se expida por la Intervención Municipal “Mandamiento de pago a justificar” según los datos indicados anteriormente, no siendo posible en este momento aportar los documentos justificativos. En la Villa de Moya, a de de CONFORME:

EL ALCALDE EL CONCEJAL DELEGADO DE Fdo. D. Antonio Perera Hernández Fdo.

NOTA IMPORTANTE 1. Los pagos a justificar no sirven para comprar a proveedores habituales del Ayuntamiento, lo cual deberá

hacerse mediante vales de compra. 2. Los pagos a justificar no sirven para adelantar el pago a determinados proveedores habituales, sino que

debe emplearse, exclusivamente, en aquellos casos en que no es posible aportar los documentos justificativos y, por lo tanto, efectuara la tramitación ordinaria mediante las propuestas de gasto.

3. El trabajador que gestione el pago a justificar será responsable directo de los anteriores incumplimientos, pudiéndose llegar a tener que reintegrar personalmente el dinero indebidamente utilizado.

4. Los perceptores de órdenes de pagos a justificar, en el plazo de dos meses, y en todo caso antes de la finalización del ejercicio, deberán justificar el empleo de los fondos recibidos mediante la presentación de los correspondientes documentos justificativos.

5. Si en el ejercicio de sus funciones tendentes a la realización del gasto, el perceptor debiera abonar a terceros cuantías o rentas sometidas en el momento de su pago a retenciones obligatorias, este será personalmente responsable de practicar dicha retención.

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ANEXO IV

JUSTIFICACIÓN MANDAMIENTOS A JUSTIFICAR

NOMBRE Y APELLIDOS Nº D.N.I. DEPARTAMENTO

EXPONE: Que habiéndoseme abonado el día mandamiento a justificar nº por un importe de

euros con cargo a la partida presupuestaria , adjunto remito factura o listado de facturas

justificativas y documento de haber efectuado el reintegro de la cantidad pendiente, en su caso.

Factura Nº Fecha Tercero Importe

IMPORTE TOTAL JUSTIFICADO: IMPORTE TOTAL PERCIBIDO: IMPORTE A REINTEGRAR: En la Villa de Moya, a de de

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ANEXO V SOLICITUD DE ANTICIPO DE CAJA FIJA

Solicitado por (Nombre y apellidos):

Concejal/a delegado/a de: A favor de (Nombre y apellidos): N.I.F. Importe:

SOLICITA:

Que se expida por la Intervención Municipal “Anticipo de Caja Fija” según los datos indicados anteriormente, para la realización de los siguientes gastos corrientes:

PARTIDA CONCEPTO IMPORTE

En la Villa de Moya, a de de VºBº EL ALCALDE EL CONCEJAL DELEGADO DE

Fdo. D. Antonio Perera Hernández Fdo.

NOTA IMPORTANTE 6. Los anticipos de caja fija se expiden sólo para los gastos de carácter periódico y repetitivos previamente

solicitados. Si los gastos varían deberá ampliarse la solicitud, para comprobar que existe crédito suficiente. El anticipo no vale para comprar cualquier cosa, sino sólo lo solicitado, que es lo que tiene consignación.

7. El anticipo de caja fija no sirve para comprar a proveedores habituales del Ayuntamiento, lo cual deberá hacerse mediante vales de compra.

8. El anticipo de caja fija no sirve para comprar aquellas cosas que no puede suministrarnos el vale de compra por carecer de consignación, casos en los que debe solicitarse una modificación de crédito.

9. El funcionario que gestiones el anticipo será responsable directo de los anteriores incumplimientos, pudiéndose llegar a tener que reintegrar personalmente el dinero indebidamente utilizado.

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ANEXO VI

JUSTIFICACIÓN DE ANTICIPO DE CAJA FIJA

NOMBRE Y APELLIDOS Nº D.N.I. DEPARTAMENTO

EXPONE: Que habiéndoseme abonado el día anticipo de caja fija nº por un importe de

euros, adjunto remito factura o listado de facturas justificativas y documento de haber efectuado el reintegro de la

cantidad pendiente, en su caso.

Factura Nº Fecha Tercero Importe

IMPORTE TOTAL JUSTIFICADO: IMPORTE TOTAL PERCIBIDO: IMPORTE A REINTEGRAR: En la Villa de Moya, a de de

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Inform e de Intervenc ión

Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Moya

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Ayuntamiento de la Villa de Moya

Intervención

INFORME DE INTERVENCIÓN Visto el expediente que integra el Presupuesto General de esta Corporación para el ejercicio 2009, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 18 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos, he de informar: PRIMERO.-El régimen legal aplicable a la aprobación del Presupuesto se recoge, fundamentalmente, en el art. 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en los artículos 162 a 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el art. R.D. 500/1990, de 20 de abril. Del conjunto de estas normas, se desprende que las Entidades Locales, elaborarán y aprobarán anualmente un Presupuesto único, que coincidirá con el año natural y que estará integrado por el de la propia entidad, por el de los organismos autónomos y por el estado de previsión de gastos e ingresos de las Sociedades Mercantiles cuyo capital pertenezca íntegramente a la Entidad Local. En base a lo establecido anteriormente, el Presupuesto General está integrado por el de la propia Corporación y el estado de previsión de gastos e ingresos de la sociedad mercantil “Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L.”:

a) El Presupuesto de la Corporación, nivelados los estados de gastos e ingresos, asciende a 7.495.526,41 euros.

b) El estado de previsión de gastos e ingresos de la sociedad mercantil “Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L., asciende a 337.606,99 euros.

c) El estado de previsión de gastos e ingresos de la sociedad mercantil “Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L., asciende a 88.692,20 euros.

SEGUNDO.- Al Presupuesto General se incorpora la documentación legalmente exigible:

- Memoria del Alcalde-Presidente explicativa del contenido del Presupuesto y de las principales modificaciones que presenta en relación con el vigente.

- Estado de gastos, en los que se incluirán, con la debida especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de las obligaciones.

- Estado de ingresos, en los que figurarán las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar durante el ejercicio.

- Bases de ejecución del presupuesto que contendrán la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias de la propia Entidad.

- Liquidación del presupuesto del ejercicio 2008, y avance de la del ejercicio 2009. - Anexo de personal de la entidad local, en el que se relacionan los puestos de trabajo

existentes en la misma, de forma que se da la oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el presupuesto.

- Anexo de inversiones. - Informe económico-financiero, en que se exponen las bases utilizadas para la evaluación de

los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y la nivelación del Presupuesto.

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Ayuntamiento de la Villa de Moya

Intervención

ESTADO DE GASTOS.- Capítulo I “Gastos de personal”: Esta Corporación da cumplimiento al art. 24 a de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, pues las retribuciones del personal al servicio del sector público no experimentan un incremento superior al 2 por 100 con respeto al ejercicio 2008, se sitúa en – 3,84 por 100. Como novedad, la paga extra incluye el 100 % del complemento específico. Por otro lado, los créditos destinados al complemento específico, productividad y gratificaciones de los funcionarios cumplen la limitación establecida en el art. 7 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de retribuciones de los funcionarios de la administración local. Capítulo IV “Transferencias Corrientes”: si bien, no es competencia de esta Intervención valorar la oportunidad de los acuerdos de concesión de subvenciones, sí se recuerda que, en base a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, priman los principios de publicidad, igualdad, objetividad y concurrencia, así como la necesidad de que se justifique documentalmente por los beneficiarios el destino de los fondos percibidos. A estos efectos, se incluye en las Bases de Ejecución del Presupuesto el procedimiento para la concesión de subvenciones, adecuándose a lo establecido en la referida normativa.

Esta Corporación, en el ámbito de su competencia, ha ajustado su presupuesto al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en los términos previstos en el artículo 3.2 que la configura como “la situación de equilibrio o de superávit, computada en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición establecida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales”. Es decir, el equilibrio presupuestario se consigue por la comparación de los Capítulos 1 a 7 de gastos e ingresos. Quedan fuera del cómputo, por tanto, los capítulos 8 y 9 de gastos e ingresos, lo que plantea el problema del límite de endeudamiento que va a establecerse en el ámbito local, pues parece que la tendencia es exigir que el gasto sea cubierto con los recursos corrientes del presupuesto, sin que sea posible acudir al endeudamiento. Partiendo de estas consideraciones, debe indicarse que el Presupuesto General para el ejercicio 2009 cumple con el principio de estabilidad presupuestaria en los términos previstos en la Ley 18/2001. En cuanto a las Sociedades Mercantiles “Gestión de Recursos Municipales de Moya, S.L.” y “Escuelas Artísticas Villa de Moya, S.L.”, la función del Interventor es la de fiscalizar la actuación de la sociedad a la finalización del ejercicio, a través de procedimientos de auditoria, de acuerdo con las normas de auditoria del sector público para comprobar:

- El cumplimiento de la normativa y directrices que les rigen - Que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera - Que su gestión se ajusta al objetivo de estabilidad presupuestaria y de equilibrio financiero

Villa de Moya, a 2 de junio de 2009

INTERVENTOR ACCTAL

Fdo: Antonio Félix Marrero Henríquez

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