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Instituto Nacional de Soyapango
Profesor: Pedro Arnoldo Aguirre Nativí
Materia:Tecnología III
Sección 3-B
Integrantes: Walter Mauricio Ruiz Estrada Nº 36
Jonathan Alexander Ramírez Gonzales Nº 33
Carlos Efraín Mendosa Arias Nº 28
Sociedad de responsabilidad
limitada
es una sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en cuotas
sociales de distinto o igual valor representada por títulos y en la que la
responsabilidad de los socios se circunscribe exclusivamente al capital
portado por cada uno.
Obligaciones
La única obligación que tienen los socios es la de cubrir al ente social en monto de su
aportación. Sin embargo, conforme al artículo 70, cuando así lo establezca el
contrato social contrato social, los socios, además de sus obligaciones generales,
tendrán la de hacer aportaciones suplementadas en proporción a sus
primitivas aportaciones.
Derechos de los socios
Derecho del tanto consiste en que cuando se autorice la
cesión a favor de una persona extraña de la sociedad, los socios tendrán derecho
preferencial para adquirirlo.
Derecho a heredar consiste en que un socio pueda heredar su
parte social sin la necesidad del consentimiento de los otros socios.
(Como sucede en las sociedades de personas).
Derecho patrimonial consiste en que los socios participen de las
utilidades que las sociedades obtengan anualmente, proporcionalmente al monto
de su aportación. Y de participar también en la cuota final de liquidación.
Derecho corporativos destacan desde luego el derecho que tienen
los socios de participar en las deliberaciones de la sociedad mediante el voto, si como formar parte de los órganos de la sociedad: en la administración como
gerentes o en el consejo de vigilancia, para el caso en que esta se conforme.
Órganos sociales
El art. 77 expresa quela asamblea de los socios es el órgano supremo de la sociedad. Sus
resoluciones se tomaran por mayoría de votos de los socios que representan, por lo menos, l
mitad del capital social, a no ser que el contrato social exija una mayoría más elevad. Salvo estipulación en contrario, si esta cifra no se
obtiene en la primer reunión, los socios serán convocados por segunda vez, tomándose las
decisiones por mayoría de votos, cualquier que sea l proporción del capital representado.
La asamblea
TIPOS DE ACUERDO
1- Ordinarios2-
extraordinarios
LA ADMINISTRASION
El art 74 señala que la administración de las sociedades de la responsabilidad limitada
este cargo de uno o más gerentes que podrán ser socios o personas extrañas a la sociedad designados temporalmente o por
tiempo limitado. Salvo pacto en contrario, la sociedad tendrá el derecho para revocar en
cualquier tiempo a sus administradores.
VIGILANCIA
En un cargo eventual, porque puede o no constituirse y, en su caso, corresponde l consejo de vigilancia que puede estar integrado `por socios o personas ajenas a la sociedad.
CARACTERISTICAS
Los socios no responderán personalmente de las deudas sociales. La condición de socio no puede transmitirse libre mente, existiendo el derecho de tanteo favor de los socios restantes e incluso de la propia sociedad, que podrá adquirir la participación del socio saliente previa reducción del capital social al igual que en las sociedades anónimas el numero mínimo de fundadores es de uno.
TRAMITES
1- Realizar la solicitud en el registro mercantil central de certificación negativa de nombre
2- Redacción de los estatutos
3- Escritura pública de constitución ante notario. Al igual que es las sociedades anónimas es necesaria la presentación de certificación negativa de nombre y la justificación bancaria de haber depositado la aportación.
4- Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la consejería de hacienda de la comunidad autónoma donde este domiciliada la sociedad.
5- El importe de este impuesto es de uno por cien de el valor de emisión de las participaciones sociales. El plazo de liquidación es de 30 días desde la firma de escritura pública.
6- Inscripción del registro mercantil. Para realizar la inscripción será necesario a partir copia de la escritura y la liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.la inscripción será realizada en el plazo máximo de dos mese a partir de la escritura pública de constitución de l sociedad. 7- El último paso es solicitar acta de censo fiscal
Escritura
Los nombres, apellidos y estados de los socios, si estos fueran personas físicas, o la denominación o razón social, si estas son personas jurídicas. En ambos casos se indicara la nacionalidad y domicilio.
DENOMINACION
Tiene una denominación, pudiendo utilizar además un nombre abreviado, al que en todo caso, debe añadir la indicación “sociedad comercial de responsabilidad limitada” o su abreviatura “S.R.L.” (Según el artículo 284, ley 26887).
CAPITAL SOCIAL
Está integrado por las aportaciones de los socios. Al constituirse la sociedad el capital debe estar pagados en números del 25 % de cada participación; y depositando en cantidad bancaria o financiera del sistema nacional financiero a nombre de la sociedad (artículo 285, ley 26887).
Formación de la voluntad social
La voluntad de los socios que presentan la mayoría del capital social regirá la vida de la sociedad
ADMINISTRSION DE LA SOCIEDAD
La administración de la sociedad se encarga a uno o más gerentes, socios o no, quienes la representan en todos los asuntos relativos a su objeto.
RESPONSABILIDAD DE LOS GERNTES
Los gerentes responden frente a la sociedad por los daños y perjuicios causados por todo, abuso de facultades o negligencia grave. La acción de la sociedad por responsabilidad contra los gerentes exige el previo, acuerdo a los socios que presenten la mayoría del capital social.
CADUSIDAD DE LA RESPONSABILIDAD
La responsabilidad del gerente caduca a los dos años de acto realizado u omitido per este, sin perjuicio de la responsabilidad y reparación par que se ordenara, si fuera el caso.
EXCLUSION Y SEPARASION DE LOS
SOCIOS
Puede ser recluido el socio gerente que:
-infrinja las disposiciones del estatuto-se dedique por cuentas propia o ajena
La exclusión del socio de acuerdo con el voto favorable de la mayoría de las participaciones sociales debe constar. En escritura pública y se inscribe en el registro si la sociedad solo tiene dos (2) socios
REJISTRO PÚBLICO
Identificación de la razón social
Este trámite se realiza para evitar que el nombre que hayamos elegida para nuestra sociedad duplique de otras empresas.Para ello siguen los siguientes pasos:
Seleccionar el nombre comercial o razón social.Realizar la búsqueda del nombre en registros mercantiles, con el fin de verificar que no exista otro igual.
ELEVAR LA ESCRITURA PUBLICA
Elaborado el pacto social, esta deberá elevarse a escritura pública, dicho trámite se lleva a cabo en una notaria. Es lo que el notario otorga para dar fe de la conformación de la empresa.
Gracias por su atención
prestada pasen un feliz día
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