Declaración Anual Personas Morales 2019 (Marzo 2020) · regalías, asistencia y preoperativos se...

Preview:

Citation preview

PKF International

DeclaraciónAnual

Personas Morales

2019(Marzo 2020)

www.pkf.com

Para presentar su declaración

CONTAR CON FIEL ACCESO A INTERNET EN LA PAGINA DEL SAT

TENER LISTA TU CONTABILIDAD

TENER LISTO TUS PAPELES DE TRABAJO

www.pkf.com

Muy importante Tener tu declaraciónanual de 2018 a la mano

www.pkf.com

www.pkf.com

CONTABILIDAD

Clasifica

Registra

Resume

Operaciones

Financieras

Términos

Monetarios

Base de

Datos

Toma de

Decisiones

Técnica

Operaciones

Financieras

www.pkf.com

ESTADOS FINANCIEROS BASICOSNIF A-5

Balance General

Estado de Resultado

Integral y Estado de Actividades

Estado de Variaciones en el Capital Contable

Estado de flujos de efectivo y

Estado de cambios en la

Situación Financiera

www.pkf.com

TASA DEL IMPUESTO(ART. 9 LISR)

2017 2018 2019

RESULTADO

FISCAL 45,500 125,000 208,500

TASA DEL ISR 30% 30% 30%

IMPUESTO DEL

EJERCICIO 13,650 37,500 62,550

www.pkf.com

RESULTADO FISCAL(ART. 9 LISR)

2019

INGRESOS ACUMULABLES 750,000

(-) DEDUCCIONES AUTORIZADAS 528,000

(-) PTU PAGADA EN EL EJERCICIO 13,500

UTILIDAD FISCAL 208,500

PERDIDAS FISCALES PENDIENTES DE

APLICAR DE EJERCICIOS ANTERIORES 134,000

RESULTADO FISCAL 74,500

www.pkf.com

PAGO DEL IMPUESTO(ART. 9 LISR)

Pago en declaración anual

Dentro de los tres meses siguientes

al cierre del ejercicio

www.pkf.com

Base de la PTU(ART. 9 LISR)

• Para determinar la renta gravable a que se refiere el inciso e) de la fracción IX del artículo 123, apartado A de la CPEUM

• No se disminuirá la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio ni las pérdidas fiscales pendientes de aplicarde ejercicios anteriores.

Base de la PTU

(ART. 9 LISR)

• Para la determinación de la renta gravable en materia de PTU de las empresas

• Los contribuyentes deberán disminuir de los ingresos acumulables las cantidades que no hubiesen sido deducibles en los términos de la fracción XXX del artículo 28 de esta Ley.

DEDUCCION DE INVERSIONES

INVERSIONES(LISR ART. 32)

• ACTIVOS FIJOS

• GASTOS DIFERIDOS

• CARGOS DIFERIDOS

• GASTOS PREOPERATIVOS

www.pkf.com

• Conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeritan por el uso en el servicio y por el transcurso del tiempo

• La adquisición o fabricación de estos bienes tendrá siempre como finalidad la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones.

ACTIVO FIJO(LISR ART. 32)

www.pkf.com

GASTOS Y CARGOS DIFERIDOS(LISR ART. 32)

• Activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación o mejorar la calidad o aceptación de un producto.‒ Período limitado: gastos diferidos

‒ Período ilimitado: cargos diferidos

www.pkf.com

• Activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación, mejorar la calidad o aceptación de un producto, usar, disfrutar o explotar un bien, por un periodo limitado, inferior a la duración de la actividad de la persona moral.

• También se consideran gastos diferidos los activos intangibles que permitan la explotación de bienes del dominio público o la prestación de un servicio público concesionado.

GASTOS DIFERIDOS(LISR ART. 32)

www.pkf.com

• Cargos diferidos son aquellos que reúnan los requisitos señalados en el párrafo anterior, excepto los relativos a la explotación de bienes del dominio público o a la prestación de un servicio público concesionado, pero cuyo beneficio sea por un periodo ilimitado que dependerá de la duración de la actividad de la persona moral.

CARGOS DIFERIDOS(LISR ART. 32)

www.pkf.com

PERIODOS PREOPERATIVOS(LISR ART. 32)

• Erogaciones realizadas en periodos preoperativos, son aquellas que tienen por objeto la investigación y el desarrollo, relacionados con el diseño, elaboración, mejoramiento, empaque o distribución de un producto, así como con la prestación de un servicio; siempre que las erogaciones se efectúen antes de que el contribuyente enajene sus productos o preste sus servicios, en forma constante. Tratándose de industrias extractivas, estas erogaciones son las relacionadas con la exploración para la localización y cuantificación de nuevos yacimientos susceptibles de explotarse

www.pkf.com

DEPRECIACION DEL EJERCICIO(LISR ART. 31)

MONTO ORIGINAL DE LA INVERSION

TASA DE DEPRECIACION

DEPRECIACION ANUAL HISTORICA

ENTRE MESES DEL AÑO

DEPRECIACION MENSUAL HISTORICA

MESES COMPLETOS UTILIZADOS

DEPRECIACION FISCAL HISTORICA

3-MAY-15

6,000

10%

600

12

50

12

600

20,000

6-JUN-19

10%

2,000

12

167

6

1,000

www.pkf.com

DEPRECIACION DEL EJERCICIO(LISR ART. 31)

DEPRECIACION FISCAL HISTORICA

3-MAY-15

600 1,000

6-JUN-19

FACTOR DE ACTUALIZACION

INPC DEL ULTIMO MES DE LA PRIMERA

MITAD DEL PERIODO DE UTILIZACION

INPC MES DE ADQUISICION MAY-1586.9673

JUN-19103.299

DEPRECIACION FISCAL AJUSTADA

JUN-19

103.299

AGO-19

103.670

1.1877 1.0036

713 1,004

www.pkf.com

MONTO ORIGINAL DE LA INVERSION(LISR ART. 31)

Precio del bien 2,605.00

Más:

Impuestos pagados por la adquisición

o importación, excepto IVA 1,880.00

Derechos 500.00

Cuotas compensatorias 120.00

Fletes 300.00

Transportes 150.00

Acarreos 50.00

Seguros contra riesgos de transporte 200.00

Manejo 25.00

Comisión sobre compras 20.00

Honorarios a agentes aduanales 150.00 Monto original 6,000.00

www.pkf.com

• Tratándose de automóviles, MOI incluye el monto de las inversiones en equipo de blindaje

• Bienes adquiridos con motivo de fusión o escisión de sociedades‒ Fecha de adquisición de sociedad fusionada o escindente.

• Aplicación de por cientos menores‒ % elegido será obligatorio

‒ Se puede cambiar sin exceder máximo autorizado.

‒ Segundo y cambios posteriores deben transcurrir 5 años desde el último cambio.

‒ Cambio antes de 5 años. Requisitos de RISR.

DEPRECIACION DE INVERSIONES(LISR ART. 31)

www.pkf.com

• Comienzo de la depreciación ‒ Ejercicio en que se inicie su utilización

‒ Ejercicio siguiente

‒ Depreciación no deducida.Se pierde el derecho de hacerlo desde que pudo efectuarla hasta que inicie la misma

• Bajas de inversión‒ Por inutilidad o enajenación

‒ Deducción en el ejercicio de la parte no deducida .

‒ Bajas por inutilidad. Mantener sin deducción $ 1.00

DEPRECIACION DE INVERSIONES(LISR ART. 31)

www.pkf.com

• Ganancia por la enajenación de bienes cuya inversión es parcialmente deducible‒Se considerará la diferencia entre el MOI deducible disminuido

por las deducciones efectuadas sobre dicho monto y el precio en que se enajenen los bienes.

• Tratándose de bienes cuya inversión no es deducible‒Se considerará como ganancia el precio obtenido por su

enajenación.

DEPRECIACION DE INVERSIONES(LISR ART. 31)

www.pkf.com

• 5% para cargos diferidos

• 10% para erogaciones realizadas en periodos preoperativos

• 15% para regalías, para asistencia técnica, así como para otros gastos diferidos, a excepción de los señalados en la fracción IV del presente artículo

TASAS PARA GASTOS, CARGOS DIFERIDOS Y PREOPERATIVOS

(LISR ART. 33)

www.pkf.com

• Activos intangibles que permitan la explotación de bienes del dominio público o la prestación de un servicio público concesionado, el por ciento máximo se calculará:

1 (Uno)

------------------------------------- * 100

No. de años concesionados

POR CIENTOS MAXIMOS AUTORIZADOS(LISR ART. 33)

www.pkf.com

• Deducción total en el ejercicio si el beneficio de las regalías, asistencia y preoperativos se obtiene en el mismo ejercicio en donde se erogó.

• Deducción del 100% en el ejercicio en que realizaron los gastos en períodos preoperativos, tratándose de contribuyentes dedicados a la explotación de yacimientos de mineral.

POR CIENTOS MAXIMOS AUTORIZADOS(LISR ART. 39)

www.pkf.com

% MAXIMOS AUTORIZADOS

CONSTRUCCIONES

MAQUINARIA Y EQUIPO

MOBILIARIO Y EQUIPO

EQUIPO DE TRANSPORTE

EQUIPO DE COMPUTO

DADOS, TROQUELES, ETC

5% - 10%

5% - 100%

10%

25%

30%

35%

ART. 34 LISR

www.pkf.com

% MAXIMOS AUTORIZADOS(LISR ART. 35)

• 100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables

• 100% en adaptaciones que se realicen a instalaciones que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo‒Siempre que dichas adaptaciones tengan como finalidad

facilitar a las personas con capacidades diferentes a que se refiere el artículo 186 de esta Ley, el acceso y uso de las instalaciones del contribuyente

www.pkf.com

• Reparaciones, adaptaciones, que sean adiciones o mejoras‒Se consideran inversiones

• No se consideran inversiones:‒Gastos de conservación, mantenimiento, reparaciones

• Deducción de automóviles hasta por un monto de $130,000‒No aplica a contribuyentes dedicados exclusivamente a otorgar el uso

o goce temporal de automóviles

REGLAS DEDUCCION(LISR ART. 36)

www.pkf.com

• Inversiones en casas habitación y comedores ‒ Que no estén disponibles a todos los trabajadores.

‒ Excepto con autorización de la autoridad administradora, cuando compruebe su utilización por necesidades especiales de su actividad

• Las casas de recreo

• Aviones y embarcaciones ‒ Sin concesión o permiso federal para fines comerciales

‒ Requisitos Art. 69 RISR.

‒ Aviones hasta 8,600,000

INVERSIONES NO DEDUCIBLES(LISR ART. 36)

www.pkf.com

• Depreciación aviones y automóviles en arrendamiento

• Valor de bienes adquiridos por fusión o escisión

• Regalías efectivamente pagadas

• Comisiones y gastos de obligaciones financieras

• Mejoras a locales arrendados

REGLAS PARA LA DEDUCCION DE OTRAS INVERSIONES

(LISR ART. 36)

www.pkf.com

• Que no se reflejen en el inventario‒Serán deducibles en el ejercicio en que ocurran

‒Monto pendiente por deducir

‒Cantidades recuperadas, serán acumulable en términos del Art. 18 LISR

PERDIDA DE BIENES EN CASO FORTUITO(LISR ART. 37)

www.pkf.com

• Activos fijos no identificables individualmente

‒Monto pendiente por deducir

‒Se considera que los primeros activos que se adquirieron son lo primeros que se pierden

PERDIDA DE BIENES EN CASO FORTUITO(LISR ART. 37)

www.pkf.com

• Monto original de la inversión ‒ Cantidad pactada como valor del bien en el contrato respectivo

• Opción de compra o prórroga

Complemento del monto original

Deducible como sigue:

Importe de la opción 12,000

-------------------------------------------- = ------------- = 6,000

Número de años que falten

para terminar de deducir el 2

monto original de la inversión

ARRENDAMIENTO

FINANCIERO(LISR ART. 38)

www.pkf.com

Participación por enajenación a terceros

Pagos efectuados 100,000

Menos-

Cantidades ya deducidas

70,000 X 10% X 5 años 35,000

Participación por enajenación 25,000

Deducible 40,000

ARRENDAMIENTO FINANCIERO(LISR ART. 38)

www.pkf.com

AJUSTE ANUAL POR INFLACIÓN

CAPITULO III

TITULO II

LISR

AJUSTE POR INFLACION(ART. 44 LISR)

CREDITOS DEUDAS

SALDO PROMEDIO ANUAL

CREDITOS 1,515,000 1,300,000

DEUDAS 1,240,000 1,650,000

DIFERENCIA 275,000 (350,000)

FACTOR DE AJUSTE 0.0386 0.0386

AJUSTE ANUAL POR

INFLACION

DEDUCIBLE 10,615.00

ACUMULABLE (13,510.00)

PROMEDIOS(ART. 44 LISR)

CREDITOS DEUDAS

MES

SALDO AL

ULTIMO DIA

DEL MES

SALDO AL

ULTIMO DIA

DEL MES

ENE 1,500,000 1,200,000

FEB 1,725,000 1,500,000

MAR 1,300,000 1,300,000

ABR 1,400,000 1,400,000

MAY 1,500,000 1,100,000

JUN 1,225,000 1,250,000

JUL 1,650,000 1,400,000

AGO 1,730,000 950,000

SEP 1,650,000 1,300,000

OCT 2,300,000 1,240,000

NOV 1,000,000 1,140,000

DIC 1,200,000 1,100,000

SUMA 18,180,000 14,880,000

ENTRE 12 12

PROMEDIO 1,515,000 1,240,000

FACTOR DE AJUSTE(ART. 44 LISR)

dic-19

INPC DIC DEL EJERCICIO 107.000 * Estimado

------------------------------------ ------------------- 1.0386

INPC DIC DEL EJERCICIO

INMEDIATO ANTERIOR

103.020 Dic-

18

MENOS 1.0000

FACTOR 0.0386

www.pkf.com

CONCEPTO DE CREDITOS (ART. 45 LISR)

• Derecho que tiene una persona acreedora a recibir de otra deudorauna cantidad en numerario.

• Entre otros:• Derechos de crédito que adquieran las

empresas de factoraje financiero

• Inversiones en acciones de sociedades de inversión en instrumentos de deuda

• Operaciones financieras derivadas.

www.pkf.com

NO SE CONSIDERAN CREDITOS

(ART. 45 LISR)

• A cargo de personas físicas

• No empresarios.

• Cuando sean a la vista.

• A plazo menor de un mes o a plazomayor si se cobran antes del mes.

• Cargo de socios o accionistas, asociantes o asociados en la asociación en participación.

• Personas físicas

• Sociedades residentes en el extranjero, salvo las denominadas en monedaextranjera y provengan de la exportaciónde bienes o servicios.

www.pkf.com

NO SE CONSIDERAN CREDITOS

(ART. 45 LISR)

• Fideicomisos con actividadesempresariales• Fideicomitentes o fideicomisarios• Personas físicas• Sociedades residentes en el

extranjero, salvo que en este últimocaso, estén denominadas en monedaextranjera y provengan de la exportación de bienes o servicios.

www.pkf.com

NO SE CONSIDERAN

CREDITOS

(ART. 45 LISR)

• Cargo de funcionarios y empleados

• Préstamos efectuados a terceros. Ciertos casos

• Pagos provisionales de impuestos y estímulos fiscales.

• Ingreso cuya acumulación estécondicionada a su percepciónefectiva.

• Títulos valor

• Efectivo en caja

www.pkf.com

SE CONSIDERAN CREDITOS

(ART. 45 LISR)

•Saldos a favor por contribuciones

•Créditos netos que deriven en ingresosacumulables

www.pkf.com

CONCEPTO DE DEUDAS

(ART. 46 LISR)

• Cualquier obligación en numerariopendiente de cumplimiento.

• Entre otras las derivadas de:• Contratos de arrendamiento

financiero, • Operaciones financieras derivadas• Aportaciones para futuros

aumentos de capital• Contribuciones causadas• Pasivos y las reservas del activo,

pasivo o capital, que sean o hayansido deducibles.

www.pkf.com

NO SE CONSIDERAN DEUDAS

(ART. 46 LISR)

•Las originadas por partidas no deducibles,• Impuestos•Provisiones para creación o incrementos de reservas

•Reservas para indemnizaciones al personal

www.pkf.com

MOMENTO EN QUE SE

CONTRAEN LAS DEUDAS

(ART. 46 LISR)

• Enajenación de bienes o prestación de servicios o arrendamiento

• Capitales tomados enpréstamo

• Servicios personalesindependientes

• Uso o goce temporal de bienes

www.pkf.com

OTRAS DISPOSICIONES

(ART. 44, 45 y 46 LISR)

•Valuación a la paridadexistente en el primer díadel mes

•Cancelación de créditos o deudas

•Créditos o deudas enmoneda extranjera

www.pkf.com

AMORTIZACIÓN DE PÉRDIDAS FISCALES

CAPITULO V

TITULO IILISR

AMORTIZACION DE PERDIDAS FISCALES

(LISR ART. 57)

Ingresos acumulables 450,000

Deducciones autorizadas 470,000

-------------

Pérdida fiscal (20,000)

PTU pagada en el ejercicio 5,000

-------------

Pérdida fiscal actualizable (25,000)

www.pkf.com

AMORTIZACION DE PERDIDAS

FISCALES

(LISR ARTS. 57 y 58)

• Disminuíble de la utilidad fiscal de los diezejercicios siguientes hasta agotarla

• Pérdida fiscal no disminuida pudiéndolohaber hecho, se pierde el derecho de hacerlo posteriormente

• Amortización derecho personal del contribuyente

• Escisión de sociedades, en proporción a inventarios o activos fijos (excluir bienesinmuebles no afectos a la actividadpreponderante)

• Fusión de sociedades

www.pkf.com

• Primera actualización

INPC ULTIMO MES DEL EJERCICIO

EN QUE OCURRIO LA PERDIDA

INPC DEL PRIMER MES DE LA

SEGUNDA MITAD DEL EJERCICIO EN

QUE OCURRIO LA PERDIDA

FACTOR DE ACTUALIZACION(LISR ART. 57)

www.pkf.com

FACTOR DE ACTUALIZACION(LISR ART. 57)

• Actualización adicional

INPC ULTIMO MES DE LA

PRIMERA MITAD DEL EJERCICIO

EN QUE SE APLICARA

INPC DEL MES EN QUE SE

ACTUALIZO POR ULTIMA VEZ

www.pkf.com

ACTUALIZACION DE PERDIDAS

100,000

50,000

25,000

758,920

585,950

0

172,970

Pérdida de 2016

Deducciones autorizadas

PTU pagada en el ejercicio

Utilidad Fiscal

Pérdida de 2017

Pérdida de 2018

Datos para 2019

Ingresos acumulables

www.pkf.com

ACTUALIZACION DE PERDIDAS

Pérdida 100,000

dic-16 92.0390

jul-16 89.5569

F.A. 1.0277

1.02771534

1° actualización 102,770

2016

www.pkf.com

ACTUALIZACION DE PERDIDAS

50,000 25,000

dic-17 98.2728 dic-18 103.0200

jul-17 95.3227 jul-18 99.9091

F.A. 1.0207 F.A. 1.0277

1.03094856 1.031137

1° actualización 51,035 1° actualización 25,693

2017 2018

www.pkf.com

ACTUALIZACION DE PERDIDAS

Pérdida 100,000 50,000 25,000

dic-16 92.0390 dic-17 98.2728 dic-18 103.0200

jul-16 89.5569 jul-17 95.3227 jul-18 99.9091

F.A. 1.0277 F.A. 1.0207 F.A. 1.0277

1.027715341 1.03094856 1.031137

1° actualización 102,770 1° actualización 51,035 1° actualización 25,693

Adicional Adicional Adicional

jun-19 103.2990 jun-19 103.2990 jun-19 103.2990

dic-16 92.0390 dic-17 98.2728 dic-18 103.0200

F.A. 1.1223 F.A. 1.0664 F.A. 1.0317

1.122339443 1.05114538 1.002708

Act. Adicional 115,338.77 Act. Adicional 54,423.72 Act. Adicional 26,506.95

2017 20182016

www.pkf.com

AMORTIZACION DE PERDIDAS FISCALES

758,920

585,950

0

172,970

115,339

57,631

54,424

3,207

3,207

Base para ISR -

Saldo pendiente de amortizar 23,300.00

Pérdida Actualizada de 2017

Pérdida Actualizada de 2016

Ingresos acumulables

Deducciones autorizadas

PTU pagada en el ejercicio

Utilidad Fiscal

Pérdida Actualizada de 2016

www.pkf.com

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL RESULTADO FISCAL

www.pkf.com

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL RESULTADO FISCAL

UTILIDAD CONTABLE

+ DEDUCCIONES CONTAB LES NO FISCALES

+ INGRESOS FISCALES NO CONTABLES

- DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES

- INGRESOS CONTABLES NO FISCALES

= UTILIDAD FISCAL

DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES

ISR Y PTU 80,000

DEPRECIACION CONTABLE 17,500

PROVISIONES PARA CUENTAS MALAS 14,000

GASTOS NO DEDUCIBLES 12,500

124,000

INGRESOS FISCALES NO CONTABLES

INVENTARIO ACUMULABLE 25,000

AJUSTE ANUAL POR INFLACION ACUMULABLE 18,500

ANTICIPO DE CLIENTES 28,000

UTILIDAD FISCAL EN VENTA DE ACTIVO FIJO 8,500

80,000

DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES

DEPRECIACION FISCAL 23,000

AJUSTE ANUAL POR INFLACION DEDUCIBLE 15,670

APLICACIÓN A PROVISIONES 10,000

PERDIDA FISCAL EN VENTA DE ACTIVO FIJO 4,500

53,170

INGRESOS CONTABLES NO FISCALES

DIVIDENDOS DE RESIDENTES EN EL PAIS 24,000

UTILIDAD CONTABLE EN VENTA DE A. FIJO 16,000

40,000

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL RESULTADO FISCAL

UTILIDAD (PERDIDA) CONTABLE 300,000

MAS-

DEDUCCIONES CONTAB LES NO FISCALES 124,000

INGRESOS FISCALES NO CONTABLES 80,000

204,000

MENOS-

DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES 53,170

INGRESOS CONTABLES NO FISCALES 40,000

93,170

UTILIDAD FISCAL 410,830

www.pkf.com

COEFICIENTE DE UTILIDAD(LISR ART. 14- F-I)

• ULTIMO EJERCICIO DE 12 MESES

• HASTA 5 EJERCICIOS ANTERIORES

UTILIDAD FISCAL

$1,250,000

------------------------------------------------$12,300,000

INGRESOS NOMINALES DEL EJERCICIO

0.1016

www.pkf.com

COEFICIENTE DE UTILIDAD

• ULTIMO EJERCICIO DE 12 MESES

• HASTA 5 EJERCICIOS ANTERIORES

UTILIDAD FISCAL (PERDIDA) FISCAL

MAS (MENOS) DEDUCCION INMEDIATA

$1,250,000

------------------------------------------------$12,300,000

INGRESOS NOMINALES DEL EJERCICIO

0.1016

PAGOS PROVISIONALES

(ART. 14 LISR)

• Ingresos Nominales• Ingresos acumulables, excepto

ajuste anual por inflación• Tratándose de créditos o de

operaciones denominados en unidades de inversión

• Se considerarán ingresos nominales

• Los intereses conforme se devenguen

• Incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades

Obligaciones de las Personas Morales

Declaración Anual

(Art. 76 LISR)

• Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

V. Presentar declaración en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo y el monto del impuesto correspondiente, ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine dicho ejercicio. En dicha declaración también se determinarán la utilidad fiscal y el monto que corresponda a la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.

VII. Presentar las declaraciones a que se refiere este artículo a través de medios electrónicos en la dirección de correo electrónico que al efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante disposiciones de carácter general.

Procedimiento para la

presentación de la declaración

de ISR del ejercicio para

personas morales del

régimen general de ley

• 3.9.18. Para los efectos del artículo 76, fracción V de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en los términos del Título II de la citada Ley, deberánpresentar la declaración anual en la que determinen el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo, y el monto del impuesto correspondiente, ingresando al Portal del SAT a través del Servicio de “Declaraciones y Pagos”.

• El acceso a la declaración se realizará con la clave en el RFC y Contraseña o e.firma.

• La declaración estará prellenada con la información obtenida de los pagos provisionales presentados por el contribuyente, así como de los CFDI de nóminaque hayan emitido a sus trabajadores.

Procedimiento para la

presentación de la declaración

de ISR del ejercicio para

personas morales del

régimen general de ley

• En caso de que el contribuyente deseé modificar la información prellenada, obtenida de los pagos provisionales, deberá presentar declaraciones complementarias de dichos pagos.

• Asimismo, se deberá capturar la información requerida por el propio aplicativo.

• Concluido el llenado de la declaración, se deberá realizar el envío utilizando la e.firma.

Procedimiento para la

presentación de la declaración

de ISR del ejercicio para

personas morales del

régimen general de ley

• Cuando exista cantidad a cargo, el acuse de recibo incluirá la línea de captura con el importe total a pagar, así como la fecha de vigencia de la misma, a través de la cual se efectuará el pago, mismo que deberá cubrirse mediante transferencia electrónica de fondos o pago con línea de captura vía Internet, en la página de Internet de las instituciones de crédito autorizadas por la TESOFE, publicadas en el Portal del SAT.

• Se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar la declaración del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales, cuando hayan realizado el envío y en su caso se haya efectuado el pago en términos de lo señalado en el párrafo anterior.

• CFF 17-D, 31, LISR 9, 14, 25, 76, RMF 2020 2.8.5.1., 2.8.5.4., 2.8.8.1.

Aplicativo en www.sat.gob.mx

www.pkf.com

www.pkf.com

www.pkf.com

www.pkf.com

Recommended