Upload
dpfilosofia
View
194
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
educacion etico civica de 4º de secundaria La constitución española de 1978 Transitología Continuidad y rupturas
Citation preview
UNIDAD 4
DE LA JUSTICIA A LA CIUDADANIA
La constitución española de 1978
La transición política (1)
ANTERIOR REGIMEN
REGIMEN ACTUAL
CONSTITUCION(varios textos)
CONSTITUCION1978
- Principios generales- Fueros o Derechos- Leyes
fundamentales
La transición política (2)La definición del régimen
ANTERIOR REGIMEN
REGIMEN ACTUAL
ReinoEstado social de
derecho y democrático
ReinoEstado social y
democrático de derecho
La transición política (3)La transitología española
Ley de reforma política
Elecciones generales
Cortes generales unicameral del A. R.
Cortes generalesCONSTITUYENTES
Bicameral
Referendum
Nueva ley electoral
Legalización partidospolíticos
La transición política (4)La transitología española
LEGALIDAD Ley de transición
ConstituciónPrincipios generales
Leyes fundamentales
Gobierno
MilitaresIntereses y presiones
internacionales
Reforma política
endógena
Masoneríainternacional
La transición política (5)La transitología española
LEGITIMIDAD
La transición política (6)La transitología española
Anterior régimen Transición
Valores
Pluralidad ideológica
Compromiso DDHH ONU
Proyecto asociaciones políticas
Estado social de derecho y democrático
Valores
Pluralidad ideológica
Compromiso DDHH
Legalización partidos políticos
Inconstitucionalidad inicial
Fuerza militar
Presión internacional
Constitución aprobada en referendum
Partidos sin legalizar
LA DIGNIDAD HUMANAPrincipio rector de los actos del EstadoFundamento del orden político y paz social
El Estado español proclama como principio rector de sus actos el respeto a la dignidad, la integridad y la, libertad de la persona humana, reconociendo al hombre, en cuanto portador de valores eternos y miembro de una comunidad nacional, titular de deberes y derechos, cuyo ejercicio garantiza en orden al bien común. (Fuero de los españoles, titulo preliminar, art. 1)
La dignidad de la persona, los derechos Inviolables que le son Inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. ( CE 1978, Título I, art. 10.1)
EL TRABAJODerecho y deber
Todos los españoles tienen derecho al trabajo y el deber de ocuparse en alguna actividad socialmente útil. FE, Art. 24.
Todos los trabajadores serán amparados por el Estado
en su derecho a una retribuci6n justa y suficiente, cuando menos, para proporcionar a ellos y a sus familias el bienestar que !es permita una vida moral y digna. (FE, art. 27) Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el
derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. (CE, art 35.1
DERECHOS SOCIALES
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres. CE, art. 41
El Estado español garantiza a los trabajadores Ia seguridad de amparo en el infortunio y les reconoce el derecho a la asistencia en los casos de vejez, muerte, enfermedad, maternidad, accidentes del trabajo, invalidez, paro forzoso y demás riesgos que pueden ser objeto de seguro social. (FE, art. 28)
El Estado mantendrá instituciones de asistencia y amparará y propulsará las creadas por la Iglesia, las Corporaciones y las particulares. (FE, art. 29)
LA PROPIEDAD PRIVADAReconocimiento del derecho
l. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.
3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente Indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
La propiedad privada como medio natural para el cumplimiento de los fines individuales, familiares y sociales, es reconocida y amparada por el Estado.
Todas las formas de la propiedad quedan subordinadas a las necesidades de la Nación y al bien común. (CE, art. 33)
La riqueza no podrá permanecer inactiva, ser destruida indebidamente ni aplicada a fines ilícitos. FE, art. 30)
El Estado facilitara a todos los españoles el acceso a las formas de propiedad mas íntimamente ligadas a la persona humana: hogar familiar, heredad, útiles de trabajo y bienes de uso cotidiano. (FE, Art. 31)
En ningún caso se impondrá la pena de confiscación de bienes.
Nadie podrá ser expropiado sino por causa de utilidad publica o interés social, previa la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes. (FE, art. 32)
EMPRESA Y TRABAJOLa riqueza se subordina al interés generalLos valores económicos se subordinan a los de categoría humana, interés de la nación y bien común
Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación. CE, Artículo 38
Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general. Articulo 128.1
El Estado reconoce en la Empresa una comunidad de aportaciones de la técnica, la mano de obra y el capital en sus diversas formas, y proclama, por consecuencia, el derecho de estos elementos a participar en los beneficios.
El Estado cuidara de que las relaciones entre ellos se mantengan dentro de la mas estricta equidad y en una jerarquía que subordine los valores económicos a los de categoría humana, al interés de la Nación y a las exigencias del bien común. (FE, art. 26).