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Gestión Urbanística Arq. Alejandro Ruiz
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Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano
El Gobierno municipal aplica lo dispuesto en la legislación y
reglamentación urbana y temas afines, así como en los
programas de desarrollo urbano. Tal aplicación va desde la
formalización y divulgación del marco normativo, el control de
procedimiento, la supervisión y fiscalización del cumplimiento, y
la aplicación o trámite de sanciones, todo ello en los términos
que disponga la respectiva legislación administrativa del
gobierno y sus manuales de operación.
(PPMUZR, 2014).
Tesorería Municipal
Oficialía Mayor
Secretaría General
Seguridad Pública
Protección Civil
Bomberos
Alcoholes
Secretaría de Desarrollo Urbano / Administración Urbana / Ecología
Control Urbano
Obras Públicas
Servicios Públicos
Catastro
Secretaría de Administración y FinanzasSecretaría de Relaciones Exteriores
Direcciones de Desarrollo Social
COPLADEM
COTUCO
IMPLAN / IMIP
PRODEUR, IMPRODEUR, FIDUE
IMJUVER
INMUJER
IMDER
IMAC
DIF Municipal
Tesorería Municipal
Oficialía Mayor
Secretaría General
Seguridad Pública
Protección Civil
Bomberos
Alcoholes
Secretaría de Desarrollo Urbano / Administración Urbana / Ecología
Control Urbano
Obras Públicas
Servicios Públicos
Catastro
Secretaría de Administración y FinanzasSecretaría de Relaciones Exteriores
Direcciones de Desarrollo Social
COPLADEM
COTUCO
IMPLAN / IMIP
PRODEUR, IMPRODEUR, FIDUE
IMJUVER
INMUJER
IMDER
IMAC
DIF Municipal
Secretarías de Desarrollo Urbano
Ejemplo 1: Secretaría de Administración Urbana (Playas de Rosarito).
A la Secretaria de Administración Urbana le corresponde el despacho
de los siguientes asuntos, de acuerdo con el ARTÍCULO 31.-
• Coordinar la articulación de los planes y programas estratégicos de
planeación urbana, reordenamiento, control urbano, catastro,
infraestructura urbana, urbanización y protección del medio
ambiente del Municipio, desde la perspectiva de un desarrollo
sustentable;
• Mantener actualizado un diagnóstico sobre las condiciones
ambientales del Municipio, fuentes de contaminación y de riesgo
ambiental, así como diseñar y gestionar la implementación de
políticas y estrategias que permitan al Ayuntamiento intervenir en la
gestión ambiental;
• Mantener actualizado un diagnóstico sobre el estado que guardan
los servicios públicos, vivienda e infraestructura urbana y el déficit de
los mismos;
• Promover la ampliación de cobertura y la modernización tecnológica
y operativa de los servicios municipales adscritos al sector, así como
estimular programas para su desconcentración hacia las
delegaciones;
• Diseñar los mecanismos de coordinación para el desarrollo y
planeación del Municipio, con la participación que corresponda a la
Federación, municipios vecinos y entidades federativas, en términos
de las disposiciones aplicables;
• Promover e impulsar la realización de los planes y programas de
competencia del Instituto Municipal de Planeación;
• Coordinar las acciones de la administración pública municipal
centralizada, entidades descentralizadas y delegaciones del
Municipio en materia desarrollo urbano;
• Promover convenios de coordinación en materia de desarrollo
urbano, con enfoque regional y binacional;
• Informar al Presidente, a través del Secretario de Administración y
Finanzas, de los programas, proyectos y estudios relativos a
seguridad, comunicación integral y educación viales;
• Para el cumplimiento de sus atribuciones la Secretaría de
Administración Urbana contará con las siguientes unidades
administrativas: Oficina del titular, Promotora del Desarrollo Urbano
de Rosarito, Dirección de Obras y Servicios Públicos, Dirección de
Control Urbano, Dirección de Planeación y Catastro;
• Las demás que expresamente le encomienden las leyes, reglamentos
y acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Presidente Municipal
(Reglamento interior de la SAU).
Ejemplo 2: Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (Tijuana)
ARTICULO 4.- Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, coordinará las siguientes dependencias y entidades:
• Dirección de Administración Urbana;
• Dirección de Protección al Ambiente;
• Dirección de Servicios Públicos Municipales;
• Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal;
• Dirección de Catastro*
• Coordinación de Control Urbano y Ambiental;
• Coordinación Operativa;
• Dirección de Administración y Contabilidad;
• Fideicomiso Inmobiliario Municipal de Tijuana.
(Reglamento interior de la Secretaría).
Dirección de Administración Urbana
Dirección de Administración Urbana (DAU)
Subdirección de Control urbano
Dpto. Uso de Suelo
Dpto. Operatividad Mercantil
Dpto. Acciones de Urbanización
(Fraccionamientos)
Dpto. Acciones de Edificación
Dpto. Inspectores y verificadores
Coordinación de Delegaciones
Coordinación de Enlace para Promotores de
Vivienda
Dirección de Protección al Ambiente
ARTÍCULO 19.- La Dirección de Protección al Ambiente tendrá las
siguientes funciones y atribuciones:
• Realizar las acciones necesarias para proteger el ambiente,
preservar y restaurar el equilibrio ecológico, prevenir y controlar la
contaminación, contingencias ambientales y atender las
emergencias ecológicas dentro del Municipio;
• Prevenir y controlar la contaminación ambiental del suelo, agua y
atmósfera, generada por toda clase de fuentes emisoras, públicas o
privadas de competencia municipal;
• Autorizar o negar en su caso, las solicitudes de permisos para
descargas de aguas residuales, operar o en su caso, autorizar y
supervisar la operación y funcionamiento de los sistemas de
tratamiento de aguas residuales de competencia municipal;
• Realizar acciones de inspección, verificación y vigilancia del
cumplimiento de las normas aplicables, adoptando las medidas de
seguridad necesarias y aplicando las sanciones correspondientes a
los infractores;
• Elaborar y aplicar las normas técnicas ecológicas de competencia
municipal;
• Determinar los criterios ecológicos aplicables a la formulación de
planes y programas municipales de desarrollo urbano y a la
ejecución de acciones de urbanización;
• Establecer, impulsar y operar programas de educación para
fomentar la protección del ambiente, y
• Las demás que expresamente le encomienden las Leyes,
Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya elSecretario.
Dirección de Protección al Ambiente
Subdirección de Protección al Ambiente
Dpto. Análisis Ambiental
Dpto. Regulación Ambiental
Dpto. Proyectos y Educación Ambiental
Dpto. Auditoría y Gestión Ambiental
Dpto. Verificación Vehicular
Dirección de Servicios Públicos Municipales
ARTÍCULO 29.- La Dirección de Servicios Públicos Municipales tendrá las
siguientes funciones y atribuciones:
• I. Prestar servicios públicos de limpia y recolección de residuos sólidos,
bajo un esquema de metropolización y desarrollo sustentable;
• II. Realizar el mantenimiento de parques, jardines, panteones y rastros;
• III. El mantenimiento y supervisión de los servicios relacionados con el
alumbrado público, señalización vial e ingeniería de tránsito;
• IV. Realizar mantenimiento a los bienes muebles e inmuebles del
gobierno municipal;
• V. Administrar el uso de la vía pública en lo relativo a los sitios exclusivos
de estacionamiento de vehículos;
• VI. Informar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, sobre
necesidades futuras de recursos humanos y materiales, la para
atención del servicio de limpia y mantenimiento urbano de la ciudad,
por recepción de nuevos desarrollos habitacionales, y
• VII. Las demás que expresamente le encomiende las Leyes,
Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Secretario.
Dirección de Servicios Públicos Municipales
Subdirección de Limpia
Limpieza de Vialidades
Recolección y Transferencia
Subdirección de Mantenimiento
Urbano
Forestación y Panteones
Alumbrado Público y Semáforos
Mantenimiento de maquinaria y equipo
Señalamiento vial
Dirección de Obras e
Infraestructura Urbana Municipal
ARTÍCULO 40.- La Dirección de Obras e Infraestructura Urbana tendrá las
siguientes funciones y atribuciones:
• La ejecución directa de las obras relacionadas con la competencia de
la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología, así como la supervisión de
trabajos de obra pública contratadas por el Municipio con terceras
personas;
• La construcción y apertura de nuevas vías publicas, rectificación,
ampliación, prolongación y mejoramiento de las ya existentes, así como
las de seguridad relacionadas con el transito de vehículos, la
construcción de plazas, jardines, parques, campos deportivos, edificios
públicos, monumentos, patrimonio arquitectónico del Municipio y obras
de ornato;
• El mejoramiento, conservación y mantenimiento de vialidades del
Municipio;
• La planeación, construcción, mantenimiento, vigilancia y conservación
del sistema de canalización y conducción de aguas pluviales dentro del
Municipio;
• La pavimentación, empedrado, banquetas, guarniciones,
alcantarillado y drenaje pluvial, de las vías públicas;
• Las construcciones necesarias para dotar al centro de población de
• alumbrado público o mejorar el ya existente;
• Las obras de electrificación necesarias para dotar al centro de
población del fluido eléctrico o mejorar las ya existentes;
• Diseñar y construir a través de una adecuada planeación, la
semaforización y señalización de calles y avenidas;
• Brindar asesoría y apoyo a otras Direcciones y Delegaciones
Municipales en la materia de su competencia;
• Cualquier otro tipo de obras y servicios tendientes a la integración y
mejoramiento urbano del Municipio; y
• Las demás que expresamente le encomienden las Leyes, los
Reglamentos, Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Secretario.
Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal
Subdirección de Construcción
Subdirección de Normatividad
Subdirección de Proyectos
Subdirección de Programas Estratégicos de Pavimentación
Organismos Paramunicipales
Promotoras de Desarrollo Urbano
Ejemplo 1: Del Fideicomiso Inmobiliario de Tijuana
DEL SECTOR PARAMUNICIPAL Y SU VINCULACION CON LA SECRETARIA
ARTÍCULO 81.- La Secretaría de Desarrollo Urbano será cabeza de Sector
de las entidades que participan del Desarrollo Urbano de la Ciudad. Las
entidades sectorizadas en esta Secretaría tendrán las funciones y
atribuciones establecidas en su acuerdo de creación y en su Reglamento
interior y las demás que expresamente le encomienden las Leyes,
Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento, debiendo sin excepción
coordinarse con ésta y acatar las políticas y lineamientos que determine.
ARTICULO 82.- Para su funcionamiento, la Secretaría, se coordinará con el
Fideicomiso Inmobiliario Municipal de Tijuana, el cual tendrá por objetivo,
el establecer programas enfocados a fomentar y mejorar la vivienda
básica social, administrar la reserva territorial del Ayuntamiento, recibir
futuras aportaciones de bienes inmuebles para su desarrollo y
aprovechamiento, así como para su enajenación a diversos promotores,
tanto públicos como privados para la vivienda y el desarrollo urbano.
Ejemplo 2: PRODEUR (Playas de Rosarito)
ARTÍCULO 2.- La PRODEUR promoverá la participación ciudadana en la
realización de los programas de urbanización y vivienda, su
autoconstrucción así como la explotación de fuentes de materiales para
la construcción, localizados en las regiones donde se desarrollen sus
programas, con adecuación a las características del medio.
ARTÍCULO 5.- Para la atención, estudio, planeación y resolución de los
asuntos de su competencia, la PRODEUR contará con las siguientes
unidades administrativas:
1. Dirección Generala. Departamento de contabilidad y presupuestos
b. Departamento de recursos humanos y materiales
2. Coordinación de obras y proyectosa. Departamento de estudios y proyectos
b. Departamento de supervisión y control de obras
c. Departamento de licitación de obra
3. Coordinación de ventas de inmuebles y recaudación
Comité de Planeación
para el Desarrollo del Municipio
Ejemplo: COPLADEM Ensenada.
Artículo 9.- La Asamblea Plenaria es el órgano superior del COPLADEM y
la integrarán todas aquellas personas, organizaciones, y asociaciones
señaladas por el acuerdo de creación, y que serán convocadas para
efectos de participación en los asuntos que interesan a la comunidad,
ejerciendo las siguientes atribuciones:
I.- Recoger las aspiraciones y demandas de la sociedad civil para que
sean sistematizadas y jerarquizadas al formularse el Plan Municipal de
Desarrollo; II.- Al iniciarse la gestión administrativa de cada
Ayuntamiento, debe conocer de su programa básico de gobierno
para dictaminar sobre su inclusión en el Plan Municipal de Desarrollo;
(…)
VIII.- Servir de órgano de consulta de los gobiernos federal, y municipal,
en materia de desarrollo económico y social del Municipio;
(…)
Artículo 33.- Para la elaboración de los estudios, proyectos y propuestas
que compete realizar al COPLADEM, se constituirán Subcomités
Sectoriales.
Artículo 34.- Con el fin de integrar en forma democrática y permanente
a los sectores económicos y sociales en los procesos de la de la
Planeación Municipal, se establecen los siguientes subcomités
sectoriales:
I.- Administración Pública Municipal; II.- Asistencia Social y
Discapacitados; III.- Asuntos Indígenas; IV.- Atención a la Juventud; V.-
Comunicación Social; VI.- Cultura; VII.- Desarrollo Económico; VIII.-
Desarrollo Social; IX.- Desarrollo Urbano; X.- Desarrollo Rural; XI.- Deportes;
XII.- Ecología; XIII.- Educación; XIV.- Obra Pública Municipal XV.-
Protección Civil; XVI.- Salud; XVII.- Seguridad Pública; XVIII.- Servicios
Públicos; XIX.- Turismo.
Instituto Municipal de Investigación y Planeación
Estructura típica:
Son atribuciones del IMPLAN:
• Formular y proponer al Ayuntamiento políticas en materia de desarrollo
urbano mediante la elaboración de planes, programas y normas
técnica necesarias respecto de infraestructura urbana, vial, transporte,
equipamiento, servicios, para instrumentar la zonificación urbana, la
preservación, restauración ecológica y protección ambiental de los
centros de población,
• Formular y proponer políticas y normas específicas para utilización del
suelo y regularización de la tenencia de la tierra;
• Formular y proponer planes y programas para las reservas territoriales;
• Formular, evaluar y actualizar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano,
los Programas de Desarrollo Urbano de Centros de Población,
Programas Sectoriales y Programas Parciales, sometiéndolos a
consideración del Ayuntamiento para su revisión y aprobación;
• Realizar estudios y gestiones solicitadas por el Ayuntamiento respecto a
la planeación y proyectos urbanos;
• Formular y actualizar el sistema normativo de desarrollo urbano;
• Crear, actualizar, administrar y mantener la operación del Sistema
Municipal de Información Geográfica;
• Realizar estudios e investigación de los fenómenos físicos, sociales,
económicos y urbanos del municipio;
• Elaborar, evaluar y aprobar los proyectos de infraestructura urbana, vial,
transporte, equipamiento y servicios, dando seguimiento a la ejecución
de los mismos;
Dirección General IMPLAN/IMIP
Dpto. de Estudios y Proyectos
Dpto. de Planeación Urbana
Dpto. de Normatividad
Urbana
Dpto. de Sistemas de Información Geográfica
Dpto. de Planeación
Socioeconómica
Dpto. de Medio Ambiente
Dpto. de Coordinación
Administrativa
Gestión Urbanística Arq. Alejandro Ruiz
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Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano
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