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La misión de la Iglesia en la defensa y promoción de la dignidad humana A través del desarrollo de su doctrina social, la Iglesia va adquiriendo con mayor claridad una percepción sobre los vínculos existentes entre el anuncio de la Buena Nueva y el cuidado por el respecto de la dignidad humana. Si “Cristo se ha unido a cada hombre (R.H., 13), todas los caminos de la Iglesia conducen al hombre(R.H., 14): aparecen así dos términos del mandato recibido por la Iglesia y se aborda las raíces mismas del servicio que ella brinda a la causa de la dignidad humana. La Dignidad de la persona como fundamento de los derechos del hombre La proclamación de los derechos humanos postula necesariamente la búsqueda de su fundamento. La reflexión cristiana y la enseñanza del Magisterio han puesto constantemente de relieve la noción de la persona humana, ontológicamente provista de una dignidad tal que la hace singular, porque ella ha sido creada a imagen de Dios y redimida por Cristo. De esta manera, la Iglesia aporta una base sólida por construir el edificio de los derechos humanos.

Unidad 3

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• La misión de la Iglesia en la defensa y promoción de la dignidad humana

A través del desarrollo de su doctrina social, la Iglesia va adquiriendo con mayor claridad una percepción sobre los vínculos existentes entre el anuncio de la Buena Nueva y el cuidado por el respecto de la dignidad humana.

Si “Cristo se ha unido a cada hombre” (R.H., 13), “todas los caminos de la Iglesia conducen al hombre” (R.H., 14): aparecen así dos términos del mandato recibido por la Iglesia y se aborda las raíces mismas del servicio que ella brinda a la causa de la dignidad humana.

•La Dignidad de la persona como fundamento de los derechos del hombre

La proclamación de los derechos humanos postula necesariamente la búsqueda de su fundamento. La reflexión cristiana y la enseñanza del Magisterio han puesto constantemente de relieve la noción de la persona humana, ontológicamente provista de una dignidad tal que la hace singular, porque ella ha sido creada a imagen de Dios y redimida por Cristo. De esta manera, la Iglesia aporta una base sólida por construir el edificio de los derechos humanos.

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Ejercicio de la autoridad, bien común, derechos del hombreRespecto de la persona y de los derechos humanos en generalCorrespondencia entre derechos y deberesVerdad y dignidad de la persona humana.Justicia y justicia social Amor y solidaridadLa Libertad Igualdad/fraternidadDerechos Humanos y paz Derechos del hombre y desarrolloDerechos del Violación de los derechos de las personas y de las comunidades Universalidad de los derechos humanos

RESPETO A LA VIDADERECHO A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y PSÍQUICA: INTERDICCIÓN DE LA TORTURA.DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN POR RAZA, SEXODERECHO A LA EMIGRACIÓN Y AL ASILO: TRABAJADORES EMIGRANTES Y REFUGIADOS

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•Policía - Fuerzas Militares - Sistema Judicial

Defender en primera instancia los derechos humanos que han sido violados o amenazados, por particulares o grupos armados delincuenciales, políticos o comunes.

• Procuraduría

•Defender los derechos de las personas violadas o amenazadas por acción de funcionarios públicos

• Defensoría del Pueblo

•Velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.

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Es el derecho que tienen todas las personas de pedir su libertad a los jueces cuando han sido capturadas o retenidas por cualquier autoridad sin que la ley o la constitución lo autoricen, o cuando se prolonga ilegalmente la privación de su libertad ya sea por detención, retención, arresto o cualquier otra forma. Posee fundamento constitucional en el artículo 30 de la Carta Política.

Consiste en el derecho de estar informado sobre los datos que se manejan sobre uno de los organismos del Estado o entidades privadas y a que éstos sean fidedignos.

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La acción de tutela es la manera más sencilla y rápida para proteger cualquiera de los derechos fundamentales de las personas, los cuales están consagrados en la Constitución, cuando estos han sido vulnerados, lesionados o amenazados y no queda ningún otro mecanismo de defensa judicial, o existiendo otros mecanismos la acción se utilice para evitar un perjuicio irremediable.

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El derecho debe haber sido violado, desconocido o estar amenazado.No debe existir ningún otro medio para poder proteger el derecho a menos que sea necesario actuar rápidamente para que no se cause un perjuicio irremediable, que es aquel que solo puede compensarse o reparase con una indemnización.Se aplica el principio de la no duplicidad, es decir, no pueden interponer dos acciones de tutela por los mismos hechos y derechos.Se presenta ante cualquier juez personalmente sin necesidad de abogado.También puede interponerse a nombre de la persona perjudicada, en forma escrita u oral, y en cualquier hora.No es indispensable decir cuales derechos de la constitución se violan, pero si dar la información más completa de los hechos para que el juez tome la decisión más ajustada a derecho.Se puede interponer una acción de tutela contra las autoridades públicas y contra los particulares en los siguientes casos:

-Cuando los particulares estén cumpliendo funciones públicas o prestando servicios, •Cuando la persona esta subordinada e indefensa frente a la entidad,•Contra la esclavitud servidumbre trata de seres humanos, •Para proteger la información personal,•Para proteger el derecho a la vida o la integridad de una persona.

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Las acciones populares son mecanismos de protección de algunos derechos determinados y a través de ellas, varias personas o una comunidad pueden acudir ante el juez para solicitar la defensa de sus derechos o intereses de carácter colectivo cuando estos se ven lesionados o amenazados.

Es el derecho que poseen todas la personas para formular de modo escrito o verbal solicitudes respetuosas a las autoridades y exigir de éstas una respuesta oportuna, también se podrán presentar ante organizaciones privadas cuando se trate de derechos fundamentales una vez la ley lo reglamente.

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Referendo (Artículo 170)Plebiscito (Artículo 103) Cabildo abierto (Artículo 103) Consulta popular nacional (Artículo 104)Consulta popular departamental o municipal (Artículo 105) Presentación popular de proyectos de ordenanza y acuerdo municipal Iniciativa popular legislativa (Artículos 40, 155)

En cuento a mecanismos electorales contempla:En cuento a mecanismos electorales contempla:

Revocatoria del mandato (Artículo 103Voto programático (Ley 131 de 1994)ConciliaciónJueces de paz

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Es el conjunto de normas jurídicas internacionales, convencionales o basadas

en las costumbres que tiene por objeto limitar el uso de la violencia en los

conflictos internacionales o internos, regular la conducción de las hostilidades y salvaguardar y proteger a las personas que no participan en los combates - civiles y no

combatientes - y a los militares o combatientes que hayan quedado heridos,

enfermos, náufragos, o prisioneros de guerra.

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El Derecho Internacional Humanitario - D.I.H.- tal como se conoce hoy tuvo su origen en 1863, con la fundación de la Cruz Roja, y con el Primer Acuerdo de Ginebra del 22 de agosto de 1864, el cual "procura mejorar la suerte que corren militares heridos de los ejércitos en campañas", es decir, para poner términos a la protección de las víctimas de la violencia bélica. En 1949 el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) consiguió una convocatoria de Estados que el día 12 de agosto del mismo año adoptó cuatro importantes Convenciones sobre protección de las víctimas de la guerra:

Primer Convenio: Heridos y enfermos en la guerra terrestre,Segundo Convenio: Heridos, enfermos y náufragos en la guerra naval, Tercer Convenio: Prisioneros de guerra yCuarto Convenio: Personas civiles.

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La crueldad de los conflictos de los años 70, especialmente la guerra de Vietnam, movieron a la Organización de las Naciones Unidas a interesarse por el Derecho de la Guerra que se consagra en dos Protocolos Adicionales:

Protocolo I:Protocolo I: Relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales. Propone la protección de la población civil contra los efectos de las hostilidades; regula métodos y medios de guerra; prohibe la perfidia, obligación para las partes en conflicto de distinguir entre población civil, combatientes, bienes de carácter civil y objetivos militares; .

Protocolo IIProtocolo II:: Relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados nacionales. Profundiza en las normas sobre trato humanitario a toda clase de persona y disposiciones sobre heridos, enfermos, náufragos y población civil.

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a. Limitaciones en la guerra:a. Limitaciones en la guerra: limitaciones y reglas precisas que los soldados o combatientes y comandantes deben cumplir.

b. Limitaciones de los gobiernos:b. Limitaciones de los gobiernos: No tienen derecho ilimitado en cuanto a la elección de los métodos y medios para la guerra.

c. Reglas de comportamiento en acción:c. Reglas de comportamiento en acción:- Reglas del combate: - Reglas con combatientes enemigos que se rinden- Con combatientes enemigos heridos:

- Con personas civilesd. Frente a las organizaciones insurgentes:d. Frente a las organizaciones insurgentes:

El DIH, de acuerdo con sus principios básicos, es obligatorio también para los grupos alzados en armas.

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•Cuando las infracciones provienen de los individuos, se deben sancionar por medio de los mecanismos penales y disciplinarios vigentes.

•Si la infracción es responsabilidad del Estado o del Gobierno, la comunidad internacional puede aplicar las sanciones previstas en la Carta de las Naciones Unidas y en los tratados internacionales relativos.

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Los atentados a la vida y a la integridad corporal,El homicidio en todas sus normas,Las mutilaciones, los tratos crueles, las torturas y los suplicios,Los atentados a la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes,La toma de rehenes,Las condenas dictadas y efectuadas sin previo juicio ante el tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizadosOrdenar que no haya supervivientes,Los castigos colectivos, Los actos de terrorismo,Los atentados a la dignidad personal, la violación, la prostitución forzada y cualquier otra forma de atentado al pudor,La esclavitud y la trata de eslavos, El pillaje, Las amenazas de realizar los actos mencionados.

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-Prohibiciones a los combatientes:Prohibiciones a los combatientes:El homicidio intencional, las torturas o el trato inhumano,Causar deliberadamente grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud,Las prácticas inhumanas y degradantes que comporten un ultraje contra la dignidad personal,La toma de rehenes,La detención ilegal,La deportación ilegal de una parte o de toda la población del territorio ocupado dentro o fuera de ese territorio,El traslado por la potencia ocupante de una parte o de toda la población civil al territorio que ocupa,La privación del derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente,

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La demora injustificada en la repatriación de prisioneros de guerra o de personas civiles,Imponer la obligación de servir en las fuerzas armadas de una potencia enemiga,La destrucción o apropiación injustificadas y realizadas de modo ilegal y arbitrio de bienes a gran escala.El ataque:A una persona fuera de combate, Contra la población civil,Indiscriminado , que afecte a la población o a los bienes civiles, sabiendo que causará pérdidas o daños excesivos,Ilícito contra bienes culturales claramente reconocidos,Contra localidades no defendidas y zonas desmilitarizadas,Contra obras o instalaciones que contengan fuerzas peligrosas, sabiendo que causarán daños civiles excesivos.La utilización pérfida de signos y señales como los que designan personas, organizaciones o bienes especialmente protegidos.

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Se ocupa de regular los medios y modos de combatir

en algunos instrumentos de la Haya existen normas sobre protección de personas

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Los primeros avances frente al tema se dieron en Inglaterra en el siglo XVII y luego fueron reforzados por la Revolución Francesa.

Después de la Segunda Guerra Mundial que los Estados adelantaron esfuerzos para su protección respaldada por la institucionalidad nacional e internacional que reconocían en su conjunto la innegable relación entre respeto a los derechos humanos y mantenimiento de la paz.

en algunos instrumentos de la Haya existen normas sobre protección de personas

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•Formas de aplicación concreta

•Los poderes públicos y las normas internacionales

•Los estados de excepción y las normas internacionales de los Derechos Humanos

•Tratados internacionales de derechos humanos

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•A nivel interno existe una violación de derechos humanos

•organismos internos:•disciplinarios •justicia penal (militar u ordinaria)

•militar (con ocasión del servicio )•ordinaria ( Fiscalía )•Juez de conocimiento (justicia regional o especializada)

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•Investigación disciplinaria (Procuraduría ).

•Indagación preliminar (participación o no de servidor público).

¿Cuando se acude a los organismos internacionales ?

1. Agotamiento de recursos internos y no hay administración de justicia. 2. Ha sido lenta y tardía y resulta inoperante.3. Existe un fallo y este no se ajusta a derecho.

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Se puede ir directamente a las cortes Se puede ir directamente a las cortes internacionales cuando los hechos así lo internacionales cuando los hechos así lo

ameriten.ameriten.

CIDH: es el organismo instructorCIDH: es el organismo instructorfalla en conceptofalla en conceptocontra los Estadoscontra los EstadosCP I : juzga crímenes de lesa humanidad CP I : juzga crímenes de lesa humanidad C I J : estados sujetos de derecho.C I J : estados sujetos de derecho.ONU : grupos de trabajo.ONU : grupos de trabajo.