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Expediente Nº: Cuaderno : Principal Escrito Nº : 01 Sumilla : Demanda de Indemnización por daños y perjuicios derivada de Responsabilidad Extracontractual SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO CRISTIANO MOISES SALAS PALOMINO, identificado con DNI Nº 45101512, con dirección domiciliaria en Calle Moquegua Nº 621 II Nivel, y, señalando domicilio procesal en la Calle Ancash Nº 458-A interior Oficina Nº 02 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me presentó y expongo: I. DEMANDADOS I.1. Marcela Antonia Sánchez Guerra y Carlo Fabio Pinto Zapata, en calidad de propietarios del vehículo de placa de rodaje XU-524, con dirección domiciliaria en la Calle Moquegua 625 III Nivel , de esta ciudad de

Demanda de Indemnización De DañOs Y Perjuicios Por Responsabilidad Extracontractual

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Page 1: Demanda de Indemnización De DañOs Y Perjuicios Por Responsabilidad Extracontractual

Expediente Nº:

Cuaderno : Principal

Escrito Nº : 01

Sumilla : Demanda de Indemnización

por daños y perjuicios derivada de

Responsabilidad Extracontractual

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO

CRISTIANO MOISES SALAS PALOMINO,

identificado con DNI Nº 45101512, con dirección domiciliaria en Calle Moquegua Nº

621 II Nivel, y, señalando domicilio procesal en la Calle Ancash Nº 458-A interior

Oficina Nº 02 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me

presentó y expongo:

I. DEMANDADOS

I.1. Marcela Antonia Sánchez Guerra y

Carlo Fabio Pinto Zapata, en calidad de propietarios del vehículo de placa de

rodaje XU-524, con dirección domiciliaria en la Calle Moquegua 625 III Nivel, de

esta ciudad de Moquegua, donde serán notificados y emplazados válidamente.

I.2. Cristian Tejeda Copa, en calidad de

conductor del vehículo de placa de rodaje XU-524, con dirección domiciliaria en la

Calle Ancash 525, de esta ciudad de Moquegua.

II. PETITORIO

Invocando interés y legitimidad para obrar (1),

por derecho propio, interpongo pretensiones de:

II.1. Pretensión Principal

1 Artículo IV del Código Procesal Civil.- Principios de Iniciativa de Parte y de Conducta Procesal.- El proceso se promueve sólo a iniciativa de parte, la que invocará interés y legitimidad para obrar. No requieren invocarlos el Ministerio Público, el procurador oficioso ni quien defiende intereses difusos.

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Pago de indemnización por daños y

perjuicios derivado de responsabilidad extracontractual, a fin de que los

demandados cumplan con indemnizarme con la suma de S/. 200000.00 nuevos

soles por los siguientes conceptos:

Daño PatrimonialDaño Emergente 50000.00

Lucro Cesante 20000.00

Daño ExtrapatrimonialDaño Moral 80000.00

Daño personal 50000.00

Total 200000.00

II.2. Pretensión Accesoria

II.2.1. Pago de costas y costos del proceso.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO

III.1. Evento Dañoso y relación de

causalidad: El día 24 de noviembre de 2009, fui víctima de un atropello en la Calle

Moquegua 621, a las 8: 30 pm, cuando me hallaba transitando por la vereda;

accidente de tránsito que me ocasionó politraumatismo severo en la columna (parte

lumbar) y pérdida de funcionamiento en miembros inferiores. Con motivo de este

accidente, interpuse denuncia penal en contra de los demandados, lo que dio

origen al Expediente Penal Nº 0152-2009, proceso en el que no me constituí en

actor civil, y, que a la fecha cuenta con sentencia condenatoria respecto del

responsable directo.

III.2. Tipos de daño :

III.2.1. Daño Emergente : Constituido por los

gastos efectuados para mi atención en el Hospital, exámenes practicados, terapias,

citas médicas a especialistas, transporte a otras ciudades y las medicinas

prescritas para llevar un correcto tratamiento, gastos que únicamente han sido

cubiertos por mi persona, sin recibir auxilio del causante de mi estado actual.

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III.2.2. Lucro Cesante : Constituido por los

ingresos que he dejado de percibir como consecuencia de mi estado de salud a

consecuencia del accidente de tránsito, pues laboraba en la Empresa de Vigilancia

VIGSER S.A. percibiendo una remuneración mensual era de 700 nuevos soles.

III.2.3. Daño Personal y Moral : Constituido

por el estado de invalidez que presentó al no poder movilizar mis extremidades

inferiores; el proyecto de vida frustrado ya que cuento con 25 años de edad; y, por

el dolor, afectación y sufrimiento que se me causa al saber que no podré

movilizarme ni llevar mi vida normal como antes de que sufra el accidente.

III.3. Factores de atribución : Constituido por

la culpa con la que obró el demandado Cristian Tejada Copa, pues los daños

ocasionados a mi persona se debieron a su actuar negligente de conducir el

vehículo en excesiva velocidad.

IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

1. El artículo 1 de la Constitución que

preceptúa que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son

el fin supremo de la sociedad y del Estado”.

2. El artículo 2 inciso 1 de la Constitución que

preceptúa que “Toda persona tiene derecho: 1. A la vida, a su identidad, a su

integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido

es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece…”.

3. Los artículos 17, 1969, 1981, 1984 y 1985

del Código Civil.

4. Los artículos 131, 424 y 425 del Código

Procesal Civil.

V. MONTO DEL PETITORIO

S/. 200000.00 nuevos soles.

VI. VÍA PROCEDIMENTAL

Page 4: Demanda de Indemnización De DañOs Y Perjuicios Por Responsabilidad Extracontractual

Proceso Abreviado.

VII. MEDIOS PROBATORIOS

1. Declaración de parte de la demandada

Marcela Antonia Sánchez Guerra.

2. Declaración de parte de la demandada

Carlo Fabio Pinto Zapata.

3. Declaración de parte de la demandada

Cristian Tejeda Copa.

4. Certificado de Trabajo en original del 26 de

noviembre de 2009.

5. Boletas de Pago (20) en original del período

2008 y 2009.

6. Declaración testimonial de Luis Alberto

Gonzales Salazar, de 32 años de edad, con DNI Nº 4526874, con domicilio en

Calle Arequipa 758, quien declarara conforme al pliego interrogatorio que adjunto

en sobre cerrado.

7. Certificado Médico Actual del actor.

8. Certificado Médico Legal Nº 4058-2009

9. Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo

materia del accidente.

10. Expediente Penal Nº 152-2009,

debiendo cursarse oficio a fin de que se remita dicho expediente.

VIII. ANEXOS

Anexo 1.A: Copia de DNI.

Anexo 1.B: Copia de la Resolución Nº 001-

2009 en la que se me concede auxilio judicial para el inicio del presente proceso.

Anexo 1.C: Pliegos interrogatorios para las

declaraciones de parte y testimonial.

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Anexo 1.D: Certificado de Trabajo en original

del 26 de noviembre de 2009.

Anexo 1.E: Boletas de Pago (20) en original del

período 2008 y 2009.

Anexo 1.F: Certificado Médico Actual del actor.

Anexo 1.G: Certificado Médico Legal Nº 4058-

2009.

Anexo 1.H: Copia de la tarjeta de propiedad del

vehículo materia del accidente.

Anexo 1.I: Copia de la Sentencia recaída en el

Expediente Penal Nº 152-2009.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. pido se sirva dar trámite a la demanda

interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad,

conforme a ley.

Moquegua, 27 de diciembre de 2009.

Abogada Yulemi Pacheco Zapata Cristiano Moisés Salas Palomino

C.A.M. 2000 DNI Nº 42101512