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Entre Rawls y Hume Estado, Poder y Justicia

Rawls Hume Teoria Politica I

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Entre Rawls y Hume

Estado, Poder y Justicia

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EL ESTADO

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PERSONA ESTADO

CONSTITUCIÓN

GOBIERNO

P. JUDICIALP. LEGISLATIVOP. EJECUTIVO

IMPARTIR JUSTICIA

INDEPENDENCIA

IMPARCIALIDAD

ACCESIBILIDAD

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ESTADO LIBERAL:El respeto a la persona humana, a su dignidad y a sus derechos fundamentales -a la vida, igualdad, libertad y al honor, entre otros- la forma de gobierno -división de poderes y contrapeso entre éstos- constituyen la base fundamental para una convivencia humana civilizada.

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Naturalismo Etico:“La Ciudad-Estado es el bien del hombre”: La primera forma de asociación es la familia, cuyo fin es la continuidad de la especie. La siguiente es la aldea o pueblo, formado por un conjunto de familias, cuyo fin es la satisfacción de las necesidades; por último, cuando varias aldeas se reúnen en comunidad, forman el Estado. El Estado es la forma superior de asociación, cuyo fin no es sólo la provisión de las necesidades, sino procurar para el ciudadano una vida buena, es decir, una vida conforme a la virtud y, en consecuencia, conforme a la razón y la felicidad.

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La ciudad-estado no surge arbitrariamente, producto de una convención o contrato, sino que existe por naturaleza. Los hombres tienden por naturaleza a la asociación política. Aristóteles divide las formas de gobierno en justas, si procuran el bien común, y en desviadas, si sólo procuran el interés particular del que gobierna. La forma más justa de gobierno es la politeia o gobierno constitucional.

Formas puras de gobierno: monarquía, aristocracia y república.

Formas impuras de gobierno: tiranía, oligarquía y demagogia.

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Teoría Política y Teóricos del Estado

“El Estado moderno ha nacido como unidad de asociación, organizada conforme a la

Constitución”

G. Jellinek

“La voluntad del Estado es una voluntad humana”

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El Estado es

“...corporación formada por un pueblo, dotada de un poder de mando originario y asentada en un determinado territorio; - o para aplicar un término muy en uso -, la corporación territorial dotada de un poder de mando originario”.

G. Jellinek

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Estado

1. ¿otorga derechos o reconoce derechos?

2. ¿se sirve del individuo o sirve al individuo?

3. ¿es una corporación y está sometido al derecho o hace al derecho para someter a la persona?

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John Locke: separación de poderes

Montesquieu: coordinación de poderes «frenos y contrapesos».

Voltaire: separación entre la Iglesia y el Estado y de la tolerancia religiosa.

Rousseau: soberanía popular, voluntad general del pueblo.

FRENOS AL ESTADO Vs. TODO EL PODER PARA EL ESTADO

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El “poder” del Estado que “supera” al individuo:

•Toda unidad de fines en los hombres necesita la dirección de una voluntad. •Esta voluntad, que ha de cuidar de los fines comunes de la asociación, que ha de ordenar y ha de dirigir la ejecución de sus ordenaciones, es precisamente el poder de la asociación. •Toda asociación, por escasa fuerza interna que posea, tiene un poder peculiar que aparece como una unidad distinta de la de sus miembros.

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Teorias juridicistas:

“El Estado tiene como función proteger al derecho

en su totalidad”

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Teorías sistémicas:

“El Estado es un subsistema del sistema politico”

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Tipos de Estado

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ESTADO ABSOLUTISTA

1. Poder absoluto del monarca

2. Potestad absoluta del monarca en relación con el sujeto

3. Ausencia de derechos personales

4. Ausencia total de la libertad

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ESTADO POLICÍA –fascista o comunista-

1. Creación de la ley

2. Aplicación de la ley al caso concreto (l/i)

3. Regulación de ciertas actividades

4. Vigilancia de la actividad de los particulares

5. Preservación de la seguridad interior

6. Defensa del Estado

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ESTADO PROMOTOR –centro izquierda o centro derecha-

1. Motivación para que los particulares realicen ciertas actividades.

2. Estimulación de la participación de los particulares en la vida económica.

3. Creación de estímulos fiscales.

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ESTADO BENEFACTOR –centro izquierda o centro derecha-

1. Producción y comercialización de ciertos bienes y servicios

2. Redistribución de la riqueza

3. Creación de mercados cautivos para proteger a los productores nacionales

4. Otorgamiento de subsidios a determinados productos

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ESTADO PLANIFICADOR INTEGRAL –neo comunista, neo fascista, neo corporativista de izquierda o derecha-

1. Es dueño de todos los medios de producción

2. Es el único medio de comercialización

3. Se esfuerza por alcanzar la planeación y administración integral

4. El Estado organiza la educación, vivienda, actividades sociales, culturales y deportivas

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DOS CONCEPTOS DE JUSTICIA

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ULPIANO

JOHN RAWLS

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ULPIANO

“Es la perpetua y constante voluntad de dar a cada quien lo que le pertenece”

Digesto.

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JOHN RAWLS

Justicia es la nota distintiva de las instituciones básicas de la sociedad. No basta que sean ordenadas y eficientes, si las instituciones básicas no son justas deben cambiarse. (A Theory of Justice…Justice As Fairness…)

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•John Borden (Bordley) Rawls nació en Baltimore, Maryland el 21 de febrero de 1921. •El segundo de cinco hijos William Lee Rawls and Anna Abell Stump. •Rawls fue a la escuela en Baltimore por corto tiempo, antes de ir a la Kent School, una escuela preparatoria episcopal en Connecticut. •Se graduó en 1939, yendo a Princeton, se interesó en la filosofía y fue miembro de The Ivy Club. •En 1943 se gradúa de Bachelor of Arts e ingresó a la armada norteamericana.

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•Durante la 2da Guerra se desempeña como infante de marina en el pacífico. Estuvo en New Guinea, Las Filipinasy Japón. Allí presenció los efectos de la bomba atómica en Hiroshima. •En 1946 regresa a Princeton y hace un doctorado en Filosofía Moral.•Se casa con Margaret Fox, egresada de Brown en 1949. •Margaret y John son fanáticos de las bibliografías de los índices. Rawls escribe él mismo el índice de A Theory of Justice

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•Obtiene su doctorado en 1952, recibe la beca Fullbright y se va estudiar a Oxford. Sus profesores son Isaiah Berlin (teórico de la política) y H.L.Hart (teórico del derecho)•Regresa a Estados Unidos y da clases en Cornell y en 1962 da clases allí y en el MIT. •En 1964 se va Harvard y da clases por casi 40 años. Entre sus alumnos se encuentran: Thomas Nagel, David Lyons, Thomas Hill, Joshua Cohen, Christine Korsgaard, Elizabeth S. Anderson, Barbara Herman.

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•En 1995 sufre el primero de una serie de ataques vasculares y luego cerebro vasculares, lo cual le impide seguir trabajando normalmente. •Sin embargo completa The Law of Peoples, obra que contiene la mayor parte de sus tesis sobre la justicia internacional.•Muere en noviembre de 2002

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JOHN RAWLS

Justicia como equidad y como alternativa. Es la vía media entre el utilitarismo y el intuicionismo.

El contractualismo: deben obedecerse las normas a las que se han comprometido.

DESARROLLO DE LAS TESIS

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Los principios de la justicia son:

La libertad: requiere que la estructura básica ofrezca al ciudadano un esquema de libertades básicas -libertad de pensamiento, de expresión, de asociación, salario, oportunidad de desarrollar mi proyecto de vida, etc.-La diferencia: permite las desigualdades sólo cuando beneficien al grupo social menos aventajado.

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Conceptos fundamentales• Idea: Justicia como imparcialidad• Preliminares:

– Sociedad como una empresa cooperativa para el beneficio mutuo

– Sociedad bien ordenada en la que impera, es efectiva y compartida, una concepción pública de la justicia

– Estructura básica de la sociedad

• Teóricos:– Objetivo: alcanzar una justificación pública de la justicia.– Posición original– Ciudadanos libres e iguales

• Adicionales:– Equilibrio reflexivo– Consenso por solapamiento

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Conceptos fundamentales (b)

• Los 2 principios de la Justicia (el principio de la libertad y el principio de la diferencia).

• La posición original y el velo de la ignorancia.• El equilibrio reflexivo.• Consenso superpuesto, solapado, incremental.• La razón pública

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Articulación de la teoría

¿Son esos principios aplicables? ¿los aceptaríamos una vez “levantado” el velo de ignorancia?Si, si coinciden aproximadamente con lo que aceptaríamos en “equilibrio reflexivo”, entonces Entonces son la base para un “consenso por solapamiento”, y se pueden considerar

VÁLIDOS

POSICIÓN ORIGINAL

PERSONAS LIBRES E IGUALES

• CONOCEN: ideas fundamentales sobre la sociedad y la psicología humana

• NO CONOCEN: sus capacidades y suerte (VELO DE IGNORANCIA)

Argumento contra-fáctico

PACTAR

o DECIDIR

La base de convivencia

2 PRINCIPIOS DE

LA JUSTICIA POLÍTICA

• IGUALDAD todos han de reconocerse mutuamente iguales derechos y libertades básicos; tantos como sean compatibles con

un conjunto igual para todos.

• DIFERENCIA Las diferencias pueden existir, pero sólo si (A) Están asociadas a puestos accesibles para todos y (B) Benefician a todos.

OBJETIVO POLÍTICO PRÁCTICO

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Cual es el sentido de la Teoría de la Justicia

• Una fórmula para analizar/criticar filosóficamente reglas, instituciones, prácticas e incluso decisiones políticas.

• Un criterio para valorar la legitimidad racional de instituciones.• En 1973 ( A T O J) un criterio de legitimidad, o de corrección

moral universal (por encima de las concepciones particulares del bien. Lo correcto o incluso lo “justo”).

• En 1993 (J A F) un criterio particular que podría ser aceptado por una sociedad democrática: una concepción kantiana, constructivista, de la justicia (que puede competir con otras). Esta concepción se propone porque es una buena solución POLÍTICA a los problemas de una sociedad plural: desacuerdo sobre cuestiones fundamentales, libertad de conciencia, tolerancia, prioridad de los derechos y libertades individuales básicos, etc.

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John RAWLS

Libertades fundamentales civiles y politicas (prioritarias e inviolables):

- Politicas (derecho al voto: activo y pasivo)- De palabra y de reunion- De consciencia y de pensamiento- Personal y de posesion de propiedad personal- Sobre el arresto o la detencion arbitraria

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HUME y RAWLS• HUME: La justicia es artificial y consiste en la observancia de estas

tres reglas, relacionadas con la propiedad: – Estabilidad de la posesión– Transmisión por consentimiento– Cumplimiento de las promesas

• Estas reglas son necesarias para la sociedad (paz y seguridad)• Como la sociedad es necesaria para el bien de los hombres, esas

reglas son igualmente necesarias para ese bien.• La justicia es la principal de las virtudes “políticas”, o cívicas, o

“públicas”, la siguiente es la fidelidad (al gobierno) o cumplimiento de las leyes

• Las virtudes naturales son el fundamento de éstas, pero ocupan el último lugar en el libro dedicado a la moral.

• En un sentido, podemos ver las virtudes naturales simplemente como parte (la otra parte es el interés propio) del fundamento de las virtudes artificiales, las que mantienen unida a la sociedad.

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HUME Y RAWLS

• Rawls reconoce que para justificar los principios de la justicia, es necesario suponer el interés propio de las partes (que ven la sociedad como una empresa cooperativa para el beneficio mutuo) y sus capacidades morales.

• También cierta moral natural (la capacidad de aceptar una concepción de la justicia y la capacidad de forjarse una idea del propio bien) es parte del fundamento de una teoría de la justicia.

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HUME Y RAWLS

• ¿Qué relación se establece entre moral y justicia?

• Parece que la moral es anterior a la justicia.

• Pero la justicia es necesaria para la sociedad, y por lo tanto necesaria para la vida humana, luego la moral no existiría sin justicia, salvo como posibilidad (Hobbes, Rousseau).

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Entre Rawls y Hume

Estado, Poder y Justicia