Argumentación jurídica en un entorno de litigación adversarial

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Argumentación jurídica en un entorno de litigación adversarial

Objetivo

La litigación en un entorno adversarial persigue que cada parte, siempre con control de la contraparte, aporte los mejores elementos para persuadir al juez de la consistencia y fuerza de la versión que cada parte presenta.

Ideas metafísicas de verdad

Verdad histórica

Verdad formal como proceso

Estándares de prueba

Actitud frente a los hechos

El tratamiento judicial que habitualmente reciben los hechos suele reflejar una consideración de los mismos como entidades naturales, previa y definitivamente constituidas desde el momento de su pruducción. Se trata de datos fríos de la realidad.

Crítica a la actitud habitual

El hecho puro del positivismo lógico no existe como tal. No es posible entender los hechos como simples constataciones del dato bruto

Existe una cierta intimidad conceptual entre lo que consideramos hechos y el lenguaje en que los afirmamos, o al menos entre los hechos y los enunciados en que ocurren

Consecuencia

Como los hechos también están mediados por el lenguaje –lenguaje y situación son inseparables- el tema de la incertidumbre y la ambigüedad con respecto a los mismos es similar a la que afecta la determinación de a premisa normativa.

El hecho

El hecho como objeto de prueba (las normas no son objeto de prueba)

El hecho está determinado por el contexto jurídico en el que aparece

Los hechos no se demuestran con un objetivo cognitivo puro, sino para resolver problemas de adjudicación de derechos

Hecho como dato empírico y hecho como enunciadoLos hechos que resultan relevantes en un procedimiento de decisión, que son susceptibles de prueba, no son objetos directos que existan en la realidad independientemente de los sujetos, sino enunciados del lenguaje que los hablantes utilizan para referirse a algo en el mundo.

Hechos brutos y hechos calificados

La premisa fáctica debe ser construida (al igual que la normativa)

La forma en que las normas definen los hechos no siempre es unívoca

Las normas al pertenecer al lenguaje ordinario tienen la misma ambigüedad que éste

El silogismo jurídico

(x) (Px Qx)

Px

Qx

Modelo estándar de las decisiones judiciales

A. Determinación de la validez

B. Determinación de sentido

C. Determinación de los hechos

D. Determinación de subsunción

E. Determinación de las consecuencias

Razonamiento judicial en tres operaciones

Una actividad probatoria que permite afirmar, por ejemplo, que X priva de la vida a YUna inferencia deductiva que tiene como premisas la anterior afirmación de hecho y un precepto (art 302. CPF)Un silogismo práctico cuyas premisas y su conclusión son normativas

Elementos para la presentación de un caso en una audiencia de juicio

oralApertura (Presentación de la teoría del caso de cada parte)

Examen directo (Aportación de los elementos de prueba que soporten toda la teoría del caso)

Contra examen (Oportunidad para poner a prueba la teoria del caso de la contraparte y apoyar la propia)

Cierre (Único momento explícitamente argumentativo del litigio adversarial)

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